régimen RAF

Amplían el Régimen de Aduana en Factoría y abren el juego a proveedores

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El Gobierno nacional activó una modificación estructural del régimen de Aduana en Factoría (RAF) mediante el decreto 252/2026, firmado el 16 de abril en Buenos Aires, con el que elimina restricciones históricas y habilita el ingreso directo de proveedores al sistema. La medida, dictada por el Poder Ejecutivo en uso de facultades de necesidad y urgencia, introduce cambios sobre el decreto 688/2002 y redefine las reglas de acceso a un régimen clave para la industria exportadora. Con impacto inmediato en la arquitectura productiva, la decisión plantea una tensión de fondo: ¿se trata de una liberalización que dinamiza inversiones o de un movimiento que tensionará la discusión política en el Congreso?

Fin del esquema cerrado: menos intermediación y más acceso directo

El núcleo del decreto apunta a desmontar uno de los principales filtros del régimen: la obligación de suscribir acuerdos sectoriales con entidades representativas para poder ingresar al RAF. Ese requisito, vigente desde 2002, funcionaba como una barrera de entrada que condicionaba a las empresas a la validación de terceros.

La nueva norma elimina ese esquema y habilita un acceso más directo, bajo control de la Secretaría de Industria y de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que deberán validar las solicitudes en un plazo máximo de 60 días. En términos operativos, el cambio traslada poder desde las cámaras sectoriales hacia el Estado regulador, pero al mismo tiempo reduce la capacidad de veto indirecto de actores privados.

Además, el decreto amplía el alcance del régimen: ya no solo podrán adherirse los fabricantes finales, sino también sus proveedores. Estos podrán importar insumos bajo el RAF para producir bienes intermedios destinados a la cadena industrial. Es un giro relevante: el régimen deja de ser un instrumento acotado a grandes terminales y pasa a estructurar cadenas productivas completas.

Garantías más flexibles y lógica de costos: el mensaje económico

Otro eje central es la flexibilización del sistema de garantías. Se elimina la exigencia de una garantía global única, permitiendo a las empresas optar por esquemas más acordes a su estructura financiera. En la práctica, esto reduce costos de transacción y amplía el universo potencial de beneficiarios.

El decreto también redefine el rol de la autoridad de aplicación, que ahora podrá fijar criterios de admisibilidad sin imponer condicionamientos sectoriales previos. La lógica cambia: de un modelo basado en compromisos de producción y empleo negociados colectivamente, a uno más abierto, con reglas generales y control ex post.

El argumento oficial se apoya en la experiencia del sector automotriz, único que logró aprovechar plenamente el régimen en más de dos décadas. Ese sector, que representa el 7,2% del valor agregado industrial, es utilizado como caso testigo para justificar la expansión al resto del entramado manufacturero.

Desregulación, Congreso y actores económicos

La utilización de un DNU para modificar un régimen de impacto estructural introduce un componente político inevitable. El Ejecutivo invoca la “impostergable” necesidad de mejorar la competitividad y evitar demoras legislativas, en un contexto de presión sobre el aparato productivo.

Sin embargo, el decreto deberá atravesar el filtro de la Comisión Bicameral y del Congreso. Allí se jugará parte de la validación política de la medida. La discusión no será solo técnica: el cambio altera equilibrios entre sectores industriales, debilita el rol de intermediación de cámaras empresarias y redefine incentivos dentro de las cadenas productivas.

En paralelo, el movimiento fortalece la agenda de desregulación del Gobierno, que busca reducir costos y acelerar decisiones en sectores estratégicos. Para los actores económicos, el mensaje es claro: menor burocracia, más acceso y reglas más homogéneas.

Expansión productiva o conflicto regulatorio

La reforma del RAF introduce una herramienta con potencial de impacto amplio, pero su implementación efectiva dependerá de variables aún abiertas. El comportamiento de los nuevos actores —especialmente proveedores— será un indicador clave para medir si el régimen logra escalar más allá de su experiencia previa.

También habrá que observar cómo se traducen los nuevos criterios de admisibilidad y control en la práctica administrativa. La promesa de agilidad puede tensionarse con la capacidad operativa del Estado.

En el plano político, el recorrido del decreto en el Congreso será determinante. La discusión sobre el uso de DNU para reformas estructurales sigue latente y puede reactivarse.

El Gobierno movió una pieza relevante en el tablero industrial. Resta ver si el sistema absorbe el cambio como una oportunidad de expansión o si emergen resistencias en un terreno donde regulación, competitividad y poder económico se cruzan de manera inevitable.

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