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Auditoría integral y retención de subsidios, cómo es el plan oficial para ordenar el sistema de colectivos

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En medio de la polémica por los subsidios al transporte automotor de pasajeros, el Gobierno nacional avanzó con una auditoría integral del sistema de colectivos, que incluye la posibilidad de retener de manera preventiva las compensaciones económicas a aquellas empresas donde se detecten irregularidades. Frente a versiones que señalaban a operadores puntuales, una de las principales compañías del sector, Metropol, salió a aclarar que la medida no está dirigida a una empresa en particular, sino que alcanza a la totalidad de las compañías que integran el sistema.

La decisión forma parte de la estrategia oficial para ordenar el esquema de subsidios, reforzar los controles y garantizar que la asignación de recursos públicos se realice conforme a la normativa vigente, en línea con la política de contención del gasto y transparencia en el uso de fondos estatales.

Alcance de la auditoría y aclaración empresarial

Desde Metropol precisaron que “la auditoría y la eventual retención de subsidios ordenada por la Secretaría de Transporte alcanza a todo el sector y no exclusivamente a la empresa”, al tiempo que remarcaron que no existe ninguna resolución administrativa que disponga una retención focalizada ni que le atribuya irregularidades propias o diferenciales respecto del resto de los operadores.

Según la información oficial difundida por el Gobierno nacional, el proceso en marcha contempla una revisión general del esquema de subsidios, que incluye procedimientos administrativos, sistemas de control y mecanismos de liquidación de las compensaciones. En ese marco, la empresa subrayó que la auditoría no responde a una imputación específica, sino a un proceso de control integral sobre el funcionamiento del sistema de transporte automotor de pasajeros.

Metropol reiteró además su “plena disposición a colaborar con las autoridades competentes”, aportando toda la información requerida en el marco de los procesos de fiscalización y auditoría que se dispongan para el conjunto del sector.

Retención preventiva de fondos y control del sistema SUBE

En paralelo, la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía confirmó que, tras una reunión con las Cámaras de Transporte Automotor Urbano de Pasajeros del AMBA, se resolvió retener de manera transitoria los subsidios a aquellas empresas en las que se hayan detectado irregularidades, hasta tanto se verifique técnicamente lo ocurrido.

La medida se complementa con la instrucción a la Dirección de Fondos Fiduciarios para llevar adelante una auditoría integral sobre el sistema SUBE y los parámetros operativos, no solo respecto de la empresa denunciada sino sobre la totalidad del sistema de transporte. El objetivo es identificar desvíos, corregir fallas y evitar futuras irregularidades en la liquidación de las compensaciones.

El proceso de control contará además con informes técnicos de Nación Servicios S.A. y de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), basados tanto en el análisis de la información del sistema como en fiscalizaciones prácticas y presenciales en las unidades de colectivos.

Contexto político e institucional de la medida

Las decisiones se enmarcan en la política anunciada por el Secretario Coordinador de Infraestructura, Carlos Frugoni, y el Secretario de Transporte, Fernando Herrmann, durante el encuentro mantenido el lunes pasado con las cámaras empresarias del sector. El eje central es garantizar que la distribución de los subsidios se realice conforme a la normativa vigente, asegurando la transparencia, la trazabilidad y la exactitud en la asignación de los recursos públicos.

En un contexto de fuerte debate sobre el peso de los subsidios al transporte en las cuentas públicas, la auditoría integral aparece como una herramienta clave para reordenar el sistema, despejar suspicacias sobre tratamientos diferenciales y sentar las bases de un esquema más controlado y previsible.

Repercusiones y posibles impactos

Para las empresas, el proceso implica una mayor exigencia en materia de cumplimiento operativo y administrativo, con impacto directo en la liquidez en caso de retenciones preventivas. Para el Estado, la auditoría busca mejorar la eficiencia del gasto, reducir riesgos de irregularidades y fortalecer la legitimidad del sistema de compensaciones.

