transporte marítimo

La ANPyN extendió el descuento del 16,7% en el peaje del Canal Martín García

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso una nueva bonificación del 16,7% en la tarifa de peaje para los buques que utilicen el Canal Martín García, en el tramo comprendido entre las Secciones 0.0 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida, formalizada por la Resolución 6/2026, rige desde el 3 de febrero de 2026 y por 40 días corridos, y busca preservar las condiciones de navegabilidad y ordenar el tráfico en un corredor estratégico para el comercio exterior argentino.

Marco normativo y continuidad de la política de bonificaciones

La resolución se inscribe en una secuencia regulatoria iniciada con los Decretos 427/2021, 699/2024 y 709/2024, que definieron el esquema de concesión, declararon servicio público a las actividades de dragado, balizamiento y control hidrológico, y habilitaron el llamado a licitación bajo el régimen de concesión de obra pública por peaje y/o servicio público conforme a la Ley 17.520.

Posteriormente, el DNU 3/2025 creó la ANPyN como ente autárquico, con personería jurídica y capacidad para actuar en el derecho público y privado, y la estableció como continuadora jurídica de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables. En ese marco, la Agencia asumió las facultades de Autoridad de Aplicación y Control del contrato de modernización, ampliación, operación y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal, que se extiende desde el kilómetro 1238 del río Paraná (Confluencia) hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior, incluyendo el Canal Ingeniero Emilio Mitre y los tramos Paraná de las Palmas, Bravo, Guazú, Talavera y Paraná–Océano Atlántico.

La bonificación ahora prorrogada da continuidad a las establecidas por las Resoluciones 56/2025 y 65/2025, y a su renovación por Resolución 1/2026, que habían fijado el mismo descuento por plazos acotados. El vencimiento de ese esquema y la evaluación de resultados motivaron la nueva extensión temporal.

Alcance operativo y objetivos de la medida

La bonificación del 16,7% se aplica en ambos sentidos del tramo Sección 0.0 a Sección 1.2 del contrato vigente, exclusivamente para buques que utilicen el Canal Martín García. Según los considerandos, el objetivo central es mantener las condiciones de navegabilidad y optimizar el ordenamiento del tráfico en el Río de la Plata, en un contexto de reordenamiento de las actividades de mantenimiento y control hidrológico.

Desde el punto de vista institucional, la medida reafirma el rol de la ANPyN como autoridad técnica y regulatoria, al tiempo que articula con la Administración General de Puertos S.A.U. (en liquidación), que tomó intervención en el proceso. La decisión se adoptó con la intervención del servicio jurídico permanente, y se dictó en ejercicio de las facultades conferidas por el DNU 3/2025.

Impacto y proyección

En términos económicos, la prórroga del descuento reduce costos operativos para los buques que transitan el canal bonificado, con impacto directo en la competitividad logística del sistema fluvial y marítimo. Al tratarse de un corredor clave para la salida de cargas, la medida puede mejorar la previsibilidad de costos en el corto plazo y evitar desvíos de tráfico hacia rutas alternativas más onerosas.

La naturaleza temporal —40 días corridos desde el 3 de febrero de 2026— deja abierta la evaluación de nuevas prórrogas o ajustes en función de los resultados operativos y del avance del proceso licitatorio y de transición del contrato de concesión. En ese sentido, el esquema de bonificaciones aparece como una herramienta de gestión transitoria, alineada con el objetivo de regularidad, continuidad y eficiencia del servicio público de la Vía Navegable Troncal.

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La ANPyN extiende la rebaja del 16,7% en el peaje del Canal Martín García

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso una nueva bonificación del 16,7% en la tarifa de peaje para los buques que utilicen el Canal Martín García, aplicable al tramo comprendido entre las secciones 0.0 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida fue formalizada mediante la Resolución 1/2026, publicada el 8 de enero de 2026, con efecto retroactivo al 4 de enero y una vigencia de 30 días corridos, en continuidad con las rebajas ya otorgadas en noviembre y diciembre de 2025. El objetivo es sostener las condiciones de navegabilidad, ordenar el tráfico y acompañar el proceso de reorganización institucional del sistema portuario y de vías navegables.

Continuidad operativa en la Vía Navegable Troncal

La decisión se inscribe en un esquema de administración transitoria de la Vía Navegable Troncal, cuya concesión para el mantenimiento del sistema de señalización, dragado, redragado y control hidrológico fue otorgada en 2021 a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado por el Decreto 427/2021. Posteriormente, el Decreto 699/2024 declaró servicio público a las actividades vinculadas al dragado, balizamiento y señalización de las vías navegables de jurisdicción nacional.

En agosto de 2024, el Decreto 709/2024 delegó en la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la facultad de llamar y adjudicar la licitación pública nacional e internacional para la modernización y operación del sistema, bajo el régimen de concesión previsto en la Ley 17.520. En ese marco, se dispuso una revisión integral del contrato de concesión firmado el 2 de septiembre de 2021, aprobada luego por las Disposiciones 24 y 28 de octubre de 2024.

Con la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación mediante el DNU 3/2025, el Estado reordenó el esquema institucional: la ANPyN pasó a ser la continuadora jurídica de la ex Subsecretaría y asumió las funciones de autoridad de aplicación y control del contrato de la Vía Navegable Troncal, mientras se dispuso la disolución y liquidación de la AGP S.A.U.

