SEF

Subsidios energéticos, quiénes podrán mantenerlos tras el nuevo régimen del Gobierno

Compartí esta noticia !

El Gobierno nacional avanzó en la redefinición del esquema de subsidios a la energía con la publicación de las condiciones formales para acceder y permanecer en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que unifica la asistencia para electricidad, gas natural, gas propano por redes y garrafas en una única categoría de usuarios residenciales. La medida, formalizada mediante las Disposiciones 1/2026 y 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético del Ministerio de Economía, establece nuevos criterios de inclusión, exclusión y control patrimonial, con impacto directo sobre millones de hogares y sobre el esquema fiscal y tarifario.

Las normas fueron publicadas en el Boletín Oficial con fecha 20 de enero de 2026 y constituyen el marco operativo del régimen creado por el Decreto 943/2025, que dio por concluido el período de transición iniciado en 2024 y consolidó un modelo de subsidios focalizados, con fuerte énfasis en la capacidad de pago y la trazabilidad de la información.

Unificación del régimen y creación del ReSEF: cómo funcionará el nuevo sistema

El Decreto 943 del 31 de diciembre de 2025 creó el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) y unificó los subsidios de jurisdicción nacional aplicables a la energía eléctrica, gas natural, gas propano por redes y Gas Licuado de Petróleo (GLP) en garrafas de 10 kilos, bajo una sola categoría de usuarios residenciales.

En ese marco, se dispuso también la creación del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), que reemplaza al anterior Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y se conformará inicialmente con la información existente en dicho padrón.

La Disposición 1/2026 (DI-2026-1-APN-SSTYPE#MEC) aprobó formalmente el Formulario de Declaración Jurada para que los usuarios residenciales completen sus datos personales a fin de incorporarse o actualizar su situación en el ReSEF. El formulario podrá completarse a través del sitio web oficial argentina.gob.ar/subsidios o de manera presencial ante la ANSES para quienes no cuenten con acceso a herramientas digitales.

La normativa establece que los datos tendrán el tratamiento previsto en la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, y que los interesados podrán consultar su situación ante el SEF mediante la plataforma Mi Argentina o solicitar revisión a través de Trámites a Distancia (TAD), conforme al procedimiento aprobado por la Resolución 218/2025 de la Secretaría de Energía.

Desde el punto de vista institucional, la Secretaría de Energía fue designada Autoridad de Aplicación del régimen, con facultades para dictar las normas necesarias para su implementación, mientras que la gestión operativa del ReSEF fue delegada a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético por Resolución 13/2026.

Quiénes pueden acceder: ingresos, condiciones sociales y criterios de inclusión

La Disposición 2/2026 (DI-2026-2-APN-SSTYPE#MEC) detalla los criterios concretos de elegibilidad al régimen SEF, retomando lo establecido en el Anexo I del Decreto 943/25.

En primer lugar, califican como beneficiarios los hogares inscriptos en el ReSEF cuyos integrantes registren, en conjunto, ingresos netos iguales o inferiores a tres (3) Canastas Básicas Totales (CBT) para un Hogar 2, según los valores publicados por el INDEC.

Adicionalmente, la normativa incorpora criterios de inclusión social automática, independientemente del nivel de ingresos monetarios:

  • Hogares con al menos un integrante con Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP).
  • Hogares con un integrante titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Hogares con al menos un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD), sujeto a evaluación de necesidad económica por parte de la Secretaría de Energía.

Estos parámetros consolidan un esquema que busca articular la variable ingreso con condiciones estructurales de vulnerabilidad, orientando el subsidio hacia los hogares con mayor necesidad efectiva.

Exclusiones, control patrimonial y cruce de datos: el corazón del nuevo modelo

Más allá de los ingresos declarados, el nuevo régimen introduce un elemento central: la evaluación de la capacidad económica real mediante indicadores de exteriorización patrimonial.

La normativa faculta a la Autoridad de Aplicación a rechazar o excluir del beneficio a hogares que, aun cumpliendo el requisito de ingresos, presenten signos objetivos de capacidad de pago. En este sentido, se consideran motivos de exclusión:

  • Hogares cuyos integrantes posean al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años, salvo que exista un integrante con CUD.
  • Hogares con tres o más inmuebles en conjunto.
  • Hogares con al menos un integrante propietario de una embarcación de lujo.
  • Hogares con al menos un integrante titular de una aeronave.
  • Hogares con integrantes que posean activos societarios.

