REFORMA JUDICIAL

Reforma judicial: cuándo entra en vigencia el nuevo Código Procesal Penal Federal en Misiones

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El Ministerio de Justicia de la Nación oficializó el nuevo cronograma de implementación del Código Procesal Penal Federal en tres jurisdicciones clave del país, avanzando con la reforma del sistema judicial penal bajo el modelo acusatorio. Según la Resolución N° 1/2026, publicada en el Boletín Oficial, el nuevo régimen comenzará a regir el 15 de junio en Córdoba, el 24 de agosto en la jurisdicción de Posadas y el 30 de noviembre en La Plata, reordenando plazos previamente establecidos y consolidando el rol del Poder Ejecutivo en la ejecución de la reforma.

La decisión reviste relevancia institucional y política, ya que redefine el ritmo de una transformación estructural del proceso penal federal, que traslada el eje de la investigación a los fiscales, limita el rol instructor de los jueces y busca mayor celeridad, transparencia y eficiencia en la persecución penal.

De la Ley 27.150 al control del Ministerio de Justicia

La implementación del Código Procesal Penal Federal, aprobado por la Ley 27.063, fue concebida desde su origen como un proceso progresivo. La Ley 27.150 estableció que esa transición quedaría bajo la órbita de la Comisión Bicameral de Seguimiento del Congreso. Sin embargo, ese esquema fue modificado mediante un decreto de necesidad y urgencia firmado por el presidente Javier Milei, que transfirió la competencia de implementación al Ministerio de Justicia de la Nación.

Desde entonces, la cartera conducida por Mariano Cúneo Libarona asumió un rol central en la calendarización y puesta en marcha del sistema acusatorio en las distintas jurisdicciones federales del país. En ese marco, ya se dispuso la entrada en vigencia del nuevo código en las cámaras federales de Rosario (Resolución N° 64/2024), Mendoza (Resolución N° 165/2024), General Roca y Comodoro Rivadavia (Resolución N° 216/2024), Mar del Plata y Bahía Blanca (Resolución N° 377/2024), y Corrientes y Resistencia (Resolución N° 143/2025), que se sumaron a las primeras experiencias desarrolladas en Salta y Jujuy.

La Resolución N° 1/2026 se inscribe así en una estrategia de expansión territorial gradual del sistema acusatorio, con ajustes de plazos en función del estado operativo de cada jurisdicción.

Cambios de fechas y reordenamiento del cronograma judicial

El texto oficial también introduce modificaciones sobre fechas previamente anunciadas. En el caso de las jurisdicciones de Posadas y La Plata, el Ministerio había dispuesto mediante la Resolución N° 530/2025 que el Código Procesal Penal Federal entrara en vigencia el 16 de marzo y el 18 de mayo, respectivamente. Con la nueva norma, esos plazos fueron diferidos al 24 de agosto para Posadas y al 30 de noviembre para La Plata.

En paralelo, se confirmó que el nuevo código comenzará a regir en la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba a partir del 15 de junio próximo, incorporando a esa jurisdicción al esquema acusatorio federal.

El Gobierno justificó la decisión señalando que, “en atención al estado actual del proceso de reforma, y a fin de asegurar una implementación ordenada, eficaz y sostenible, resulta oportuno disponer la plena entrada en vigencia”, remarcando la necesidad de adecuar recursos humanos, infraestructura y prácticas procesales antes del cambio de régimen.

El caso Comodoro Py y las implicancias institucionales

Uno de los puntos más sensibles del proceso sigue siendo Comodoro Py, sede de los tribunales federales con competencia en los casos de mayor impacto político e institucional. Allí, el Ejecutivo había dispuesto originalmente la entrada en vigencia total del Código Procesal Penal Federal para el 11 de agosto de 2025, pero esa fecha fue prorrogada en dos oportunidades.

Finalmente, el Gobierno estableció como nuevo plazo definitivo el 20 de abril de 2026, lo que refleja las dificultades operativas y políticas que supone la implementación del sistema acusatorio en el principal fuero federal del país.

En términos prácticos, la expansión del Código Procesal Penal Federal implica una reorganización profunda del funcionamiento judicial, con impacto directo en fiscales, jueces, defensores, fuerzas de seguridad y en la gestión de causas complejas, especialmente aquellas vinculadas a delitos federales, corrupción, narcotráfico y crimen organizado.

