PLAN DE PAGOS

Posadas lanza un plan de pagos con quita de intereses para regularizar tasas municipales y fortalecer los servicios públicos

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La Municipalidad de Posadas pondrá en marcha un Régimen Especial de Facilidades de Pago destinado a los contribuyentes que mantengan deudas de la Tasa General de Inmuebles (TGI) y de la Tasa de Barrido y Limpieza (TBL). La medida, que estará vigente entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2026, busca ofrecer una alternativa para que familias y propietarios puedan regularizar sus obligaciones tributarias mediante condiciones más favorables, en un contexto económico que continúa afectando la capacidad de pago de muchos hogares.

La iniciativa fue impulsada por la Secretaría de Hacienda, Desarrollo Económico y Turismo, en conjunto con la Dirección General de Rentas, luego de analizar la evolución de la recaudación municipal y el impacto que la coyuntura económica tiene sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales. El objetivo es generar un mecanismo que permita recuperar deuda tributaria sin recurrir exclusivamente a procesos administrativos o judiciales, promoviendo una mayor adhesión voluntaria de los contribuyentes.

El régimen contempla distintas modalidades de pago, adaptadas a las posibilidades económicas de cada vecino. Quienes opten por cancelar la deuda al contado accederán a una reducción del 60% sobre los intereses resarcitorios. En tanto, quienes necesiten financiar el pago podrán hacerlo en hasta tres cuotas, con una quita del 40% de los intereses, o en hasta seis cuotas, con una reducción del 20%.

La estructura del programa refleja una estrategia utilizada por numerosos gobiernos locales para equilibrar dos objetivos que, en apariencia, pueden resultar contrapuestos: aliviar la carga financiera de los contribuyentes y, al mismo tiempo, fortalecer la recaudación necesaria para sostener el funcionamiento del Estado municipal. En lugar de incrementar la presión tributaria, el esquema incentiva la regularización mediante beneficios concretos para quienes decidan ponerse al día.

El secretario de Hacienda, Desarrollo Económico y Turismo, Martín Leiva Varela, explicó que la medida responde a la realidad que atraviesan numerosas familias posadeñas. “Sabemos que muchas familias hacen un gran esfuerzo para cumplir con sus obligaciones, pero el contexto económico muchas veces dificulta ese objetivo. Por eso diseñamos una herramienta que les permita regularizar su situación con mejores condiciones, acompañando a los contribuyentes y, al mismo tiempo, fortaleciendo los recursos que hacen posible sostener los servicios públicos y continuar realizando obras e inversiones que mejoran la calidad de vida de los posadeños”, señaló.

Desde la administración municipal destacan que la recuperación de recursos tributarios resulta fundamental para garantizar la continuidad de servicios esenciales como la recolección de residuos, el barrido, el mantenimiento de espacios públicos, el alumbrado, la infraestructura urbana y las obras que demanda el crecimiento de la ciudad. En ese sentido, la regularización de deudas no solo beneficia al contribuyente mediante la reducción de intereses, sino que también contribuye a consolidar la capacidad financiera del municipio para responder a las necesidades de la comunidad.

Desde una perspectiva de políticas públicas, este tipo de regímenes especiales representa una herramienta de gestión que busca transformar situaciones de morosidad en oportunidades de cumplimiento. La reducción de intereses funciona como un incentivo para recuperar contribuyentes al sistema formal, evitando que el incremento de la deuda termine convirtiéndose en un obstáculo imposible de afrontar.

En un escenario donde los gobiernos locales enfrentan crecientes demandas de infraestructura y servicios, el desafío consiste en mantener el equilibrio entre la sostenibilidad fiscal y el acompañamiento a los vecinos. La decisión adoptada por Posadas apunta precisamente a ese objetivo: facilitar la regularización tributaria mediante condiciones más accesibles, preservando al mismo tiempo los recursos que permiten financiar obras, sostener prestaciones municipales y continuar mejorando la calidad de vida urbana.

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Plan Octubre: la AFIP informó como será el flamante plan de pagos

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Los contribuyentes podrán ingresar al plan entre el 15 de mayo y el 31 de agosto de este año, excepto aquellos que opten por el pago a cuenta del 20%
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementará un nuevo plan de facilidades de pago para deudas  impositivas y de la Seguridad Social vencidas al 31 de enero de 2019 que, además, permitirá la refinanciación de las deudas  incluidas en el plan Puente II.
El nuevo plan de facilidades otorga la posibilidad de refinanciar períodos impagos vinculados a obligaciones impositivas y  previsionales, e incluye retenciones y percepciones impositivas.
Entre los beneficios de la iniciativa se destacan una tasa máxima del 2,5% mensual y un pago a cuenta de solo el 1% de la deuda para las PYMES, monotributistas y autónomos.
La tasa máxima del 2,5% mensual también regirá para el resto de los contribuyentes que realicen un pago inicial a cuenta del 20% de su deuda; en tanto, aquellos que opten por un pago a cuenta del 5 o del 10 por ciento no gozarán de este beneficio.
La primera cuota del plan de facilidades vencerá el próximo 16 de septiembre de 2019, cualquiera sea la fecha de ingreso al plan.
El nuevo plan tendrá una cantidad máxima de 60 cuotas, mientras que el monto mínimo del pago a cuenta y de la cuota mensual será de $1.000.
Esta cantidad de cuotas regirá tanto para las PYMES como para el resto de los contribuyentes que realicen el pago a cuenta del 20%; en cambio, las cuotas serán de hasta 36 para aquellos que aporten un pago a cuenta del 5% y de hasta 48 para quienes opten por el 10 por ciento.
Para las cuotas se tomará como base la tasa de interés TM20 (que resulta de un promedio del interés que pagan los bancos por los depósitos a plazo fijo superiores a los $ 20 millones), con un cálculo que se determinará cada tres meses, en base a su valor vigente el día 20 del mes anterior a cada trimestre. Como ejemplo, cabe mencionar que la tasa del trimestre octubre-diciembre de este año se fijará con el valor del 20 de septiembre.
Los contribuyentes podrán ingresar al plan entre el 15 de mayo y el 31 de agosto de este año, excepto aquellos que opten por el pago a cuenta del 20%; en este caso, el plan solo estará disponible hasta el 25 de junio próximo.
Este régimen admitirá también, a partir del 1º de junio, la refinanciación de las deudas incluidas del plan Puente II, vencido el 31 de enero último, con un pago inicial a cuenta y considerando el saldo adeudado.
Un aspecto a señalar es que no están incluidos en este plan de facilidades de pago los anticipos, pagos a cuenta, intereses provenientes de capital cancelado, impuesto adicional emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, impuesto sobre los combustibles líquidos y gas natural, obligaciones vinculadas con regímenes promocionales e impuesto específico sobre la realización de apuestas.
Este es un nuevo paso de la AFIP en la búsqueda de facilitar a los contribuyentes el desarrollo de sus actividades y, a la vez, el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

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