El control de estas condiciones se realizará mediante cruces de información con el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), ANSES, ARCA, ENARGAS, ENRE y otras bases oficiales, además de criterios de georreferenciación y verificación patrimonial.

La Disposición 2/2026 subraya que estos mecanismos buscan reducir errores de inclusión y garantizar una asignación más justa de los recursos públicos, preservando principios de razonabilidad, gradualidad y previsibilidad, en línea con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “CEPIS c/ Ministerio de Energía y Minería”.

Desde el punto de vista fiscal e institucional, este giro implica un endurecimiento del control sobre los subsidios, con potencial impacto sobre la cantidad de beneficiarios efectivos y sobre el gasto público en energía.

Sectores afectados y proyección

El nuevo esquema de subsidios focalizados tiene implicancias directas en varios planos:

  • Hogares: quienes no cumplan con los criterios patrimoniales o no actualicen su información podrían perder el beneficio, lo que impactará sobre sus facturas de electricidad, gas y garrafas.
  • Sector energético: una mayor focalización reduce distorsiones de precios relativos y contribuye a una señal tarifaria más alineada con costos reales.
  • Estado nacional: el rediseño apunta a mejorar la eficiencia del gasto público, reducir filtraciones y ordenar una de las partidas más sensibles del presupuesto.
  • Sistema tributario y de datos públicos: se profundiza la interoperabilidad entre organismos, consolidando un modelo de control cruzado y administración basada en información integrada.

En términos políticos e institucionales, la puesta en marcha del SEF marca el cierre definitivo del esquema transitorio de subsidios masivos y abre una etapa de administración más selectiva y tecnificada de la asistencia energética.

A futuro, el alcance real del impacto dependerá de la capacidad del Estado para sostener los controles, garantizar instancias de revisión y evitar errores de exclusión, especialmente en un contexto de heterogeneidad social y territorial.

Modelo de formulario:

FORMULARIO DE SOLICITUD ReSEF by CristianMilciades

Compartí esta noticia !

Cambios en los subsidios eléctricos: cómo impactará el nuevo esquema en las facturas desde marzo

Compartí esta noticia !

El Gobierno nacional avanzó con la reestructuración más profunda del esquema de subsidios energéticos de los últimos años, al eliminar el sistema de segmentación vigente y reemplazarlo por un régimen binario que distingue únicamente entre usuarios con subsidio y usuarios sin subsidio. La medida apunta a que la mayoría de los hogares paguen el costo real de la energía y tendrá impacto efectivo en las facturas que llegarán en marzo, correspondientes a consumos de febrero de 2026, tras una postergación dispuesta para permitir el cruce de datos y la validación de beneficiarios.

El nuevo esquema implica un cambio estructural en los criterios de acceso, en los niveles de consumo subsidiado y en el alcance del beneficio, con un efecto directo sobre el gasto de los hogares y sobre la política fiscal vinculada al sostenimiento de los servicios públicos.

Fin de la segmentación y nuevo registro focalizado

La reforma elimina por completo el régimen de segmentación que distinguía a los usuarios residenciales en las categorías N1, N2 y N3. A partir de su implementación, solo existirán dos situaciones posibles: usuarios con subsidio, que deberán estar inscriptos y validados en el nuevo Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), y usuarios sin subsidio, que abonarán el costo pleno de la energía.

Para los hogares N2, considerados de bajos ingresos, la transición será automática, ya que pasarán directamente al registro SEF como beneficiarios. En el caso de los N3, correspondientes a ingresos medios, el escenario será mixto: algunos mantendrán el subsidio y otros quedarán excluidos, según el resultado de un cruce de datos más estricto.

El nuevo régimen incorpora filtros adicionales vinculados a ingresos, ubicación territorial y consistencia patrimonial. Entre los criterios que podrían dejar a un hogar fuera del beneficio se encuentran la compra de dólares por parte del titular o su grupo familiar, viajes al exterior, la coexistencia en el mismo domicilio de hijos adultos con ingresos propios, consumos elevados que no coincidan con lo declarado o la posesión de viviendas de alto valor. El objetivo declarado es focalizar la asistencia estatal en los sectores considerados más vulnerables.

