SINDICALISMO

Fallo de la Corte por despidos vinculados a “activismo sindical”

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La Corte Suprema de Justicia fijó las condiciones para que un despido sea considerado “discriminatorio” por razones sindicales, al revocar una sentencia dictada por la Corte de Justicia de la Provincia de Catamarca.
La Corte Suprema fijó las condiciones para que un despido sea considerado discriminatorio por razones sindicales, al revocar la sentencia dictada por la Corte de Justicia de la Provincia de Catamarca en la causa “Varela, José Gilberto c/Disco S.A. s/amparo sindical”.
El trabajador solicitó, con el apoyo de sus compañeros, ante el Ministerio de Trabajo de la Nación, la Dirección de Inspección Laboral y el gremio la convocatoria a elecciones de delegados gremiales. En ese contexto fue suspendido por la empresa por presuntas impuntualidades, cuestionó la sanción y fue despedido con fundamento en que la conducta era agraviante. El trabajador promovió entonces una demanda por despido discriminatorio por razones sindicales. La acción fue rechazada por la Corte de Justicia de la Provincia de Catamarca.
Ahora, con la firma de los Jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Fernando Rosenkrantz, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó dicha sentencia y estableció a quién le corresponde probar el carácter discriminatorio del despido.
El Tribunal destacó, con base en el precedente “Pellicori” (Fallos: 334:1387), que quien alega la existencia de un motivo discriminatorio “debe mostrar prima facie o verosímilmente que estaba llevando a cabo una actividad protegida por las normas que invoca y que la ejercía de modo regular. No cualquier actividad u opinión en el ámbito laboral es de carácter sindical o gremial”. La Corte concluyó que dicho requisito fue acreditado en el caso porque, entre otras cosas, el Ministerio de Trabajo de la Nación había acogido favorablemente el pedido del actor para que se convocara a elecciones de delegados.
Por otro lado, el Tribunal señaló que, aun cuando el trabajador pruebe los extremos mencionados, el empleador puede justificar su proceder acreditando que el despido no fue discriminatorio. Cuando se trata de despido sin causa, basta que el empleador demuestre que el despido no obedeció al motivo discriminatorio reprochado. En cambio, cuando se trata de despido con causa, el empleador debe demostrar que dicha causa se ha razonablemente configurado. En el caso, la empresa no produjo prueba y se omitió establecer si la causal invocada para el despido estaba configurada o si constituía injuria suficiente, publica el Centro de Información Judicial.
Por su parte, en un voto concurrente, el Juez Rosatti precisó que estaba fuera de discusión que el actor desarrolló actividad sindical en procura de poder elegir a sus representantes en la empresa y que, al rechazar por carta documento una sanción disciplinaria, denunció el carácter persecutorio de la medida e intimó a la demandada a que cesara en su conducta y permitiera a los trabajadores reunirse y proceder a la elección delegado provisorio. Tampoco se controvierte que la demandada respondió a estos requerimientos con el despido directo al considerar injuria grave los términos de la misiva.
La Corte de Justicia de la Provincia de Catamarca denegó la revisión de la sentencia que había rechazado la pretensión de reinstalación en su puesto del actor sosteniendo que la calidad de activista, militante, o asociado del trabajador resultaba insuficiente para reclamar la tutela de la ley 23.551 y que la ley 23.592 era inaplicable al caso, pues no se habían probado los presupuestos de hecho que ésta requería, esto es, el ejercicio de algún grado de representació n por quien pretende la tutela. Señaló, también, que el litigio se relacionaba directamente con tres libertades “esenciales del estado constitucional vigente en la República”: de reunión, de expresión y de asociación cuya limitación afecta a una cuarta, la libertad sindical, derechos todos estos que, junto con la libertad de opinión, resultan inseparables. Remarcó que sin el aseguramiento de las libertades indicadas, es poco menos que imposible que pueda ejercerse acabadamente el derecho de los trabajadores de constituir las organizaciones que estimen convenientes.

