EMPRESA

Crisis de liquidez empresaria, los cheques sin fondos se triplicaron en un año

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Alerta roja en la cadena de pagos: diciembre cerró con casi 120.000 cheques rechazados y marcó un récord histórico

La cadena de pagos del sector productivo argentino encendió una señal de alarma inédita al cierre de 2025. En diciembre, se registraron 119.285 cheques rechazados por falta de fondos, el nivel más alto desde que existen registros, según un informe del Instituto Argentina Grande, elaborado en base a datos oficiales del Banco Central de la República Argentina (BCRA). El dato expone con crudeza el deterioro de la liquidez empresaria y refleja las crecientes dificultades para cumplir obligaciones financieras en un contexto de fuerte tensión económica.

Un indicador que se triplicó en apenas un año

La magnitud del fenómeno se vuelve aún más elocuente al observar su evolución interanual. De acuerdo con el relevamiento, la cantidad de cheques rechazados se triplicó en solo un año, lo que implica un incremento cercano al 200% respecto de diciembre de 2024.

Desde el Instituto Argentina Grande advirtieron que “este indicador es un síntoma más de la dificultad de las empresas argentinas para hacer frente a sus obligaciones”, y subrayaron que el cheque sin fondos funciona como una de las señales más tempranas y sensibles del estrés financiero en el entramado productivo.

En términos estructurales, el rechazo de cheques no solo compromete a la firma emisora, sino que se propaga en cadena, afectando proveedores, contratistas y trabajadores, y profundizando el riesgo sistémico dentro del circuito comercial.

La escalada del último trimestre y el quiebre de la tendencia

El informe muestra con claridad un cambio abrupto de tendencia durante 2025, especialmente en el segundo semestre.

  • Estabilidad previa: entre 2020 y mediados de 2024, los rechazos mensuales se movían en una franja relativamente estable, de 25.000 a 35.000 cheques.
  • Aceleración: el quiebre comenzó en mayo de 2025, cuando los rechazos treparon a 41.759, dando inicio a una dinámica claramente ascendente.
  • Escalada final: en el último trimestre, el deterioro se profundizó de forma acelerada: 92.535 rechazos en octubre, 108.979 en noviembre y el récord absoluto de 119.285 en diciembre.

La progresión mensual evidencia que el problema no fue un evento aislado, sino un proceso acumulativo de pérdida de liquidez, que se intensificó hacia el cierre del año.

PyMEs, las más expuestas en la crisis de liquidez

El impacto del colapso en la cadena de pagos golpea con mayor fuerza a las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs). El informe destaca que este segmento utiliza al cheque de pago diferido como uno de los principales instrumentos de financiación del capital de trabajo, especialmente en contextos de restricción crediticia.

El aumento masivo de rechazos pone en jaque ese mecanismo, reduce la confianza entre actores económicos y encarece las operaciones comerciales. Además, limita la capacidad de las PyMEs para sostener niveles de producción, cumplir plazos y mantener empleo, amplificando el efecto contractivo sobre la actividad.

En términos institucionales, el récord de diciembre funciona como un termómetro de la fragilidad financiera del sector productivo y abre interrogantes sobre la sostenibilidad de la cadena de pagos si la tendencia no se revierte.

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El endeudamiento privado escaló en 2025 y se concentró en industria, energía y comercio

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La deuda externa del sector privado alcanzó los US$116.847 millones al cierre del tercer trimestre de 2025, lo que implicó un incremento de US$7.300 millones respecto del trimestre anterior y una suba cercana a los US$13.000 millones en comparación con igual período de 2024. Así lo informó el Banco Central de la República Argentina (BCRA) en su último relevamiento sobre deuda externa privada, un dato que vuelve a poner en foco la dinámica del endeudamiento corporativo y su impacto sobre el frente externo.

El aumento se explicó principalmente por el crecimiento de la deuda comercial, que se expandió en US$5.016 millones, y de la deuda financiera, que avanzó en US$2.284 millones en el trimestre. En términos de composición, el stock total estuvo dominado por la deuda por importaciones de bienes, seguida por los préstamos financieros y los títulos de deuda en manos de no residentes.

Composición de la deuda: importaciones, préstamos y títulos

Según el informe del BCRA, la deuda por importaciones de bienes totalizó US$39.055 millones, constituyéndose como el principal componente de la deuda externa privada. En segundo lugar se ubicaron los préstamos financieros, con US$29.581 millones, y luego los títulos de deuda en manos de no residentes, por US$16.011 millones.

