Política Ambiental

Parques Nacionales definió su hoja de ruta 2024–2027 con foco en turismo, gestión y sostenibilidad

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La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó formalmente las “Políticas y lineamientos estratégicos del Directorio de APN para el período 2024–2027”, un documento rector que fija objetivos, prioridades y criterios de gestión para los próximos cuatro años. La decisión quedó plasmada en la Resolución 25/2026, firmada el 29 de enero en la Ciudad de Buenos Aires, y constituye una actualización clave del esquema de planificación institucional, alineada con una nueva metodología de gestión por resultados y con impacto directo en el manejo ambiental, turístico y financiero del sistema de áreas protegidas.

La medida importa porque ordena la estrategia del organismo en un contexto de mayores exigencias presupuestarias, presión turística creciente y necesidad de articular políticas ambientales con desarrollo económico sostenible. Además, brinda previsibilidad institucional y define un marco común para la toma de decisiones del Directorio y de las distintas direcciones operativas de la APN.

Un instrumento rector para la planificación institucional

El nuevo documento estratégico se tramita en el Expediente EX-2026-00310436-APN-DGA#APNAC y fue elaborado por la Dirección de Planeamiento Estratégico, creada por la Decisión Administrativa Nº 1.422/2016 como área responsable de asistir al organismo en la definición de objetivos prioritarios y cursos de acción estratégicos.

Según se detalla en los considerandos de la resolución, los lineamientos aprobados funcionan como un “instrumento técnico indispensable para la planificación y evaluación de las acciones del Organismo”. En ese marco, se establecen la orientación institucional, los objetivos estratégicos y las prioridades de gestión para el período 2024–2027, integrándose como complemento actualizado de los lineamientos ya vigentes.

La decisión también se apoya en antecedentes normativos relevantes, como la Resolución del Directorio Nº 142/2001 —que aprobó el Plan de Gestión Institucional— y la Resolución RESFC-2018-476-APN-D#APNAC, que definió lineamientos estratégicos previos. No obstante, el Directorio consideró necesario adecuar esos marcos a los requerimientos actuales y a una lógica de evaluación basada en resultados.

Cinco pilares estratégicos que ordenan la gestión

El documento aprobado estructura la estrategia de la APN sobre cinco pilares centrales, que funcionan como ejes transversales para todas las políticas y acciones del organismo:

  1. Expansión de la oferta turística, orientada a diversificar propuestas y fortalecer el rol del turismo en áreas protegidas.
  2. Innovación de la gestión, con énfasis en modernización administrativa y mejora continua.
  3. Alianzas estratégicas, que promueven la articulación con otros organismos, sectores y actores.
  4. Autonomía financiera, clave para sostener el funcionamiento del sistema de parques en un contexto fiscal restrictivo.
  5. Protección activa del patrimonio natural y cultural, núcleo histórico de la misión institucional de la APN.

Estos pilares definen criterios rectores que permiten articular políticas institucionales en distintos niveles, desde la planificación central hasta la gestión cotidiana de los parques nacionales.

Impacto institucional y proyección a mediano plazo

La aprobación de los Lineamientos Estratégicos 2024–2027 consolida un marco de previsibilidad para la APN y para los actores vinculados al sistema de áreas protegidas, incluyendo sectores turísticos, comunidades locales y organismos públicos con competencias concurrentes.

Desde el punto de vista institucional, la resolución fortalece la capacidad del Directorio para evaluar políticas, asignar recursos y monitorear resultados bajo una lógica unificada. En términos de impacto económico y ambiental, la definición explícita de prioridades —como la expansión turística con protección activa del patrimonio— anticipa tensiones y equilibrios que marcarán la agenda de gestión en los próximos años.

La medida fue adoptada en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 23, incisos f) y w), de la Ley Nº 22.351, y contó con la intervención de la Dirección de Planeamiento Estratégico y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Con su publicación en el Boletín Oficial, el documento estratégico entra plenamente en vigencia como hoja de ruta institucional de la Administración de Parques Nacionales.