En el plano institucional, el alcance general de la auditoría —confirmado tanto por el Gobierno como por las propias compañías— apunta a desactivar tensiones sectoriales y a evitar que el proceso sea interpretado como una acción selectiva. El resultado final del control será determinante para definir eventuales correcciones en el esquema de subsidios y en la operatoria del transporte público en el AMBA.

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Fracaso salarial entre la UTA y las empresas en AMBA: audiencia clave el 30 de enero

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La negociación paritaria entre la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y las cámaras empresarias del transporte volvió a fracasar este martes en la Secretaría de Trabajo. El gremio rechazó la propuesta salarial presentada por las empresas, la consideró insuficiente y advirtió que, si no hay acuerdo en la próxima audiencia convocada para el viernes 30 de enero a las 11 horas, anunciará medidas de fuerza. El conflicto se da en un contexto de restricciones financieras del sistema de transporte, debate por subsidios y cambios recientes en la conducción del área laboral.

El salario básico del sector se ubica actualmente en $1.370.000, aunque se compone de distintos adicionales. El reclamo sindical apunta a elevar ese piso por encima de los $1.550.000, mientras que la oferta empresaria, que ronda el 1%, fue descartada de plano por la UTA por no cubrir la pérdida de poder adquisitivo ni la situación económica de los trabajadores.

Un nuevo fracaso paritario y una audiencia clave el 30 de enero

El encuentro desarrollado desde las 14:30 horas constituyó la tercera reunión paritaria entre las partes y concluyó sin avances. Desde la UTA confirmaron que, si bien se postergó un paro inmediato, la tregua está atada al resultado de la próxima audiencia fijada para el viernes 30 de enero a las 11 horas.

En un comunicado difundido tras la reunión, el sindicato advirtió que “resulta imposible pasar por alto que los trabajadores y trabajadoras del transporte automotor de pasajeros atraviesan una situación económica sumamente delicada, con necesidades urgentes e inmediatas de cobertura”, y remarcó que esta realidad “no admite más dilaciones ni respuestas evasivas”.

La organización gremial también cuestionó la postura empresaria al señalar que “las entidades empresarias conocieron el pedido salarial, lo asumieron como viable y manifiestan no acceder al mismo por no contar con los fondos suficientes para hacerle frente”. No obstante, aclararon que, “al solo efecto conciliatorio y en la búsqueda de mantener la paz social”, aceptaron concurrir a una nueva audiencia, aunque dejaron explícito que, de no alcanzarse un acuerdo, “se anunciarán inmediatamente medidas de acción gremial”.

Empresas sin margen financiero y el debate por subsidios y tarifas

Del lado empresario, las cámaras reiteraron que no cuentan con fondos para afrontar el aumento salarial solicitado. Según sostienen, una mejora de ese nivel solo sería posible mediante un incremento de los subsidios al transporte o una actualización de las tarifas, dos variables que dependen de definiciones oficiales.

En la mesa de negociación participaron representantes de la UTA y de las principales cámaras del sector: la Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (Aaeta), la Cámara Empresaria del Autotransporte de Pasajeros (CEAP), la Cámara Empresaria del Transporte Urbano de Buenos Aires (Cetuba), la Cámara del Transporte de la Provincia de Buenos Aires (Ctpba) y la Cámara de Empresarios Unidos del Transporte Urbano de Pasajeros de Buenos Aires (Ceutupba).

La falta de acuerdo expone la tensión estructural del sistema de transporte de pasajeros, atravesado por costos crecientes, discusión salarial y una fuerte dependencia del esquema de subsidios. En este marco, las empresas advierten que cualquier recomposición salarial sin respaldo financiero pone en riesgo la sostenibilidad operativa del servicio.

Cambios en Trabajo y una negociación bajo presión política e institucional

Las negociaciones se desarrollan, además, en un contexto de cambios recientes en la Secretaría de Trabajo. El pasado miércoles, el arquitecto Fernando Herrmann reemplazó a Luis Pierrini y quedó como la nueva cara visible del organismo en la conducción de las discusiones salariales con los gremios del transporte y en el reclamo empresario por la actualización de subsidios.