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El Gobierno se reúne con gremios y empresarios

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Rogelio Frigerio se reunió con Gerardo Martínez, secretario de la UOCRA y con Gustavo Weiss, titular de Cámara Argentina de la Construcción. Jorge Triaca, por otro lado, mantuvo conversaciones con empresarios y sindicalistas del la industria automotriz.
Ayer (27/06) hubo un paro en todo el país como protesta al gobierno de Mauricio Macri. con respecto al mismo, el ministro de Interior dijo que “no sirvió para nada”, y que “era un paro netamente político”. Para respaldar sus dichos sobre que el diálogo con el sindicalismo no se cortó, tuvo un encuentro con el secretario del gremio de la construcción.
Según Gerardo Martínez, el jefe del sindicato, hay alrededor de 40.000 empleos en peligro a partir del plan del Gobierno de paralizar o suspender proyectos de obra pública. La semana pasada, Martínez criticó el acuerdo entre el Gobierno y el FMI: “aparentemente íbamos por un camino correcto, pero empezaron a darse sorpresas como caer nuevamente en las garras del Fondo”.
La UOCRA, que dialogó hoy con Frigerio, es uno de los gremios que aceptó en marzo el aumento del 15% que propuso el Ejecutivo.
La preocupación de Martínez sobre los puestos de trabajo surgió a partir de que el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne anunció que, por el ajuste fiscal, se recortarían este año $ 30.000 millones de inversión en obra pública en todo el país.
Gustavo Weiss, por su parte, sostuvo que el sector se encuentra en problemas, debido al aumento de los insumos para la construcción, el atraso de los pagos y la reducción de las obras futuras en función del ajuste del Presupuesto 2019. “En el caso del asfalto es un 53% desde principios de año hasta ahora, es muy fuerte. Y los atrasos en los p agos van desde 60 a 120 días”, dijo el titular de la Cámara Argentina de la Construcción. También reveló que, según el Gobierno, se regularizarían los pagos en los próximos meses.
Con respecto a la problemática de la construcción, Frigerio cree que la construcción es necesaria para reactivar la economía. Sin embargo, desliga al Estado nacional de la responsabilidad de impulsarla “sobre todo en un contexto donde las provincias son más solventes y tienen mayor autonomía financiera”, según dijo.
Frigerio definió a la reunión como positiva y intetó transmitir optimismo al sector: “Tenemos un Presidente que está dispuesto a priorizar la obra pública por sobre otros gastos que evidentemente hay que revisar”, aseguró el Ministro.
Según el ministro de Interior, la situación del sector se corregiría en julio y ya estaría completamente normalizada en agosto. También se promete, desde el oficialismo, un diálogo entre el ministerio de Hacienda, el Central y los bancos para amortiguar la problemática de los créditos hipotecarios.

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Congresales de la UDPM aprobaron en forma unánime la memoria y balance de 2017 del sindicato

