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ARCA extiende vencimientos de Ganancias y Bienes Personales

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero postergó hasta fines de julio las presentaciones y pagos correspondientes al período fiscal 2025. La medida responde a reclamos de entidades profesionales y descomprime la presión administrativa sobre personas humanas, aunque también corre parte de la recaudación hacia el segundo semestre.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero formalizó una prórroga excepcional para la presentación de declaraciones juradas y el pago de saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales e impuesto cedular correspondientes al período fiscal 2025. La decisión quedó oficializada mediante la Resolución General 5851/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La medida habilita a personas humanas y sucesiones indivisas a cumplir esas obligaciones hasta el 27 de julio de 2026, mientras que las declaraciones informativas vinculadas a determinados regímenes de rentas podrán presentarse hasta el 31 de julio.

Detrás de la decisión aparece una señal política y administrativa concreta: el organismo aceptó el planteo realizado por entidades profesionales de ciencias económicas, que venían reclamando más tiempo para completar liquidaciones tributarias en un escenario de creciente complejidad normativa y fuerte carga operativa.

La prórroga alcanza a Ganancias, Bienes Personales e impuesto cedular

La resolución firmada por el director ejecutivo de ARCA, Andres Edgardo Vazquez, modifica de manera excepcional el calendario previsto por la normativa vigente.

El nuevo esquema incluye: Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas. Impuesto sobre los Bienes Personales. Impuesto cedular. Declaraciones juradas informativas vinculadas a determinados niveles de ingresos.

Según el texto oficial, la extensión alcanza tanto a contribuyentes del régimen general como a quienes están adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

ARCA justificó la decisión en “razones de administración tributaria” y en la necesidad de facilitar el cumplimiento fiscal.

La medida no modifica la carga tributaria ni introduce beneficios fiscales directos. El cambio es operativo y financiero: desplaza hacia finales de julio obligaciones que originalmente vencían antes.

El Gobierno sostiene recaudación, pero flexibiliza tiempos

La decisión de ARCA aparece alineada con una lógica de administración tributaria más pragmática: sostener niveles de cumplimiento sin escalar conflictos operativos con contribuyentes y profesionales.

El punto a seguir será si esta flexibilización queda limitada al calendario 2026 o anticipa futuras revisiones en esquemas de vencimientos y regímenes informativos.

Por ahora, la señal oficial es puntual: el Gobierno no resigna impuestos, pero acepta extender tiempos en un contexto donde la capacidad operativa del sistema tributario quedó bajo presión.

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