Regulación Económica

Entidades financieras se oponen a que las billeteras paguen sueldos y jubilaciones

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Los bancos rechazan que billeteras virtuales paguen sueldos y jubilaciones y alertan por “riesgos para trabajadores y jubilados”

Las principales entidades financieras del país cuestionaron la propuesta incluida en la reforma laboral que habilita a las billeteras virtuales a pagar salarios, jubilaciones y prestaciones sociales. Aseguran que el sistema bancario es el único con estándares regulatorios suficientes para garantizar seguridad, trazabilidad y protección de los haberes.

Un rechazo institucional: los bancos advierten sobre los riesgos de “bajar el nivel de formalidad” en el sistema de pagos

Las cámaras que nuclean a los bancos públicos, privados y extranjeros —ADEBA, ABA y ABAPPRA— emitieron un comunicado conjunto en el que rechazaron “de plano” la posibilidad de que las billeteras virtuales se conviertan en plataformas habilitadas para el pago de salarios, jubilaciones y prestaciones, tal como contempla la reforma laboral impulsada por el Gobierno.

Las entidades señalaron que el actual esquema de acreditación de haberes “ha sido una de las pocas políticas de Estado exitosas que tuvo la Argentina”, y destacaron que su implementación en las últimas décadas consolidó un sistema “formal, seguro y gratuito para trabajadores y jubilados”.

En su mensaje, los bancos recordaron que el sistema financiero argentino “demostró su fortaleza incluso en las crisis de las últimas tres décadas”, subrayando que esa resiliencia se sustenta en exigencias regulatorias, supervisión permanente y garantías que las billeteras virtuales —en su rol actual— no están obligadas a cumplir.

“El nivel de servicios para los usuarios es excelente, además de gratuito”, remarcaron, en referencia al alcance, estabilidad y cobertura del sistema bancario en materia de pagos previsionales y laborales.

Argumentos técnicos y regulatorios: sin beneficios claros, con “costos y riesgos” potenciales

En otro tramo del comunicado, ADEBA, ABA y ABAPPRA enfatizaron que, “en línea con la legislación vigente y las mejores prácticas internacionales”, los haberes deben mantenerse dentro del sistema bancario formal, que opera bajo un marco normativo más rígido que el que aplica para las fintech y billeteras virtuales.

Las entidades alertaron que “no se observan beneficios —pero sí costos y riesgos— de bajar el nivel de formalidad y exigencias para las entidades que tienen la responsabilidad de velar por el pago y la seguridad de sueldos y jubilaciones”.

El punto central del planteo bancario es la seguridad de los fondos: “Quienes promueven relajar las condiciones para el pago de salarios y jubilaciones deben ser conscientes de que dicha decisión expone a los trabajadores y jubilados al riesgo de perder sus haberes, en casos de que la billetera en la que cobren tenga dificultades o desmanejos económicos”, advirtieron.

Con esta afirmación, las cámaras buscan subrayar que el sistema bancario no solo opera con garantías legales y regulatorias más estrictas, sino que además está obligado a implementar sistemas de respaldo financiero, encajes y controles externos que las billeteras digitales no tienen.

Tensión entre bancos y fintech en medio de la reforma laboral

La discusión se inscribe en un contexto de fuerte competencia entre el sistema financiero tradicional y los nuevos actores del ecosistema digital. La reforma laboral propone ampliar el abanico de entidades donde pueden acreditarse haberes, un movimiento que beneficiaría directamente a las billeteras virtuales que buscan consolidarse como proveedores integrales de servicios financieros.

Para los bancos, esta flexibilización abre un escenario donde: se fragmenta el sistema de pagos, se reduce la trazabilidad, se amplifican riesgos operativos, y se debilita un ecosistema que consideran clave para la formalidad laboral.

Desde el lado fintech, si bien no se pronuncian en este texto, la expectativa suele estar enfocada en ganar participación en el mercado de pagos, profundizar la competencia y reducir costos de intermediación.

El debate promete escalar tanto en el Congreso como en el sistema financiero: mientras el Gobierno impulsa políticas de desregulación y competencia, los bancos buscan preservar el marco regulatorio vigente para el pago de salarios y jubilaciones, uno de los segmentos más sensibles del sistema.

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El Gobierno reglamentó la Ley de Defensa de la Competencia y activó la Autoridad Nacional Antimonopolio

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El Gobierno reglamentó la Ley de Defensa de la Competencia, se activa la Autoridad Nacional y el Tribunal Antimonopolio

Con el Decreto 803/2025, el Poder Ejecutivo dispuso la entrada en funciones inmediata de la Autoridad Nacional de la Competencia y del Tribunal de Defensa de la Competencia, organismos clave para la regulación de mercados y control de prácticas monopólicas. La medida actualiza la reglamentación de la Ley 27.442 y busca garantizar la continuidad administrativa y la transparencia en su implementación.

La nueva reglamentación acelera la puesta en marcha del sistema antimonopolio

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó este 12 de noviembre de 2025 el Decreto 803/2025, mediante el cual se modifica la reglamentación de la Ley de Defensa de la Competencia N° 27.442, aprobada originalmente por el Decreto 480/2018.