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El Gobierno declaró la Emergencia Ígnea por un año en cuatro provincias y habilitó un despliegue federal extraordinario

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Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 73/2026, publicado este 30 de enero, el Poder Ejecutivo Nacional declaró la Emergencia Ígnea y zona de desastre en Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa por el plazo de un año. La medida responde a la magnitud de los incendios forestales —con especial impacto en el Parque Nacional Los Alerces—, al colapso de la capacidad operativa de respuesta y a un escenario climático adverso marcado por sequía y vientos intensos, que amenaza el patrimonio natural, los bienes productivos y la vida de las poblaciones afectadas.

El decreto activa un esquema de intervención federal inmediata, centralizado en la Agencia Federal de Emergencias (AFE), dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, que asume la coordinación integral de recursos, acciones de combate del fuego, asistencia a damnificados y restauración ambiental, en articulación con provincias y municipios.

Fundamentos constitucionales y marco normativo de la emergencia

El DNU se apoya en el artículo 41 de la Constitución Nacional, que consagra el derecho a un ambiente sano y obliga al Estado a preservar el patrimonio natural y la biodiversidad. En ese marco, el Ejecutivo invoca la Ley de Manejo del Fuego N° 26.815, que establece los presupuestos mínimos de protección ambiental frente a incendios forestales y rurales, y la Ley N° 27.287, que creó el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil.

Según los considerandos, los incendios en curso generaron “consecuencias nocivas tanto para el patrimonio natural protegido como para las poblaciones cercanas”, en un contexto donde “la capacidad de respuesta de los medios empeñados en el combate del fuego ha sido superada”. Esta situación encuadra, de acuerdo con el texto oficial, en los supuestos de emergencia (artículo 2°, inciso e) y zona de desastre (artículo 2°, inciso d) previstos por la Ley 27.287.

El Gobierno justificó el uso del instrumento de necesidad y urgencia en la imposibilidad de seguir el trámite legislativo ordinario sin incurrir en demoras incompatibles con la urgencia operativa, conforme al artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional y a la Ley N° 26.122, que regula la intervención posterior del Congreso a través de la Comisión Bicameral Permanente.

El rol de la Agencia Federal de Emergencias y el alcance operativo

El Decreto 73/2026 refuerza el rol de la Agencia Federal de Emergencias (AFE), creada por el Decreto N° 225/25 como organismo desconcentrado del Ministerio de Seguridad Nacional. Además de sus competencias originales, la AFE queda formalmente encomendada a coordinar:

  • Acciones de prevención, presupresión y combate de incendios forestales y rurales en todos los ámbitos contemplados por la Ley 26.815, en el marco del Sistema Federal de Manejo del Fuego.
  • Acciones de atención, mitigación y asistencia frente a los daños provocados por los incendios sobre la vida, la integridad física, los bienes, el trabajo y los medios de vida de personas y familias afectadas.
  • Apoyo y asistencia a provincias y municipios, con el objetivo de garantizar recursos efectivos tanto para el combate del fuego como para la recuperación social y productiva posterior.
  • Aplicación integral de las medidas previstas en la Ley 27.287, articulando prevención, respuesta inmediata y etapa postcrisis.

Todas estas acciones deberán ejecutarse en coordinación con los gobiernos provinciales de Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa, y con los municipios involucrados, respetando los protocolos del Plan Nacional de Manejo del Fuego.

Impacto de la medida

La declaración de Emergencia Ígnea por doce meses habilita al Estado nacional a concentrar decisiones, recursos y capacidades operativas en una estructura federal unificada, con efectos directos sobre la gestión ambiental, la protección civil y la respuesta ante desastres. Desde el punto de vista institucional, el decreto consolida a la AFE como autoridad nacional en emergencias, integrando la lógica de manejo del fuego con la gestión integral del riesgo.

En términos prácticos, el reconocimiento simultáneo de emergencia y zona de desastre establece el marco legal para acelerar la respuesta estatal frente a un fenómeno que combina daño ambiental severo, afectación del sistema productivo y riesgo para la población, en una de las regiones más sensibles desde el punto de vista ecológico del país.

El decreto fue firmado en acuerdo general de ministros, entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá expedirse sobre su validez conforme al procedimiento previsto por la Ley 26.122.

