La Cámara Electoral confirmó a Diego Santilli como primer candidato de La Libertad Avanza en Buenos Aires
La Cámara Nacional Electoral confirmó a Diego Santilli como primer candidato de La Libertad Avanza y revocó el fallo de Ramos Padilla. Rechazó además reimprimir las boletas con la baja de Espert.
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La Cámara Nacional Electoral revocó el fallo de Ramos Padilla y confirmó a Diego Santilli como primer candidato de La Libertad Avanza en Buenos Aires
El tribunal anuló la decisión de primera instancia que ubicaba a Karen Reichardt al frente de la boleta libertaria. Reafirmó la validez del Decreto 171/2019 y el principio de alternancia de género establecido por ley. El Gobierno apeló además la negativa a reimprimir las boletas con la salida de José Luis Espert.
La Cámara Nacional Electoral ordenó rehacer la lista libertaria conforme al decreto de paridad
En una resolución con fuerte peso institucional, la Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este sábado revocar el fallo del juez federal Alejo Ramos Padilla, que había desplazado a Diego Santilli del primer lugar de la lista de candidatos a diputados nacionales por La Libertad Avanza (LLA) en la provincia de Buenos Aires.
El tribunal —integrado por Santiago Corcuera y Daniel Bejas, con la ausencia por licencia de Alberto Dalla Via— dispuso que la nómina sea readecuada conforme al artículo 7 del Decreto 171/2019, reglamentario de la Ley N° 27.412 de Paridad de Género, y al artículo 60 bis del Código Electoral Nacional, que establece la alternancia de género entre los candidatos titulares y suplentes.
De este modo, Santilli volverá a encabezar la boleta de LLA tras la renuncia de José Luis Espert, quien había declinado su postulación en medio de una investigación judicial. La CNE calificó como “inconstitucional sin necesidad” el criterio de Ramos Padilla, que consideraba que el corrimiento previsto por el decreto vulneraba el espíritu de la ley de paridad, al no alterar la secuencia de género en la lista.
En su voto, los camaristas señalaron que la decisión de primera instancia representó “una interpretación subjetiva y un apartamiento injustificado de la letra de la ley”, y reafirmaron que la reglamentación de la paridad “no incurre en exceso reglamentario ni contradice el mandato legal”.
“El Poder Judicial no puede sustituir las competencias propias del Congreso de la Nación ni alterar el equilibrio normativo mediante interpretaciones extensivas o restrictivas sin sustento legal”, advirtió la resolución.
La paridad de género como principio de orden público
El pronunciamiento de la Cámara vuelve a colocar el principio de paridad de género en el centro del debate electoral. En su resolución, los magistrados enfatizaron que la Ley 27.412 tiene carácter de orden público, y que cualquier interpretación que distorsione su aplicación “debilita la cultura de equidad y pluralidad política” promovida por el marco normativo vigente.
La CNE sostuvo que la inconstitucionalidad declarada por Ramos Padilla no sólo carecía de fundamentos técnicos, sino que implicaba un riesgo de “gobierno de los jueces”, al invadir la esfera legislativa. “Declarar inconstitucional una norma sin estricta necesidad judicial constituye un acto de suma gravedad institucional”, remarcaron los camaristas.
El fallo también apunta a garantizar la seguridad jurídica del proceso electoral, al unificar criterios sobre la sustitución de candidatos en listas cerradas y paritarias. La aplicación del Decreto 171/2019, vigente desde 2019, ha sido clave para resolver reemplazos por renuncias o fallecimientos sin alterar la representación de género ni el orden de precedencia.
El Gobierno apeló la negativa a reimprimir boletas con la baja de Espert
En paralelo a la decisión de la CNE sobre la composición de la lista, el Poder Ejecutivo Nacional presentó un recurso de apelación contra el fallo que rechazó la reimpresión de las boletas de La Libertad Avanza para las elecciones legislativas del 26 de octubre de 2025.
El planteo busca autorizar la emisión de nuevas boletas que eliminen la imagen de José Luis Espert, aún visible en la versión original. Sin embargo, el tribunal electoral rechazó la medida por considerar que no existen condiciones materiales ni temporales para una reimpresión masiva de las Boletas Únicas de Papel (BUP) sin afectar el cronograma electoral.
Según los informes técnicos citados en la resolución, la reimpresión demandaría más de $12.000 millones y un plazo de cinco días por cada lote de 3,3 millones de boletas, desde la puesta en marcha de la maquinaria hasta la distribución en los distritos.
El ministro del Interior, Lisandro Catalán, había advertido en una audiencia previa que modificar el esquema de impresión “pondría en riesgo la transparencia y la realización efectiva del proceso electoral”, considerando la proximidad de los comicios.
Impacto político y proyección institucional
La decisión de la Cámara Nacional Electoral despeja el escenario para el armado final de las listas de La Libertad Avanza en el principal distrito electoral del país. En términos políticos, la confirmación de Santilli como cabeza de lista refuerza la cohesión interna del espacio libertario tras la salida de Espert y consolida su representación en Buenos Aires, donde se concentra casi el 37% del padrón nacional.
El fallo también reafirma el principio de paridad de género como herramienta de equilibrio institucional, al tiempo que delimita los alcances del control judicial sobre las normas electorales. En un contexto de alta tensión política y judicial, la resolución marca una señal de estabilidad jurídica de cara a las elecciones legislativas del 26 de octubre.