Cambios en el subsidio eléctrico y reconocimiento a Misiones

Con la reconfiguración del esquema, dejan de aplicarse los porcentajes diferenciados de bonificación que regían hasta ahora, del 65% para N2 y del 50% para N3. En su lugar, se establece un subsidio único del 50%, limitado exclusivamente a un bloque básico de consumo, lo que reduce sensiblemente el alcance del beneficio.

Para Misiones, los consumos subsidiados quedaron definidos de la siguiente manera: 550 kilowatt hora (kWh) mensuales durante los meses de diciembre, enero y febrero; 300 kWh mensuales en los meses de frío, mayo, junio, julio y agosto; y solo 150 kWh mensuales en los meses templados, marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre.

Un punto central del nuevo esquema es el reconocimiento formal de Misiones como zona “muy cálida”, según la norma IRAM 11603. Esta clasificación responde a planteos técnicos y políticos impulsados por el gobierno provincial, con participación de Energía de Misiones y las cooperativas eléctricas, y permite ampliar el umbral de consumo subsidiado en los meses de mayor demanda por el uso de equipos de refrigeración.

Sin embargo, quedaron pendientes de revisión los meses de marzo y noviembre, históricamente de altas temperaturas en la provincia, que no fueron incluidos dentro del mayor nivel de cobertura. Aun así, el reconocimiento representa un alivio para los hogares de menores ingresos durante los tres meses de mayor consumo.

Impacto económico y eficiencia energética como estrategia

El nuevo esquema se inscribe en un contexto de reducción progresiva de subsidios y de aumento sostenido del costo de la energía desde principios de 2024, impulsado por resoluciones nacionales orientadas a reflejar el valor de mercado de cada kilowatt consumido. En este marco, el impacto en las facturas será más visible para los usuarios que pierdan el beneficio o que superen los bloques subsidiados.

Frente a este escenario, la eficiencia energética se convierte en una herramienta clave para amortiguar el impacto en la economía familiar. La adopción de hábitos de uso responsable cobra especial relevancia en los meses de mayor consumo, con foco en electrodomésticos de alto gasto energético como aires acondicionados, calefactores eléctricos, duchas y termotanques eléctricos, planchas y heladeras con freezer.

Entre las recomendaciones prácticas se destacan el uso del aire acondicionado a 24 grados, la limpieza periódica de filtros, la correcta aislación de puertas y ventanas, la descongelación de heladeras y freezers, y la reducción del consumo en modo stand-by. En el caso de los televisores, mantenerlos enchufados de forma permanente puede representar hasta el 10% del consumo eléctrico total de un hogar, especialmente cuando hay más de un equipo en esa condición.

Con menos subsidios y tarifas más alineadas al costo real de la energía, el rediseño del esquema marca un punto de inflexión en la política energética y traslada al usuario un mayor peso en la administración del consumo, con efectos directos sobre el presupuesto doméstico y sobre la sostenibilidad fiscal del sistema.

Compartí esta noticia !

Misiones será zona “muy cálida” y tendrá hasta 550 kWh subsidiados en verano

Compartí esta noticia !

El Gobierno nacional redefinió los bloques de consumo eléctrico subsidiado para las provincias del NOA y NEA durante los meses de altas temperaturas. A partir de la clasificación climática oficial, Misiones queda comprendida como zona “muy cálida”, lo que eleva el tope mensual con subsidio y reconoce el mayor uso de electricidad en un contexto de calor extremo y baja cobertura de gas por redes.

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía formalizó una adecuación clave dentro del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) al establecer nuevos topes de consumo eléctrico con subsidio para los meses de verano en el norte argentino. La decisión impacta de manera directa en provincias del Noroeste (NOA) y Noreste (NEA), entre ellas Misiones, que pasa a integrar el registro como zona “muy cálida”, con un umbral de consumo subsidiado sensiblemente superior al vigente hasta ahora.

La medida rige para los meses de diciembre, enero y febrero, período de mayor exigencia térmica, y se apoya en criterios técnicos definidos por la norma IRAM 11603, que clasifica las regiones del país según su comportamiento climático.

Nuevos topes de consumo subsidiado según clasificación climática

Con la actualización dispuesta por el Gobierno, el esquema de subsidios eléctricos de verano queda segmentado en tres niveles, en función de la temperatura y las condiciones estructurales de cada región:

  • Zonas “muy cálidas” del NOA y NEA: el bloque de consumo subsidiado se eleva de 300 kWh a 550 kWh mensuales.
  • Zonas “cálidas”: el tope subsidiado se fija en 370 kWh mensuales.
  • Resto del país: se mantiene el bloque de verano en 300 kWh mensuales.

