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La Corte dejó firme la condena a los transportistas y volvieron a prisión

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La Corte Suprema sumó un nuevo capítulo al escándalo judicial que se desató hace unas semanas cuando el Superior Tribunal de Justicia pidió que se investigue si no hubo una irregularidad en la decisión de un tribunal inferior de liberar a dos transportistas condenados a 20 años de cárcel por abuso sexual de menores.

En un fallo firmado hoy, los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco desestimó la queja de los abogados de los transportistas por “inadmisible” y deberán volver a cumplir la condena. Esta misma noche Fabio Durán (37) y Lucía Olmo (63) fueron detenidos.

El fallo cita el artículo 280 del Código Civil y Comercial de la Nación que determina que no hubo en el caso traído a consideración de la Corte, elemento que haga que deba analizar la causa. A su vez, es confirmatorio de la sentencia que motivó la queja.

La Corte entendió que hubo debido proceso, que no se violó el derecho de defensa y que los hechos que motivaron la condena, tuvieron suficiente prueba, por lo que mal puede invocarse una arbitrariedad en la sentencia.

De este modo, se ratificó la decisión del Superior Tribunal de Justicia de Misiones, que ya había dejado firme la sentencia inicial que luego fue cuestionada por el tribunal conformado por César Yaya, Marcelo Cardozo y César Jiménez, quienes consideraron que la sentencia no estaba firme y por lo tanto, los transportistas condenados por el abuso sexual de menores, debían quedar en libertad.

Los jueces consideraron que pese a la ratificación del Superior Tribunal, la condena no estaba firme porque la Corte demoraba su fallo. La máxima instancia judicial misionera, en cambio, sostenía que el fallo ya estaba firme y que nunca debieron ser liberados por el recurso de queja, ya que “por definición, no suspende el proceso”, salvo decisión final de la misma Corte Suprema.

“Las garantías constitucionales se resguardaron con los dos fallos anteriores”, aseguró un ministro del STJ al enterarse que la Corte había ratificado la posición del cuerpo.

Otro ministro indicó que  “si bien la decisión de la Corte le da respaldo a lo actuado por el Tribunal original y a nuestra actuación como Casación, la solución dada por el Tribunal Ad Hoc de excarcelar a los sentenciados no tiene que ver con esa decisión que se justificó por el tiempo que pasaron detenidos sin sentencia firme. Es un tema discutible y opinable según el lado de la biblioteca. En este caso los procesados detenidos estaban sentenciados y estaba agotada la instancia Provincial. No era que nada se hizo durante ese tiempo”.

Uno de los jueces que ordenó la liberación de los dos acusados se mostró tranquilo con la decisión de la Corte. “Rechazaron la queja. No tiene nada que ver con nuestra decisión que no hubiera existido si se hubiera tratado en tiempo y forma”, explicó.

Ahora los transportistas deberán volver a cumplir la totalidad de la condena y se descuenta de la condena el tiempo de detención previo.

El fallo de la polémica se conoció el 5 de abril. Ese día, Jiménez, Yaya y Cardozo, en el Tribunal Penal 2, decidieron la excarcelación de Durán y Olmo.

Madre e hijo fueron condenados en noviembre de 2011 a 20 años de prisión por el abuso de dos niños de 4 y 5 años, clientes del transporte escolar que manejaban. La fiscal del caso fue Liliana Picazo, flamante nominada a integrar el Superior Tribunal de Justicia. Ella pidió 20 años para los transportistas, condena que finalmente recibieron los acusados. El fallo fue ratificado por el STJ en mayo de 2014. La Corte misionera actuó como cámara de casación, función encomendada por la Constitución provincial, para que los fallos penales tengan la necesaria revisión.

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Excarcelación de transportistas: Giménez decidió desestimar la investigación a tres jueces

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Finalmente se frenó el escándalo judicial que se desató después de que el Superior Tribunal de Justicia impulsara una investigación contra tres jueces por la excarcelación de los transportistas condenados a 20 años por abuso sexual. El juez Carlos Giménez decidió desestimar la investigación contra sus pares Marcelo Cardozo, César Yaya y César Jiménez, quienes ordenaron la liberación de madre e hijo condenados por abuso sexual por “falta de sentencia firme”. En el STJ habían considerado –por mayoría- que los magistrados ignoraron un fallo del Alto cuerpo que había dejado firme la condena en primera instancia, que ahora está siendo revisada por la Corte.

Giménez no llegó a la cuestión de fondo –si hubo o no una irregularidad del Tribunal- y simplemente se remitió al artículo 140 de la Constitución provincial que determina que los jueces “no podrán ser acusados, interrogados judicialmente ni molestados por las opiniones que emitan en sus fallos, resoluciones o dictámenes, excepto en el caso de ser sorprendidos ‘in-fraganti’ en la ejecución de un delito que merezca pena corporal”.

Ahora solo restará esperar el fallo de la Corte Suprema para saber si los transportistas volverán o no a cumplir la condena. Hasta ahora, trascendió que dos ministros ya firmaron su sentencia, mientras que estaba al salir la de Elena Hghton de Nolasco, quien ahora se tomó licencia después de su voto en el escándalo del 2×1 que benefició a un genocida.