Resolución N° 1/2026 Ministerio de Justicia by CristianMilciades

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El Gobierno reglamenta la mediación prejudicial virtual y avanza hacia un sistema digital integral

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El Poder Ejecutivo Nacional aprobó la modificación del Decreto 1467/2011 para adaptar la mediación prejudicial obligatoria a un formato digital, incorporando notificaciones electrónicas, firmas digitales y audiencias por videoconferencia. La medida, formalizada a través del Decreto 696/2025, busca agilizar los procesos judiciales, reducir costos y garantizar mayor accesibilidad ciudadana.

El decreto publicado el 30 de septiembre en el Boletín Oficial introduce una reforma sustancial al régimen reglamentario de la Ley 26.589, que establece la obligatoriedad de la mediación previa a juicio. A partir de ahora, el procedimiento podrá desarrollarse íntegramente a través de plataformas digitales, manteniendo la validez de las audiencias presenciales, que quedarán sujetas al criterio del mediador y las partes.

Un nuevo marco para la mediación prejudicial

La norma instruye al Ministerio de Justicia a implementar en un plazo de 180 días un Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación Prejudicial Obligatoria, que permitirá:

  • Notificaciones electrónicas a las partes.
  • Generación de actas en formato digital.
  • Firma electrónica de las partes y letrados.
  • Firma digital de los mediadores.
  • Interconexión tecnológica con el Poder Judicial, mediadores y centros de mediación.

Según el artículo 2° del decreto, este sistema reemplazará la reglamentación vigente del Decreto 1467/11, adaptándola a los cambios tecnológicos acumulados en la última década.

La decisión se apoya en la experiencia adquirida durante la pandemia de 2020, cuando, mediante la Resolución 121/20 del entonces Ministerio de Justicia y la Disposición 7/20 de la Subsecretaría de Acceso a la Justicia, se habilitó la mediación virtual como respuesta a las restricciones sanitarias.

Durante más de cinco años de aplicación práctica, las audiencias digitales demostraron eficiencia, reducción de plazos y costos, además de garantizar principios como la confidencialidad y la identificación de las partes.

El Ejecutivo señala que “una interpretación evolutiva” de la Ley 26.589 permite consolidar definitivamente la virtualidad como alternativa válida, en línea con la digitalización progresiva que la Corte Suprema de Justicia de la Nación impulsa desde 2011 a través de múltiples acordadas.

Asimismo, el decreto introduce la notificación electrónica obligatoria, que se realizará en el domicilio fiscal electrónico registrado en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Durante un período de transición de 365 días, coexistirá con las notificaciones físicas.

La reforma representa un paso decisivo hacia la modernización del servicio de justicia, con repercusiones tanto para abogados como para ciudadanos. Se espera una reducción en los tiempos de tramitación, menores costos operativos y un aumento en la accesibilidad, especialmente para quienes residen lejos de los centros urbanos.

El Ministerio de Justicia queda facultado para dictar normas complementarias y celebrar convenios necesarios para la adecuada ejecución del sistema. El decreto, firmado por el presidente Javier Milei junto a Guillermo Francos y Mariano Cúneo Libarona, entrará en vigencia el 1° de octubre de 2025.

La implementación definitiva dependerá ahora de la capacidad técnica y administrativa del Estado para poner en marcha el nuevo sistema digital en el plazo previsto, con la posibilidad de una única prórroga de 90 días adicionales.

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Se lanza mañana la Campaña Nacional por una Reforma Judicial Feminista

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Organizaciones feministas, sindicales, sociales, de derechos humanos, académicas y del colectivo LGTBIQ+ lanzarán mañana la “Campaña Nacional por una Reforma Judicial Feminista”, con la que buscarán “visibilizar el actual e indebido desempeño de la justicia en Argentina, poniendo el foco en jueces y juezas que reproducen prácticas y lógicas patriarcales”.

La “ausencia” de perspectiva de género en procesos y sentencias judiciales y “la falta de acciones integrales que preserven la integridad de mujeres, infancias, adolescencias y diversidades” serán mañana ejes clave de un encuentro de feministas y transfeministas, que se iniciará a las 18 en la Federación Gráfica Bonaerense, en avenida Paseo Colón 371 del centro porteño.

