reforma laboral

Sturzenegger dijo que el riesgo país de Milei es de “80 puntos” y anticipó décadas de prosperidad

Compartí esta noticia !

El ministro de Desregulación y Modernización del Estado, Federico Sturzenegger, introdujo una lectura alternativa sobre el riesgo soberano argentino durante su exposición en el Council of the Americas 2026: sostuvo que, si se toma como referencia un bono con vencimiento dentro del actual mandato presidencial, el riesgo asociado a la Argentina de Javier Milei sería de apenas 80 puntos básicos, muy por debajo del indicador soberano que se ubica por encima de los 500 puntos.

La interpretación del funcionario se apoya en el bono AO27, emitido durante la gestión de Luis Caputo y cuyo vencimiento se encuentra dentro del período presidencial de Milei. “El bono que emitió ‘Toto’ y que vence dentro del mandato de Milei tiene un riesgo país de 80 puntos básicos”, afirmó Sturzenegger ante empresarios, inversores y dirigentes políticos reunidos en Buenos Aires.

La diferencia entre ambas referencias no es un detalle técnico menor. Mientras el riesgo país tradicional busca reflejar el diferencial de rendimiento de la deuda argentina frente a instrumentos considerados de bajo riesgo, Sturzenegger utilizó la cotización de un título con vencimiento anterior al final del mandato para argumentar que el mercado estaría asignando un riesgo mucho menor a la capacidad de pago en ese horizonte específico.

El planteo apunta, en definitiva, a una discusión sobre las expectativas. Para el ministro, el mercado no estaría valorando de manera homogénea el riesgo argentino, sino que existiría una brecha entre la percepción general sobre la deuda soberana y el precio de determinados instrumentos. Esa lectura es consistente con la tesis oficial de que la mejora fiscal, la reducción de la inflación y la transformación de la matriz productiva están modificando progresivamente el perfil financiero del país.

Sturzenegger también puso el foco en la expansión económica y aseguró que la Argentina atraviesa un proceso de crecimiento “inédito”, aunque con diferentes velocidades según sectores y regiones. Según sus proyecciones, si se incorporan las expectativas del Relevamiento de Expectativas de Mercado del Banco Central hasta el final del mandato, la economía podría acumular un crecimiento cercano a los 13 puntos porcentuales durante la primera gestión de Milei.

“Le gana por goleada a las presidencias anteriores”, sostuvo el ministro, al comparar esa trayectoria con los resultados registrados durante administraciones anteriores. La diferencia que destacó no está solamente en el volumen del crecimiento, sino también en su composición: según Sturzenegger, se trata de una expansión liderada por las exportaciones y acompañada por una transformación de la estructura productiva.

El funcionario señaló particularmente el peso creciente de la energía. A la tradicional contribución del complejo agroexportador se sumaron las exportaciones de petróleo, en un proceso que, según su interpretación, permitiría que la economía argentina reduzca su dependencia de los ciclos de cosecha y avance hacia una matriz exportadora más diversificada.

Esa transformación también tendría una dimensión territorial. Sturzenegger anticipó una fuerte migración interna hacia las provincias vinculadas con la producción energética, petrolera y minera. En particular, estimó que durante las próximas tres décadas al menos dos millones de personas podrían instalarse en Neuquén, impulsadas por la expansión de Vaca Muerta y las actividades asociadas al desarrollo hidrocarburífero.

El dato plantea uno de los desafíos menos visibles de la nueva etapa económica: el crecimiento de los sectores exportadores no solamente modifica las cuentas externas, sino que puede alterar la geografía económica del país. El flujo de trabajadores hacia las zonas de mayor productividad obliga a pensar en vivienda, rutas, servicios públicos, escuelas, salud, transporte e infraestructura urbana antes de que el crecimiento demográfico se transforme en un cuello de botella.

En ese punto, Sturzenegger identificó cuatro condiciones que, a su juicio, serán determinantes para sostener el ciclo expansivo: derechos de propiedad, infraestructura, financiamiento y apertura económica. La combinación de esos factores debería permitir que el aumento de la inversión y la productividad se traduzca en una expansión prolongada.

