La Corte Suprema falló a favor de Google y negó el derecho al olvido en causas judiciales
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La Corte Suprema rechazó el “derecho al olvido” y reafirmó la libertad de expresión en Internet. El máximo tribunal convalidó un fallo a favor de Google que desestimó el pedido de un hombre para eliminar enlaces sobre causas penales en las que fue sobreseído.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a pronunciarse en defensa del derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información pública en el entorno digital. En una decisión clave para la regulación de contenidos en internet, el máximo tribunal ratificó un fallo favorable a Google, rechazando un planteo que exigía la eliminación de resultados de búsqueda que vinculaban al demandante con causas penales ya resueltas a su favor.
La resolución, firmada este martes, confirmó el criterio de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal, que había desestimado la demanda de Sebastián Ricardo Lombardi, quien solicitaba que el buscador removiera enlaces que lo asociaban a procesos judiciales, en particular al caso del exbarra de River Alan Schlenker, en el que Lombardi fue investigado pero finalmente sobreseído.
Fallo firme: hechos verificados y de interés público
Según el criterio adoptado por la Corte, la veracidad de los hechos informados y su interés público justifican su permanencia en línea, incluso cuando ya no tengan actualidad. El tribunal recordó que no se trata de información falsa ni inexacta, sino de hechos judiciales que efectivamente ocurrieron y cuya publicación no vulnera el derecho a la intimidad del solicitante.
En línea con este razonamiento, los jueces destacaron que la “falta de actualidad” de la información, por sí sola, no constituye argumento suficiente para exigir la desindexación de resultados en los motores de búsqueda. De esta manera, se consolidó el precedente del caso “Denegri”, en el que la Corte ya había rechazado la existencia de un derecho general al olvido, ratificando su compromiso con la libertad de expresión.
Este nuevo fallo se inscribe en el marco de una discusión global sobre el equilibrio entre la protección de la privacidad personal y el acceso a la información en plataformas digitales. Mientras en jurisdicciones como la Unión Europea el derecho al olvido ha sido reconocido bajo ciertos parámetros, en Argentina la Corte ha adoptado una postura más restrictiva, privilegiando el interés público y la libertad de prensa.
“Los hechos que motivaron la información objetada no pueden considerarse falsos ni irrelevantes para la sociedad, por lo que su eventual eliminación podría implicar una forma de censura indirecta”, señala uno de los fundamentos citados por la Cámara.
Impacto para la libertad de expresión y los motores de búsqueda
Con esta decisión, la Corte Suprema consolida un estándar jurisprudencial que limita las posibilidades de borrar rastros digitales sobre eventos judiciales, aún cuando los implicados hayan sido sobreseídos. Para plataformas como Google, representa un respaldo clave a su política de indexación basada en criterios de relevancia y veracidad, frente a reclamos individuales.
Además, el fallo establece un marco de mayor seguridad jurídica para medios de comunicación, investigadores, y usuarios que acceden a información judicial pública a través de la web.
