Viajes de egresados cancelados: Las agencias deberán devolver el dinero o reprogramar el viaje
Lo decidió el Gobierno nacional a través de una resolución publicada este martes (3/11) en el Boletín Oficial. Dispuso que las agencias de viaje de egresados deberán reintegrar lo abonado por los servicios contratados o reprogramar los mismos si fueron cancelados por la cuarentena.
A través de la Resolución 498/2020 publicada este martes (3/11) en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional le dio una solución a quienes habían contratado viajes de egresados y que fueron cancelados por la cuarentena decretada a raíz de la pandemia de coronavirus.
Según dispuso el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, las personas afectadas podrán reprogramar el viaje o solicitar el reintegro de lo abonado en un principio, con el riesgo de que la agencia de turismo retenga hasta un 25% del precio abonado.
Se estableció que las agencias de viaje de egresados deberán ofrecer a los turistas usuarios alcanzados “la reprogramación de los servicios turísticos cuya realización o prestación se haya visto impedida con motivo de las restricciones ambulatorias dictadas por el Poder Ejecutivo, en el marco de la pandemia por el coronavirus Covid-19” o reintegrar los montos que les han sido abonados por estos servicios.
La Resolución 498/2020 dispuso que la reprogramación de los viajes deberá efectuarse en un plazo de 12 meses posteriores al levantamiento de las medidas restrictivas de circulación dispuestas como consecuencia de la pandemia.
Además, las agencias deberán contar con al menos dos fechas e itinerarios alternativos para la realización de los viajes, en un plazo máximo de sesenta días corridos desde el levantamiento de las medidas restrictivas de circulación.
“Las reprogramaciones de los servicios contratados respetarán la estacionalidad, calidad y valores convenidos, manteniendo su vigencia las cláusulas pactadas en los contratos originales“, señala la Resolución.
En tanto, los turistas usuarios podrán optar entre una de las siguientes opciones:
-Elegir alguna de las opciones informadas por las agencias de viajes dentro del plazo de treinta días corridos de recibida la notificación indicada en el artículo 2º de la presente medida, a razón de una única alternativa por contingente.
-Solicitar el reintegro de lo abonado por los servicios contratados. Las agencias de viajes podrán retener hasta un 25% del precio de los viajes oportunamente abonados, y la devolución de lo pagado se hará hasta en dos cuotas mensuales y consecutivas, a hacerse efectiva la primera de ellas a los treinta días corridos de notificada la solicitud de reintegro por el usuario.
Los agentes de viaje que incumplan con lo dispuesto por el Gobierno “serán pasibles de las sanciones de cancelación, suspensión de la licencia y/o multa”.