ANMAT desregula la importación de cosméticos y productos de higiene personal
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La medida apunta a simplificar procesos aduaneros y liberar el comercio de artículos de uso cotidiano, como pastas dentales, pañales o copas menstruales. La responsabilidad del control recaerá ahora en el consumidor final.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) oficializó este miércoles la eliminación de su intervención en la importación de cosméticos y productos de higiene personal, a través de la disposición 3562/2025, publicada en el Boletín Oficial.
La medida, enmarcada en la política general de desregulación y simplificación de trámites impulsada por el Gobierno nacional, alcanza a una amplia gama de artículos de uso masivo, que podrán ser importados sin autorización sanitaria previa. Desde ahora, la responsabilidad sobre su calidad y seguridad recaerá directamente en el usuario final, quien deberá asumir los eventuales riesgos derivados de su uso.
Qué productos se liberan de control
Entre los productos que dejan de requerir intervención previa de ANMAT se incluyen:
- Cosméticos.
- Productos de higiene bucal como pastas dentales y enjuagues.
- Productos domisanitarios de venta libre.
- Toallitas femeninas, tampones, copas menstruales y absorbentes de leche materna.
- Pañales descartables (para bebés y adultos).
- Productos higiénicos descartables y reutilizables de uso externo e intravaginal.
En todos los casos, queda expresamente prohibida la comercialización o distribución gratuita con fines de lucro, según lo establecido en la normativa.
La disposición 3562/2025 se suma a una serie de medidas similares adoptadas en los últimos meses por la ANMAT. En abril, mediante la disposición 2565/2025, ya se había flexibilizado el control sobre productos médicos de uso doméstico, como tensiómetros, jeringas, nebulizadores, bastones, andadores, entre otros.
En ese caso, también se redujo el plazo mínimo de vigencia de los productos importados, pasando de un año a seis meses desde el ingreso al país.
Ambas decisiones se alinean con el Decreto 70/2023 del Gobierno nacional, que apunta a desburocratizar regulaciones y permitir un acceso más ágil a bienes de consumo, aún a costa de relajar controles sanitarios tradicionales.
Si bien la medida descomprime trámites aduaneros y reduce costos logísticos para importadores y consumidores, desplaza la carga del control sanitario al usuario final, que ya no contará con la garantía de calidad validada por ANMAT.
Voceros del organismo señalaron que el Instituto Nacional de Productos Médicos publicará una guía orientativa en su sitio web, con requisitos técnicos de referencia para facilitar una importación responsable, aunque sin obligatoriedad legal.
“La autonomía de gestión no está exenta de advertencias. Las personas deben estar informadas sobre las decisiones que tomen al respecto”, señalaron desde el organismo.
Este cambio en el esquema regulatorio representa una nueva fase de la política de apertura económica. No obstante, plantea desafíos en términos de control de calidad y responsabilidad ante eventuales daños a la salud.
A futuro, si bien la medida puede estimular la competencia y reducir precios, también podría abrir la puerta al ingreso de productos sin certificación técnica adecuada, lo cual generaría controversias si surgen casos de efectos adversos o falta de eficacia en productos sensibles como los de higiene íntima o bucal.