Este recambio institucional agrega un componente adicional de expectativa y presión sobre la audiencia del 30 de enero, que aparece como un punto de inflexión. De no destrabarse el conflicto, el anuncio de un paro por parte de la UTA podría afectar de manera directa la movilidad urbana y el funcionamiento cotidiano de millones de usuarios, con impacto económico y social inmediato.

Mientras tanto, el escenario permanece abierto: las empresas sostienen que no tienen margen financiero, el gremio considera insuficiente la oferta del 1%, y el Gobierno deberá arbitrar entre la contención del conflicto, la política de ingresos y la sustentabilidad del sistema de transporte.

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Más desregulación en transporte: empresas podrán elegir cómo identificar equipajes y encomiendas

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Con la Resolución 4/2026, la Secretaría de Transporte aprobó un nuevo Régimen de Identificación y Trazabilidad de Equipajes y Encomiendas que desregula el esquema vigente desde 2016. La medida habilita a las empresas a elegir libremente mecanismos documentales o tecnológicos para vincular equipaje y pasajero, deroga el uso obligatorio de fajas físicas y apunta a simplificar costos, modernizar controles y alinear el sector con los principios de desregulación establecidos por el DNU 70/2023.

La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía avanzó con una reforma estructural en el transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional. A través de la Resolución 4/2026, publicada el 13 de enero de 2026 y firmada por el secretario Luis Octavio Pierrini, se aprobó un nuevo Régimen de Identificación y Trazabilidad de Equipajes y Encomiendas, que reemplaza el sistema obligatorio de marbetes y fajas físicas establecido en 2016 y profundiza el proceso de desregulación del sector.

La norma, que entrará en vigencia a los sesenta (60) días de su publicación en el Boletín Oficial, se inscribe en el marco del decreto 883/2024, que redefinió el régimen jurídico del transporte interjurisdiccional, y del DNU 70/2023, que ordenó “la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria” y la eliminación de exigencias que distorsionen los precios de mercado.

Fin del sistema único y libertad tecnológica para las empresas

El eje central de la resolución es la eliminación de la obligación de utilizar dispositivos físicos estandarizados, como marbetes y fajas con especificaciones técnicas predeterminadas, que regían bajo la resolución 74-E/2016, ahora formalmente derogada junto con su modificatoria 147/2018.

En su lugar, el nuevo régimen establece un principio de libertad de condiciones. Según el artículo 2°, los transportistas podrán definir “libremente las características técnicas y de diseño de los dispositivos documentales y/o tecnológicos” que utilicen para la trazabilidad del equipaje y las encomiendas, siempre que se garantice “su seguridad e inviolabilidad”.

El Anexo I de la resolución detalla que la identificación podrá realizarse mediante, entre otros mecanismos:

  • códigos impresos en el pasaje,
  • códigos QR o electrónicos asociados,
  • registros digitales en sistemas de ticketing,
  • etiquetas impresas por la propia empresa,
  • o cualquier otro dispositivo verificable que asegure la vinculación inequívoca entre pasajero y equipaje o encomienda.

Además, se aclara que el equipaje no identificado no podrá ser ingresado a la unidad de transporte, sin derecho a compensación alguna, y que en el caso de encomiendas no será obligatorio el uso de fajas físicas.

Control estatal enfocado en resultados, no en el formato

Si bien la norma avanza en desregulación operativa, mantiene el control estatal sobre la efectividad del sistema. El artículo 3° asigna a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) la tarea de fiscalizar la trazabilidad efectiva entre equipajes y pasajeros, “priorizando el control sobre el dispositivo y su seguridad más allá de las especificaciones técnicas de los instrumentos físicos”.

De este modo, el Estado deja de imponer un formato único y pasa a evaluar resultados verificables, en línea con los principios del DNU 70/2023, que promueve la libre iniciativa privada y la eliminación de barreras regulatorias innecesarias.

En materia de derechos del usuario, la resolución mantiene vigente el esquema de indemnizaciones. Ante la pérdida, deterioro total o parcial del equipaje, seguirán aplicándose las compensaciones previstas en la Resolución 47/1995, o la normativa que en el futuro la reemplace.

Impacto económico e institucional: costos, modernización y transición

Desde el punto de vista económico, la medida apunta a reducir costos operativos para las empresas de transporte, que ya no estarán obligadas a adquirir insumos físicos homologados, y a facilitar la incorporación de soluciones digitales, con mayor flexibilidad para adaptarse a distintos modelos de negocio.

En términos institucionales, la resolución profundiza el cambio de enfoque iniciado con el decreto 883/2024, que creó el Registro Nacional del Transporte Automotor de Pasajeros y consolidó a la Secretaría de Transporte como Autoridad de Aplicación del sistema. El nuevo régimen también exige a las empresas informar a la CNRT y a la Subsecretaría de Transporte Automotor los mecanismos adoptados dentro de los treinta (30) días previos a la entrada en vigencia, bajo apercibimiento de sanciones.

El impacto alcanzará tanto a los servicios interjurisdiccionales como a los de carácter urbano y suburbano de jurisdicción nacional, y obligará a una etapa de adecuación operativa, especialmente para las empresas que aún no cuentan con sistemas digitales de identificación y trazabilidad.

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Transporte: prorrogan requisitos de ESC y EBS por falta de laboratorios y pedidos del sector

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La Subsecretaría de Transporte Automotor dispuso nuevas excepciones hasta 2027 para la implementación del Control Electrónico de Estabilidad (ESC) y del Sistema Electrónico de Freno (EBS) en vehículos de las categorías M, N y O. La medida responde a pedidos de fabricantes y cámaras empresarias ante la falta de laboratorios nacionales reconocidos para validar ensayos obligatorios. Regirá hasta el 1° de enero de 2027.

El núcleo de la medida: prórroga y excepciones para ESC y EBS

Mediante la Disposición 4/2025, publicada el 27 de noviembre de 2025, el Ministerio de Economía —a través de la Subsecretaría de Transporte Automotor— dispuso nuevas excepciones y prórrogas en la aplicación de dos sistemas de seguridad obligatorios en vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga: el Control Electrónico de Estabilidad (ESC) y el Sistema Electrónico de Freno (EBS).

La norma establece que, hasta el 1° de enero de 2027, quedarán exceptuados del ESC los vehículos de carga con Peso Bruto Total mayor a 3,5 toneladas, con más de tres ejes y configuraciones de tracción 4×4, 6×4 (no bitrén), 6×6, 8×2, 8×4 y 8×6, además de los vehículos de propósito especial y los ómnibus de la categoría M3, salvo los doble piso, que mantienen aplicación vigente.

Asimismo, dispone la excepción del EBS para las categorías M2, M3, N2, N3, O3 y O4, también hasta 2027, con las mismas excepciones para los ómnibus doble piso M3 y los bitrenes N3.

La medida se dicta bajo las facultades conferidas por la Ley 24.449, su decreto reglamentario 779/1995, el decreto 196/2025, y el decreto 50/2019.

Las razones oficiales: falta de laboratorios reconocidos, pedidos del sector privado y criterios técnicos de seguridad

El texto reconoce que la prórroga vuelve a ser necesaria debido a que “a la fecha aún no se cuenta con laboratorios nacionales con reconocimiento de métodos de prueba alternativos”, según indicó la Subsecretaría de Gestión Productiva en la nota NO-2024-87651691-APN-SSGP#MEC.

El INTI, responsable de la validación técnica, confirmó que “continúa trabajando junto a los laboratorios con el fin de resolver la situación”, lo cual ya había motivado una postergación previa —hasta el 1° de julio de 2025— mediante la disposición 2/2024.

