La soja tendrá un tratamiento impositivo diferenciado en Misiones
A raíz del elevado riesgo tributario que representa el ingreso de soja a Misiones, proveniente de otras provincias, producto de las numerosas irregularidades detectadas en los procedimientos realizados sobre este producto por la Agencia Tributaria, el Gobierno ha tomado la decisión de darle un tratamiento impositivo diferencial a su comercialización y al acopio.
Mediante la resolución Nº 139/22 del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se determinó un tributo cinco por ciento para la venta al por mayor de soja y al acopio, acondicionamiento y venta al por mayor en comisión o consignación de soja (12%).
Dicha medida no afecta a las demás oleaginosas, cuyo tratamiento tributario continuará siendo el vigente y no colisiona con los compromisos asumidos por la Provincia con la Nación en el marco del Consenso Fiscal 2021. Además, se complementa con la Resolución publicada el 9 de febrero en el Boletín Oficial de la Provincia mediante la cual se exige el Formulario SF150/A a todo el traslado de granos, buscando evitar que se ocupen nombres o se realicen compras a nombre de terceros.
La medida tampoco tendrá impacto económico en la canasta básica alimentaria de los ciudadanos ni en los insumos necesarios para la producción local ya que no implica una suba de la carga impositiva de ninguna actividad comercial, productiva y turística en la Provincia.
Se llegó a esta decisión luego corroborar permanentes irregularidades, tanto en la documentación vinculada al transporte de la mercadería como en la registración y demás deberes tributarios de los que se declaran propietarios, haciendo engorrosa la determinación de las obligaciones fiscales y el control de la regularidad de la actividad. Esta circunstancia atenta contra toda la actividad económica de la Provincia y somete a una competencia desleal a los contribuyentes misioneros que se inscriben debidamente y tributan en tiempo y forma cumpliendo con las normativas vigentes.
Por eso la Provincia, a través del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos y de la ATM, continuará concentrando esfuerzos para profundizar el contralor y encarar modificaciones a la normativa reglamentaria que posibiliten controlar con más eficiencia la evasión y elusión fiscal existente en el sector, brindando mayor seguridad y garantizando la competencia leal en los intercambios comerciales que se realicen en la Provincia.
Se pretende con esta modificación alcanzar un desarrollo económico igualitario para todos los eslabones de la actividad productiva y comercial.
Asimismo, se enmarca en lo dispuesto por el Artículo 71 de la Constitución de la Provincia que establece que el régimen tributario se estructurará sobre las bases de la función económico social de los impuestos y contribuciones. La igualdad, proporcionalidad y progresividad constituyen la base de los impuestos y de las cargas públicas.