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Misiones refuerza la conservación del yaguareté con la Subcomisión Selva Paranaense como eje estratégico

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En un escenario crítico para la supervivencia del yaguareté en Argentina, con menos de 250 ejemplares en estado silvestre en todo el país, Misiones concentra la mayor población nacional y se posiciona como territorio clave para su preservación. En ese marco, la Subcomisión Selva Paranaense emerge como un ámbito central de articulación técnica, institucional y política para coordinar acciones concretas de conservación, recuperación poblacional y manejo de conflictos, en línea con el Plan Nacional de Conservación del Yaguareté y la Ley Provincial XVI N.º 78.

La situación del yaguareté (Panthera onca), el felino más grande del continente americano y uno de los emblemas de la biodiversidad misionera, atraviesa uno de los momentos más delicados de su historia reciente. La reducción drástica del hábitat natural, la fragmentación del territorio y la persistencia de la caza ilegal llevaron a que su población se reduzca a menos de 250 individuos en libertad en todo el territorio argentino. En este contexto, la Selva Paranaense —y particularmente Misiones— se transforma en un espacio estratégico para garantizar la supervivencia de la especie, tanto desde una perspectiva ambiental como institucional.

Un ámbito clave dentro del Plan Nacional de Conservación del Yaguareté

La Subcomisión Selva Paranaense forma parte del Comité de Gestión del Plan Nacional de Conservación del Yaguareté, junto con las subcomisiones de Yungas y Región Chaqueña. Su creación respondió a la necesidad de diseñar e implementar políticas específicas para una ecorregión crítica, donde Misiones es la única provincia que integra este espacio técnico y de decisión.

El funcionamiento de la subcomisión se articula con el Plan Provincial de Conservación de Grandes Felinos, establecido por la Ley XVI – N.º 78, que constituye el principal marco normativo para la protección de estas especies en la provincia. El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables es la autoridad de aplicación de la ley y el organismo responsable de coordinar las acciones, garantizando la coherencia entre las políticas provinciales y las estrategias nacionales de conservación.

Este entramado institucional posiciona a Misiones como una provincia pionera en la protección del yaguareté, que además cuenta con estatus de Monumento Natural Provincial y Nacional, protección absoluta y sanciones severas ante cualquier tipo de caza, daño o persecución, reforzadas por normativas que habilitan una intervención judicial activa frente a delitos ambientales.

Articulación institucional, ciencia aplicada y gestión territorial

La Subcomisión Selva Paranaense está integrada por un equipo interdisciplinario de profesionales de organismos públicos, instituciones científicas y organizaciones de la sociedad civil con amplia trayectoria en conservación. Entre sus miembros se encuentran el Instituto Misionero de Biodiversidad (IMiBio), el Ministerio del Agro y la Producción, la Administración de Parques Nacionales, Fundación Vida Silvestre, Proyecto Zorro Pitoco, la Fundación de Historia Natural Félix de Azara–Güirá Oga, la Fundación Ornitológica del Plata “Aves Argentinas”, la Dirección de Defensa del Medio Ambiente y Delitos Rurales y CeIBA-CONICET, con la posibilidad de sumar nuevas instituciones actualmente en proceso de aprobación.

Cada entidad participa a través de representantes técnicos que intervienen en la planificación, ejecución y seguimiento de las acciones definidas en el marco de la Ley XVI N.º 78 y sus modificaciones. El abordaje es integral e incluye monitoreo poblacional, investigación científica, prevención de conflictos con comunidades locales, control de la caza furtiva, educación ambiental y atención de ejemplares tanto en libertad como en cautiverio.

Las estrategias también contemplan respuestas frente a las principales amenazas que enfrenta la especie en la región, como la deforestación, el crecimiento urbano y los atropellamientos en rutas. En este punto, se desarrollan campañas de concientización y mecanismos de compensación ante eventos de predación, con el objetivo de promover una convivencia responsable entre la fauna silvestre y las actividades humanas.

Uno de los antecedentes más relevantes del trabajo coordinado de la subcomisión fue la translocación de la yaguareté Pará y sus cachorros, realizada en octubre del año pasado en Puerto Iguazú. El operativo se activó luego de que la hembra fuera detectada en zonas cercanas a asentamientos urbanos, una conducta que implicaba riesgos tanto para los animales como para la comunidad. La captura y el traslado se realizaron bajo estrictos protocolos de bienestar animal, con participación de instituciones provinciales y nacionales, y los ejemplares fueron reubicados en un Área Natural Protegida que garantiza condiciones adecuadas para su supervivencia.

