regulación portuaria

Puerto Iguazú: rescinden el contrato con Delta y quedan sin operar dos embarcaciones turísticas

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Puerto Iguazú pierde sus paseos fluviales, el Gobierno formaliza la salida de Delta tras dos años de operaciones. La rescisión del convenio expone un vacío en la oferta turística y deja vacante un espacio clave en la terminal fluvial en Puerto Iguazú. ¿Se abre una nueva licitación o un rediseño del esquema turístico?

El Gobierno provincial formalizó el 15 de abril de 2026 la rescisión del convenio con Delta Argentina Uruguay S.A. para el uso de la plazoleta y permisos de muelle en el puerto de Iguazú, tras el cese de operaciones de la firma desde el 1° de marzo. La medida, instrumentada mediante la Disposición Nº 028 de la Subsecretaría de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación, no solo pone fin a un vínculo administrativo reciente —vigente desde agosto de 2024— sino que reabre interrogantes sobre el control, explotación y reconfiguración del frente turístico fluvial en uno de los puntos más sensibles del circuito económico provincial.

Un retiro operativo que activa decisiones administrativas

La secuencia es formal, pero con implicancias políticas. La empresa comunicó la interrupción de sus servicios turísticos fluviales y solicitó la baja de los permisos de uso del muelle correspondientes a las embarcaciones Delta Queen (Matrícula N° 0834) y Delta Eco 1 (Matrícula N° 0285), junto con la rescisión del convenio por el uso de la plazoleta donde funcionaba su boletería.

Ese pedido activó un mecanismo previsto en el propio acuerdo firmado en 2024: la posibilidad de rescindir de común acuerdo, sin derecho a reclamo por parte del permisionario sobre las mejoras realizadas. En ese punto aparece un dato institucional clave: todas las obras fijas incorporadas al espacio pasan automáticamente a integrar el patrimonio portuario, bajo la figura de “accesión de dominio”, conforme al reglamento vigente.

La Subsecretaría avanzó entonces en una decisión integral: rescindió el convenio original, derogó las disposiciones que habían otorgado los permisos (Nº 115/2024, 104/2024 y 140/2024) y formalizó la recepción de las instalaciones sin objeciones, cerrando la relación administrativa sin litigios ni compensaciones.

Marco legal claro, impacto operativo abierto

Desde el punto de vista normativo, la resolución se apoya en instrumentos preexistentes y evita zonas grises. No hay conflicto contractual ni disputa judicial en puerta. Pero esa prolijidad administrativa no elimina el impacto político y económico de fondo: el retiro de un operador privado de un nodo estratégico del turismo fluvial en Iguazú.

El esquema vigente contemplaba permisos “precarios y onerosos”, lo que indica una lógica flexible de concesión. Esa flexibilidad, sin embargo, también expone la fragilidad de los modelos de explotación si no hay continuidad operativa. La salida de Delta deja no solo un espacio físico disponible —la plazoleta en la terminal fluvial— sino también infraestructura ya instalada que ahora pasa a manos del Estado.

La Prefectura Naval Argentina, la Dirección de Vías Navegables y la propia Subsecretaría quedan ahora como actores institucionales con capacidad de redefinir el uso inmediato del área.

Reacomodamiento de actores y señales al sector

En términos de correlación de fuerzas, la decisión no surge de una confrontación sino de un retiro empresarial. Sin embargo, el efecto político es similar al de una intervención: el Estado recupera control directo sobre un activo estratégico.

Esto puede fortalecer la posición del Gobierno provincial en futuras negociaciones con operadores turísticos, al contar con infraestructura disponible sin necesidad de inversión inicial. Pero también plantea una señal ambigua al sector privado: la viabilidad de los proyectos en el puerto dependerá no solo de permisos administrativos, sino de la sostenibilidad económica de la operación.

El movimiento podría reactivar el interés de otros actores del turismo fluvial o incluso abrir la puerta a un rediseño del esquema de concesiones. La ausencia de conflicto judicial facilita ese proceso, pero no elimina la necesidad de una definición política sobre el modelo de gestión.