“A la luz de los hechos que sufrimos como ciudadanía en manos de la Corte Suprema de Justicia y de un sector del Poder Judicial, consideramos que es de carácter urgente que esta Campaña proponga las bases para un programa de transformación del sistema judicial desde una mirada interseccional, antipunitivista, antirracista, de integración latinoamericana, de respeto e integración a los pueblos originarios y en clave de derechos humanos”, expresaron las organizaciones.

Advirtieron sobre la “criminalización, tanto de luchadoras populares y madres protectoras, como de personas LGBTIQ+” y denunciaron que “cada colectivo que hoy emprende una batalla por sus derechos encuentra en el Poder Judicial actual una trampa para el acceso pleno a la justicia”.

El objetivo de la campaña -señalaron- es lograr una amplia difusión y sumar adhesiones en todo el país “para dar lugar a una red feminista que emprenda esta lucha para mejorar la calidad democrática” del país.

“Porque nos siguen matando. Porque siguen desoyendo nuestras denuncias. Porque los jueces que integran el Tribunal Supremo de la Nación decidieron no capacitarse bajo la Ley Micaela y no respeta la paridad de género en su conformación. Por todo ello, nuestra lucha es clave para la transformación de las desigualdades estructurales que no nos permiten ser ciudadanas de pleno derecho”, argumentaron.

La idea de avanzar hacia una Campaña Nacional nació en 2021, durante el encuentro de algo más de 6 mil personas de distintos puntos de Argentina en el Foro Federal Virtual por una Reforma Judicial Feminista.

Al año siguiente, en el Encuentro Plurinacional de MLTI+ en la provincia de San Luis, se concretó en forma presencial un Taller por la Reforma Judicial Feminista, que tuvo unos 300 asistentes y en el que se escucharon relatos en primera persona sobre “los padecimientos frente a una justicia machista y misógina que decide prolongar la cultura patriarcal hasta nuestros días”.

A todo esto se sumó, en febrero pasado, el pronunciamiento de unas 200 organizaciones que “apoyan el proceso de juicio político a los actuales miembros de la Corte Suprema” en la Cámara de Diputados.

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El debate público sobre la cuestión judicial: aportes desde el Trabajo Social

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Desde mi posición como Presidenta de la Federación Internacional de Trabajadores Sociales, organización que representa a más de tres millones de Trabajadoras y Trabajadores Sociales de todo el mundo, pero particularmente desde mi condición de mujer, Trabajadora Social, feminista y ciudadana argentina, quiero realizar algunos aportes desde el Trabajo Social, respondiendo a la convocatoria formulada en este sentido por nuestro Presidente de la Nación el 29 de julio último, en la presentación del Proyecto de Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal.

La Cuestión Judicial es fundamentalmente una cuestión de derechos, y más apropiadamente, de vigencia del Estado de Derecho y esta cuestión es precisamente el fundamento más profundo del Trabajo Social como profesión que tiene como Principios Fundamentales en Argentina la defensa y reivindicación de los Derechos Humanos, la Justicia Social, el ejercicio efectivo de la Ciudadanía y la plena vigencia de la Democracia como forma de gobierno y forma de vida. Estos principios están establecidos por la Ley de Orden Público Nº 27.072 denominada Ley Federal de Trabajo Social, sancionada precisamente por el Congreso de la Nación un 10 de Diciembre, Día Internacional de los Derechos Humanos y también Día Nacional del Trabajador/a Social en Argentina.

La Cuestión Judicial no atañe solamente ni es privativo de abogados y abogadas. Es una cuestión que atraviesa a toda la sociedad y a todas las disciplinas de las Ciencias Sociales. Es una cuestión transdisciplinaria y por tanto también atañe e involucra al Trabajo Social, no solamente como profesión de las Ciencias Sociales sino por las competencias que tiene como tal. Precisamente, lo que hace el Trabajo Social en todas sus intervenciones es generar las condiciones para que los ciudadanos y ciudadanas puedan ejercer real y efectivamente sus derechos. En este sentido, es una profesión que siempre busca reivindicar, abogar, reparar, restituir y ampliar derechos, además de denunciar e intervenir en situaciones de violación de estos derechos.

La Cuestión Judicial siempre impacta en el mundo de la vida y la vida cotidiana de los sujetos sociales donde precisamente está presente e interviene el Trabajo Social. El mundo de la vida es el espacio compartido de significaciones sociales, de experiencias compartidas con otros, de construcción de subjetividad e intersubjetividad. Es el espacio de la memoria, de las vivencias y de la existencia misma. Este mundo se va construyendo en la vida que transcurre todos los días, es decir en la vida cotidiana y es aquí donde se sufren y se padecen las injusticias y las desigualdades sociales, el abuso de poder, la ausencia de justicia y la imposibilidad material de poder ejercer derechos.