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Los congresales de la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones (UDPM) en su XXX Congreso Provincial Ordinario, aprobaron en forma unánime la memoria, balance general, inventario, cuentas de gastos y recursos e informes de la Comisión revisora de cuentas que abarcó el período Enero/17 a Diciembre/17. El Congreso se llevó a cabo en la sede de la Expo Yerba en la localidad de Apóstoles.
Encabezó el encuentro la secretaria general de la UDPM, Stella Maris Leverberg; acompañada por el ministro de Hacienda, Adolfo Safran; el intendente de Apóstoles, Mario Vialey; el subsecretario de Educación, Christian Dechat; los integrantes de la Comisión Directiva de la UDPM; vocales y funcionarios del CGE.
“Queremos agradecer al intendente Vialey que nos facilitó todas las condiciones para que podamos realizar este congreso, que es uno de los más importantes que tiene UDPM. Es el número XXX Congreso Ordinario, es decir un congreso especial que de realiza una vez al año y en el que se hace un informe de memoria y balance, por lo tanto participan los congresales acreditados, los revisores de cuentas, el equipo contable que tiene nuestro sindicato”, detalló Leverberg.
Añadió que “la UDPM tiene un control externo y un control interno a su vez. El congreso debe dictaminar como ha trabajado el gremio durante el año 2017 en cuanto a todas las acciones de carácter colectivo, particulares, sociales, laborales y salariales tanto en el ámbito provincial como en el ámbito nacional con la CTERA”.
Asimismo, explicó que “UDPM como sindicato con personería gremial tiene autonomía económica y esa autonomía se funda en el aporte voluntario de los afiliados, así que imagínense que hay una enorme responsabilidad respecto del control de la expresión y manifestación y comprobación de la honestidad en la distribución austera y eficiente de los recursos”.
Por otro lado aclaró que “estamos para rendir cuentas a toda la provincia porque a través de cada congresal llegamos a cada uno de los puntos de la provincia que están representados los 76 municipios. Esto nos da nosotros la tranquilidad y llegar con esta información que queda impresa, es decir, no solamente se hace la presentación formal sino que se les entrega a cada congresal toda la información tanto de gastos, recursos, administración como también de la memoria activa donde cada una de las delegaciones departamentales a su vez rinden cuenta de lo que han hecho en el trabajo regional territorial”.
También del congreso participaron lo candidatos para las elecciones del IPS que se realizarán el 1ro de junio. Por la Rama Pasiva Delia Pompeya Sandoval Titular de la lista Nro 2 Celeste y Blanca y que lleva como suplente al Ex Comisario General Retirado Jorge Dosantos. En tanto la lista por la Rama Activa, el Dr Juan Carlos Falkowski como titular.
También el encuentro fue oportuno para que el intendente de Apóstoles anunciara que están tratando en el Consejo Deliberante de su localidad una posible donación de predio para la construcción de un Ecolodge de UDPM en dicha comuna.
Al finalizar los integrantes de la UDPM entregaron presentes a los congresales a su secretaria general.

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Se fracturó la CGT y los Moyano quieren elegir una nueva cúpula en marzo o abril

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Pablo Moyano aseguró que la central gremial “hace rato que está fracturada” pero ahora se oficializó con la decisión de la mayoría de los gremios de no acompañar a su padre en la marcha del 22 de febrero.
El referente del gremio de Camioneros Pablo Moyano reconoció hoy que “la fractura” de la CGT está “oficializada” y adelantó que intentarán “elegir un nuevo secretario general” en marzo o abril.
Luego de que Juan Carlos Schmid, uno de los triunviros de la CGT, reconociera que “el ciclo del triunvirato está agotado”, Moyano señaló: “Hace rato que la CGT está fracturada, ahora se oficializó”.
“Hace rato que la CGT está fracturada, hoy se oficializó”, sentenció Pablo Moyano.
“En marzo o abril llamaremos al Congreso de la CGT para elegir a un nuevo secretario general, ojal sea alguien que esté del lado de los trabajadores”, sostuvo el dirigente en diálogo con FM La Patriada.
De esta manera, anticipó la puja interna a la que se encamina el sindicalismo peronista para reorganizar su estructura, cuya crisis quedó expuesta con la convocatoria a una marcha para el 21 de febrero que realizó el líder camionero, Hugo Moyano, y que fue rechazada por diversos gremios.
Schmid dio por terminado el triunvirato de la CGT: “Tengo la impresión de que este ciclo está agotado”.
Ciclo agotado
Scmid sostuvo que el ciclo de esta forma de poder “está agotado”, porque ese ámbito, que también integran Carlos Acuña y Héctor Daer, “está desautorizado”.
“Tengo toda la impresión de que este ciclo está agotado”, sentenció Schmid, en declaraciones a radio La Red, al referirse al triunvirato de conducción de la CGT.
En ese sentido, el líder del gremio de Dragado y Balizamiento completó: “Creo que ya en diciembre, cuando la mayoría de los sindicatos grandes desobedecieron el mandato del triunvirato, cuando se desobedeció aquella medida de fuerza, entró en una crisis profunda el triunvirato”.
“Si uno está desautorizado para tomar determinadas acciones, no tiene mucho sentido seguir al frente”, agregó. “Si nosotros tomamos decisiones en el colectivo y después las desconocemos, estamos en un problema serio y no la va a resolver una sola persona”, consideró el sindicalista, que planteó que no necesariamente el fin del triunvirato signifique que la CGT deba volver a tener una conducción unipersonal.
Los errores de Moyano, Caló y Barrionuevo
El triunviro destacó también que “si el ciclo está terminado, no olvidemos que los mentores de este proceso de unidad fueron (Hugo) Moyano, (Antonio) Caló y (Luis) Barrionuevo”, y remató: “También hay que hacerse cargo de los errores que se han cometido en ese sentido”.
Al referirse a la marcha del miércoles, convocada por Moyano y respaldada por un sector de la CGT, remarcó que “es una marcha que Camioneros había propuesto, pero hubo un encuentro en Mar del Plata en el que muchos de los que se bajaron de la marcha aprobaron”.
Destacó además que “más allá de la disputa Moyano-(Mauricio) Macri hay una multitud de problemas”.
Por último, reconoció que “hoy no hay diálogo” con el gobierno nacional ya que “la reforma previsional implicó un quiebre importante en las conversaciones”. “El Gobierno, en su intento de diálogo social, no ha desarrollado ningún marco de confianza. Yo dudo muchísimo de las intenciones del Gobierno y el tema de la reforma previsional creo que me da la razón”, concluyó al referirse al vínculo actual entre la CGT y el Poder Ejecutivo.

