Elecciones 2023: ¿De cuánto es la multa por no ir a votar?
Dado que en el país el voto es obligatorio, se imponen sanciones económicas a quienes no asistan a votar sin justificación.
Dado que en el país el voto es obligatorio, se imponen sanciones económicas a quienes no asistan a votar sin justificación.
Este domingo 13 de agosto se realizaron las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en la Argentina para definir listas con las que cada alianza política o frente electoral competirá en las generales del 22 de octubre.
Dado que en Argentina el voto es obligatorio para todos los ciudadanos, nativos o por opción, que tengan entre 18 y 70 años, aquellas personas que no se presenten recibirán una multa por incumplir con su responsabilidad cívica.
Para consultar si se cuenta con una multa antes de asistir a votar en las PASO 2023 este domingo, se puede ingresar al Registro de Infractores de la Justicia Nacional Electoral.
Una vez en el sitio, hay que completar los siguientes datos:
- Indicar DNI, género y distrito electoral
- Verificar el código Captcha
- Seleccionar el botón “Consultar“
¿De cuánto es la multa por no votar en las PASO 2023?
Los valores de las multas por no votar son:
- Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar: $50
- Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar: $100;
- Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar: $200;
- Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar: $400;
- Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.
Quienes no abonen esa multa quedarán registrados como infractores. Esto implica que no pueden hacer trámites durante un año, como la obtención del pasaporte, por ejemplo, ni pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
Elecciones 2023: ¿Cómo justificar el no ir a votar?
Tanto en las PASO 2023 como en las Elecciones Generales, hay electores que están exentos de ir a votar, como por ejemplo, aquellos menores de 18 años o mayores de 70.
Sin embargo, también hay otros justificativos que anulan la obligación:
- Jueces, juezas y auxiliares que estén afectados por los comicios.
- Quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar de voto.
- Organismos o empresas de servicios públicos que deban cumplir labores que le impidan los comicios.
- Quienes obtengan una licencia especial por razones laborales y desempeñen sus funciones en el comicios.
- Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor.