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El Gobierno vuelve a postergar el impuesto a los combustibles

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El Gobierno nacional resolvió postergar nuevamente la actualización de los impuestos a los combustibles y trasladó al 1° de mayo de 2026 la aplicación de incrementos que debían regir desde abril. La medida quedó formalizada el 31 de marzo mediante el Decreto 217/2026, que modifica el esquema vigente y extiende el diferimiento de los tributos sobre naftas y gasoil.

El dato central no es solo la prórroga —que ya suma varias instancias desde 2024— sino su timing: el Ejecutivo opta por evitar un ajuste en precios en el corto plazo, aun cuando se trata de impuestos que se actualizan automáticamente por inflación. La pregunta que se abre es si esta decisión refuerza la estrategia de desaceleración inflacionaria o si acumula presión fiscal hacia adelante.

Un esquema legal que se aplica, pero no se ejecuta

El marco normativo es claro desde hace años. La Ley 23.966 establece montos fijos para los impuestos sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono, con actualizaciones trimestrales atadas al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el INDEC. A su vez, el Decreto 501/2018 reglamentó el mecanismo y fijó el calendario de ajustes en enero, abril, julio y octubre.

Sin embargo, la práctica se fue apartando de la regla. Distintos decretos —incluido el 617/2025 y sus sucesivas modificaciones— vienen difiriendo la aplicación efectiva de esos incrementos. El resultado es un esquema donde la actualización existe en términos técnicos, pero su traslado a precios se administra políticamente.

El nuevo decreto profundiza esa lógica. Sustituye el período originalmente previsto entre el 1° y el 31 de marzo de 2026 y lo extiende hasta el 30 de abril. Además, desplaza la entrada en vigencia de los aumentos remanentes —correspondientes a las actualizaciones de 2024 y 2025— al 1° de mayo.

En términos concretos, el Estado sigue acumulando ajustes impositivos pendientes mientras decide cuándo trasladarlos al surtidor.

Equilibrio delicado entre recaudación y precios

La decisión tiene implicancias directas en dos frentes sensibles: la recaudación y la inflación. Por un lado, el diferimiento implica resignar ingresos inmediatos derivados de tributos que, por diseño, deberían ajustarse automáticamente. Por otro, evita un impacto directo en los precios de los combustibles, con efecto indirecto sobre toda la estructura de costos de la economía.

En ese equilibrio se mueve la estrategia oficial. El decreto menciona explícitamente la necesidad de “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, una formulación que traduce una tensión clásica: sostener la actividad sin desanclar las cuentas públicas.

Desde la perspectiva política, la medida otorga margen al Ejecutivo para administrar uno de los precios más sensibles del sistema económico. El combustible no solo afecta al consumidor final; también incide en transporte, logística y producción. Postergar el impuesto es, en los hechos, intervenir sobre esa variable.

Pero la contracara es clara: los incrementos no desaparecen, se acumulan. Y cuanto más se difieren, mayor es el ajuste potencial futuro.

Una secuencia de prórrogas que se vuelve política de Estado

El Decreto 217/2026 no es un hecho aislado. Se inscribe en una secuencia de decisiones que incluyen múltiples prórrogas desde 2025. La reiteración convierte lo excepcional en regla: el mecanismo automático de actualización queda subordinado a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo.

Ese patrón redefine el rol del instrumento impositivo. Deja de ser un componente técnico de la estructura fiscal para transformarse en una herramienta de gestión macroeconómica de corto plazo.

En términos de correlación de fuerzas, el movimiento no abre un conflicto inmediato con otros actores institucionales —no requiere intervención legislativa—, pero sí condiciona la dinámica fiscal futura. Cada diferimiento reduce presión en el presente y la traslada hacia adelante.

Acumulación y decisiones pendientes

El nuevo plazo fija una referencia clara: el 1° de mayo. Allí deberían converger los incrementos postergados, salvo que una nueva decisión vuelva a reprogramarlos. Esa es la variable a observar en las próximas semanas.