La decisión de Giménez fue en línea con la defensa de los tres jueces que acusaron al STJ de “intromisión”. Alegaron que ni siquiera el abogado defensor de las familias denunciantes se opuso a la excarcelación de los condenados. “Acá hay un abuso sin derecho. Están revisando una cuestión jurisdiccional. Nuestro fallo ni siquiera fue apelado”, opinó uno de los jueces investigados, aunque prefirió reservar su nombre.

El fallo de la polémica se conoció el 5 de abril. Ese día, Jiménez, Yaya y Cardozo, en el Tribunal Penal 2, decidieron la excarcelación de Durán y Olmo.

Madre e hijo fueron condenados en noviembre de 2011 a 20 años de prisión por el abuso de dos niños de 4 y 5 años, clientes del transporte escolar que manejaban. La fiscal del caso fue Liliana Picazo, flamante nominada a integrar el Superior Tribunal de Justicia. Ella pidió 20 años para los transportistas, condena que finalmente recibieron los acusados. El fallo fue ratificado por el STJ en mayo de 2014. La Corte misionera actuó como cámara de casación, función encomendada por la Constitución provincial, para que los fallos penales tengan la necesaria revisión.

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El Superior Tribunal de Justicia ordenó investigar a tres jueces por desconocer un fallo

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El Superior Tribunal de Justicia instó al Procurador Miguel Ángel Piñero a que inicie una investigación contra tres jueces inferiores por desconocer una sentencia ratificada por el máximo organismo judicial de Misiones. El conflicto, calificado de gravedad institucional, envuelve a los jueces César Jiménez, César Yaya y Marcelo Cardozo, quienes hace algunas semanas decidieron la excarcelación de Fabio Durán y Lucía Olmo, los transportistas acusados de abuso y que habían sido condenados en primera instancia por otro tribunal.

Los magistrados entendieron que había “mora judicial” y que después de ocho años no había una sentencia firme contra los acusados.

El STJ comenzó a analizar el caso el 24 de abril y por decisión de la mayoría, entendió que los magistrados habían desconocido un fallo de la propia Corte misionera, que, como máximo organismo judicial, había ratificado la condena de primera instancia. Es decir, que “había dos sentencias previas” que los jueces no podían desconocer.

El caso fue elevado en apelación a la Corte Suprema y ya habría por lo menos un voto –el de Elena Highton de Nolasco, la misma ministra que votó a favor del 2×1 para los genocidas-, por lo que en el STJ descartan que haya una “mora judicial”.

En cambio, los jueces se defienden y acusan a la Corte de “intromisión”. Alegan que ni siquiera el abogado defensor de las familias denunciantes se opuso a la excarcelación. “Acá hay un abuso sin derecho. Están revisando una cuestión jurisdiccional. Nuestro fallo ni siquiera fue apelado”, opinó uno de los jueces que ahora serán investigados, aunque prefirió reservar su nombre hasta ser notificado formalmente. Entre líneas, desliza que también puede tratarse de “un pase de facturas” por el escándalo del supuesto “espionaje”, denunciado por Yaya y Cardozo, entre otros, y que fue desestimado por Jiménez en octubre de 2015. Esa denuncia apuntó contra el entonces ministro, César Santiago –luego eyectado envuelto en denuncias por cobrar doble sueldo-, pero terminó salpicando a todo el STJ que puso en marcha el Sistema de Gestión de Expedientes Digitales del Poder Judicial.

Tras la decisión del STJ de revisar la actuación de los jueces, Piñero instruyó a la fiscal Patricia Clerici para que avance en la investigación –todavía no se conoce qué determinación tomará la funcionaria-.

En la Corte misionera entienden que los magistrados emitieron su fallo en base a información desactualizada de la causa, ya que la primera apelación fue de 2013 y posteriormente, hubo dos condenas.

“Los jueces no pueden alegar desconocimiento de un fallo del STJ. Es una extrema gravedad institucional lo que sucedió”, contaron en la Corte.

El escándalo puede derivar en un pedido de jurado de enjuiciamiento para los tres magistrados. Mal día para semejante noticia. Yaya está rindiendo hoy en el Consejo de la Magistratura para un ascenso que podría quedar trunco.

El conflicto de intereses ya había tenido un primer episodio, a raíz de un pedido de informes del Alto cuerpo a los jueces, que terminó en una queja ante la Corte Suprema por supuesta “intromisión”.

El fallo de la polémica se conoció el 5 de abril. Ese día, Jiménez, Yaya y Cardozo, en el Tribunal Penal 2, decidieron la excarcelación de Durán y Olmo.

Madre e hijo fueron condenados en noviembre de 2011 a 20 años de prisión por el abuso de dos niños de 4 y 5 años, clientes del transporte escolar que manejaban. La fiscal del caso fue Liliana Picazo, flamante nominada a integrar el Superior Tribunal de Justicia. Ella pidió 20 años para los transportistas, condena que finalmente recibieron los acusados. El fallo fue ratificado por el STJ en mayo de 2014. La Corte misionera actuó como cámara de casación, función encomendada por la Constitución provincial, para que los fallos penales tengan la necesaria revisión.

 

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