La incorporación de Misiones dentro del grupo de zonas “muy cálidas” implica un reconocimiento explícito de su realidad climática y del patrón de consumo energético asociado a temperaturas elevadas y persistentes.

Equidad territorial y foco en los hogares vulnerables

Desde el Gobierno explicaron que el objetivo central de la medida es adecuar el esquema de subsidios a las condiciones reales de consumo, especialmente en las provincias del norte, donde el uso intensivo de ventiladores y aires acondicionados resulta indispensable para atravesar el verano.

A diferencia de otras regiones del país, en gran parte del NOA y NEA existe menor acceso al gas por redes, lo que convierte a la electricidad en el principal insumo energético para la refrigeración de los hogares. En ese contexto, mantener un tope uniforme de consumo subsidiado generaba distorsiones y un impacto regresivo sobre los hogares de menores ingresos.

El SEF conserva su lógica de topes y estacionalidad, pero incorpora un criterio de equidad territorial, de modo que los hogares vulnerables de las zonas más calurosas cuenten con un bloque de consumo subsidiado acorde a su nivel de exigencia térmica. La medida busca, así, evitar que el mayor consumo derivado del clima derive automáticamente en la pérdida del beneficio o en un salto abrupto en la factura eléctrica.

Antecedentes y respaldo institucional

La redefinición de los bloques de consumo recoge los planteos formulados por provincias, entes reguladores y defensorías del pueblo durante la Consulta Pública del nuevo esquema de subsidios energéticos. En ese ámbito, se había señalado la necesidad de contemplar variables climáticas y estructurales para lograr un sistema más justo y previsible.

Con esta decisión, el Gobierno refuerza el objetivo declarado del SEF: focalizar la ayuda del Estado en quienes realmente la necesitan, bajo reglas claras, transparentes y homogéneas en todo el país, pero con capacidad de adaptarse a las diferencias regionales.

Para provincias como Misiones, la incorporación al registro como zona “muy cálida” representa un cambio relevante en términos económicos y sociales, ya que amplía el margen de consumo subsidiado en el período de mayor demanda eléctrica y reduce el riesgo de incrementos tarifarios asociados exclusivamente al factor climático.

Compartí esta noticia !

Energía redefine subsidios y cambia los consumos base de luz y gas según región

Compartí esta noticia !

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía dio un paso decisivo en la implementación del nuevo esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) al dictar la Resolución 13/2026, que redefine los consumos base de electricidad según zonas bioambientales, formaliza la gestión operativa del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) y delega amplias facultades técnicas y operativas para la administración del régimen. La medida, publicada el 16 de enero de 2026, tiene impacto directo en las facturas de electricidad, gas natural, gas propano por redes y GLP en garrafas, y busca corregir inequidades territoriales, mejorar la focalización del gasto público y reforzar los mecanismos de control y transparencia.

Un nuevo esquema de subsidios con foco territorial y control patrimonial

La resolución se inscribe en el proceso de reestructuración de los subsidios energéticos iniciado por el Decreto 465/2024, que estableció una transición hacia un esquema que refleje los costos reales de la energía, promueva la eficiencia energética y garantice el acceso al consumo indispensable de los hogares vulnerables. Ese período transitorio, iniciado el 1 de junio de 2024, fue prorrogado hasta el 9 de julio de 2026 y concluyó formalmente con la creación del régimen unificado de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) mediante el Decreto 943/2025.

Con la Resolución 13/2026, la Secretaría de Energía instruyó a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético a asumir la gestión integral del ReSEF, que se conforma a partir de la información del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y permite la actualización de datos mediante declaraciones juradas, tanto por medios digitales como de manera presencial a través de ANSES. El objetivo es administrar el padrón de beneficiarios, instrumentar criterios de inclusión y exclusión, aplicar indicadores de exteriorización patrimonial y operar los mecanismos de revisión y control, incluyendo las plataformas Mi Argentina y Trámites a Distancia (TAD).

