Aduana redefine el plazo de permanencia de contenedores extranjeros: cambia el criterio de cómputo

Contenedores extranjeros: la Aduana redefine el cómputo del plazo de permanencia bajo admisión temporaria

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso un cambio clave en la interpretación del plazo de permanencia de los contenedores de matrícula extranjera ingresados bajo el régimen de admisión temporaria. A partir del 25 de julio de 2025, el cómputo se iniciará desde el libramiento aduanero del contenedor —y no desde la fecha de arribo del transporte—, como regía hasta ahora.

Mediante la Resolución General 5719/2025, publicada este 7 de julio en el Boletín Oficial, la ARCA modificó el punto 6 del Anexo I de la Resolución 869/93 (ANA), adaptando el criterio de inicio del cómputo del plazo a lo dispuesto por el artículo 57 del Decreto 1001/82.

Con este cambio, los 480 días corridos improrrogables establecidos por ley para contenedores temporariamente importados comenzarán a contarse desde el momento del libramiento aduanero, es decir, cuando el contenedor es oficialmente liberado tras el ingreso al país.

La normativa anterior tomaba como punto de partida la fecha de arribo del medio de transporte, lo que podía generar inconsistencias y perjuicios operativos frente a demoras en los procedimientos aduaneros.

La modificación apunta a armonizar el criterio operativo con la Ley N.º 24.921 y el Código Aduanero (Ley N.º 22.415), que ya preveían esta interpretación en otros artículos, pero no habían sido aún integrados al plexo normativo de manera explícita.

La resolución se inscribe en una estrategia de perfeccionamiento técnico y jurídico para combatir transgresiones aduaneras y fortalecer la fiscalización del comercio exterior.

“La adecuación normativa busca eliminar ambigüedades, asegurar previsibilidad en la operatoria logística y combatir maniobras de evasión asociadas al uso extendido o irregular de contenedores extranjeros”, señalaron desde la Dirección General de Aduanas en los fundamentos del expediente.

El nuevo cómputo del plazo tendrá efectos directos sobre las operaciones de importadores, agentes de carga y terminales portuarias, ya que amplía el tiempo disponible desde el momento en que el contenedor efectivamente se incorpora a la cadena de distribución nacional. También mejora la trazabilidad para identificar usos indebidos del régimen temporario.

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