El nuevo texto redefine los artículos 18 y 28 del reglamento, eliminando el período de transición previo a la operatividad del organismo y disponiendo que la Autoridad Nacional de la Competencia (ANC) —junto con el Tribunal de Defensa de la Competencia— comience a ejercer sus funciones de manera inmediata una vez constituida.

Esta decisión marca un cambio sustancial respecto del régimen anterior, que establecía un lapso de sesenta días antes del inicio de sus funciones. Según el decreto, la medida busca “evitar dilaciones en la puesta en marcha y operatividad de la Autoridad Nacional de la Competencia” y “garantizar la continuidad administrativa necesaria para proteger la libre competencia y el interés económico general”.

El decreto también establece que la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y la Auditoría General de la Nación (AGN) supervisarán el accionar del organismo, con obligación de publicidad y transparencia en todos sus actos vinculados a recursos, gastos, contrataciones y nombramientos de personal.

Un paso clave en la institucionalización del control de mercados

La Ley 27.442, sancionada en 2018, introdujo un esquema integral de prevención y sanción de conductas anticompetitivas, como acuerdos colusorios, abusos de posición dominante o concentraciones económicas que afecten el interés general. Su implementación plena, sin embargo, permanecía demorada por la falta de constitución formal de la Autoridad Nacional de la Competencia, prevista como un ente autárquico y descentralizado del Poder Ejecutivo.

Con el Decreto 803/2025, el Gobierno busca destrabar ese proceso institucional y consolidar la aplicación de una ley considerada estructural para el funcionamiento transparente de los mercados.

En su artículo 1°, el decreto sustituye completamente el texto del artículo 18 de la reglamentación anterior, disponiendo que la Autoridad se considerará legalmente constituida “con el nombramiento de su presidente, dos primeros vocales del Tribunal y los secretarios instructores de Conductas Anticompetitivas y de Concentraciones Económicas”, quienes iniciarán sus funciones inmediatamente.

Además, hasta tanto se reglamente el régimen laboral previsto por el artículo 18 de la Ley 27.442, el personal mantendrá las condiciones laborales vigentes. Esto garantiza continuidad operativa y estabilidad para los empleados en transición desde la órbita de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.

El artículo 2° del decreto también actualiza la reglamentación del artículo 28, reafirmando que el Tribunal de Defensa de la Competencia “comenzará a ejercer las funciones establecidas en la ley inmediatamente después de constituida la Autoridad Nacional”, y que deberá dictar su reglamento interno y las normas necesarias para su funcionamiento.

Proyección del cambio

La entrada en vigencia del Decreto 803/2025 implica un reordenamiento institucional relevante en la política de defensa de la competencia. Desde 2018, las funciones de control antimonopolio eran ejercidas en forma transitoria por la Secretaría de Comercio Interior, lo que limitaba la independencia del proceso y generaba críticas por la falta de autonomía técnica.

Con la constitución formal de la Autoridad Nacional de la Competencia, el Gobierno busca descentralizar la regulación del mercado, otorgando al nuevo ente capacidad sancionatoria y regulatoria propia, un elemento crucial en un contexto de reconfiguración estructural de la economía argentina.

El decreto señala explícitamente que esta medida “coadyuvará a la observancia de la libre competencia y la protección del interés económico general”, en línea con los objetivos de la Ley 27.442. En términos institucionales, representa un paso hacia la consolidación de un sistema moderno de control de mercado, comparable con los organismos antimonopolio de la Unión Europea o la Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos (FTC).

Si bien el texto no define plazos concretos para los nombramientos, la designación de autoridades será determinante para la efectividad del cambio. La creación de una estructura autónoma permitirá monitorear operaciones de concentración económica, fusiones y adquisiciones, así como sancionar prácticas abusivas o colusorias entre empresas de distintos sectores estratégicos: energía, alimentos, telecomunicaciones y transporte, entre otros.

En términos económicos, la puesta en marcha del nuevo ente podría fortalecer la transparencia en la formación de precios, mejorar el clima de inversiones y otorgar previsibilidad a los mercados. A su vez, introduce un marco más estable para el control de fusiones empresarias y posiciones dominantes, temas sensibles en sectores con alta concentración.

Transparencia y rapidez institucional

La decisión del Poder Ejecutivo de acelerar la entrada en funciones de la Autoridad Nacional de la Competencia responde a un objetivo institucional de eficiencia y transparencia en la aplicación de la política de competencia.
El Decreto 803/2025 no crea nuevas estructuras, pero habilita su operatividad efectiva, cerrando una vacancia normativa de más de siete años desde la sanción de la Ley 27.442.

En un contexto de reformas estructurales, el fortalecimiento del marco antimonopolio constituye una señal de compromiso con las reglas de mercado, la protección del consumidor y la transparencia económica.

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Extienden por un año la intervención de la agencia ARICCAME

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El Gobierno prorrogó por un año la intervención de la Agencia del Cáñamo y Cannabis Medicinal (ARICCAME)
La medida, firmada por el Ministerio de Economía, busca garantizar la continuidad institucional y completar la reorganización del organismo clave para el desarrollo de la industria del cáñamo en Argentina.

