Asimetrías: Posadas seguirá con ITC diferenciado para los combustibles

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Con la firma del presidente Mauricio Macri, el Gobierno nacional prorrogó las alícuotas diferenciales para los combustibles que se comercialicen en Posadas, en Misiones, y en Clorinda, en Formosa, una medida con la que se busca mitigar las asimetrías y evitar que la población se abastezca en localidades limítrofes de Paraguay.
El Decreto 136/2018, publicado este martes en el Boletín Oficial, extendió la aplicación de las mencionadas alícuotas con el objetivo de “atenuar las consecuencias negativas” que provoca en el comercio el hecho de que los pobladores de estas ciudades se traslade a Paraguay para adquirir combustibles. Lo llamativo es que esta vez el decreto no pone fecha límite, sino que remite a “cuando surtan efecto las disposiciones del Título IV de la Ley N° 27.430”, que habla de quebrantos económicos.
La norma permite modificaciones a la aplicación del Impuesto a la Transferencia de Combustibles (ITC), que reducen en un 14% el precio de la nafta y un 7% el valor del gasoil.
Desde su aplicación, la herramienta atenuó las asimetrías que provocaban que miles de habitantes de la ciudad de Posadas se trasladaran a la vecina Encarnación, en Paraguay, y los de Clorinda a Asunción o a José Falcón para adquirir combustibles.
El fenómeno daba lugar a largas filas, especialmente los fines de semana, en los puentes que vinculan a las ciudades vecinas.
Además de combustibles, es habitual proveerse de electrodomésticos y productos de consumo masivo que se consiguen en Paraguay a precios inferiores a los de la Argentina.
Los topes
Las alícuotas diferenciadas regirán hasta un máximo de ventas de 6.687.000 litros de nafta y en el caso del gasoil, 4.154.000 litros, en Posadas.
En Clorinda, las alícuotas diferenciadas regirán en tanto hasta los 872.000 litros de nafta y en el caso del gasoil, 647.000 litros.
Se considerará exclusivamente el expendio de combustibles realizado directamente al tanque incorporado por el fabricante al vehículo o en recipientes cuya capacidad no supere los 20 litros, y no se considerará venta para consumo el despacho sobre tanques de vehículos cuya capacidad supere los 90 litros.

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