JUDICIALES

Se derrumba el mito de la avalancha de falsas denuncias: Misiones registró apenas 47 en tres años

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Mientras el Senado avanza en el debate del proyecto impulsado por la senadora Carolina Losada para endurecer las penas por falsas denuncias y falso testimonio, un relevamiento federal elaborado por el Observatorio de Violencia de Género de los Ministerios Públicos concluyó que ese delito representa apenas el 0,09% del total de causas penales registradas en la Argentina.

El informe, elaborado en el marco del expediente legislativo S-0228/2025, introduce una fuerte discusión jurídica y estadística sobre la proporcionalidad de la reforma penal propuesta. El estudio abarcó más de 8,25 millones de investigaciones penales iniciadas entre 2023 y 2025 en 17 jurisdicciones del país y determinó que las causas por falsas denuncias alcanzaron apenas 7.517 expedientes en tres años.

Desde la perspectiva técnica del Observatorio, el dato “refuta empíricamente la premisa central del proyecto de ley”, al sostener que no existe evidencia de una proliferación de falsas denuncias que justifique un agravamiento de penas.

En el caso de Misiones, el informe registró 47 causas por falsas denuncias durante el período 2023-2025. De ese total, solo tres correspondieron a expedientes vinculados a violencia de género o intrafamiliar, mientras que 34 estuvieron asociados a conflictos de otra índole y 10 no pudieron clasificarse por falta de datos suficientes.

El documento aclara además que Misiones logró clasificar el 78,7% de sus expedientes, un nivel de desagregación superior al de varias provincias y superior incluso al de jurisdicciones con sistemas judiciales de mayor tamaño.

El relevamiento pone especial énfasis en una cuestión metodológica central para el debate jurídico: la mayoría de los sistemas judiciales provinciales todavía no cuentan con herramientas suficientemente robustas para discriminar con precisión el tipo de conflicto antecedente de las falsas denuncias. En términos prácticos, el Observatorio sostiene que el principal déficit detectado es de información estadística y trazabilidad procesal, no de escala criminal.

Aun así, el proyecto impulsado por Losada avanzó en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado con una propuesta de modificación integral del Código Penal. La iniciativa plantea elevar las penas por falsa denuncia de los actuales dos meses a un año de prisión a un rango de uno a tres años, y hasta seis años cuando las acusaciones involucren violencia de género, delitos sexuales o menores de edad. También endurece las sanciones por falso testimonio, que podrían alcanzar hasta ocho años de cárcel.

Uno de los puntos más sensibles del debate aparece precisamente en el eventual efecto disuasorio que podría generar sobre las víctimas. El Observatorio advierte que la evidencia disponible muestra el problema inverso al diagnosticado por el proyecto: la subdenuncia sistemática de delitos de violencia de género y abuso sexual.

El informe cita datos de la Encuesta de Prevalencia de Violencia y de estudios oficiales del Ministerio de Justicia que indican que el 77% de las mujeres que sufrieron violencia de pareja nunca realizó una denuncia y que el 88% de las víctimas de violencia sexual tampoco acudió al sistema judicial.

En ese contexto, el Observatorio advierte que agravar las penas para quienes denuncien hechos vinculados a violencia de género podría profundizar las barreras de acceso a la Justicia, especialmente en delitos de difícil prueba y alta vulnerabilidad probatoria.

El trabajo también introduce una observación jurídica relevante sobre la consistencia estadística del debate. El crecimiento de las causas registradas -que pasaron de 1.845 en 2023 a 3.142 en 2025- no necesariamente implica una expansión real del fenómeno, sino que podría responder a mejoras en los sistemas de registro, ampliaciones metodológicas o cambios en las estrategias procesales de litigación. Incluso con ese aumento, las falsas denuncias continúan representando menos del 0,1% del universo penal analizado.

Otro aspecto central del informe es la advertencia sobre las limitaciones del relevamiento. El Observatorio reconoce que no pudo determinar cuántas de las denuncias registradas terminaron efectivamente en condena judicial ni cuántas involucraban litigación estratégica en conflictos familiares o de género.

En paralelo, el proyecto de Losada ya comenzó a generar reacciones judiciales y políticas. Referentes de derechos humanos, entre ellos el exjuez Carlos Rozanski, promovieron denuncias penales contra la legisladora, mientras que la senadora radical respondió denunciando intentos de “amedrentamiento” contra quienes impulsan reformas legislativas.