En ese marco, la resolución delega en la Subsecretaría facultades para definir y aplicar indicadores de capacidad económica, realizar cruces de información con bases de ANSES, ARCA y SINTyS, y coordinar acciones con entes reguladores nacionales y autoridades provinciales, todo ello bajo los parámetros de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

Consumos base diferenciales: el NEA y NOA logran un reconocimiento bioclimático

Uno de los ejes centrales de la norma es la introducción de consumos base diferenciales de electricidad según zonas bioambientales, en línea con el artículo 4° del Decreto 943/2025 y a partir de los aportes recibidos en la consulta pública convocada por la Resolución 484/2025. Provincias del NEA y NOA habían advertido que los parámetros promedio nacionales no reflejaban la realidad de regiones con temperaturas extremas, donde el consumo eléctrico asociado a climatización, agua y conservación de alimentos constituye una demanda inelástica.

Con base en análisis técnicos de CAMMESA y en la norma IRAM 11603:2012, la resolución fijó nuevos umbrales para los meses de verano (enero, febrero y diciembre):

  • Zonas “Muy cálido” (Ia y Ib): 550 kWh/mes
  • Zonas “Cálido” (IIa y IIb): 370 kWh/mes
  • Resto del país: 300 kWh/mes

En los meses de mayo a agosto, el consumo base se mantiene en 300 kWh/mes para todas las zonas, mientras que en marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre se fija en 150 kWh/mes. Según la Secretaría, este esquema responde al principio de equidad horizontal, al reconocer diferencias objetivas y verificables entre regiones sin eliminar los topes ni desnaturalizar la focalización del subsidio.

Gas, garrafas y el fin de la Tarifa Social Federal

En materia de gas, la resolución mantiene los bloques de consumo base de gas natural establecidos en las Resoluciones 686/2022 y 91/2024, que ya contemplan criterios geográficos y estacionales, y extiende esos parámetros al gas propano indiluido por redes. Para ello, se definió la correspondencia entre categorías: los usuarios R1 de gas propano se asimilan a los volúmenes de la categoría R23 de gas natural, y los R2 a los de la categoría R34, conforme al anexo técnico aprobado.

Asimismo, se instruyó la migración del Programa Hogar al régimen SEF en un plazo máximo de seis meses, incluyendo la determinación del consumo base indispensable de GLP en garrafas de 10 kilos, la forma de percepción del beneficio y la instrumentación de pagos mediante entidades financieras o billeteras digitales interoperables. En paralelo, se dispuso que, al momento de aplicarse el SEF a gas natural y gas propano por redes, cesará la Tarifa Social Federal de Gas, vigente desde 2016.

Impacto en facturas y escenarios posibles

La resolución establece que el nuevo régimen SEF impactará en las facturas de electricidad, gas natural y gas propano por redes a partir de la publicación de la norma y de los precios mayoristas (PEST, Precio Anualizado Uniforme y precio de gas propano redes) que resulten aplicables. En términos prácticos, esto implica una reconfiguración del esquema de subsidios con efectos distributivos diferenciados según región, consumo y situación patrimonial del hogar.

Para los usuarios del NEA y NOA, la incorporación de consumos base más altos en verano representa un alivio relativo frente a escenarios de calor extremo. Para el Estado nacional, el desafío pasa por sostener la focalización, evitar filtraciones hacia hogares con capacidad de pago y contener el impacto fiscal. En ese equilibrio se juega la aceptación social del nuevo esquema y su viabilidad en un contexto de revisión integral del gasto en energía.

Compartí esta noticia !

El Gobierno unifica los subsidios energéticos y crea el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados desde 2026

Compartí esta noticia !

El Poder Ejecutivo Nacional formalizó una reforma estructural del esquema de subsidios a la energía mediante el Decreto 943/2025, publicado en el Boletín Oficial con fecha 2 de enero de 2026, que unifica todos los subsidios energéticos de jurisdicción nacional y da nacimiento al régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). La medida elimina la segmentación por niveles de ingresos vigente desde 2022, crea un nuevo registro único de beneficiarios y redefine criterios de inclusión, bloques de consumo subsidiado y bonificaciones aplicables a la electricidad, el gas natural, el gas propano por redes y el gas licuado de petróleo (GLP) en garrafas.

El nuevo esquema marca el cierre definitivo del Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados, iniciado en junio de 2024, y se inscribe en la estrategia fiscal y macroeconómica del Gobierno orientada a la reducción del déficit, la baja de la inflación y la mejora en la eficiencia del gasto público. Según los considerandos del decreto, los subsidios energéticos pasaron de representar 1,42% del PIB en 2023 a 0,60% del PIB en 2025, en el marco de una política explícita de focalización del gasto.