“Vamos a tener muchas décadas de prosperidad si mantenemos este rumbo”, afirmó el ministro, condensando en esa frase la principal apuesta de largo plazo del Gobierno. El desafío, sin embargo, consiste en transformar las reformas regulatorias en capacidad productiva y evitar que la expansión quede concentrada exclusivamente en enclaves vinculados con recursos naturales.

Las 12 reformas con las que Sturzenegger busca explicar el cambio

El ministro aprovechó el escenario del Council of the Americas para enumerar las reformas que considera centrales en la estrategia de transformación económica. Con una metáfora que utilizó para definir el trabajo de su cartera, sostuvo: “Nosotros somos plomeros: nos metemos en las bases de los edificios, limpiamos los caños”.

Entre las medidas que destacó ubicó la modernización laboral, la modificación de la Ley de Glaciares, los cambios vinculados con la propiedad intelectual de semillas y una reforma del mercado de capitales que calificó como “extraordinaria”. También mencionó el nuevo esquema para la licitación de rutas, que según explicó se encuentra en proceso de definición por parte del Ministerio de Economía.

El listado incluyó además el tratado de comercio e inversiones con Estados Unidos, el proyecto de Ley de Propiedad Privada y una reforma de la Ley de Sociedades. La lógica que atraviesa estas iniciativas, según Sturzenegger, es reducir restricciones, mejorar los incentivos a la inversión y ampliar el espacio para que el sector privado pueda asignar capital.

En el caso de la Ley de Glaciares, el ministro vinculó la modificación con el potencial minero argentino y sostuvo que el marco anterior limitaba una capacidad exportadora que comparó con la experiencia chilena. La minería aparece así como una de las piezas estratégicas de la nueva matriz productiva junto con petróleo, gas y agroindustria.

La reforma laboral constituye otro de los pilares. Para el Gobierno, la reducción de costos y rigideces regulatorias debería facilitar la incorporación de trabajadores al sector privado formal. El desafío será que esa flexibilización se traduzca efectivamente en mayor empleo registrado, productividad y salarios reales, especialmente en una economía donde una parte sustancial de la fuerza laboral continúa fuera del mercado formal.

El mismo razonamiento se extiende al mercado de capitales. Una economía que pretende financiar grandes proyectos de infraestructura, minería y energía necesita desarrollar mecanismos capaces de canalizar ahorro doméstico y capital extranjero hacia inversiones de largo plazo. La reducción del riesgo soberano sería, en ese esquema, una condición relevante para abaratar el costo financiero de las empresas y ampliar el horizonte de inversión.

La exposición de Sturzenegger se inscribió en una jornada donde el Gobierno buscó mostrar una imagen coordinada frente al empresariado. Antes del cierre de Milei participaron el viceministro de Economía, José Luis Daza; el canciller Pablo Quirno y el jefe de Gabinete, Diego Santilli. El mensaje común fue que la estabilización constituye solamente la primera fase de un proceso cuyo objetivo final es modificar la estructura productiva argentina.

La discusión sobre los “80 puntos” introduce, sin embargo, una cuestión que excede la retórica política: qué precio le asigna realmente el mercado al riesgo argentino en los distintos horizontes de vencimiento. Si la mejora fiscal y la acumulación de activos productivos logran consolidarse, la compresión del riesgo podría convertirse en uno de los principales mecanismos para acelerar la inversión. Si, en cambio, las expectativas no se traducen en resultados sostenibles, la brecha entre determinados bonos y el indicador soberano podría terminar siendo solamente una fotografía de mercado.

Por ahora, Sturzenegger eligió mirar la película completa. Su argumento es que la combinación de reformas, exportaciones, inversión y apertura puede generar un ciclo de crecimiento que trascienda al actual Gobierno. El verdadero test será convertir esa expectativa en infraestructura, empleo formal, nuevas empresas y oportunidades concretas en las regiones que están llamadas a convertirse en los nuevos motores de la economía argentina.

Compartí esta noticia !

La CNV abre la discusión sobre los fondos que administrarán el nuevo sistema de asistencia laboral

Compartí esta noticia !

La Comisión Nacional de Valores (CNV) puso en marcha el proceso de elaboración participativa para reglamentar los Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral (PIC FAL), una de las piezas centrales del nuevo esquema creado por la Ley de Modernización Laboral. La iniciativa busca establecer cómo se constituirán, administrarán e invertirán los recursos destinados a afrontar obligaciones derivadas de la extinción de las relaciones laborales.

La Resolución General 1161/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, no constituye todavía la regulación definitiva, sino que abre una instancia formal para que empresas, entidades financieras, profesionales, trabajadores y ciudadanos puedan presentar opiniones y propuestas sobre el proyecto. La CNV fijó un plazo de 15 días hábiles para realizar las presentaciones a través de su sitio web.

El mecanismo elegido tiene una relevancia particular porque permite discutir antes de su aprobación definitiva la arquitectura financiera de un régimen que trasladará recursos de los empleadores hacia vehículos de inversión específicamente afectados al cumplimiento de obligaciones laborales. La CNV plantea así una instancia de participación que busca aportar seguridad jurídica, transparencia y eficiencia a la implementación de los PIC FAL.

El proyecto contempla que los fondos puedan estructurarse mediante Fondos Comunes de Inversión Abiertos de Asistencia Laboral (FCIA FAL) o Fideicomisos Financieros de Asistencia Laboral (FF FAL). En ambos casos, los recursos deberán provenir exclusivamente de las contribuciones efectuadas por los empleadores en los términos establecidos por la Ley de Modernización Laboral.

Uno de los puntos centrales de la propuesta es la creación de la Cuenta Individual del Empleador, que funcionará como un patrimonio separado, de afectación específica, independiente, inenajenable e inembargable. La cuenta estará vinculada a un ID FAL, un identificador único que permitirá relacionar al empleador con el vehículo elegido o, eventualmente, asignado de oficio, y asegurar la trazabilidad de los aportes.

El esquema busca resolver uno de los desafíos operativos más sensibles del nuevo sistema: que los aportes puedan ser individualizados por empleador sin transformar al fondo colectivo en una suma de patrimonios separados por trabajador. Para ello, la propuesta establece que la cuenta individual estará compuesta por el PIC FAL elegido y una cuenta comitente donde se registrarán las participaciones correspondientes al empleador.

La reglamentación también prevé una salida para aquellos empleadores que no informen un ID FAL válido. En esos casos, la CNV podrá asignarles de oficio un vehículo elegible, a partir de la información suministrada por la ARCA. La entidad habilitada que reciba esa asignación deberá informar el ID FAL y avanzar con la apertura de la cuenta correspondiente.

Otro aspecto relevante es que los empleadores conservarán la posibilidad de portar sus inversiones hacia otro PIC FAL, incluso cuando el nuevo vehículo sea administrado por una entidad habilitada diferente. El proyecto establece que el traspaso deberá concretarse, como máximo, dentro de los diez días hábiles desde la solicitud, sujeto a la inexistencia de obligaciones pendientes de pago. Cuando el cambio sea entre entidades habilitadas diferentes, la regla general establece una periodicidad mínima de seis meses, aunque se contemplan excepciones para las asignaciones de oficio.

Desde el punto de vista financiero, la CNV propone un régimen de inversión acotado. Los PIC FAL sólo podrán canalizar los recursos hacia títulos de deuda del Estado Nacional, instrumentos de deuda de provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, depósitos en entidades financieras autorizadas por el BCRA y obligaciones negociables emitidas en Argentina por empresas privadas. La política de liquidez deberá ser definida por cada vehículo en función de su estrategia y de la composición de su cartera.

La propuesta incorpora además límites destinados a reducir potenciales conflictos de interés. Cuando un PIC FAL esté constituido para uno o varios empleadores determinados, no podrá adquirir instrumentos emitidos por esos mismos empleadores o destinados a financiarlos, salvo que se cumplan simultáneamente determinadas condiciones: que la participación del empleador en el patrimonio del vehículo no supere el 5% y que la inversión vinculada a ese empleador tampoco exceda el 5% del patrimonio neto del PIC FAL.

La CNV también busca evitar que los costos de administración erosionen el objetivo económico del sistema. El proyecto establece que el límite anual de 1% previsto para honorarios, comisiones, gastos y demás contraprestaciones tendrá carácter global e integral. Esto significa que deberá abarcar las remuneraciones de todos los actores necesarios para estructurar y operar los vehículos, incluyendo entidades habilitadas, sociedades depositarias, agentes y asesores, entre otros.

Quedan fuera de ese límite las comisiones y gastos transaccionales directamente vinculados con las operaciones de inversión y las tasas de fiscalización y control de la propia CNV. La intención regulatoria es que el tope opere sobre el costo ordinario de administración y no sobre los gastos directamente asociados a la ejecución de las inversiones.

En materia de funcionamiento, el proyecto establece que los recursos acumulados en las cuentas individuales no podrán ser rescatados libremente. Su utilización estará vinculada al pago de las obligaciones previstas por la Ley de Modernización Laboral ante los distintos supuestos de extinción de la relación laboral, con las excepciones contempladas expresamente por la normativa.

Para los trabajadores, el punto decisivo estará en el mecanismo de verificación y pago. Los reglamentos de gestión de los fondos o los contratos de fideicomiso deberán definir cómo se determinarán y abonarán las sumas correspondientes frente a una desvinculación laboral. La propuesta incluso establece una excepción específica al procedimiento general de entrega de fondos a clientes para permitir que la entidad habilitada efectúe directamente el pago al trabajador en los supuestos contemplados por la ley.

La CNV propone, además, un régimen de autorización automática de oferta pública para los PIC FAL. Esto apunta a acelerar la puesta en funcionamiento de los vehículos, aunque la propia documentación deberá dejar expresamente establecido que esa autorización automática no implica que el organismo haya emitido juicio ni realizado un control sobre la veracidad de los documentos. Esa responsabilidad recaerá sobre las entidades habilitadas y los demás responsables previstos por la Ley de Mercado de Capitales.

El proyecto también fija requisitos de escala para las entidades que quieran administrar estos vehículos. Los fiduciarios financieros deberán contar, como regla general, con al menos diez fideicomisos financieros con oferta pública y un monto en circulación equivalente a 50 millones de UVA, mientras que las sociedades gerentes deberán administrar al menos diez fondos comunes de inversión y alcanzar un patrimonio mínimo equivalente a 50 millones de UVA. Para las entidades financieras se contemplan excepciones en el caso de los fiduciarios.

En el caso de los fideicomisos financieros FAL, la propuesta flexibiliza algunos requerimientos tradicionales del mercado de capitales para adaptarlos a la naturaleza del nuevo régimen: no se exigirá un monto máximo de emisión previamente determinado, ni la confección y publicación de un prospecto o suplemento de prospecto. Tampoco se requerirá colocación primaria mediante los mecanismos tradicionales ni listado o negociación de los certificados en un mercado autorizado.

El proyecto establece asimismo obligaciones de información para los fideicomisos, que deberán publicar datos estructurados, estados contables anuales, contratos de fideicomiso e informes mensuales de valuación de los activos. Estos últimos deberán difundirse a través de la Autopista de la Información Financiera de la CNV dentro de los 20 días hábiles posteriores al cierre de cada mes.

La instancia abierta por la CNV puede convertirse así en un punto relevante para definir cómo funcionará en la práctica uno de los componentes financieros de la reforma laboral. La discusión ya no pasa únicamente por la creación legal del Fondo de Asistencia Laboral, sino por cuestiones concretas que determinarán su funcionamiento cotidiano: quién administrará los recursos, dónde se invertirán, cuánto costará administrarlos, cómo se identificará cada aporte, qué ocurrirá cuando una empresa no elija un vehículo y cómo se garantizará que los fondos estén disponibles cuando aparezca la obligación laboral.

Las opiniones y propuestas deberán presentarse dentro de los 15 días hábiles previstos por la Resolución General 1161/2026. La documentación incorporada al procedimiento incluye un formulario específico para que particulares y representantes de personas jurídicas puedan presentar sus observaciones y propuestas, junto con la documentación respaldatoria correspondiente.

El paso siguiente será que la CNV evalúe los aportes recibidos antes de avanzar con la versión definitiva de la normativa. En términos de política pública, la oportunidad es significativa: el debate regulatorio permitirá ajustar antes de la implementación efectiva los mecanismos que deberán convertir las contribuciones empresarias en un fondo con capacidad financiera para responder frente al cese laboral, procurando al mismo tiempo preservar trazabilidad, liquidez, diversificación y costos controlados.

Anexo 1 Resolución General 1161/2026 CNV by CristianMilciades

Anexo 2 Resolución General 1161/2026 CNV by CristianMilciades

Compartí esta noticia !