Prórroga para consolidar la regulación del sector

Buenos Aires, 6 de noviembre de 2025. A través de la Resolución 464/2025, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía prorrogó por un año la intervención de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio.

La decisión —firmada por Pablo Agustín Lavigne, secretario de Coordinación de Producción y actual responsable de las competencias de Industria y Comercio— extiende la intervención vigente desde septiembre de 2024, con el objetivo de completar la reorganización institucional y asegurar la continuidad de los procesos regulatorios vinculados a la industria del cáñamo no psicoactivo y del cannabis medicinal.

La resolución ratifica además en su cargo al médico Ignacio Ferrari como interventor de la ARICCAME, con rango y jerarquía de Director Nacional, quien continuará dirigiendo las tareas de administración, emisión de licencias y coordinación con los organismos competentes.

Según el texto oficial, la medida responde a la necesidad de “garantizar la continuidad institucional, la coordinación interjurisdiccional y la seguridad regulatoria necesarias para la implementación de la segunda etapa del régimen de autorizaciones administrativas”, en el marco de la Ley N° 27.669, que regula el desarrollo de la cadena productiva del cáñamo y del cannabis medicinal.

Un organismo clave para el desarrollo del cáñamo

La ARICCAME fue creada para centralizar y coordinar las políticas públicas destinadas al desarrollo integral del cáñamo y del cannabis medicinal, articulando las autorizaciones de producción, industrialización y comercialización con distintos organismos nacionales.

El proceso de intervención comenzó en septiembre de 2024, mediante el Decreto 833/2024, con el propósito de ordenar su funcionamiento interno, agilizar la tramitación de licencias y mejorar la transparencia de los procesos administrativos.

Durante el último año, el organismo avanzó en la primera etapa del régimen regulatorio, orientada a la producción agrícola e industrialización de semilla, grano y fibra de cáñamo (no psicoactivo).

La segunda fase, que se iniciará durante este nuevo período de intervención, comprende la producción agrícola e industrialización de flor y biomasa de cáñamo, lo que permitirá cerrar el circuito productivo integral y ampliar las oportunidades de agregado de valor e innovación tecnológica.

El informe técnico IF-2025-109877312-APN-ARICCAME#MEC, incorporado al expediente, detalla los avances alcanzados en la reorganización institucional y en el otorgamiento de licencias, además de proponer medidas para fortalecer la capacidad operativa del organismo y asegurar su sostenibilidad administrativa.

“La prórroga de la intervención resulta el mecanismo adecuado para garantizar la continuidad de las acciones en curso, preservando la eficacia, eficiencia y economía en la administración del organismo”, sostiene el texto de la resolución.

Economía mantiene la intervención para completar la segunda fase del régimen del cáñamo

La continuidad de la ARICCAME se da tras una serie de definiciones políticas y administrativas. En julio de 2025, el Decreto 462/2025 había dispuesto la disolución del organismo, pero la medida fue rechazada por ambas cámaras del Congreso Nacional —la Resolución 95/2025 de Diputados y la Resolución 56/2025 del Senado—, lo que derivó en su restitución mediante el Decreto 627/2025, dictado el 2 de septiembre de este año.

El texto de la Resolución 464/2025 establece que la prórroga de la intervención tendrá vigencia retroactiva al 3 de septiembre de 2025, fecha en la que se restituyó la plena operatividad del organismo.

En el mismo sentido, se precisó que el interventor Ferrari continuará ejerciendo las facultades conferidas por los artículos 4° y 5° del Decreto 833/2024, entre ellas la dirección administrativa, representación legal, gestión de recursos humanos, otorgamiento de licencias, reordenamiento de proyectos y coordinación con los organismos de control.

La decisión apunta a consolidar un marco de seguridad jurídica y previsibilidad regulatoria en un sector que busca posicionarse como un nuevo vector de inversión, innovación y generación de empleo de base industrial.

Un sector con potencial de expansión

El desarrollo del cáñamo industrial en Argentina representa una oportunidad estratégica dentro de la bioeconomía: se trata de un cultivo de múltiples aplicaciones —textiles, bioplásticos, biocombustibles, alimentos y cosméticos— que, bajo la normativa vigente, debe provenir de variedades no psicoactivas, con bajo contenido de THC.

El Ministerio de Economía sostiene que la regulación ordenada de la cadena permitirá atraer inversiones, generar exportaciones y fortalecer el tejido productivo local, especialmente en regiones agroindustriales del norte argentino.

El avance hacia la segunda etapa de la regulación, con el foco en la flor y la biomasa, también podría abrir el camino para nuevos desarrollos tecnológicos en biotecnología, farmacología y materiales sustentables, promoviendo la articulación público-privada en innovación y ciencia aplicada.

En términos institucionales, la continuidad de la intervención busca garantizar una transición ordenada hacia un modelo definitivo de gestión, una vez concluidas las tareas de reestructuración y consolidación del régimen de licencias.

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