Además, la Subsecretaría de Transporte Automotor recibió dos solicitudes formales del sector productivo:

La Cámara Argentina de Fabricantes de Acoplados y Semirremolques (CAFAS)

Pidió extender la postergación del ESC y del EBS ante “la necesidad de adecuación del sector y la imposibilidad técnica de validar métodos de ensayo”.

La empresa Agrale Argentina SA

Solicitó la prórroga para avanzar con la obtención de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) de la unidad eléctrica YAXING JS6690GHBEV/AGRALE MA 6.0 LEe, cuya tramitación depende del marco normativo prorrogado.

El respaldo técnico central provino de la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, que sostuvo: “Visto los avances tecnológicos en sistemas de frenos y las continuas prórrogas, resulta oportuno dar lugar a una nueva extensión del plazo”. Recomendó aplicar la prórroga a categorías O4 y O3 y extender excepciones para configuraciones pesadas. Señaló que, hasta que existan métodos de prueba reconocidos, los fabricantes deberán presentar una Declaración Jurada avalada por un laboratorio nacional aprobando la instalación y funcionamiento de ABS, EBS y ESC.

La Comisión también destacó la importancia del equilibrio entre actualización normativa, condiciones técnicas y seguridad vial.

Impacto en la industria, el transporte y la agenda regulatoria

La prórroga hasta 2027 tiene efectos directos sobre:

Fabricantes e importadores

Podrán continuar comercializando unidades sin ESC ni EBS en las categorías exceptuadas, siempre bajo Declaración Jurada supervisada por el INTI y la autoridad de aplicación.

Transportistas de carga pesada

Las configuraciones de hasta 8 ejes podrán seguir operando sin modificaciones estructurales inmediatas.

Transporte de pasajeros

Solo los ómnibus doble piso M3 mantienen obligatoriedad vigente, lo que preserva estándares de seguridad en vehículos de mayor riesgo operativo.

Normativa futura

La medida reabre el debate sobre los plazos de implementación de tecnologías de seguridad obligatorias, las capacidades del sistema científico-tecnológico nacional y el alineamiento con estándares internacionales.

El sector aguarda definiciones sobre la entrada en vigencia plena del IF-2025-26816697-APN-SSTAU#MEC, que sustituyó el Anexo B del decreto 779/1995 y establece los procedimientos de ensayos para obtener la LCM y la LCA.

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Economía eliminó aranceles del transporte y derogó normas ferroviarias en plena desregulación

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Economía eliminó aranceles históricos del transporte y derogó normas clave del sistema ferroviario en plena desregulación

El Ministerio de Economía oficializó las Resoluciones 1878/2025 y 1879/2025, publicadas este 25 de noviembre de 2025, que eliminan aranceles vigentes desde la década del 90 y derogan normas centrales del esquema ferroviario heredado de la Emergencia Ferroviaria de 2003.

Las medidas se inscriben en el proceso de desregulación y simplificación iniciado con el Decreto 70/2023 y profundizado por los decretos dictados durante 2024 y 2025.

El impacto es directo sobre los operadores de transporte automotor y ferroviario, los regímenes de fiscalización de la CNRT y las concesionarias privadas de las líneas Urquiza y Belgrano Norte.

Eliminación de aranceles del transporte automotor y cambios en registros y fiscalización (Resolución 1878/2025)

La Resolución 1878/2025 del Ministerio de Economía abroga un conjunto de normas históricas que fijaban aranceles para trámites vinculados a la inscripción, habilitación y fiscalización de servicios de transporte automotor de pasajeros y cargas.

En esta decisión, el Ministerio elimina los aranceles creados por: Resolución 1104/1992 del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. Resolución 433/1992 de la Secretaría de Transporte. La Resolución 175/1995 de la Secretaría de Transporte. Resolución 2/2001 de la Secretaría de Transporte del entonces Ministerio de Infraestructura y Vivienda.

Además, la resolución deroga artículos centrales de la Resolución 433/2022, que establecían el pago de aranceles para el Permiso Originario del transporte internacional de cargas por carretera, regulado bajo el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).

