Regulación turística

Parques Nacionales extiende la transición de permisos turísticos hasta fin de año

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La Administración de Parques Nacionales (APN) dispuso un nuevo esquema de transición para los permisos de servicios turísticos que operan dentro de las áreas protegidas nacionales. La Resolución 210/2026 extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia de aquellos permisos alcanzados por el régimen anterior cuyo vencimiento opere hasta el 31 de julio de 2026, otorgando un margen adicional para completar la migración al nuevo Reglamento de Permisos Turísticos.

La decisión responde a una evaluación interna realizada por la Dirección de Concesiones, que detectó distintos niveles de avance en la adecuación de los operadores turísticos distribuidos en los parques nacionales. El diagnóstico también evidenció diferencias administrativas entre jurisdicciones, por lo que el organismo resolvió establecer un procedimiento uniforme para evitar que esas asimetrías afecten la continuidad de la actividad.

Desde la perspectiva económica, la resolución introduce un elemento de previsibilidad para un segmento compuesto por empresas de excursiones, guías habilitados, transportistas, operadores náuticos y otros prestadores que desarrollan su actividad dentro de áreas protegidas. La continuidad de los permisos evita que procesos administrativos pendientes se traduzcan en interrupciones de servicios durante una temporada que continúa siendo relevante para muchas economías regionales.

Para provincias donde el turismo constituye un componente significativo de la actividad económica, como Misiones con el Parque Nacional Iguazú, la decisión reduce el riesgo de discontinuidad operativa para los prestadores habilitados mientras completan los nuevos requisitos regulatorios. El impacto no modifica las condiciones comerciales de los servicios, pero sí preserva el marco legal necesario para que puedan seguir funcionando durante el período de adecuación.

La resolución también busca ordenar la implementación del nuevo régimen aprobado en 2025. En lugar de una migración automática, la APN optó por un proceso gradual, acompañado por un Esquema de Transición Normativa que fija criterios homogéneos para todas las áreas protegidas bajo jurisdicción nacional.

Como condición para acceder al régimen excepcional, los titulares de los permisos deberán presentar, dentro de los 30 días hábiles administrativos, un Acta de Conformidad y Obligación de Adecuación, mediante la cual formalizan su adhesión al proceso de transición y asumen el compromiso de cumplir con las exigencias previstas por el nuevo reglamento.

El procedimiento también fortalece el rol de las intendencias de cada parque nacional. Serán las encargadas de verificar la documentación presentada, evaluar la continuidad de cada prestación turística y elevar un informe técnico a la Dirección Nacional de Uso Público recomendando, o no, la continuidad del servicio. La incorporación de esta instancia busca uniformar criterios de evaluación y respaldar técnicamente las decisiones administrativas.

La medida alcanza exclusivamente a los permisos cuyos cánones se determinan mediante el Tarifario Institucional vigente y deja expresamente afuera aquellos servicios comprendidos en planes específicos de reordenamiento turístico, que continuarán bajo sus propios esquemas regulatorios.

Aspectos centrales de la resolución prórroga de los permisos vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026. Alcanza a permisos con vencimiento hasta el 31 de julio de 2026. Los prestadores disponen de 30 días hábiles para adherir al régimen de transición. La continuidad del servicio quedará sujeta a la evaluación técnica de cada Intendencia. Se implementa un esquema uniforme de adecuación para todas las áreas protegidas nacionales.

Más allá de su carácter administrativo, la resolución apunta a reducir la incertidumbre regulatoria para un sector que depende de autorizaciones permanentes para operar. La evolución del proceso de adecuación permitirá medir si el nuevo régimen logra simplificar la gestión de permisos sin afectar la continuidad de la oferta turística en los parques nacionales, un factor clave para las economías regionales cuya actividad está vinculada al turismo de naturaleza.

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Parques Nacionales cambia las normas de construcción en la Patagonia

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Parques Nacionales actualiza normas de construcción en áreas protegidas de la Patagonia para reforzar criterios ambientales. Un nuevo marco regulatorio para la ocupación del suelo

La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó la Resolución 300/2025, publicada en el Boletín Oficial, que establece un nuevo reglamento para las construcciones dentro de los parques y reservas nacionales de la Patagonia. La medida reemplaza las disposiciones vigentes desde 2012 y busca fortalecer la sostenibilidad ambiental, el ordenamiento territorial y la prevención de impactos irreversibles en ecosistemas de alto valor de conservación.

El nuevo documento, denominado “Normas para la Ejecución, Ocupación del Suelo y Uso de las Construcciones en los Parques y Reservas Nacionales de las Áreas Protegidas de la Patagonia”, amplía su alcance a toda la región patagónica y actualiza criterios técnicos como el Área de Edificación Máxima sobre Suelo (AEDI), el Factor de Ocupación del Suelo (FOS) y el Factor de Ocupación Total (FOT).

Cambios normativos y criterios de edificación

La normativa deroga expresamente la Resolución 180/2012, que regulaba las construcciones en los Parques Nacionales Lanín y Nahuel Huapi. Entre las principales modificaciones, se redefine:

  • Superficies cubiertas y semi-cubiertas: ahora computan al 100% en el cálculo del AEDI, con excepciones específicas para aleros, escaleras exteriores y decks.
  • Superficie máxima a construir (SC): se calcula con un FOT ajustado, donde las semi-cubiertas se computan al 50%.
  • Glosario técnico unificado: se actualizan términos clave para evitar contradicciones con el Reglamento de Construcciones de 2007.
  • Instalaciones especiales: se reconoce su admisibilidad en función de parámetros de conservación ambiental.

La medida también instruye a la Dirección Nacional de Infraestructura, a través de la Coordinación Zona Sur, a realizar el monitoreo y control permanente de la aplicación de la normativa, con posibilidad de ajustes futuros.

El nuevo marco regulatorio fue consensuado con distintas áreas regionales de Parques Nacionales y recibió el aval de la Dirección Nacional de Conservación y la Dirección Nacional de Uso Público, que destacaron el impacto positivo para la modernización de la infraestructura turística.

Según el texto, el objetivo central es compatibilizar el desarrollo de servicios privados en áreas protegidas con la preservación ambiental, evitando la proliferación de construcciones que comprometan la integridad de los ecosistemas. En particular, se busca garantizar estándares más altos de sostenibilidad en zonas de fuerte presión turística, como la Patagonia andina.

La resolución entrará en vigencia a partir del 1° de octubre de 2025 y obliga a todos los proyectos privados a adecuarse a la nueva normativa para obtener la aprobación de la APN.

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