ENARGAS actualiza multas por incumplimientos en el sector gasífero
|
Getting your Trinity Audio player ready...
|
ENARGAS actualiza escalas de multas para transportistas y distribuidoras de gas natural: los montos llegan hasta $636 millones
El organismo regulador aprobó un nuevo esquema de sanciones para agentes del sector gasífero, ajustado por inflación y tarifas. Las adecuaciones se aplicarán a incumplimientos cometidos desde la entrada en vigencia de la resolución.
El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) actualizó los valores de las multas aplicables a transportistas, distribuidoras y terceros no prestadores, en línea con la evolución del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y las últimas revisiones tarifarias del sector. La medida, formalizada mediante la Resolución 378/2025 publicada en el Boletín Oficial, eleva sustancialmente los topes sancionatorios, con penalidades que pueden superar los $600 millones en casos de incumplimientos graves o reiterados.
Escalas de sanciones: actualizaciones y criterios
A partir de ahora, las infracciones cometidas por terceros no prestadores conforme al artículo 71 de la Ley 24.076 serán sancionadas con multas que van desde $108.744 hasta $108.744.000, reflejando un aumento del 8,32% respecto del último ajuste de septiembre de 2024, conforme al incremento semestral del IPIM.
Por otro lado, las licenciatarias de transporte y distribución, así como las subdistribuidoras, enfrentarán sanciones que van desde $127.353 a $127.353.000. Este segundo tramo de penalidades se ajustó un 15,06%, calculado sobre la base del sendero de aumentos tarifarios mensuales del 3% definido por el Ministerio de Economía en el marco del proceso de Revisión Quinquenal Tarifaria (RQT), dispuesto por el DNU 55/2023.
En situaciones de incumplimiento persistente —a pesar de intimaciones formales— o en casos de grave repercusión social, la multa podrá ascender hasta $636.765.000, como máximo establecido.
El régimen sancionatorio del ENARGAS está contemplado en la Ley 24.076 y en las Reglas Básicas de las Licencias de Transporte y Distribución (Decreto 2255/92). Estas normativas facultan al organismo a revisar periódicamente los valores de las sanciones, en función de los cambios económicos que impactan sobre la industria energética.
La última actualización de estas escalas había sido formalizada mediante la Resolución 848/2024, que estableció el esquema anterior. La actual resolución cumple con el compromiso institucional de mantener vigentes y razonables los márgenes sancionatorios, tanto como incentivo al cumplimiento normativo como para garantizar la protección de los usuarios.
Según lo establece la Resolución 378/2025, los nuevos valores entrarán en vigencia con su publicación oficial y se aplicarán a incumplimientos ocurridos desde esa fecha en adelante. Además, las licenciatarias deberán notificar la resolución a todas las subdistribuidoras de su área de operación, con el fin de asegurar su cumplimiento integral.
“Esta actualización tiene como objetivo asegurar que las sanciones mantengan su capacidad disuasoria real en un contexto de alta variabilidad económica, y que las licenciatarias cumplan con los estándares de calidad y seguridad exigidos por la normativa”, señalaron fuentes del ENARGAS.
La nueva escala de multas refuerza el marco de exigencia para el cumplimiento regulatorio en el transporte y distribución de gas natural, en momentos en que el Gobierno nacional impulsa un modelo de tarifas con recuperación de costos y equilibrio fiscal. Para las empresas del sector, la medida introduce un factor de riesgo adicional ante incumplimientos contractuales o fallas de servicio, mientras que para los usuarios podría traducirse en mayores exigencias de calidad y atención por parte de las distribuidoras.