Según los considerandos, la Subgerencia de Contabilidad, Presupuesto y Recaudaciones de la CNRT concluyó que la eliminación de estos aranceles “no afecta la eficiencia y eficacia de la fiscalización”, en línea con la política de “eficiencia, equidad, simplificación y apertura” definida para el sector.

Impacto institucional

La decisión se apoya en un marco jurídico amplio que va desde la Ley 12.346 (regulación del transporte automotor de pasajeros), la Ley 24.653 (transporte de cargas), y los decretos de reorganización del sistema dictados entre 1996 y 2024, hasta el reciente Decreto 883/2024 sobre transporte interjurisdiccional.

La medida consolida la unificación de registros y procedimientos iniciada con las Resoluciones 57/2024 y 2/2025 de la Secretaría de Transporte. Que crearon el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros.

Repercusiones esperadas

Transportistas y empresas automotoras: se reducen costos administrativos al eliminarse los aranceles para trámites de habilitación.

CNRT: deberá sostener su capacidad de control sin ingresos por aranceles regulatorios.

Operadores internacionales de cargas: se desregula el proceso para permisos originarios bajo el ATIT.

Derogación de la Resolución 126/2003 y revisión del esquema ferroviario (Resolución 1879/2025)

En paralelo, la Resolución 1879/2025 elimina la Resolución 126/2003 del entonces Ministerio de la Producción, una norma clave del período de Emergencia Ferroviaria declarada por el Decreto 2075/2002.

Aquella resolución había articulado los mecanismos de emergencia con el Sistema Ferroviario Integrado (SIFER), los planes de seguridad y los regímenes de compensaciones en un contexto donde todas las líneas metropolitanas estaban concesionadas.

El Ministerio justifica la derogación en la transformación estructural del sistema desde 2003, marcada por: La creación de la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado mediante la Ley 26.352. La finalización de numerosos contratos de concesión. La persistencia de solo dos operadores privados: Metrovías S.A. (Línea Urquiza) y Ferrovías S.A.C. (Belgrano Norte).

Ambas empresas tienen sus plazos de operación prorrogados por 60 días mediante las Resoluciones 62/2025 y 63/2025. Tras el vencimiento de los plazos establecidos en las Resoluciones 999/2024 y 1000/2024.

Un sistema en revisión estructural

La medida se dicta bajo la vigencia del Decreto 525/2024, que declaró la Emergencia Pública en materia Ferroviaria por 24 meses. Y del Decreto 526/2024, que ordena una revisión integral de todas las normas y procesos de mantenimiento y seguridad del sistema ferroviario.

La eliminación de la Resolución 126/2003 responde a la necesidad de ajustar el sistema normativo a un escenario actual donde las condiciones de operación, control y definición tarifaria resultan distintas a las del esquema vigente hace dos décadas.

Sectores afectados

Concesionarias privadas: deberán adecuarse a los nuevos lineamientos en materia de compensaciones y mantenimiento.

Estado nacional: abre un proceso de reordenamiento bajo una lógica de simplificación y desregulación.

Usuarios metropolitanos: el impacto final dependerá de las revisiones tarifarias y de seguridad que surjan de la emergencia ferroviaria.

Un movimiento coordinado hacia la desregulación integral del transporte

Ambas resoluciones reflejan una línea de acción coherente con los objetivos establecidos en el Decreto 70/2023. Que apunta al “reordenamiento integral de la economía y reformulación de regímenes jurídicos”.

La eliminación de aranceles administrativos y la derogación de normas ferroviarias históricas avanzan en un mismo sentido: desmontar estructuras regulatorias consideradas obsoletas o incompatibles con la política de simplificación del Estado.

Aunque las medidas reducen costos burocráticos para empresas de transporte. También desplazan al sistema hacia un modelo donde la fiscalización deberá sostenerse sin ingresos por aranceles. Y bajo un esquema de emergencia que revisa integralmente la seguridad ferroviaria.

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