La discusión, en definitiva, expone un debate jurídico más profundo: hasta qué punto el endurecimiento penal puede funcionar como herramienta preventiva sin afectar garantías de acceso a la Justicia en contextos de violencia estructural. Y allí, los datos estadísticos que ahora empiezan a emerger podrían convertirse en el principal campo de batalla legislativo.

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El juez Daniel Rafecas avaló el proceso de licitación de la Hidrovía

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El juez a cargo del Juzgado Federal 6, Daniel Rafecas, rechazó el pedido de suspensión inmediata de la licitación de la Hidrovía Paraná-Paraguay. La decisión, firmada este jueves, se produjo después de una denuncia por un supuesto entramado de fraude, falsificación de documentos y reparto anticipado del millonario contrato público.

El fallo se refiere al tramo central de la licitación pública nacional e internacional para la concesión del corredor fluvial más importante de la Argentina. Los denunciantes aseguraron que la adjudicación, de un valor estimado en USD 7.000.000.000, estaba preacordada para un grupo empresario vinculado al poder político.

El juez, siguiendo el dictamen del fiscal Guillermo Marijuan, concluyó que no se acreditó peligro concreto ni evidencia suficiente para frenar el proceso.

El conflicto

La controversia gira en torno a la adjudicación para dragado, señalización y balizamiento de la Hidrovía, un canal clave para la exportación argentina.

La diputada Marcela Pagano denunció ante la justicia presuntos manejos irregulares en el diseño de los pliegos —los requisitos para competir—, señalando que las condiciones habían sido elaboradas “a medida” para excluir empresas de origen chino, pese a su peso internacional en el sector.

Según la denuncia, el Grupo Neuss, liderado por Juan y Patricio Neuss, pasó en apenas dos años de ser un participante mediano a principal beneficiario de privatizaciones y concesiones estatales en el país.

La presentación sumó otras acusaciones. Indicó que la empresa Jan de Nul aparecería como oferente formal, pero el Grupo Neuss, como “socio oculto”, controlaría en realidad el 50% del contrato a través de subcontratos no declarados. También involucró al Grupo Román y, en el plano político, al expresidente Mauricio Macri.

El segundo denunciante, Fernando Míguez, presidente de la Fundación por la Paz y el Cambio Climático, argumentó que la licitación impone un requisito —un calado de 44 pies (13,41 metros)— de cumplimiento inmediato que solo la firma Jan de Nul puede satisfacer en la región, lo que, a su juicio, garantizaba un solo ganador.

El fiscal había rechazado suspender la licitación

Las denuncias exigían una medida cautelar de no innovar, es decir, que el juez ordenara suspender de inmediato todos los pasos de la licitación hasta evaluar los hechos.

Este lunes, el fiscalMarijuan, se opuso al pedido, considerando que los requisitos para una medida tan drástica no estaban justificados.

En su dictamen, el fiscal federal consignó: “No se acredita la verosimilitud del derecho invocado ni la arbitrariedad manifiesta del obrar administrativo, especialmente exigible frente a la Administración Pública… tampoco se demuestra el peligro concreto en la demora al que alude la presentante”.

Explicó que las cautelares —las suspensiones o medidas preventivas— solo pueden otorgarse cuando hay pruebas concretas y urgentes de que, si la justicia no actúa ya, el daño será irreparable para el denunciante o el Estado. Ese “peligro en la demora” es uno de los requisitos legales ineludibles.

El fiscal recordó la presunción de legitimidad del accionar de la administración, por lo cual solo puede suspenderse su marcha si aparecen pruebas claras de ilegalidad o riesgo gravísimo e inminente.

El juez respaldó al fiscal

En relación con los planteos y pruebas presentadas, el juez señaló que las denuncias se basan en hipótesis sobre hechos futuros, y que la investigación aún se encuentra en una fase inicial, sin elementos concretos para una decisión tan grave como suspender la concesión en curso.

Aclaró que las medidas cautelares “son remedios procesales de aplicación restrictiva”, solo válidos si se verifican, en simultáneo, tres condiciones: apariencia de derecho (probabilidad fundada de que lo denunciado sea cierto), peligro en la demora (daño irreparable si no interviene la justicia ya) y presentación de una garantía suficiente.

Para el juez Rafecas, tanto la presentación de Pagano como la de Míguez carecen de esos requisitos, ya que lo expuesto —aunque detallado— no supera la instancia de denuncia inicial ni aporta pruebas materiales que justifiquen una intervención excepcional.

