Apelaron la libertad de María Ovando, excarcelada hace dos días en Misiones

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La fiscal de Misiones María Laura Álvarez apeló hoy la excarcelación de María Ovando, a 48 horas de que la mujer logrará su libertad gracias a la aceptación judicial de un habeas corpus, ya que se encontraba detenida por una condena a 20 años de prisión, sin sentencia firme, por el supuesto abuso sexual de dos niñas de su familia.

En octubre del año pasado, el Tribunal Penal 1 de la ciudad misionera de Eldorado la condenó a prisión por haber permitido o no haber impedido los abusos sexuales de las niñas.

En la misma causa, se sentenció a dos jóvenes allegados a Ovando, Marcos Laurindo y Lucas Ferreira, a 18 y a 12 años de cárcel, respectivamente.

La condena de Ovando fue apelada por el Equipo Misionero de DDHH, Justicia y Género, que logró su libertad a través de un habeas corpus que había sido presentado en diciembre último por Nora Cortiñas, de la organización Madres de Plaza de Mayo-Línea Fundadora,

A dos días de su liberación, llegó la presentación fiscal, que fue considerada “infundada en sus argumentos” por la abogada de Ovando, Roxana Rivas, que en diálogo con Télam detalló los cuestionamientos que hace a la apelación.

En tanto, Álvarez, fiscal Correccional y de Menores 1 de Posadas, explicó a Télam los fundamentos de su presentación de 30 páginas -a la que tuvo acceso esta agencia- ante la Cámara de Apelaciones.

“La detención de María Ovando no es ilegal o arbitraria. Es una condenada por un tribunal natural y competente. Los fundamentos de la prisión no fueron arbitrarios o irrazonables. Fue condenada a 20 años por delitos graves”, dijo la fiscal.

Agregó que “la sentencia se encuentra en el Superior Tribunal, con Casación. El habeas corpus no es la vía. Un juez inferior no puede arrogarse facultades revisores de sentencia”.

La decisión de liberar a la mujer fue del juez Correccional y de Menores 2 de la Primera Circunscripción Judicial de Misiones, César Raúl Jiménez.

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Sobre la apelación, la abogada Rivas consideró que “pone en duda la procedencia del habeas corpus para la libertad de María confundiéndolo con las medidas cautelares y la posibilidad de que sean revisadas por el tribunal que lleva la causa”.

El Tribunal Penal de Eldorado rechazó la excarcelación “y nuestro sistema judicial penal no prevé el recurso de apelación para este tipo de resolución, es decir para la excarcelación, por lo que se agota la instancia y las vías para poder revisar su detención”, añadió.

“Entonces, la única vía es el habeas corpus, basado en la ilegalidad de la detención de María desde el punto de vista que ella llega a la sentencia en libertad y que recién en la sentencia condenatoria se ordena su detención”, añadió.

Y explicó que “una vez apelada esta detención, los efectos de esa sentencia quedan suspendidas, ergo también la orden que imponía su detención inmediata”.

Rivas criticó además las citas jurisprudenciales y doctrinarias que utilizó Álvarez en su escrito.

“Cita jurisprudencia anterior a la reforma constitucional de 1994, donde aún no estaban incorporadas convenciones de derechos humanos. Además, hay citas no completas, no dice de donde las saca, son de difícil verificación, lo que vulnera el derecho a defensa a la hora de contestar el recurso”, aseguró la defensora.

Para apoyar su apelación, la fiscal citó el caso “Vargas, Antonio Orlando s/ Habeas Corpus”.

“Se trata de una persona acusada por un delito de lesa humanidad. Entonces quiere fundamentar con el rechazo de ese habeas corpus el pedido que se rechace el nuestro, que fue presentado por Nora Cortiñas, lo que es un agravio que muestra la calidad institucional y jurídica que tiene, lamentablemente, esta fiscal”, enfatizó la abogada.

La fiscal también fundamentó ante esta agencia que apeló porque “hay riesgo de fuga: Ella (Ovando) se casó en Paraguay en primeras nupcias. Los problemas de salud que manifiesta no están acreditados”.

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Rivas consideró este argumento “un absurdo. Dice, por ejemplo, que ella puede escaparse en canoa”.

“Ella (la fiscal) no es parte de ese proceso. Lo único que debería haber considerado son las cuestiones relacionadas al planteo concreto del habeas corpus: que María no podía estar detenida porque la sentencia, que ordena su detención inmediata, estaba suspendida”.

Otro argumento fiscal fue que “la sentenciada hizo una declaración en abstracto sin recalar en la gravedad de los hechos ni en la tutela efectiva de las víctimas”.

Rivas calificó como “improcedente este tipo de acción. La fiscal no tiene que tener conocimiento de eso porque se tramita en otro juzgado y ese expediente nunca estuvo a la vista. Claramente hay un trabajo corporativo, seguramente con el fiscal Federico Rodríguez, para intentar volver a meter presa a María”.

Rodríguez es el fiscal del caso y que llevó adelante otro juicio contra Ovando.

En noviembre de 2012, la mujer, quien vivía en condiciones de pobreza extrema junto a sus doce hijos en Colonia Delicia, fue juzgada y absuelta por “abandono de persona agravada por el vínculo” tras la muerte de su hija de 3 años, como consecuencia de un cuadro de desnutrición.

Eduardo Paredes, otro de los abogados de Ovando, dijo a Télam que la apelación de hoy “llega al fiscal de Cámara, y deberían darnos intervención a nosotros y resolver. Si la decisión es contraria a nuestra defendida, tendríamos que presentar un recurso de casación para ir al Superior Tribunal, y de última, llegar la Corte Suprema”.

En tanto, Álvarez, pidió a esta agencia que para “ahondar más, hablen con el fiscal Federico Rodríguez”.

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