Impacto institucional y mirada estratégica sobre la conservación

Desde el Gobierno provincial destacaron el rol de la Subcomisión Selva Paranaense como un espacio de integración y toma de decisiones basadas en evidencia. El ministro de Ecología y Recursos Naturales Renovables subrayó que se trata de “un espacio clave de integración, participación y construcción colectiva, donde confluyen distintos actores con fuerte presencia territorial, alto nivel de profesionalismo y un profundo conocimiento técnico”, y agregó que esta articulación permite “fortalecer las acciones de conservación y abordar con mayor eficacia los desafíos ambientales actuales”.

Asimismo, valoró la participación de las organizaciones que integran la subcomisión y remarcó que “solo aunando esfuerzos podemos lograr resultados sostenibles”, en el marco de una política de puertas abiertas para sumar voluntades en temas prioritarios como la conservación del yaguareté, la educación ambiental y el cuidado integral de los ecosistemas.

Desde Fundación Vida Silvestre Argentina, la coordinadora de Biodiversidad, Lucía Lazzari, explicó que el aporte de la organización se basa en un enfoque integral: “Ampliamos y fortalecemos áreas protegidas y corredores clave, acompañamos el monitoreo científico de la especie y sus presas desde 2001, promovemos prácticas productivas compatibles con la conservación y la restauración del hábitat, abordamos los conflictos entre grandes felinos y productores rurales, evaluamos y mitigamos el impacto de las rutas, y desarrollamos acciones de comunicación y sensibilización”.

Lazzari también destacó el rol de la Reserva de Vida Silvestre Urugua-í, administrada por la fundación, desde donde se realizan tareas de control y prevención de la caza furtiva en articulación con guardaparques y agentes de conservación, en el marco del Plan de Acción para la Conservación de una especie críticamente amenazada.

Por su parte, el director general del IMiBio, Emanuel Grassi, puso el foco en la relevancia del abordaje científico en la toma de decisiones. Señaló que el organismo interviene como autoridad de aplicación de los recursos genéticos, garantizando los procedimientos de captura, la toma de muestras y el resguardo del material biológico en el Biobanco de Sangre y Tejidos. “Este trabajo nos permite contar con información clave para el monitoreo sanitario y genético de los ejemplares, fundamental para definir estrategias de conservación efectivas”, afirmó.

Desde el Centro de Rescate y Conservación de Fauna Silvestre Güirá Oga, de la Fundación de Historia Natural Félix de Azara, remarcaron que cada intervención no solo permite asistir a ejemplares en riesgo, sino también generar información estratégica para comprender las amenazas que enfrenta la fauna y contribuir al equilibrio de los ecosistemas, un aspecto central para la conservación del yaguareté como predador tope de la Selva Paranaense.

Finalmente, desde Aves Argentinas destacaron el valor estratégico de la subcomisión como espacio de articulación, y mencionaron acciones concretas como la prueba piloto del seguro ante eventos de depredación en el Corredor Municipal de Conservación y Desarrollo Península de Andresito, la implementación de medidas de coexistencia con familias vecinas —caniles, luces foxlight, cercos eléctricos y campañas de vacunación— y el uso de collares satelitales, como el que permite el seguimiento de la hembra “Pará”, clave para fortalecer el monitoreo y la toma de decisiones en línea con la Estrategia Nacional para la Conservación del Yaguareté.

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El Gobierno convoca al Congreso en febrero para tratar la reforma laboral, ley de glaciares y acuerdo Mercosur–UE

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El presidente Javier Milei convocó formalmente al Honorable Congreso de la Nación a Sesiones Extraordinarias entre el 2 y el 27 de febrero de 2026, mediante el Decreto 24/2026, publicado en el Boletín Oficial. La convocatoria delimita una agenda legislativa acotada pero de alto impacto económico, político e institucional, que incluye la modernización del régimen laboral, la adecuación de la Ley de Glaciares, el tratamiento del Acuerdo de Libre Comercio entre el Mercosur y la Unión Europea, y la designación de un embajador extraordinario.