Un espacio liberado y una decisión pendiente

Con la rescisión formalizada y el espacio ya restituido, el foco se traslada a lo que aún no ocurrió: qué hará el Gobierno con ese activo en el corto plazo. La infraestructura existe, la ubicación es estratégica y la demanda turística en Iguazú sigue siendo uno de los motores económicos de la provincia.

La pregunta ya no es administrativa sino política: si se optará por una nueva concesión, una explotación directa o un esquema mixto. Cada alternativa implica distintos niveles de control estatal, inversión privada y riesgos operativos.

Por ahora, la Disposición Nº 028 cierra un capítulo sin conflicto. Pero, al mismo tiempo, deja abierto un escenario donde el puerto de Iguazú vuelve a ser una pieza en disputa dentro del tablero turístico y económico provincial.

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La ANPyN extendió el descuento del 16,7% en el peaje del Canal Martín García

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso una nueva bonificación del 16,7% en la tarifa de peaje para los buques que utilicen el Canal Martín García, en el tramo comprendido entre las Secciones 0.0 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida, formalizada por la Resolución 6/2026, rige desde el 3 de febrero de 2026 y por 40 días corridos, y busca preservar las condiciones de navegabilidad y ordenar el tráfico en un corredor estratégico para el comercio exterior argentino.

Marco normativo y continuidad de la política de bonificaciones

La resolución se inscribe en una secuencia regulatoria iniciada con los Decretos 427/2021, 699/2024 y 709/2024, que definieron el esquema de concesión, declararon servicio público a las actividades de dragado, balizamiento y control hidrológico, y habilitaron el llamado a licitación bajo el régimen de concesión de obra pública por peaje y/o servicio público conforme a la Ley 17.520.

Posteriormente, el DNU 3/2025 creó la ANPyN como ente autárquico, con personería jurídica y capacidad para actuar en el derecho público y privado, y la estableció como continuadora jurídica de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables. En ese marco, la Agencia asumió las facultades de Autoridad de Aplicación y Control del contrato de modernización, ampliación, operación y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal, que se extiende desde el kilómetro 1238 del río Paraná (Confluencia) hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior, incluyendo el Canal Ingeniero Emilio Mitre y los tramos Paraná de las Palmas, Bravo, Guazú, Talavera y Paraná–Océano Atlántico.

La bonificación ahora prorrogada da continuidad a las establecidas por las Resoluciones 56/2025 y 65/2025, y a su renovación por Resolución 1/2026, que habían fijado el mismo descuento por plazos acotados. El vencimiento de ese esquema y la evaluación de resultados motivaron la nueva extensión temporal.

Alcance operativo y objetivos de la medida

La bonificación del 16,7% se aplica en ambos sentidos del tramo Sección 0.0 a Sección 1.2 del contrato vigente, exclusivamente para buques que utilicen el Canal Martín García. Según los considerandos, el objetivo central es mantener las condiciones de navegabilidad y optimizar el ordenamiento del tráfico en el Río de la Plata, en un contexto de reordenamiento de las actividades de mantenimiento y control hidrológico.

Desde el punto de vista institucional, la medida reafirma el rol de la ANPyN como autoridad técnica y regulatoria, al tiempo que articula con la Administración General de Puertos S.A.U. (en liquidación), que tomó intervención en el proceso. La decisión se adoptó con la intervención del servicio jurídico permanente, y se dictó en ejercicio de las facultades conferidas por el DNU 3/2025.

Impacto y proyección

En términos económicos, la prórroga del descuento reduce costos operativos para los buques que transitan el canal bonificado, con impacto directo en la competitividad logística del sistema fluvial y marítimo. Al tratarse de un corredor clave para la salida de cargas, la medida puede mejorar la previsibilidad de costos en el corto plazo y evitar desvíos de tráfico hacia rutas alternativas más onerosas.