Más atrás quedaron la deuda por exportaciones de bienes (US$15.191 millones), la deuda por servicios (US$13.631 millones) y, en último lugar, la categoría “otra deuda financiera”, con US$3.378 millones.

El incremento de la deuda comercial respondió, fundamentalmente, al aumento de la deuda por exportaciones de bienes, que creció US$5.428 millones, parcialmente compensado por cancelaciones de deuda por importaciones de bienes (US$57 millones) y por deuda de servicios (US$354 millones).

En el caso de la deuda financiera, el alza se explicó por el aumento de los préstamos financieros en US$2.401 millones y de los títulos de deuda en US$57 millones, compensados parcialmente por una reducción de US$174 millones en la categoría de otra deuda financiera.

Sectores más endeudados y concentración por actividad

En la deuda por importación de bienes, el financiamiento otorgado por empresas relacionadas alcanzó un stock de US$21.503 millones, con un retroceso trimestral de US$134 millones, mientras que el resto de los acreedores acumuló US$17.552 millones, con una suba de US$76 millones. A nivel sectorial, la fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques concentró el 22% del total (US$8.472 millones), seguida por el comercio mayorista, con el 20% (US$7.936 millones).

En cuanto a la deuda por exportación de bienes, los acreedores relacionados sumaron US$8.304 millones, con un aumento trimestral de US$3.281 millones, mientras que el resto de los acreedores totalizó US$6.887 millones, con una suba de US$2.147 millones. El sector de elaboración de productos alimenticios, que incluye a cerealeras y oleaginosas, concentró el 76% del total (US$11.549 millones), con un incremento de US$4.843 millones en el trimestre. Le siguió el comercio mayorista, con el 13% (US$1.964 millones). Entre ambos sectores explicaron el 90% de la deuda por exportación de bienes.

La deuda por servicios cerró el trimestre con US$10.009 millones con acreedores relacionados y US$3.623 millones con el resto de los acreedores. Los sectores con mayor participación fueron servicios de programación y consultoría informática y actividades conexas y servicio de transporte aéreo, ambos con el 8% del total, seguidos por la fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques, con el 7%.

En el segmento de deuda financiera, los acreedores relacionados registraron una posición de US$21.946 millones, seguidos por los tenedores de títulos de deuda (US$16.011 millones) y el resto de los acreedores (US$11.012 millones). La extracción de petróleo crudo y gas natural concentró el 34% del total (US$16.781 millones), con un aumento trimestral de US$259 millones. Le siguieron las sociedades captadoras de depósitos, excepto el banco central, con el 8% (US$3.807 millones y un incremento de US$1.297 millones), y el suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado, con el 7% (US$3.618 millones y una baja trimestral de US$23 millones).

Vencimientos, plazos y origen de los acreedores

Al cierre del tercer trimestre, las empresas privadas enfrentaban vencimientos de capital de deuda comercial por US$64.146 millones, lo que representa el 95% del total de la deuda comercial. En el caso de la deuda financiera, los vencimientos ascendieron a US$20.965 millones, equivalentes al 43% del total.

El BCRA destacó que el perfil de la deuda mostró “un alargamiento en los plazos comparado con el año anterior, con un aumento del peso de los vencimientos a 5 años o más”, un dato relevante en términos de sostenibilidad financiera.

Por sectores, el mayor nivel de endeudamiento correspondió a la industria manufacturera, con US$45.367 millones, financiados en un 62% por empresas del mismo grupo. Le siguieron la explotación de minas y canteras, con US$26.021 millones, y el comercio mayorista y minorista, con US$13.939 millones. En conjunto, estos tres sectores concentraron el 73% de la deuda externa privada.

Respecto del origen de los acreedores, Estados Unidos se posicionó como el principal acreedor comercial, con el 19% del total (US$12.768 millones), seguido por Brasil (13%, US$8.664 millones) y Suiza (12%, US$8.034 millones). Los tres países concentraron el 44% de la deuda externa comercial. En la deuda financiera, el liderazgo también correspondió a Estados Unidos, con el 23% (US$7.599 millones), seguido por Países Bajos (13%, US$4.351 millones) y Uruguay (8%, US$2.633 millones), que en conjunto explicaron el 44% de la deuda financiera sin títulos de deuda.

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El Gobierno prorrogó por diez años los permisos internacionales de Crucero del Norte para operar rutas con Paraguay y Brasil

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El Ministerio de Economía renovó hasta diciembre de 2035 las autorizaciones para que la empresa Crucero del Norte continúe explotando servicios internacionales de transporte de pasajeros por carretera. La medida, formalizada mediante la Resolución 55/2026, ratifica el esquema vigente bajo el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT) y asegura la continuidad de corredores clave que conectan a la Argentina con Paraguay y Brasil, con impacto directo en la integración regional, la movilidad interjurisdiccional y la actividad económica vinculada al transporte y al turismo.

Marco normativo y fundamentos de la decisión

La Resolución 55/2026 del Ministerio de Economía, firmada por el ministro Luis Andrés Caputo y publicada con fecha 23 de enero de 2026, se inscribe en el régimen jurídico establecido por el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT), aprobado en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) conforme al Tratado de Montevideo de 1980 y a la Ley 22.354. Dicho acuerdo constituye el pilar normativo para la prestación de servicios internacionales de transporte automotor de pasajeros entre los países signatarios.

En este contexto, la normativa recuerda que el ATIT establece que los servicios internacionales deben contar con permisos originarios y complementarios otorgados por cada Estado, bajo el principio de reciprocidad. A nivel local, estas disposiciones fueron reglamentadas por la Resolución 202/1993 de la entonces Secretaría de Transporte, que fijó que la explotación del servicio público internacional se adjudica mediante permisos con una duración de diez años, prorrogables por períodos iguales.

La empresa Crucero del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada (CUIT 30-62629625-0) había recibido originalmente su autorización mediante la Resolución 999/2005, prorrogada luego por la Resolución 2434/2015 por un nuevo período de diez años, con vencimiento el 22 de diciembre de 2025. En tiempo y forma, la firma solicitó la renovación de esos permisos, lo que dio origen al expediente EX-2025-26657855-APN-DGDA#MEC.

Según consta en los considerandos, los organismos técnicos intervinientes verificaron que la empresa cumple con los requisitos de idoneidad técnica, se encuentra debidamente inscripta en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros —unificado tras el Decreto 883/2024— y cuenta con el parque móvil verificado por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).

Las rutas habilitadas y las condiciones de operación

La resolución prorroga por diez (10) años, a partir del 22 de diciembre de 2025, los permisos de explotación para dos servicios internacionales estratégicos:

  • Línea 17: La Plata (República Argentina) – Asunción – Villarrica (República del Paraguay), con ingreso a Retiro.
    Este servicio contará con dos frecuencias semanales de ida y vuelta y tendrá vigencia hasta el 22 de diciembre de 2035.
  • Línea 5: Salta (República Argentina) – Florianópolis (República Federativa del Brasil), con fraccionamiento Posadas – Florianópolis.
    En este caso, la autorización prevé un servicio diario de ida y vuelta, tanto para el recorrido completo como para el tramo fraccionado, con paso fronterizo principal por Bernardo de Irigoyen – Dionisio Cerqueira y alternativa Santo Tomé – São Borja.

La medida aclara que otras líneas previamente adjudicadas ya no forman parte del patrimonio operativo de la empresa, dado que fueron transferidas a Turismo Parque S.R.L. mediante la Resolución ST 807/2019.

Asimismo, el acto administrativo extiende los Documentos de Idoneidad correspondientes (DI 8/2025 y DI 9/2025), que certifican la habilitación definitiva para operar los servicios internacionales mencionados, y fija obligaciones específicas en materia de seguros, conforme al artículo 13 del ATIT, y de presentación de declaraciones juradas de horarios, según la Resolución 187/1992.

Impacto institucional, económico y regional

Desde el punto de vista institucional, la prórroga refuerza la continuidad del esquema regulatorio vigente para el transporte internacional de pasajeros, en línea con el proceso de unificación de registros y simplificación administrativa impulsado por el Decreto 883/2024. La decisión ratifica el rol de la Secretaría de Transporte como autoridad de aplicación y consolida la intervención de la CNRT como organismo de control técnico.