También será clave seguir cómo evoluciona la brecha entre los valores impositivos teóricos —actualizados por IPC— y los efectivamente aplicados. Esa distancia define el volumen del ajuste pendiente.

El Gobierno eligió, una vez más, ganar tiempo. La incógnita es cuánto margen queda para seguir difiriendo sin que el costo se traslade, tarde o temprano, a precios o a las cuentas públicas.

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El Gobierno baja el corte de biodiésel y actualiza precios de biocombustibles para contener el costo del gasoil

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El Gobierno ajusta los precios de los biocombustibles y reduce el corte de biodiésel, buscan contener el impacto en el precio del gasoil

La Secretaría de Energía actualizó los valores del bioetanol y biodiésel para noviembre y redujo transitoriamente el porcentaje de mezcla obligatoria en gasoil. Las resoluciones 443/2025 y 445/2025 establecen nuevos precios de referencia y apuntan a morigerar los efectos del aumento del aceite de soja.

Ajuste en los precios y control de costos en el surtidor

El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Energía, dispuso mediante las Resoluciones 443/2025 y 445/2025 un nuevo esquema de precios para los biocombustibles que integran la mezcla obligatoria con naftas y gasoil, de acuerdo con la Ley N° 27.640 de Marco Regulatorio de Biocombustibles.

El bioetanol elaborado a base de caña de azúcar se fijó en $918,025 por litro, mientras que el bioetanol elaborado a base de maíz quedó en $841,394 por litro, valores que regirán para las operaciones correspondientes al mes de noviembre de 2025 y hasta que se publique una nueva actualización. El plazo máximo de pago se mantuvo en 30 días corridos desde la emisión de factura.

En paralelo, la Resolución 445/2025 estableció un nuevo precio del biodiésel destinado a su mezcla con gasoil, fijado en $1.688.961 por tonelada, y dispuso un plazo de pago máximo de siete días corridos. Además, la medida redujo de manera transitoria el corte obligatorio de biodiésel del 7,5% al 7% sobre el volumen total del gasoil comercializado en el país.

Según la normativa, el ajuste responde a un incremento sostenido del precio del aceite de soja —principal insumo del biodiésel— que elevó los costos de producción y amenazaba con trasladarse al precio final del gasoil.

“A fin de morigerar el impacto de dicho incremento en el precio del gasoil en boca de surtidor y en el costo logístico de la actividad económica en general, se considera necesario establecer transitoriamente una reducción del porcentaje de mezcla obligatoria”, señala el texto oficial.

Contexto normativo y fundamentos técnicos

Ambas resoluciones se dictan en el marco de la Ley 27.640, que desde 2021 regula las actividades de elaboración, comercialización y mezcla de biocombustibles, y faculta a la Secretaría de Energía a fijar los precios de adquisición y los porcentajes de corte obligatorios.

El precio del biodiésel se actualiza conforme al procedimiento establecido en la Resolución 963/2023, que define la metodología de cálculo considerando los costos de producción, transporte y rentabilidad del sector. La última actualización había sido dispuesta por la Resolución 422/2025, vigente desde el 23 de octubre.

En cuanto al bioetanol, los valores se determinan de acuerdo con los procedimientos aprobados en la Resolución 373/2023 y su modificatoria, la 709/2023, que permiten realizar ajustes excepcionales cuando los precios de los biocombustibles generan “distorsiones” en el precio de los combustibles fósiles en surtidor.

La Secretaría recordó además que las medidas se adoptan bajo el paraguas del Decreto 70/2023, que declaró la emergencia pública económica, energética y fiscal hasta diciembre de 2025, y de la Ley 27.742, que prorrogó la emergencia por un año más.

“Resulta necesario atender las posibles distorsiones en el mercado y garantizar la estabilidad de precios en un contexto de emergencia energética y económica”, fundamenta el organismo.