La bonificación del Canal Martín García: alcance y fundamentos

En ese contexto operativo y regulatorio, la ANPyN había resuelto en noviembre de 2025 una bonificación temporaria del 16,7% en el peaje del Canal Martín García, por 30 días desde el 5 de noviembre, medida que fue renovada en diciembre por un período idéntico. La Resolución 1/2026 extiende nuevamente el beneficio, con carácter retroactivo desde el 4 de enero de 2026, y por 30 días corridos desde su entrada en vigencia.

El descuento aplica en ambos sentidos del trayecto comprendido entre las secciones 0.0 a 1.2 del contrato de concesión y alcanza a todos los buques que utilicen el Canal Martín García. La decisión apunta a mantener la competitividad del corredor, facilitar el ordenamiento del tráfico en el Río de la Plata y acompañar las tareas de mantenimiento de la navegabilidad en un período de transición institucional.

Impacto económico

La reiteración de la bonificación tiene efectos directos sobre los costos logísticos de los usuarios del sistema fluvial, en un corredor clave para el comercio exterior y el transporte regional. En términos institucionales, la medida refuerza el rol de la ANPyN como autoridad rectora del sistema, al tiempo que garantiza continuidad operativa mientras avanzan los procesos licitatorios y de reorganización previstos por los decretos vigentes.

En el corto plazo, el esquema de rebajas temporarias sugiere una estrategia de gestión activa del peaje para sostener el flujo de tránsito y evitar distorsiones en la elección de rutas. Hacia adelante, el impacto dependerá de la definición del nuevo contrato de concesión y de las condiciones económicas que establezca la futura licitación para la Vía Navegable Troncal.

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Fin de la bonificación ZAP: nuevo esquema de costos en el Puerto Buenos Aires

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La Administración General de Puertos S.A.U. (AGP) resolvió derogar la bonificación del cien por ciento (100%) aplicada al cargo de la Zona de Apoyo Portuario (ZAP) para los contenedores llenos que ingresan a las terminales concesionadas del Puerto Buenos Aires, mediante la Resolución 148/2025, dictada el 23 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 26 de diciembre.

La medida entrará en vigencia el 1° de enero de 2026 y marca un cambio relevante en el esquema tarifario portuario, con impacto directo sobre la operatoria logística y la estructura de costos del sistema.

La decisión se inscribe en el nuevo enfoque de explotación privada de la infraestructura portuaria, impulsado por la Ley de Bases N° 27.742, y busca garantizar la sustentabilidad económica y financiera de la Zona de Apoyo Portuario, cuya operación fue transferida a un permisionario privado.

Antecedentes del sistema ZAP y evolución del esquema tarifario

El Sistema de Control de Tránsito Vehicular Portuario (CTVP) fue implementado en 2012 con el objetivo de ordenar el preingreso de camiones a las terminales portuarias y evitar interferencias con la circulación externa, en cumplimiento del Artículo 47 del Pliego de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/93 para la concesión de las terminales de Puerto Nuevo.

En octubre de 2017, la entonces AGP asumió la gestión operativa de la Zona de Apoyo Portuario, estableciendo un cargo tarifario de US$ 10 más IVA por cada contenedor lleno de 20 o 40 pies que ingresara o egresara de las terminales concesionadas. Dicho monto debía ser facturado y recaudado por las terminales, por cuenta y orden de la AGP, bajo el concepto “ZAP”.

Posteriormente, a partir del 1° de octubre de 2018, se dispuso una bonificación del 100% del cargo para los contenedores llenos ingresados a las terminales, esquema que fue mantenido —con distintas adecuaciones normativas— hasta la actualidad.

En 2023, el valor del cargo ZAP fue actualizado a US$ 14,50, importe que se mantiene vigente, aunque neutralizado por la bonificación total ahora derogada.

Cambio de política: explotación privada y necesidad de sustentabilidad financiera

La Resolución 148/2025 fundamenta la eliminación de la bonificación en el cambio de paradigma en la gestión portuaria, alineado con las políticas públicas que promueven que los agentes privados asuman actividades previamente desarrolladas por el Estado.

En ese marco normativo, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/25 creó la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) y el Decreto N° 602/25 fijó los lineamientos del proyecto de infraestructura portuaria. En consonancia con esas directrices, la AGP otorgó a Terminales Río de la Plata S.A. un Permiso de Uso de la Zona de Apoyo Portuario, transfiriendo la operación y explotación integral del sector al permisionario.

Según el texto oficial, para asegurar la viabilidad económica de esa explotación privada, resulta indispensable contar con los recursos generados por la tarifa ZAP, lo que torna incompatible la continuidad de una bonificación total sobre el cargo. Por ese motivo, se dispuso la derogación expresa del apartado que establecía el beneficio del 100% para cada contenedor lleno de 20 o 40 pies.

Impacto operativo y repercusiones en la actividad portuaria

Con la entrada en vigencia de la resolución el 1° de enero de 2026, los contenedores llenos que ingresen a las terminales concesionadas del Puerto Buenos Aires volverán a estar alcanzados por el cargo ZAP, actualmente fijado en US$ 14,50, conforme a la normativa vigente.

Desde una perspectiva económica, la medida implica un reordenamiento de los costos logísticos asociados al tránsito portuario, al tiempo que refuerza un esquema en el que la infraestructura y los servicios de apoyo deben autofinanciarse. En términos institucionales, consolida el rol del sector privado en la operación de áreas clave del sistema portuario, bajo supervisión estatal.

La resolución también establece las notificaciones formales a Terminales Río de la Plata S.A. y Terminal 4 S.A., y ordena su comunicación a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, reforzando la articulación entre los organismos del nuevo esquema portuario.

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