En términos económicos y productivos, la renovación de los permisos garantiza la estabilidad operativa de corredores internacionales que resultan clave para el flujo de pasajeros, el turismo regional y la conectividad de provincias del norte y noreste argentino con Paraguay y Brasil. La continuidad de estas rutas también tiene efectos indirectos sobre el empleo vinculado al transporte, los servicios asociados y las economías locales de los puntos de origen, destino y fraccionamiento.

Finalmente, en el plano regional, la medida se alinea con los compromisos asumidos por la Argentina en el marco del ATIT y la ALADI, asegurando previsibilidad a los operadores y reafirmando la integración física y comercial con los países limítrofes.

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Comercio exterior: el Gobierno redefine por DNU las resoluciones anticipadas en el Código Aduanero

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El Poder Ejecutivo Nacional modificó la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 41/2026, dictado el 23 de enero de 2026 y publicado en el Boletín Oficial el 26 de enero. La norma redefine el alcance y las competencias en materia de resoluciones anticipadas para operaciones de importación y exportación, con el objetivo de adecuar la legislación argentina al Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), fortalecer la seguridad jurídica y simplificar los procedimientos del comercio exterior.

El DNU introduce cambios centrales en los artículos 226 y 323 del Código Aduanero, delimitando con mayor precisión las atribuciones del servicio aduanero y de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, particularmente en lo referido a las resoluciones anticipadas sobre origen de las mercaderías. La medida se adopta en un contexto de plazos internacionales exigentes, tras la prórroga concedida a la Argentina hasta el 23 de enero de 2026 para la plena implementación de este régimen.

Resoluciones anticipadas: nuevo esquema y distribución de competencias

El decreto sustituye integralmente el artículo 226 del Código Aduanero para importaciones. A partir de la modificación, se establece que las resoluciones anticipadas en materia de clasificación arancelaria, valoración de la mercadería u otros elementos necesarios para la correcta aplicación del régimen tributario, prohibiciones o restricciones serán emitidas por el servicio aduanero, a pedido del importador y antes de la importación.

Estas resoluciones tendrán carácter válido y vinculante para el servicio aduanero, siempre que no se modifique la normativa aplicable ni se alteren los hechos o circunstancias que dieron origen al acto administrativo. Contra dichas decisiones procederá la impugnación prevista en el artículo 1053 del Código Aduanero.

En cambio, las resoluciones anticipadas en materia de origen de la mercadería de importación podrán ser solicitadas ante la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, que queda expresamente facultada para emitirlas o delegar esta atribución en una autoridad con rango no inferior a Subsecretario y competencia específica. En este caso, los actos también serán vinculantes tanto para la autoridad emisora como para el servicio aduanero, y podrán ser recurridos mediante los recursos administrativos previstos en la Ley N° 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto 1759/72 T.O. 2017).

La normativa fija además un plazo máximo de TREINTA (30) días para la emisión de las resoluciones anticipadas. Si vencido ese plazo no hubiera pronunciamiento, el importador podrá avanzar con la destinación de importación en los términos propuestos, con posibilidad de exigencia de garantías por parte del servicio aduanero, conforme al régimen previsto en el Código.

Cambios equivalentes para exportaciones y adecuación al marco OMC

El artículo 323 del Código Aduanero, referido a exportaciones, fue modificado en términos análogos. El servicio aduanero continuará emitiendo resoluciones anticipadas sobre clasificación arancelaria, valoración y otros aspectos tributarios o restrictivos, mientras que las resoluciones anticipadas sobre origen de la mercadería de exportación quedarán bajo la órbita de la Secretaría de Industria y Comercio.

El esquema replica los mismos principios: carácter vinculante de las resoluciones, plazo máximo de 30 días para su emisión y habilitación de recursos administrativos contra las decisiones en materia de origen. En caso de falta de pronunciamiento en término, el exportador podrá solicitar la destinación de exportación conforme a lo planteado originalmente, con posibilidad de exigencia de garantías.

Estos cambios se articulan con el marco normativo ya vigente, que incluye las Resoluciones Generales de la ex-AFIP N° 5473/23, 5477/23 y 5484/24, mediante las cuales se establecieron los procedimientos para resoluciones anticipadas en clasificación arancelaria, valoración en aduana y criterios técnicos aduaneros. El DNU viene a completar el esquema, incorporando de forma expresa el procedimiento y la autoridad competente en materia de origen, uno de los puntos pendientes para la plena implementación del Acuerdo de Facilitación del Comercio.

