TIERRAS

Escalada pidió que el Estado asista a los productores mientras dure el proceso de expropiación de tierras de Alto Paraná

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El diputado Hugo Escalada, del bloque Vanguardia Radical destacó el anuncio del gobernador Hugo Passalacqua sobre la expropiación de las primeras 166 hectáreas del grupo Arauco –ex Alto Paraná- para brindar esas tierras a los productores organizados en cooperativas.
En paralelo, recordó un pedido realizado al Poder Ejecutivo para que implemente con urgencia, una ayuda económica temporaria para los Productores Independientes de Puerto Piray mientras dure el proceso mensura y expropiación de las 600 hectáreas de tierras de la empresa Alto Paraná SA.
“Todo proceso de expropiación conlleva su tiempo, más aún si hablamos de la empresa Alto Paraná SA, que se ha negado rotundamente a ceder tierras a las comunidades vecinas, a trabajar en formas asociativas con los productores, poniendo de manifiesto una y otra vez su visón monopólica, nada altruista, mostrando al mundo su desprecio por aquellos ciudadanos de escasos recursos necesitados imperiosamente de tierras para lograr subsistir”, explicó Escalada.
“Solamente un Estado presente traerá luz en la oscuridad, necesitados de una ayuda económica, un subsidio, mientras dure el proceso, para los integrantes de la asociación de productores de Puerto Piray que se encuentran en situación de pobreza y desempleo, subsistiendo únicamente por los planes sociales nacionales, en aquellas regiones dónde esta empresa se comprometían a traer desarrollo y sustentabilidad para las poblaciones lindantes”, argumentó el legislador.

Escalada destacó el ideario progresista de la ley de expropiación al asociar tierras, productores y cooperativizarlos en función de aunar esfuerzos y magnificar la producción con un fuerte sentido social y de arraigo.
Sin embargo, consideró que “pese a este ideario plasmado en la Ley, el Estado provincial continúa entregando tierras en forma particular, en unidades productivas no económicas, sin apoyo de una verdadera reforma agraria que incorpore conceptos productivos-asociativos y rentables, para evitar que las tierras entregadas se transformen en grandes negocios inmobiliarios para funcionarios políticos y empresarios con dineros del erario público”.

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El 12 por ciento del suelo misionero está en manos de extranjeros

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El informe que realiza el Registro Nacional de Tierras Rurales (RNTR) muestra que el nivel de extranjerización a nivel nacional es de 5,6%, tres décimas menos que en 2012. Afirman que se redujo en 900 mil hectáreas la superficie de tierras en manos de extranjeros. En Misiones aún quedan 364330,82 hectáreas en manos extranjeras.

Más de 900.000 hectáreas de tierras rurales fueron transferidas de propiedad de extranjeros a manos de argentinos en los últimos cinco años por la aplicación de la ley 26.737, que el Congreso nacional sancionó a fines de 2011, si bien todavía personas y empresas del exterior poseen cerca de 15 millones de hectáreas, según el más reciente relevamiento oficial, al que tuvo acceso Télam.

El informe que realiza el Registro Nacional de Tierras Rurales (RNTR) muestra que el nivel de extranjerización a nivel nacional es de 5,6% (tres décimas menos que en 2012), según los datos a los que accedió esta agencia.

La menor participación de tenedores de extensiones agropecuarias de otras nacionalidades refleja la gradual aplicación de la ley 26.737, que estableció restricciones a las operaciones con sus tierras.

Si bien la norma no atentó contra los derechos adquiridos por propietarios foráneos, impidió nuevas compras y dispuso -para el caso en que quisieran vender una cantidad determinada de hectáreas en un municipio donde la extranjerización supera el 15%- que sólo puedan realizar transferencias a personas o empresas argentinas.

Las divisiones subprovinciales se acordaron tras la sanción de la ley con cada gobernación: en algunos casos se determinó que fueran considerados los municipios, mientras en otros se optó por tomar como base los departamentos o los partidos.

En 2012, sobre 569 divisiones subprovinciales el Registro Nacional detectó que en 49 jurisdicciones se excedía el límite de 15% autorizado para propietarios extranjeros, pero cinco años después los datos indican que son tres menos, 46, las áreas que superan ese tope.

Ninguna de las provincias sobrepasa en la actualidad el tope de 15% establecido por la ley, que protege el dominio nacional sobre las tierras de uso agropecuario y los recursos naturales, aunque en seis departamentos los no nacionales poseen más de 50%.

Los casos extremos de extranjerización de tierras rurales, según el RNTR, son los de las localidades salteñas de San Carlos (58,7% de la superficie, 301.000 hectáreas) y Molinos (208.000 hectáreas, 57,7% del total); mientras en General Lamadrid, La Rioja, son casi 355.000 hectáreas (57,5%).

Le siguen en orden de importancia los casos de Lácar, Neuquén, con 254.000 ha (53,5% de la superficie rural del departamento); San Miguel, Corrientes, con 87.300 ha (50,8%); y Campana, en la zona núcleo de la provincia de Buenos Aires (la más fértil y productiva, 50,4%).

En el orden nacional, el cómputo del RNTR consideró inicialmente una superficie total de 267.679 hectáreas de tierras rurales, pero el área se redujo en 968.000 hectáreas mediante el decreto 820, de junio del 2016, que excluyó del tope de 15% a los terrenos destinados a zonas, áreas o parques industriales.

Ese decreto elevó además al 51% la participación -originalmente estipulada en 30%-, de los extranjeros como titulares del capital social de una persona jurídica con suelos de uso agropecuario entre sus activos.

Esas medidas apuntaron a “facilitar la llegada de inversiones productivas de capital extranjero en todo el país, a través de la regulación de situaciones que no habían sido contempladas en el decreto 274 del 2012”, explicó el actual subsecretario de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia de la Nación, Martín Borrelli.

El decreto buscó asimismo hacer más fluido el comercio de tierras rurales, expandir los negocios agroindustriales y corregir omisiones, ya que la anterior reglamentación de la ley no definía el modo de computar áreas en los casos de dominio desmembrado (cuando existe usucapión, alquiler, usufructo o derecho de superficie).

También se consideraron los casos de adquisiciones en ejecuciones hipotecarias, concursos y quiebras, adjudicaciones por partición de condominio y divorcios, y transmisiones de tierras rurales a herederos forzosos, todo lo cual simplificó los trámites para inversores y escribanos actuantes.

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