El fallo señala jurisprudencia reciente que exige a los jueces actuar con “máxima prudencia”, especialmente cuando la medida afecta el funcionamiento administrativo normal de organismos públicos y cuando existen otros juicios en trámite en el fuero federal de Santa Fe, donde ya se han rechazado medidas preventivas sobre el mismo proceso.

El fallo impacta sobre uno de los contratos públicos de mayor peso histórico en materia de infraestructura fluvial y deja en pausa, por el momento, una investigación judicial sobre la mayor privatización en marcha por el Estado argentino.

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ARCA cambió de estrategia, no más apelaciones por ganancias a jubilados

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió modificar su estrategia judicial y dejar de apelar las sentencias que declaran inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios. La decisión se alinea con la doctrina que sostiene la Corte Suprema desde 2019 y busca evitar nuevos costos judiciales para el Estado.

La medida quedó formalizada mediante la Instrucción General 4/2026 SDGASJ, donde el organismo reconoció la “reiterada jurisprudencia” del máximo tribunal en favor de jubilados y pensionados y ordenó adecuar la actuación de sus representantes legales.¿Qué hará ARCA?

En concreto, ARCA instruyó no presentar recursos extraordinarios ni recursos de queja ante la Corte Suprema en este tipo de expedientes. Además, en los casos ya iniciados, el organismo deberá desistir de las apelaciones pendientes que aún no hayan sido tratadas.

El cambio de postura se apoya en el histórico fallo “García, María Isabel c/ AFIP”, dictado el 26 de marzo de 2019. Allí, la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias aplicados sobre jubilaciones.

Jueces de la Corte

En aquella sentencia, los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco consideraron que gravar haberes previsionales podía vulnerar el principio de igualdad constitucional cuando se trataba de personas en situación de vulnerabilidad por edad o salud.

La Corte sostuvo entonces que “el envejecimiento y la discapacidad son causas determinantes de vulnerabilidad” y ordenó reintegrar las sumas retenidas a una jubilada de 79 años con graves problemas de salud, cuyos descuentos llegaban al 31,94% de sus ingresos.

La resolución fue firmada el pasado 15 de mayo por el subdirector general de Asuntos Jurídicos de AFIP, Gustavo Heber Paturlannes, quien además dispuso que, cuando las cámaras federales rechacen de manera sistemática las apelaciones del organismo, los representantes fiscales deberán consentir las sentencias sobre la cuestión de fondo.

En esos casos, ARCA solo continuará litigando aspectos vinculados a honorarios y costas judiciales, para “no generar mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional”.

De todos modos, la nueva directiva no alcanzará a las causas impulsadas por asociaciones o colegios que carezcan de legitimación activa, ni tampoco a expedientes donde el organismo considere que existen circunstancias particulares capaces de revertir el criterio judicial vigente.

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Rechazan una cautelar para frenar la licitación de la Vía Navegable Troncal

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La Justicia rechazó una medida precautelar y cautelar de no innovar presentada por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad para suspender el procedimiento de licitación de la Vía Navegable Troncal, según informó la Agencia Noticias Argentinas.

La entidad había solicitado que se ordenara a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación la “suspensión inmediata de todo acto de avance sustancial, consolidación, perfeccionamiento o ejecución” del proceso licitatorio.

En la resolución judicial se señaló que la investigación en curso “se ciñe a investigar la posible deuda contraída por la AGPSE con la empresa Compañía Sudamericana de Dragados S.A. y el supuesto direccionamiento de la Licitación y la eventual defraudación”, y se remarcó que la causa “se encuentra en plena etapa de instrucción”.

Además, el fallo sostuvo que el informe remitido por la Procuraduría de Investigaciones Administrativas “no encuentra correspondencia con la investigación que aquí se lleva adelante”.

El texto judicial también cuestionó la difusión pública del informe y afirmó: “Tampoco resulta comprensible la inusitada difusión y trascendencia que los medios periodísticos otorgaron al mencionado informe poco después de su remisión a esta dependencia, máxime cuando el mismo no había sido siquiera incorporado al sistema informático del Poder Judicial”.

Como ejemplo, se mencionó una publicación del diario La Nación del 15 de mayo que replicó el contenido del informe de la Procuraduría.

La resolución agregó que “no resulta este el proceso en el que deba ventilarse el informe presentado por la Procuraduría de Investigaciones Administrativas”, ni tampoco el ámbito donde correspondiera tratar la medida impulsada por la asociación civil.

Asimismo, el juzgado indicó que “no se advierten reunidos, con la intensidad requerida en esta etapa inicial, los recaudos que habiliten la procedencia de una medida cautelar de la entidad solicitada”.