Sturzenegger avanza sobre el sistema de Riesgos del Trabajo: eliminan 122 normas para reducir burocracia y anticipan una reforma más amplia

Compartí esta noticia !

La reforma del mercado laboral comenzó a mostrar uno de sus primeros movimientos concretos fuera de las leyes de fondo. El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció el inicio de una revisión integral del sistema de Riesgos del Trabajo con una medida que apunta a reducir la burocracia acumulada durante décadas: la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) eliminó 122 resoluciones consideradas obsoletas, redundantes o sin aplicación práctica.

La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 35/2026, firmada por el superintendente Gustavo Morón, y constituye el primer paso de una estrategia más amplia orientada a revisar el costo regulatorio que enfrentan empresas, aseguradoras y trabajadores dentro del sistema creado por la Ley 24.557.

Empezamos a abordar el tema de los riesgos del trabajo. De los múltiples temas que teníamos en el mercado laboral, el costo de los riesgos del trabajo es uno que siempre se menciona con preocupación“, expresó Sturzenegger al presentar la medida. Según explicó, el objetivo es realizar una revisión integral de toda la normativa vigente junto con la SRT.

El ministro sostuvo que la resolución constituye una “limpieza normativa” que prepara el terreno para futuras reformas y destacó que muchas de las disposiciones eliminadas permanecían vigentes desde hacía más de tres décadas, prácticamente desde la creación del organismo.

Entre las normas derogadas figuran resoluciones vinculadas con procedimientos que ya habían sido reemplazados por plataformas digitales, registros administrativos que perdieron utilidad, estructuras internas sin funciones operativas y programas que dejaron de implementarse hace años. La resolución elimina, por ejemplo, el registro de graduados universitarios en Higiene y Seguridad, el comité de seguridad de la información de la SRT y diversos procedimientos presenciales que habían quedado superados por la digitalización administrativa.

Una depuración normativa para reducir costos administrativos

La resolución distingue dos situaciones. Por un lado, reconoce formalmente la pérdida de vigencia de 29 resoluciones que, aunque seguían apareciendo como activas, ya habían sido reemplazadas por normas posteriores, por lo que su derogación era, en los hechos, tácita desde hacía años. Algunas de ellas habían dejado de producir efectos incluso desde 2002 o 2010.

En paralelo, la SRT derogó expresamente otras 93 resoluciones o artículos específicos cuyo objeto ya se había cumplido, cuyos plazos habían vencido o que resultaban redundantes dentro del actual marco regulatorio. Entre ellas aparecen numerosas normas dictadas entre 2015 y 2024 que habían quedado sin aplicación práctica.

Desde el organismo sostienen que esta depuración busca brindar mayor seguridad jurídica, facilitar la consulta del Digesto Institucional y evitar que ciudadanos, empresas y profesionales deban interpretar un entramado normativo compuesto por disposiciones que ya no tenían efectos reales.

El objetivo: un sistema más simple y previsible

La medida se inscribe dentro del proceso de revisión normativa impulsado por el Decreto 90/2025, que ordenó a todos los organismos nacionales identificar regulaciones innecesarias para disminuir cargas administrativas y simplificar los procedimientos estatales.

En ese marco, la propia resolución sostiene que eliminar regulaciones obsoletas contribuye a reducir la incertidumbre jurídica, agilizar los trámites y mejorar la eficiencia administrativa sin afectar derechos adquiridos ni situaciones jurídicas ya consolidadas.

Para las empresas, la decisión implica un marco regulatorio más claro al eliminar obligaciones y procedimientos que ya no tenían aplicación efectiva. Para los estudios jurídicos, asesores laborales y profesionales de higiene y seguridad, la depuración también reduce el riesgo de interpretaciones contradictorias derivadas de normas que permanecían formalmente vigentes pese a haber sido superadas por regulaciones posteriores.

La señal política detrás de la medida

Más allá del alcance administrativo de la resolución, el mensaje político fue explícito. Sturzenegger vinculó la iniciativa con la estrategia general del Gobierno de Javier Milei para reducir regulaciones y simplificar el funcionamiento del Estado.