La medida, firmada por el Presidente de la Nación y el vocero presidencial Manuel Adorni, se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99, inciso 9 de la Constitución Nacional, y establece que los temas habilitados para su tratamiento serán exclusivamente los detallados en el Anexo IF-2026-06047221-APN-JGM, que forma parte integrante del decreto.

Una agenda extraordinaria con foco en reformas estructurales

El Artículo 1° del Decreto 24/2026 convoca al Congreso a sesionar fuera del período ordinario durante 26 días, desde el 2 hasta el 27 de febrero de 2026, mientras que el Artículo 2° define los asuntos que integran la convocatoria, restringiendo el temario a cuatro puntos centrales.

Entre ellos se destaca el Proyecto de Ley de Modernización Laboral (Mensaje 35/25, Expediente Senadores PE 159/2025), una iniciativa clave dentro del programa de reformas del Poder Ejecutivo, con impacto directo sobre el mercado de trabajo, la regulación de las relaciones laborales y los costos asociados al empleo formal.

También figura el Proyecto de Ley de adecuación del Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, que propone modificaciones a la Ley N° 26.639 (Mensaje 36/2025, Expediente Senadores PE 161/2025). Este punto reviste relevancia institucional y económica, dado que involucra estándares ambientales, regulación de actividades productivas y el marco normativo vigente en zonas de glaciares y ambientes periglaciales.

Comercio exterior y política exterior en el temario legislativo

La convocatoria incluye además el tratamiento del Proyecto de Ley para aprobar el Acuerdo de Libre Comercio entre el Mercosur y la Unión Europea, que será enviado por el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de uno de los acuerdos comerciales más relevantes en términos de inserción internacional, reglas de acceso a mercados y alineamiento estratégico del bloque regional.

En el plano de la política exterior, el temario contempla la consideración del acuerdo para designar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor Fernando Adolfo Iglesias, conforme a lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias.

La inclusión de este punto refuerza el carácter integral de la convocatoria, que combina reformas económicas y laborales con definiciones institucionales y diplomáticas que requieren aval del Congreso.

Posibles repercusiones

La delimitación estricta de los temas a tratar durante las sesiones extraordinarias refuerza el rol del Poder Ejecutivo en la definición de prioridades legislativas, al tiempo que coloca al Congreso frente a debates de alta sensibilidad económica, regulatoria y política.

La modernización laboral y la adecuación de la Ley de Glaciares anticipan discusiones intensas en torno al equilibrio entre competitividad, protección ambiental y marcos regulatorios vigentes, mientras que el acuerdo Mercosur–Unión Europea introduce un eje central de debate sobre comercio exterior y reglas de integración internacional.

Con esta convocatoria, el Gobierno busca avanzar en una agenda concentrada de proyectos considerados estratégicos antes del inicio del período ordinario de sesiones.

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Glaciares en debate: críticas técnicas y constitucionales a la reforma que el Senado tratará en febrero

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El proyecto del Poder Ejecutivo que modifica la Ley 26.639 de presupuestos mínimos para la protección de glaciares y del ambiente periglacial obtuvo dictamen en el Senado tras un trámite acelerado, pero enfrenta un rechazo contundente de especialistas, organizaciones ambientales y referentes científicos, que advierten sobre un debilitamiento estructural del régimen de protección ambiental, riesgos para la seguridad hídrica y mayor incertidumbre jurídica. La iniciativa será tratada en el recinto el próximo 10 de febrero.

El debate se desarrolló en una reunión conjunta de las comisiones de Ambiente y Desarrollo Sustentable y de Minería, Energía y Combustibles del Senado de la Nación, realizada en el Salón Arturo Illia del Palacio Legislativo. En apenas dos días, el oficialismo logró dictaminar el proyecto pese a las objeciones técnicas, constitucionales y ambientales planteadas durante las exposiciones. El tratamiento parlamentario, inicialmente previsto para el 26 de diciembre, fue finalmente postergado para febrero.

Cambios estructurales y cuestionamientos constitucionales

Durante el encuentro, los expositores coincidieron en que la reforma propuesta introduce modificaciones de fondo a la Ley 26.639, sancionada hace 15 años, al alterar el esquema de presupuestos mínimos de protección ambiental previsto en la Constitución Nacional. Según advirtieron, la iniciativa reduce el alcance del régimen nacional y fragmenta los criterios de protección de bienes comunes estratégicos como el agua.

Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), sostuvo que el proyecto “reduce el área de protección glaciar —que actualmente alcanza apenas el 0,21% del territorio nacional— con el objetivo de habilitar proyectos de megaminería de alta montaña hoy expresamente prohibidos”. Además, remarcó que la iniciativa transfiere a las provincias la facultad de definir qué glaciares deben ser protegidos, lo que “desmantela el esquema de protección ambiental uniforme y común para todo el país”.

En la misma línea, Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, afirmó que la reforma “tira por la borda la arquitectura constitucional de las leyes de presupuestos mínimos” y alertó sobre el precedente que podría sentar para otras normas ambientales vigentes. “¿Qué va a pasar después? ¿Vienen por los bosques, por los ríos, por la Ley General del Ambiente?”, planteó.

Ciencia, crisis climática y falta de participación

Desde el ámbito científico, las críticas se centraron en la ausencia de consultas previas y en la celeridad del tratamiento legislativo. Manuel Jaramillo, director ejecutivo de Fundación Vida Silvestre Argentina, calificó como “inadmisible” que el proyecto no haya sido consultado con el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), organismo de referencia establecido por la propia ley vigente para la elaboración del Inventario Nacional de Glaciares.

Pablo E. Villagra, director del IANIGLA, recordó que el Inventario Nacional de Glaciares fue concluido en 2018, recibió reconocimiento de la comunidad glaciológica internacional y no presenta errores significativos, además de encontrarse actualmente en proceso de actualización.

Agostina Rossi, de Greenpeace Argentina, advirtió que “cuando el riesgo aumenta, las normas se fortalecen, no se debilitan”, y sostuvo que la distinción entre glaciares “útiles” y “no útiles” carece de sustento científico. “Los glaciares y el ambiente periglacial no son obstáculos: son aliados para enfrentar la crisis climática”, afirmó.

Las organizaciones también cuestionaron la escasa participación pública y el carácter exprés del proceso legislativo, señalando que la iniciativa no replica el nivel de debate y consenso que acompañó la sanción original de la ley.

Minería, inversiones y licencia social

Desde el sector empresario minero, la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) y la Cámara Argentina de Proveedores Mineros (CAPMIN) plantearon que la ley vigente presenta imperfecciones que generan incertidumbre normativa y que la reforma busca adecuar el marco regulatorio del sector. Alfredo Vitaller, por CAEM, sostuvo que acompañan la protección de los glaciares “en tanto cumplan su función como reserva de agua”.

Sin embargo, desde las organizaciones ambientales y científicas se advirtió que la reforma no generará mayor seguridad jurídica ni atraerá inversiones de largo plazo. Hernán Casañas, director ejecutivo de Aves Argentinas, afirmó que “las empresas serias buscan certidumbres y estándares ambientales altos” y que “los flujos de inversión más importantes van a los países con mayor protección ambiental”. En ese sentido, remarcó que flexibilizar la ley “profundizará la incertidumbre normativa y debilitará la licencia social para operar”.

Durante la jornada también expusieron los gobernadores de San Juan y Catamarca, quienes defendieron la necesidad de compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo minero. El gobernador de Catamarca destacó que la actividad genera cerca de 3.000 empleos directos y un efecto multiplicador de aproximadamente 5.000 puestos adicionales, subrayando su impacto en la economía local y en la diversificación productiva.

Un debate abierto con impacto institucional

Con dictamen favorable, el proyecto será tratado en el recinto del Senado el próximo 10 de febrero, tras un nuevo llamado a sesiones extraordinarias. Las organizaciones ambientales, científicas y sociales reiteraron su pedido para que no se avance con una reforma que, según sostienen, reduce los niveles de protección ambiental, vulnera la Constitución Nacional y pone en riesgo la seguridad hídrica en un contexto de crisis climática.

“La Ley de Glaciares es clara, constitucional y vigente: debe cumplirse, no vaciarse”, enfatizaron los expositores, al tiempo que reclamaron un debate más amplio, con base científica y participación efectiva, antes de modificar uno de los pilares del régimen ambiental argentino.

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