Impacto de la medida

Desde el punto de vista económico, el nuevo esquema apunta a reducir la incertidumbre operativa para importadores y exportadores, al permitir conocer de antemano el tratamiento aduanero que recibirán sus mercaderías. En un contexto de comercio internacional competitivo, la posibilidad de contar con resoluciones anticipadas vinculantes y plazos definidos puede incidir directamente en costos logísticos, planificación financiera y toma de decisiones de inversión.

En el plano institucional, el DNU redefine con mayor claridad las competencias entre el servicio aduanero y la autoridad económica con competencia en regímenes de origen, alineando la normativa interna con los compromisos asumidos por la Argentina ante la OMC. Además, refuerza el principio de seguridad jurídica al establecer mecanismos de revisión administrativa y garantizar el debido proceso.

Desde el ángulo político, la utilización de un Decreto de Necesidad y Urgencia se justifica, según los considerandos, en la cercanía del vencimiento del plazo internacional —23 de enero de 2026— y en la imposibilidad de cumplirlo a través del trámite legislativo ordinario. La medida será remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, conforme lo establece la Ley N° 26.122, para su análisis de validez.

El decreto fue dictado por el presidente Javier Milei en acuerdo general de ministros y entró en vigencia el día de su dictado, consolidando un cambio relevante en la arquitectura normativa del comercio exterior argentino.

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Las Marías invierte US$ 7 millones en un nuevo molino yerbatero

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La empresa yerbatera Las Marías puso en marcha un nuevo molino en su planta de Gobernador Virasoro, Corrientes, tras concretar una inversión de US$ 7 millones orientada a ampliar su capacidad productiva y sostener estándares de calidad reconocidos a nivel nacional e internacional. La iniciativa consolida el perfil industrial de la firma y profundiza un contraste estructural dentro del sector yerbatero: mientras las grandes industrias fortalecen su infraestructura, los productores primarios acumulan al menos 25 meses de pérdida de rentabilidad, en un contexto de desregulación del mercado.

La inversión, ya en etapa de puesta a punto, se ejecutó con componentes de origen nacional y con ensamblaje a cargo de técnicos locales formados por la propia empresa, que además desarrollaron parte de la tecnología electrónica incorporada a la nueva instalación. Desde la firma señalaron que el proyecto apunta a reforzar la competitividad, sostener la calidad y generar empleo en la región.

Inversión productiva, tecnología nacional y empleo local

El nuevo molino se integra a la estructura industrial de Las Marías con foco en eficiencia, trazabilidad y continuidad operativa. La utilización de componentes nacionales y la participación de equipos técnicos locales destacan un modelo de inversión que articula capacidad productiva, transferencia de conocimientos y empleo calificado en el norte correntino.

Durante una recorrida por la planta, el gobernador de Corrientes, Juan Pablo Valdés, y la ministra de Industria de la provincia, María Herminda Gabur, representante suplente de Corrientes ante el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), acompañaron a directivos de la empresa en la visita a las nuevas instalaciones. En ese marco, el gobernador subrayó: “Las Marías, un orgullo correntino que genera empleo, agrega valor y lleva nuestra yerba mate al país y al mundo”.

Por su parte, la ministra explicó que “esta empresa emblemática y tan querida en nuestra provincia, con un desembolso de 7 millones de dólares, está poniendo en marcha un nuevo molino, más moderno y competitivo, buscando sostener su calidad reconocida por el paladar de muchos consumidores”.

El contraste del sector: expansión industrial y crisis en las chacras

La puesta en marcha del nuevo molino se produce en un escenario sectorial tensionado. Mientras las industrias de mayor escala amplían su capacidad productiva, los productores primarios atraviesan un proceso de empobrecimiento sostenido, con pérdida de rentabilidad durante al menos 25 meses. Este desfasaje expone los efectos distributivos de la desregulación del mercado yerbatero y reabre el debate sobre los beneficios y costos del nuevo esquema para los distintos eslabones de la cadena.

En la visita oficial también se analizaron demandas del sector yerbatero industrial, en un contexto que refleja quiénes resultan favorecidos por la actual dinámica del mercado. La inversión de Las Marías consolida a la industria yerbatera correntina como una de las más modernas y activas en términos de capitalización, si se computan además las mejoras en un molino nuevo y galpones realizadas por Playadito, ubicada a unos 30 kilómetros de Gobernador Virasoro.

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