La naturaleza temporal —40 días corridos desde el 3 de febrero de 2026— deja abierta la evaluación de nuevas prórrogas o ajustes en función de los resultados operativos y del avance del proceso licitatorio y de transición del contrato de concesión. En ese sentido, el esquema de bonificaciones aparece como una herramienta de gestión transitoria, alineada con el objetivo de regularidad, continuidad y eficiencia del servicio público de la Vía Navegable Troncal.

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Puertos prorrogó hasta fin de año la bonificación del peaje en la Vía Navegable Troncal Santa Fe–Confluencia

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La Administración General de Puertos S.A.U. (en liquidación) prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 la bonificación tarifaria aplicada al peaje del tramo Puerto de Santa Fe–Confluencia (Sección II) de la Vía Navegable Troncal. La medida, formalizada mediante la Resolución 145/2025, mantiene la tarifa para el transporte internacional en USD 1,25 por tonelada de registro neto (TRN) y se inscribe en un esquema de gradualidad mientras persiste el proceso de transición institucional y no se completan los estudios técnicos sobre la razonabilidad del cuadro tarifario.

Un peaje en revisión y un esquema de gradualidad prolongado

La decisión se apoya en una extensa secuencia normativa iniciada con la Resolución 625/2022 del entonces Ministerio de Transporte, que había fijado el peaje del tramo Santa Fe–Confluencia en USD 1,47 por TRN para el transporte internacional y $1,47 por TRN para el cabotaje, condicionado a la instancia de participación ciudadana. Sin embargo, tras esa etapa se presentaron acciones judiciales y reclamos de entidades representativas de los usuarios, lo que derivó en la suspensión de la aplicación plena de la tarifa.

En ese contexto, la entonces Administración General de Puertos dispuso en septiembre de 2024 la creación de la Mesa de Trabajo de la VNT – Sección Santa Fe al Norte, en el ámbito del Comité Ejecutivo de la Vía Navegable Troncal, y estableció un esquema de bonificaciones temporales. Ese régimen comenzó con tarifas reducidas de USD 0,80 por TRN para el período comprendido entre el 15 de febrero de 2023 y el 31 de agosto de 2024, y luego de USD 1,20 por TRN entre el 1° de septiembre de 2024 y el 28 de febrero de 2025.

Transición institucional y prórrogas sucesivas

La entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/2025, que creó la Agencia Nacional de Puertos y Navegación como continuadora jurídica de la AGP S.A.U. y dispuso la disolución y liquidación de esta última, modificó el escenario institucional. Según los considerandos de la Resolución 145/2025, la transición absorbió buena parte de los recursos técnicos y de gestión, lo que impidió la constitución efectiva de la Mesa de Trabajo y la realización de los estudios necesarios para definir el valor tarifario definitivo.

Ante esa situación, la bonificación fue prorrogándose de manera sucesiva mediante las Resoluciones 8/2025, 32/2025, 54/2025, 77/2025, 103/2025 y 127/2025, con ajustes graduales. En particular, desde septiembre de 2025 se fijó una tarifa de USD 1,25 por TRN para el transporte internacional, bajo el argumento de avanzar en una convergencia progresiva hacia el valor pleno sin eliminar abruptamente el beneficio.

La nueva prórroga, vigente del 1° al 31 de diciembre de 2025, mantiene exactamente ese esquema, ratificando el criterio de razonabilidad y gradualidad explicitado por la autoridad portuaria.

Impacto económico y expectativas de los usuarios

La continuidad de la bonificación tiene impacto directo sobre los costos logísticos del transporte fluvial internacional, especialmente para los usuarios del tramo Santa Fe–Confluencia, un segmento clave para las economías regionales vinculadas a la Hidrovía. La decisión evita un salto tarifario inmediato en un contexto de incertidumbre institucional y regulatoria, aunque también prolonga la indefinición sobre el cuadro tarifario definitivo.

Desde el punto de vista institucional, la resolución vuelve a poner en primer plano la necesidad de normalizar la gobernanza del sistema de la Vía Navegable Troncal y avanzar en los estudios técnicos pendientes. Hasta tanto eso ocurra, el esquema de prórrogas mensuales aparece como la herramienta elegida para equilibrar la sostenibilidad del servicio con las demandas de los usuarios.

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