“La agenda de reducir normas es el camino que nos señala el presidente Javier Milei”, afirmó el ministro, dejando entrever que la depuración normativa constituye apenas la primera etapa de una reforma más profunda sobre el régimen de Riesgos del Trabajo, un sistema que desde hace años acumula reclamos empresariales por sus costos, su litigiosidad y su complejidad regulatoria.

Aunque la Resolución 35/2026 no modifica las prestaciones ni los derechos de los trabajadores, sí marca el inicio de una revisión estructural que podría derivar en futuros cambios sobre uno de los componentes más sensibles del costo laboral argentino.

Compartí esta noticia !

El Gobierno redefine el cálculo de aportes sindicales y limita la base salarial para convenios colectivos

Compartí esta noticia !

El Gobierno nacional profundizó la reglamentación de la reforma laboral con un nuevo decreto que redefine cómo deberán calcularse los aportes sindicales y contribuciones establecidos en los convenios colectivos de trabajo. La medida apunta a dotar de mayor previsibilidad jurídica a las negociaciones paritarias, establecer límites más precisos sobre las cargas económicas que pueden pactarse y reforzar los mecanismos de control sobre el destino de los fondos administrados por las organizaciones sindicales.

A través del Decreto 612/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo introdujo precisiones sobre la aplicación de la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802 y su reglamentación, en un aspecto que había generado dudas entre empresas, sindicatos y autoridades encargadas de homologar los acuerdos colectivos.

El cambio central consiste en delimitar qué conceptos salariales integran la base de cálculo sobre la cual pueden establecerse los aportes y contribuciones previstos en las negociaciones colectivas. A partir de ahora, únicamente se computarán el salario básico convencional y las remuneraciones normales, habituales y de pago mensual correspondientes a la categoría del trabajador.

Quedan expresamente excluidos de esa base conceptos como premios por productividad, bonos extraordinarios, participación en las ganancias, horas extras, aguinaldo, plus vacacional, sumas no remunerativas y cualquier otro ingreso que no tenga carácter mensual, habitual y permanente.

La decisión busca uniformar el criterio que deberán aplicar tanto los negociadores como la Secretaría de Trabajo al momento de analizar la legalidad de los convenios antes de su homologación. En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo sostiene que la medida permitirá garantizar el respeto de los límites establecidos por la legislación vigente y evitar interpretaciones dispares sobre qué componentes salariales pueden ser alcanzados por aportes convencionales.

La normativa también introduce una diferenciación relevante entre los aportes previstos por la Ley de Convenciones Colectivas y aquellos que los empleadores acuerden realizar voluntariamente en favor de los sindicatos.

En este punto, el decreto establece que esas contribuciones patronales deberán destinarse exclusivamente a actividades de carácter social, asistencial, previsional o cultural que beneficien a los trabajadores comprendidos en el convenio colectivo. Además, esos recursos deberán administrarse mediante una contabilidad separada del patrimonio sindical ordinario, reforzando los mecanismos de transparencia y control sobre su utilización.

Un nuevo paso en la implementación de la reforma laboral

Desde la perspectiva empresarial, la medida aporta mayor previsibilidad en el costo laboral derivado de las negociaciones colectivas, al eliminar incertidumbres respecto de la inclusión de conceptos variables o extraordinarios dentro de la base de cálculo de los aportes.

Para los trabajadores, el decreto procura asegurar que los recursos que financian servicios sociales administrados por las organizaciones sindicales tengan un destino específico y verificable, evitando que se mezclen con otros fondos institucionales.

En términos regulatorios, la decisión también fortalece el control de legalidad previo que realiza la autoridad laboral sobre cada convenio colectivo, una etapa clave para determinar si los acuerdos cumplen con los límites fijados por la legislación.

El Decreto 612 constituye una nueva etapa en la implementación de la Ley de Modernización Laboral sancionada este año. Luego de reglamentar aspectos vinculados con la negociación colectiva mediante el Decreto 407/2026, el Gobierno ahora avanza sobre cuestiones técnicas que impactan directamente en la estructura financiera de los convenios.

La estrategia oficial apunta a construir un sistema de relaciones laborales con reglas más uniformes para empleadores y sindicatos, reduciendo márgenes de interpretación administrativa y fortaleciendo los controles sobre los recursos que se generan a partir de las negociaciones colectivas.