En la Cuestión Judicial se condensa el orden social patriarcal-capitalista-colonial. Este orden, construido sobre múltiples opresiones y violencias, profundiza y perpetúa la dominación y las desigualdades sociales. Desde este orden se encubren los privilegios, se garantiza la impunidad de los ricos y poderosos y se culpabiliza y condena a los pobres, las mujeres, las comunidades indígenas, las disidencias sexuales y la clase trabajadora. Desde este orden se defienden los derechos de las grandes corporaciones transnacionales y se ignoran o desprecian los derechos de los sectores populares y de los pueblos originarios. Cientos de sentencias, prácticas judiciales y publicaciones dan cuenta de esto.

El Trabajo Social también da cuenta de esto, porque conoce el padecimiento subjetivo que implica vivir sin justicia o como paria en su propia tierra por el solo hecho de ser pobre, mujer, negro/a, inmigrante, indígena, discapacitado/a, trans o travesti. Las cárceles argentinas también dan cuenta de esto. Muchos genocidas gozan de prisión domiciliaria. Los que endeudaron al país, arrasaron la economía, destruyeron fuentes de trabajo, evadieron impuestos, lavaron dinero y fugaron capitales, no están en las cárceles, están libres, y muchos de ellos paseando por Europa o Estados Unidos. La Cuestión Judicial es en definitiva una cuestión social: una cuestión de construcción y reproducción del orden social.

Para poder llevar a cabo una transformación estructural en esta cuestión, es imprescindible una mirada democrática, republicana, transdisciplinaria, descolonial, feminista y de derechos humanos, en todos los niveles, fueros y jurisdicciones de la Justicia. Además de cambios en la organización y competencia de la Justicia Federal, que ya de por sí constituye un avance significativo, estamos ante una oportunidad histórica para avanzar en otros cambios más profundos y sustantivos: los imaginarios, valores, creencias y discursos; las prácticas y procedimientos judiciales; la publicidad y transparencia de los actos; la formación de jueces y juezas, magistrados y magistradas, funcionarios y funcionarias judiciales y la evaluación del desempeño como cualquier funcionaria o funcionario público que tiene que dar cuentas de sus actos en un régimen republicano y democrático.

El Trabajo Social en este sentido tiene mucho que decir y aportar en el debate público de la Cuestión Judicial, desde su propia experiencia de intervención social, desde una mirada holística, desde un enfoque de interseccionalidad de género(s)-racialidad-clase-sexualidad y desde una perspectiva emancipadora transdisciplinaria. Por su producción de conocimientos, formación y trayectoria profesional, muchos Trabajadores y Trabajadoras Sociales pueden y deberían ser convocados/as para integrar equipos de trabajo o comisiones asesoras. Esta incorporación podría marcar la diferencia, en términos de acercar y poner la Justicia al servicio del Pueblo.



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Reforma Judicial en Misiones: se creó la quinta circunscripción con sede en San Vicente

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La Cámara de Diputados convirtió en la noche del jueves una extensa reforma judicial que crea en Misiones la quinta circunscripción judicial que tendrá como base la ciudad de San Vicente, pero atenderá a los municipios del Alto Uruguay. 

La quinta circunscripción llega después de tres décadas sin cambios y su jurisdicción territorial comprende los límites de los municipios de Bernardo de Irigoyen, del departamento General Manuel Belgrano; Dos de Mayo, de Cainguás; El Soberbio, perteneciente al Departamento Guaraní; Pozo Azul y San Pedro del departamento San Pedro y San Vicente, del departamento Guaraní. 

Pese al amplio consenso parlamentario y la consulta con el Poder Judicial, la oposición intentó cuestionar una parte de la reforma porque modificó la estructura de tercera circunscripción judicial para repartir dependencias en otras ciudades. El diputado Rafael Pereyra Pigerl, uno de los que trabajó en la reforma, los frenó en seco: “Parece que no leen los dictámenes. Este fue firmado el 5 de agosto y nadie reparó en nada”, cuestionó en referencia a los diputados Isaac Lenguaza, del kirchnerismo y Gustavo González de la alianza Cambiemos, quienes votaron a favor en general, pero rechazaron puntos en particular.