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Para la Corte, delegados gremiales pueden ser despedidos si “hay un motivo válido”

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En un fallo que sentará una fuerte jurisprudencia, la Corte Suprema de la Nación consideró que un delegado gremial puede ser suspendido o despedido de su puesto laboral cuando “mediare justa causa”.
La sentencia, que lleva la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, revocó un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario que había privado a un docente universitario de la garantía legal de estabilidad en el puesto de trabajo que ampara a los representantes sindicales.
A través del fallo, que contó con el voto concurrente el juez Horacio Rosatti, y con la disidencia del juez Carlos Rosenkrantz, la Corte concluyó que no caben la suspensión o el despido “salvo que mediare justa causa”.
Sucede que bajo el argumento de que el desempeño del profesor Luis Raúl Calarota era “deficiente”, la Universidad Nacional de Rosario solicitó que se levantara la tutela especial que la ley le otorgaba por su condición de dirigente gremial.
En ese contexto, la Cámara Federal de Rosario admitió el pedido afirmando que solamente correspondía efectuar un examen preliminar de las circunstancias del caso al considerar que bastaba con que fuera verosímil la afirmación de que el desempeño del profesor era deficiente para quitarle el amparo de la ley sindical.
Sin embargo, la Corte dejó sin efecto la decisión de la cámara haciendo hincapié en que tanto el artículo 14 bis de la Constitución Nacional como el Convenio 135 de la Organización Internacional del Trabajo establecen que los representantes gremiales deben gozar de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindica.
Sin embargo, el máximo tribunal concluyó que el despido de un dirigente sindical puede dictarse “a partir de una cabal comprobación del motivo justificado que el empleador invoque”. Pues sucede que la Corte consideró que la resolución de la Cámara rosarina “sólo se limitó a efectuar un examen superficial del caso” para señalar simplemente que el motivo invocado por la Universidad era verosímil.
Vale destacar que cuando un trabajador cuenta con la llamada “tutela sindical” ya sea porque delegado o porque ocupa un cargo en la asociación sindical, el empleador para despedirlo, sancionarlo o modificarle las condiciones de trabajo debe hacer un procedimiento previo que se denomina “proceso de exclusión de tutela”. Esto último es ni más ni menos que un proceso judicial en el que el empleador busca sancionar o despedir al delegado sindical por lo que exige al juez que se lo excluya de dicha tutela.
En ese contexto, la biblioteca judicial se divide en dos: por un lado, quienes entienden que un juez sólo decide si amerita o no la exclusión, o por el otro lado, quienes consideran que en el proceso de exclusión se debe tener en cuenta la sanción que se propone. De este modo la sentencia haría cosa juzgada y no existiría posibilidad de cuestionamiento posterior por el trabajador.
En esta oportunidad, la Corte decidió ir por el segundo camino sentenciado que un delegado gremial puede ser suspendido o despedido de su puesto laboral cuando “mediare justa causa”.

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