Impacto económico y proyección del mercado energético

El ajuste en los precios del bioetanol y biodiésel tiene impacto directo sobre las refinerías, empresas mezcladoras y productores agroindustriales que integran el esquema de biocombustibles. La actualización busca equilibrar la rentabilidad de los elaboradores frente al encarecimiento de los insumos —especialmente el aceite de soja— sin afectar la competitividad del gasoil y la nafta en el mercado interno.

La reducción temporal del corte de biodiésel también apunta a contener el costo logístico y evitar presiones adicionales sobre los precios del transporte y de los productos básicos, sectores sensibles a las variaciones del combustible.

En el plano institucional, las medidas reafirman el rol de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación del marco regulatorio, consolidando un esquema de revisión mensual que permite ajustar las variables de acuerdo con la evolución de los mercados agrícolas y energéticos.

De acuerdo con fuentes del sector, el desafío será sostener un equilibrio entre la viabilidad económica de los biocombustibles —clave para las economías regionales productoras de maíz, caña y soja— y la necesidad de mantener precios estables en los combustibles fósiles durante un contexto de transición energética y restricción macroeconómica.

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El Gobierno actualizó los precios del biodiésel y bioetanol para octubre de 2025

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La Secretaría de Energía actualizó los precios de biodiésel y bioetanol para octubre. El Gobierno fijó nuevos valores mínimos para los biocombustibles utilizados en la mezcla con naftas y gasoil. Las resoluciones buscan corregir desfasajes de costos en el marco de la Ley 27.640.

A través de las Resoluciones 385/2025 y 386/2025, publicadas este lunes 6 de octubre en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía estableció los precios mínimos de adquisición del biodiésel y del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz, que regirán durante el mes de octubre.

Según la Resolución 385/2025, el precio del biodiésel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil se fijó en $1.508.704 por tonelada, con un plazo máximo de pago de siete días corridos desde la fecha de la factura correspondienteaviso_332427.

En tanto, la Resolución 386/2025 estableció en $891,286 por litro el precio mínimo del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar, y en $816,887 por litro el del bioetanol elaborado a base de maíz, ambos con plazo de pago de 30 días corridosaviso_332428. Los nuevos valores se aplicarán a las operaciones de octubre y se mantendrán hasta la publicación de una nueva actualización.

Contexto normativo y marco legal

Las medidas se dictan en el marco de la Ley N.º 27.640, que regula la elaboración, comercialización y mezcla de biocombustibles, y designa a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación. Esta norma reemplazó a las leyes 23.287, 26.093 y 26.334, estableciendo un nuevo esquema de determinación de precios y control del sector.

En sus considerandos, ambas resoluciones mencionan la vigencia del Decreto 70/2023, que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta diciembre de 2025, y la Ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, que amplió la emergencia a los ámbitos administrativo, económico, financiero y energético.

En ese contexto, la cartera energética señaló la necesidad de revisar posibles distorsiones en los precios de los biocombustibles, tanto por desfasajes con los costos reales de producción como por su impacto en los precios finales de los combustibles fósiles.

Impacto en el sector energético y productivo

La actualización de precios responde a los procedimientos vigentes establecidos por las resoluciones previas (N° 963/23 para el biodiésel y N° 373/23 para el bioetanol, ambas modificadas en 2023). Estos mecanismos permiten realizar ajustes cuando se detectan variaciones en los costos o efectos distorsivos en el mercado.

El Gobierno busca así mantener el equilibrio entre productores y refinadoras, garantizando la continuidad del programa de mezcla obligatoria y evitando impactos abruptos en los surtidores.

La decisión tiene relevancia económica para las provincias productoras de caña de azúcar y maíz, como Tucumán, Salta, Jujuy, Santa Fe y Córdoba, donde los biocombustibles representan una fuente clave de empleo e inversión industrial.

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