La medida busca afianzar la Justicia, y lograr una descentralización y distribución equitativa de los órganos judiciales: “No solo se debe postular un acceso a la jurisdicción, sino que además éste debe ser efectivo”, argumentó el presidente de la Legislatura, Carlos Rovira.

“Debe haber una verdadera y palmaria posibilidad de acceder a la misma, debido a que el Estado está obligado a remover las barreras de índole jurídico, social, económico y cultural que impiden el pleno ejercicio de los derechos por parte de sus titulares”, sentenció.

“Teniendo en cuenta el crecimiento demográfico, económico y productivo de la provincia, la nueva conformación del mapa judicial dará mayores posibilidades a los justiciables en la resolución de los conflictos, logrando descomprimir la saturación de causas existentes en la Primera, Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, adecuando de manera eficiente y equitativa el acceso judicial en todas las circunscripciones”, agregó.

Entre los motivos que fundamentan el proyecto, el legislador mencionó “la necesidad de asegurar el acceso a la Justicia, en especial de aquellas personas en condición de vulnerabilidad, y la tutela judicial efectiva de los derechos humanos a través de oficinas judiciales y magistrados especializados”.

Por su parte, el legislador Isaac Lenguaza, otro de los autores de la norma junto con los ex diputados Waldemar Wolemberg, Jorge Petersen y Cristina Novoa con el acompañamiento de sus pares, advirtió que si bien considera que “no son tiempos fáciles para cualquier administración” y conoce “las dificultades económicas que atraviesa actualmente la República Argentina” esta ley es “una herramienta legislativa para “para brindar las soluciones que se requieran en la prestación del servicio de Justicia”.

Participaron del tratamiento de esta ley, mediante videoconferencia, la presidente del Superior Tribunal de Justicia, Rosanna Pía Venchiarutti y los ministros  Liliana Picazo y Antonio Rojas. También los intendentes de San Vicente, Fabián Rodríguez;  y Guillermo Fernández de Bernardo de Irigoyen; el de San Pedro, Miguel Dos Santos; Roque Zoboczinski de El Soberbio y Edgar González de Pozo Azul.

En San Vicente funcionará un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar y un Juzgado de Instrucción; el Ministerio Público integrado por una Fiscalía de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia, una  Fiscalía de Instrucción, una Defensoría de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia y una Defensoría de Instrucción. 

El Juzgado de Instrucción de San Vicente ejerce la jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios Dos de Mayo, El Soberbio y San Vicente. 

Con asiento en la localidad de San Pedro funcionará un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar y un Juzgado de Instrucción; el Ministerio Público integrado por una Fiscalía Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, dos Defensorías de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, una Fiscalía de Instrucción, y una Defensoría de Instrucción. 

El Juzgado de Instrucción ejerce jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Bernardo de Irigoyen, Pozo Azul y San Pedro. 

El Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, de San Pedro, ejerce jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Bernardo de Irigoyen, Pozo Azul y San Pedro. 

Con asiento en la localidad de Bernardo de Irigoyen funcionará una Defensoría Oficial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia. 

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, el Tribunal Penal y el Juzgado Correccional y de Menores de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en Oberá, ejerce jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Dos de Mayo, El Soberbio y San Vicente.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, el Tribunal Penal y el Juzgado Correccional y de Menores de la Tercera Circunscripción Judicial, de Eldorado, ejerce jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Bernardo de Irigoyen, Pozo Azul y San Pedro.

Asimismo, se creará un Juzgado de Primera Instancia con competencia de Familia y Violencia Familiar en la segunda circunscripción judicial, en la ciudad de Leandro N. Alem, que funciona con tres Secretarías Letradas, de las cuáles, una debe ser de Violencia Familiar. 

También se crea una Defensoría Oficial de Primera Instancia con competencia de Familia y Violencia Familiar en la Segunda Circunscripción, en Leandro N. Alem y un Juzgado de Paz de Primera Categoría con dos Secretarías Letradas en Posadas, en el Barrio de Itaembé Guazú.

Se crea e incorpora al Presupuesto General de la Provincia un cargo de Juez de Primera Instancia, un cargo de Defensor Oficial de Primera Instancia y tres cargos de Secretario de Primera Instancia, un cargo de Juez de Paz de Primera Categoría y dos cargos de Secretario Letrado de Juzgado de Paz de Primera Categoría.

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