Del esquema segmentado al padrón único: criterios de inclusión y nuevo registro

Uno de los cambios centrales del Decreto 943/2025 es la eliminación del esquema de segmentación en tres niveles de ingresos, establecido originalmente por el Decreto 332/2022. El Gobierno argumenta que ese sistema se mostró “complejo y poco transparente”, dificultando tanto la identificación de los hogares que realmente necesitan asistencia como la comprensión, por parte de los usuarios, de su elegibilidad al subsidio.

En su reemplazo, el decreto crea una única categoría de beneficiarios, integrada por los hogares que soliciten y requieran asistencia económica para acceder al consumo energético indispensable, conforme a criterios objetivos y verificables detallados en el Anexo I. El umbral de ingresos se fija en valores iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un Hogar 2, según el INDEC, considerando los ingresos netos del grupo familiar en su conjunto.

La reforma también da origen al Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía. El ReSEF se construirá sobre la base de datos existente del RASE, por lo que los usuarios ya inscriptos no deberán reinscribirse, aunque podrán actualizar su declaración jurada de ingresos, grupo conviviente y fuentes de suministro energético.

El decreto mantiene el acceso digital al registro y el canal presencial en ANSES, y prevé mecanismos de revisión de categorización a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Asimismo, se establece el cruce sistemático de información con bases de datos del SINTyS y otros organismos, junto con criterios de georreferenciación e indicadores patrimoniales, para reducir errores de inclusión y exclusión.

Bloques de consumo, bonificaciones y gradualidad del nuevo esquema

El régimen SEF redefine los bloques de consumo base subsidiado para la energía eléctrica: 300 kWh mensuales en los meses de mayor demanda (enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre) y 150 kWh en los meses de menor consumo. La Secretaría de Energía queda facultada a establecer consumos diferenciales para provincias más cálidas o zonas con particularidades bioambientales.

Para el gas natural, se mantienen los volúmenes base definidos en las Resoluciones 686/2022 y 91/2024, extendidos ahora también a los usuarios de gas propano indiluido por redes, que hasta el momento no estaban contemplados en el RASE. Los consumos que superen esos bloques no recibirán bonificación.

En materia de descuentos, el Anexo II fija una bonificación general del 50% sobre el consumo base de electricidad durante todo el año. En el caso del gas natural y del gas propano por redes, las bonificaciones se concentran en los meses de mayor consumo estacional. Además, durante 2026 se aplicará una bonificación extraordinaria adicional de hasta el 25%, decreciente a lo largo del año, con el objetivo de garantizar gradualidad y previsibilidad en las facturas.

El decreto establece que, para el gas natural, las bonificaciones se aplicarán exclusivamente sobre el Precio Anual Uniforme (PAU) derivado del Plan Gas.Ar, excluyendo el gas natural licuado (GNL) y nuevos contratos fuera de ese esquema. Con ello, se busca atenuar el doble efecto estacional que combina mayores consumos y precios más altos en invierno.

Decreto 943/2025 Subsidios Energéticos by CristianMilciades

Unificación normativa, fin de la Tarifa Social y migración del Programa Hogar

La creación del SEF implica una reorganización integral de los regímenes vigentes. El decreto deja sin efecto la Tarifa Social Federal de Gas y dispone la derogación del Decreto 332/2022, que había instaurado la segmentación por niveles de ingresos. También establece la migración, en un plazo máximo de seis meses, de los beneficiarios del Programa Hogar al nuevo régimen de subsidios focalizados para usuarios de garrafas de GLP de 10 kilos, tras lo cual dicho programa será eliminado.

Según el texto oficial, esta unificación busca corregir inequidades horizontales derivadas de la superposición de esquemas como la segmentación, la Tarifa Social y el Régimen de Zona Fría, que generaban tratamientos dispares para hogares con condiciones socioeconómicas similares y confusión en las facturas de los servicios.

anexo 1 Subsidios Energéticos by CristianMilciades

La Secretaría de Energía fue designada Autoridad de Aplicación, con amplias facultades para ajustar volúmenes subsidiados, bonificaciones, mecanismos de compensación a prestadoras y acuerdos con proveedores, además de dictar normas complementarias. El ENARGAS y el ENRE deberán aplicar los nuevos criterios en cuadros tarifarios y facturación, mientras que se invita a provincias y entes reguladores locales a adherir al esquema para asegurar cobertura nacional.

anexo 2 Subsidios Energéticos by CristianMilciades

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin