Simplifican el procedimiento para la Declaración de Origen en el Mercosur
La Argentina dio un nuevo paso en la modernización de su comercio exterior al reglamentar un mecanismo que permitirá a productores y exportadores emitir de manera directa la Declaración de Origen de las mercaderías destinadas al Mercosur. La medida, oficializada mediante la Resolución 247/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, adapta la normativa nacional al nuevo Régimen de Origen del Mercosur y reemplaza procedimientos más burocráticos por una gestión completamente digital.
La iniciativa se enmarca en la actualización del Régimen de Origen del bloque regional, vigente desde julio de 2024, que promueve herramientas más ágiles para acreditar que un producto cumple con los requisitos necesarios para acceder al tratamiento arancelario preferencial dentro del Mercosur. La resolución establece que la Declaración de Origen podrá ser emitida directamente por el productor o el exportador como alternativa al tradicional certificado de origen, fortaleciendo la facilitación del comercio regional.
El nuevo procedimiento deberá realizarse exclusivamente a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), integrada al Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). Allí, los operadores deberán completar la información exigida por el régimen, firmar digitalmente la declaración y presentarla junto con la documentación correspondiente ante el país importador.
Desde el Gobierno sostienen que el cambio responde a una política de simplificación administrativa orientada a reducir tiempos y costos para las empresas exportadoras, especialmente las pequeñas y medianas, al eliminar intermediaciones y digitalizar completamente el proceso de acreditación del origen de las mercaderías.
La normativa aclara que la Declaración de Origen tendrá carácter de declaración jurada. Esto implica que toda la responsabilidad sobre la veracidad de la información recaerá exclusivamente en el productor o exportador, sin que exista una validación previa por parte de la administración pública. Además, deberá emitirse dentro de los 180 días posteriores a la factura comercial y conservará una vigencia de doce meses desde su generación en la plataforma digital.
Como complemento, los exportadores estarán obligados a conservar durante cinco años toda la documentación que respalde la declaración, incluyendo antecedentes vinculados con la producción, adquisición de insumos, costos, pagos y eventuales procesos de tercerización. Esta obligación busca garantizar la trazabilidad ante eventuales verificaciones de origen realizadas por las autoridades de cualquiera de los Estados Parte.
La resolución también establece un régimen sancionatorio para quienes incumplan las condiciones del sistema. Las irregularidades formales o la declaración incorrecta del origen podrán derivar en suspensiones de hasta 18 meses para emitir nuevas declaraciones, mientras que los casos de reincidencia o fraude podrán implicar la inhabilitación para operar bajo este mecanismo durante un plazo de hasta cinco años. Estas previsiones se alinean con las reglas aprobadas por el Consejo del Mercado Común y con las responsabilidades previstas en el nuevo Régimen de Origen del Mercosur.
La Dirección de Importaciones será la autoridad encargada de supervisar el cumplimiento del sistema y podrá requerir información adicional o realizar inspecciones en los establecimientos involucrados cuando resulte necesario para verificar el origen declarado de los productos.
Desde una perspectiva económica, la implementación de este esquema representa un avance en la digitalización del comercio exterior argentino. Al reducir trámites presenciales y armonizar procedimientos con los estándares vigentes del Mercosur y de la Organización Mundial de Aduanas, el país busca mejorar la competitividad de sus exportaciones y facilitar el acceso de las empresas al mercado regional.
Para provincias con fuerte perfil exportador como Misiones, donde numerosas industrias comercializan alimentos, productos forestales, yerba mate, té y manufacturas hacia Brasil y Paraguay, la simplificación de los procedimientos de origen podría traducirse en menores costos administrativos y mayor agilidad operativa, fortaleciendo la integración económica dentro del bloque regional.
La Resolución 247/2026 entrará en vigencia el 26 de septiembre de 2026, fecha a partir de la cual las Declaraciones de Origen podrán comenzar a emitirse mediante el nuevo procedimiento electrónico.
