AFIP fija nuevos topes en billeteras virtuales: De cuánto es

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AFIP actualiza los requisitos para transacciones y saldos en billeteras virtuales como Mercado Pago, Ualá y Personal Pay. Los detalles a tener en cuenta.

El pasado viernes 24 de mayo, la gestión a cargo de Florencia Misrahi en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sorprendió a los contribuyentes al modificar los montos mínimos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar todas las transacciones, saldos y movimientos de las cuentas que administran.

De acuerdo con lo expresado en su sitio web oficial, la prestigiosa institución está dedicada a simplificar procedimientos en favor de los usuarios, mediante la implementación de medidas destinadas a mejorar sus sistemas de declaración.

Por lo que, ha modificado la Resolución General N°4298, que establece la obligación de reportar por parte de las entidades financieras a la Administración Federal.AFIP sube el límite para notificar transacciones bancarias y virtuales

Según lo informado por la entidad fiscalizadora, los montos experimentaron un cambio significativo. Puesto que, en lo referente a las acreditaciones, retiros en efectivo y saldos mensuales de las cuentas, el umbral mínimo se incrementó de $200.000 a $700.000. Mientras que, respecto a los gastos realizados con tarjetas de débito del titular y adicionales, el límite aumentó de $120.000 a $400.000.

No obstante, el ente también comunicó que se han incrementado los importes estipulados en la Resolución General N° 4614, la cual fija las pautas de declaración para aquellos encargados de supervisar, manejar, vigilar o procesar transacciones de activos mediante plataformas electrónicas o digitales, abarcando a los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que proveen cuentas de pago.

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De modo que, en caso de ingresos o egresos totales, la cifra aumenta de $120.000 $400.000, mientras que los saldos mensuales pasan de $200.000 a $700.000.

Dentro de esta categoría se encuentran compañías tales como Mercado Pago, MODO, Personal Pay y Ualá, entre otras reconocidas.

Asimismo, el organismo recaudador indicó que en ambos sistemas de declaración se contemplará una disposición de revisión semestral, utilizando como referencia el coeficiente resultante de las fluctuaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) emitido por el INDEC.

“Esta medida representa un paso más del Estado Nacional para constituir una Administración Pública ágil, moderna y transparente”, culminaron desde la AFIP.

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