Según se consignó en el expediente, la misma organización mantiene otro juicio contra la Agencia Nacional de Puertos y Navegación en tribunales de Santa Fe, donde también fue rechazada una cautelar similar.

Finalmente, la resolución concluyó que “no se ha logrado acreditar, siquiera en grado de apariencia suficiente, la verosimilitud del derecho invocado ni la manifiesta arbitrariedad del obrar administrativo cuestionado”, y que tampoco se demostró “un peligro concreto, actual e inminente en la demora” que justificara la suspensión del proceso licitatorio.

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Misiones presente en el recambio de autoridades de JUFEJUS

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Los Ministros del Superior Tribunal de Justicia de Misiones, Froilán Zarza, Juan Manuel Díaz y Cristina Irene Leiva participaron en la reunión mensual de la Comisión Directiva de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de las Provincias Argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ju.Fe.Jus.) oportunidad en la que se eligieron las nuevas autoridades que conducirán la entidad durante el período 2026-2028.

Misiones integrará la nueva comisión, ya que Froilán Zarza fue elegido, por sus pares de todo el país, para ocupar el cargo de protesorero. Marcando, de esta manera, la impronta de la Provincia teniendo en cuenta que Cristina Irene Leiva es quien preside la Región NEA y la Comisión de Género, mientras Juan Manuel Díaz fue electo recientemente para presidir la Comisión de Ambiente y Cambio Climático.

En este espacio de profunda articulación interprovincial, se mantuvo además un encuentro de trabajo con el Ministro de Justicia de la Nación, Juan Bautista Mahiques, ratificando el compromiso de seguir fortaleciendo el acceso a la justicia y la excelencia institucional en todo el país.

Este encuentro contó con la presencia de 53 autoridades judiciales de las máximas instancias de Argentina, oportunidad en la que Mahiques manifestó su apoyo a los poderes judiciales provinciales destacando el trabajo que realizan en todo el país y la voluntad de articular acciones en materia de acceso a justicia, oralidad y capacitación, además de ponerse a disposición de los magistrados para escuchar las necesidades locales y buscar soluciones conjuntas para las vacantes y requerimientos de las justicias provinciales.

En este contexto, Emilia María Valle y Sergio Fabián Vittar fueron reelegidos por el período 2026-2028 como presidente y vicepresidente de la Junta Federal de Cortes y Tribunales Superiores de las Provincias Argentinas y Ciudad de Buenos Aires por votación de todas las Provincias representadas en la Asamblea realizada en la ciudad de San Juan. También renovaron el resto de las autoridades de la Comisión Directiva.

La nómina de las nuevas autoridades aprobadas para la Comisión Directiva quedó conformada de la siguiente manera:
Presidente: Emilia Valle (Chaco);
Vicepresidente: Fabián Vittar (Salta);
Vicepresidente Región Litoral Centro: Domingo Sesin (Córdoba)
Vicepresidente Región Nuevo Cuyo: Eduardo Allende (San Luis);
Vicepresidente Región Patagonia: Camila Banfi (Chubut);
Vicepresidente Región Atlántica: Hilda Kogan (PBA);
Secretaria: Adriana García Nieto (San Juan);
Prosecretaria: Rita Verónica Saldaño (Catamarca)
Tesorero: Hugo Oscar Díaz (La Pampa);
Protesorero: Froilán Zarza (Misiones);
Secretario de Relaciones Institucionales y Actas: Santiago Otamendi (CABA);
Revisor de Cuentas Titular: Mariano Miranda (Jujuy);
Revisora de Cuentas Suplente: Alicia Mercau (Santa Cruz)
Vocales:
Germán Carlomagno en su carácter provisorio (Entre Ríos);
Fernando Niz en carácter provisorio hasta que el Superior Tribunal designe o ratifique su permanencia (Corrientes);
Ariel Gustavo Coll (Formosa);
Luis Brizuela (La Rioja), Dalmiro Garay Cuelli (Mendoza);
Evaldo Darío Moya (Neuquén);
Ricardo Apkarian (Río Negro);
Rafael Gutiérrez en su carácter provisorio (Santa Fe);
Eduardo López Alzogaray (Santiago del Estero);
Javier Muchnik provisorio (Tierra del Fuego AIAS);
Antonio Estofan (Tucumán).

La Junta que nuclea a los ministros y miembros de las Cortes Supremas y Tribunales Superiores de cada jurisdicción provincial del país con el objetivo de fortalecer el sistema judicial en las provincias y garantizar la independencia de los poderes judiciales locales frente al gobierno federal.

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