Aunque el decreto no modifica los derechos de negociación de las organizaciones sindicales ni elimina los aportes previstos por la legislación vigente, sí redefine con precisión su alcance económico y establece nuevos criterios que deberán observarse en todas las futuras homologaciones de convenios colectivos en la Argentina.

Compartí esta noticia !

El desempleo y la informalidad se profundizaron en los últimos dos años, según la UCA

Compartí esta noticia !

Según un nuevo informe elaborado por el Observatorio de Deuda Social (ODSA) de la Universidad Católica Argentina (UCA), se puso de manifiesto la preocupación por el incremento de la precarización laboral en los últimos 15 años. En este sentido, señaló que las personas con sueldo en blanco y protección gremial tienen los mejores ingresos.

Los datos se desprenden de la investigación que dio a conocer la UCA este miércoles en relación a los cambios de la estructura social del trabajo en el ámbito urbano del país entre los años 2010 y 2025, que dio cuenta y lanzó una advertencia sobre el deterioro de las condiciones laborales, aunque el desempleo mantenga números bajos.

¿Qué dice el escrito del ODSA de la UCA?

“Deterioro y resquebrajamiento de la estructura social del trabajo en la Argentina (2010-2025)”. Así se denomina el documento de la UCA en el cual, tras el análisis hecho por el Observatorio, se dejó ver que entre 2010 y 2025 ganó terreno sectores vinculados a los recursos naturales, las finanzas y los servicios empresariales que tienen bajo impacto del factor productivo trabajo, por sobre aquellos que demandan más empleados y son menos productivos.

Desde el ODSA señalaron que “los sectores más dinámicos de la economía no tradujeron su crecimiento en puestos de trabajo suficientes para mejorar las oportunidades de acceso a empleos más productivos y bien remunerados” y sostuvieron que “la principal transformación ocupacional de los últimos años fue la recomposición del empleo hacia los sectores de baja productividad sin alzas en el desempleo”.

En este sentido, el informe indica que “durante el período ha crecido en 4,5 puntos porcentuales la proporción de ocupados que, estando en puestos registrados, se encuentran por fuera de los convenios colectivos”.

Asimismo, la investigación del ODSA reconfirma la relación entre las posibilidades que tiene una persona para ubicarse en lugares de ingresos más altos con la de una que aúne los criterios de productividad alta con protección. Al respecto, Ramiro Robles, uno de los responsables del informe, clarifica diciendo que “se están agravando las brechas laborales por la precarización”.

Perspectivas a futuro

Junto a Robles, quienes también formaron parte de la redacción del documento están Julieta Vera y Alejo Giannecchini y todos coinciden en un panorama poco optimista sobre el repunte del empleo de calidad. Para ello también se basaron y explicaron que la reforma laboral no es de ayuda.

En este punto, Robles dijo que: “Una reforma laboral que esté orientada mayormente a estimular mayores flexibilidades en el funcionamiento de las empresas y la fluidez del mercado de trabajo, difícilmente pueda atender la otra pata, que es el empleo de calidad, sobre todo cuando esas grandes brechas de empleo de calidad están relacionadas con cuestiones productivas que sobrepasan lo que planteen las normas”.

Por otro lado, en cuanto a las modificaciones en la movilidad laboral en los últimos 24 meses, desde la UCA señalaron que, al momento de comenzar a implementarse la reforma laboral que le dio impulso el gobierno nacional, entre 2023 y 2025, en la UCA mostraron que los cambios en el mercado laboral fueron escasos.

Entre los principales puntos describieron que muchas personas desocupadas comenzaron a trabajar por cuenta propia de manera informal. Además, cayeron las oportunidades de los desocupados para ocupar puestos con salarios formales o públicos. También se incrementaron los pases de trabajos formales hacia los informales por cuenta propia.

Al respecto, dijeron que “esto sugiere más obstáculos para acceder a empleos productivos y más protagonismo de las estrategias del empleo autogenerado, características del sector microinformal no asalariado”.

Y cerraron diciendo que “la movilidad laboral reciente no parece expresar una ruptura drástica respecto del ciclo inicial, sino una reorientación regresiva de las trayectorias: el sector microinformal refuerza su papel como destino de trabajadores desocupados y ocupados que necesitan generar ingresos, en un contexto de bajo dinamismo de los sectores formal y público”.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin