JUDICIALES

La Justicia apartó a los querellantes de la causa $Libra y debilitó el planteo de la presunta estafa

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El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi resolvió apartar a los querellantes de la causa por la presunta estafa de la criptomoneda $LIBRA, accediendo así a un pedido elevado por la defensa del lobbista Mauricio Novelli.

El planteo responde al pedido de Novelli del mes pasado, quien argumentó que no existía una estafa alrededor del token que promocionó el presidente Javier Milei en sus redes y que, pocos minutos después, se desplomó.

La defensa de Novelli había planteado que en el caso $LIBRA no se cumple la secuencia típica exigida por el Código Penal para hablar de una estafa —ardid, error, disposición patrimonial o perjuicio—, ya que los querellantes no son “particulares ofendidos” por un delito, sino inversores en un mercado de riesgo.

La medida excluyó como querellantes a los damnificados Juan Patricio Marchetto, Alan Vega, Matías Alejandro Paris, Braian Emanuel Quintero y Martín Romeo, quienes se encontraban nucleados en dos querellas distintas. Sin ese acceso, la investigación recae únicamente en las tareas del fiscal Eduardo Taiano, severamente criticado en su accionar por las demoras para tomar medidas de prueba. En un año y medio, todavía no llamó a declarar a ninguno de los involucrados.

Los querellantes apelarán la medida

El juez Martínez de Giorgi estuvo siendo observado luego de la decisión del gobierno, el cual quería sumar a su esposa, Ana María Cristina Juan, entre los candidatos a ocupar cargos en el Poder Judicial y, puntualmente, en el juzgado federal de la localidad bonaerense de Hurlingham. El pliego ya recibió la aprobación del Senado, pero aún no recibió la oficialización en el BORA (Boletín Oficial de la República Argentina); que se dé la comunicación responde solamente a una cuestión de tiempo.

Aunque con la resolución del fallo, ahora ninguna de las querellas tendrá posibilidad alguna de pedir medidas de prueba, así como tampoco de seguir insistiendo con las citaciones a indagatoria, apelar decisiones ni incidir de cualquier otro modo de forma directa en el curso de la causa.

¿Qué dijo el juez en su escrito?

El juez consideró en su escrito que $LIBRA es una memecoin, es decir, una criptomoneda elaborada a modo de broma y con alta volatilidad; además, sostuvo que las pérdidas de los inversores están vinculadas a los riesgos inherentes al propio mercado antes que a un delito. De esta manera, la decisión del juez debilitó el planteo de estafa detrás del lanzamiento de $LIBRA, que es la principal hipótesis que sostienen los damnificados.

Además, el juez dijo que, de acuerdo con la naturaleza anónima de las criptomonedas de la red Solana, que fue la red que se utilizó para crear $LIBRA, los querellantes no pudieron dar cuenta de manera fehaciente de que eran los dueños de las billeteras virtuales que fueron utilizadas, así como tampoco del origen de los fondos. Esto llevó a que no se pueda demostrar la pérdida por delito.

En este punto, el juez dijo que “las constancias aportadas resultan indiciarias, pero no determinantes ni consistentes para establecer su titularidad”. Con este argumento fue que también antes había rechazado el pedido de inclusión de otros dos damnificados, oriundos de Bielorrusia, quienes también se presentaron mediante una de las querellas para reclamar como víctimas de $LIBRA.

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Cristina Fernández presentó nuevos recursos para evitar el decomiso de sus bienes

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La batalla judicial por la ejecución de la condena en la causa Vialidad abrió un nuevo capítulo. Un día después de que la Corte Suprema dejara firme la actualización del monto del decomiso a $684.990 millones, la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner presentó un recurso de queja para intentar frenar la ejecución y eventual remate de bienes alcanzados por la sentencia, una estrategia que también adoptó el empresario Lázaro Báez

La Corte rechazó los planteos de nulidad y ratificó el monto actualizado que deberán afrontar los condenados, cifra que surge de la actualización de los aproximadamente $85.000 millones originalmente establecidos por el Tribunal Oral Federal N.º 2.

La discusión ahora se concentra en la etapa de ejecución patrimonial. Entre los bienes que podrían quedar alcanzados por el decomiso figuran propiedades de Cristina Kirchner en la Ciudad de Buenos Aires y Santa Cruz, hoteles vinculados a las firmas de la familia y otros activos incluidos en los expedientes judiciales. 

La defensa de la ex mandataria, encabezada por el abogado Carlos Beraldi, también busca excluir del proceso bienes de Máximo y Florencia Kirchner, argumentando que no existe prueba de que esos activos provengan de los hechos investigados. 

La causa Vialidad constituye uno de los expedientes de corrupción más relevantes de la historia reciente argentina. En diciembre de 2022, el Tribunal Oral Federal N.º 2 condenó a Cristina Kirchner por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en relación con 51 contratos de obra vial adjudicados en Santa Cruz. 

Aquella sentencia fue posteriormente confirmada por instancias superiores y finalmente quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema. 

Uno de los aspectos centrales del proceso es el decomiso, figura prevista en la legislación penal para recuperar activos obtenidos o vinculados con delitos contra el Estado. El cálculo original se basó en los perjuicios económicos atribuidos a las irregularidades detectadas en las licitaciones de obra pública investigadas. 

El expediente aún presenta otros frentes abiertos. La Unidad de Información Financiera (UIF) solicitó intervenir en la administración de los bienes decomisados, sosteniendo que los activos vinculados a causas de lavado deben quedar bajo la órbita de organismos especializados.

Aunque las nuevas presentaciones judiciales podrían demorar algunas definiciones, especialistas consultados previamente por distintos medios nacionales han señalado que los recursos de queja no tienen efecto suspensivo automático, por lo que la Justicia podría avanzar paralelamente con las medidas destinadas a identificar, tasar y eventualmente ejecutar los bienes alcanzados por la condena. 

El caso tiene además una fuerte dimensión política. Cristina Kirchner continúa denunciando una persecución judicial y cuestionando las resoluciones adoptadas por los tribunales, mientras que el oficialismo considera que la ratificación de las condenas constituye un hito en la lucha contra la corrupción. 

En ese escenario, la disputa por el patrimonio de la ex presidenta aparece como el último gran tramo de un proceso judicial que se extendió durante más de una década y que ahora ingresa en su etapa más sensible: la recuperación efectiva de los bienes reclamados por el Estado.

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Economía modificó el contrato con Sullivan & Cromwell para reforzar la estrategia de defensa en los juicios internacionales contra la Argentina

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El Ministerio de Economía aprobó una nueva enmienda al contrato con el estudio jurídico estadounidense Sullivan & Cromwell LLP, encargado de representar al Estado argentino en litigios de alto impacto financiero vinculados a los cupones atados al PBI y a la expropiación de YPF. La medida no implica una nueva contratación, sino una actualización de las condiciones operativas para administrar una cartera de causas que continúa evolucionando y que puede tener efectos sobre las finanzas públicas y el costo de financiamiento del país.

La Resolución 882/2026, publicada en el Boletín Oficial, sustituye el anexo vigente de las bases de contratación firmadas en 2021 con el estudio Sullivan & Cromwell LLP. El Ministerio de Economía argumenta que la modificación responde a la necesidad de adaptar el esquema de trabajo a la dinámica de los procesos judiciales actuales y futuros que enfrenta la Argentina en tribunales del exterior.

La representación legal comprende algunos de los litigios más sensibles para el Estado argentino: las demandas relacionadas con los títulos públicos atados al crecimiento del Producto Bruto Interno (PBI) y las causas derivadas de la expropiación de la mayoría accionaria de YPF, dos frentes con potencial impacto sobre el patrimonio público y la percepción internacional del riesgo soberano.

Una actualización contractual, no una nueva adjudicación

La resolución aclara que el vínculo con Sullivan & Cromwell se mantiene dentro del régimen especial establecido por el Decreto 946/2020, que excluyó este tipo de contrataciones internacionales del régimen general de compras públicas debido a la necesidad de contar con representación especializada en jurisdicciones extranjeras.

La decisión administrativa aprueba una nueva enmienda que reemplaza el anexo incorporado en 2025 por otro documento actualizado, elaborado de común acuerdo entre el Ministerio y el estudio jurídico. El texto oficial señala que las modificaciones buscan mejorar la administración de la cartera de litigios presente y futura, aunque no detalla públicamente los cambios específicos incorporados en el nuevo anexo.

El propio expediente indica que Sullivan & Cromwell manifestó formalmente su conformidad con las modificaciones propuestas antes de la aprobación de la resolución.

Aunque la medida tiene un carácter jurídico-administrativo, su relevancia trasciende el ámbito legal. La evolución de estos litigios puede incidir sobre variables que siguen de cerca empresas, bancos e inversores.

Entre los principales efectos potenciales se destacan la exposición patrimonial del Estado frente a eventuales sentencias internacionales. La percepción del riesgo argentino en los mercados financieros. Las condiciones de acceso al financiamiento soberano, con impacto indirecto sobre el costo del crédito para el sector privado. La previsibilidad jurídica en procesos vinculados a emisiones de deuda y disputas internacionales.

Para las economías regionales del NEA, estos procesos no tienen un efecto directo sobre la actividad cotidiana, pero sí forman parte del entorno macroeconómico que condiciona inversiones en infraestructura, acceso al crédito y disponibilidad de financiamiento para proyectos productivos.

Defensa legal como componente de la estrategia financiera

La contratación de estudios jurídicos especializados en Nueva York y Londres constituye una práctica habitual en litigios internacionales donde los Estados aceptaron jurisdicciones extranjeras al emitir deuda o celebrar determinados contratos.

En este caso, Economía sostiene que la actualización contractual permitirá administrar con mayor eficiencia una cartera de causas cuya complejidad exige equipos especializados en derecho financiero internacional y litigios transnacionales.

La resolución tampoco modifica el objeto original de la contratación ni incorpora nuevos procesos judiciales de manera explícita, sino que actualiza las bases bajo las cuales continuará desarrollándose la representación legal.

El cambio administrativo no altera el estado procesal de las demandas, pero confirma que el Gobierno considera necesario mantener y adaptar su estrategia jurídica frente a litigios que continúan abiertos. Para el mercado, el foco seguirá puesto menos en esta modificación contractual que en la evolución de las causas judiciales y en el eventual impacto que puedan tener sobre las cuentas públicas y la capacidad financiera del Estado argentino.

Anexo Resolución 882/2026 by CristianMilciades

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Vialidad: la Corte dejó firme el decomiso de $685 mil millones contra Cristina Fernández y otros condenados

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La Corte Suprema de Justicia dejó firme el monto de $684.990.350.139,86 para ejecutar el decomiso sobre los bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el empresario Lázaro Báez y otros condenados en la causa conocida como “Vialidad”, al rechazar por inadmisibles los recursos presentados por las defensas.

La decisión fue adoptada este jueves por los jueces Horacio RosattiCarlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes desestimaron, en los términos del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, el planteo de la defensa de Cristina Fernández de Kirchner contra la forma de actualización del monto originalmente fijado en concepto de decomiso. También rechazaron el recurso de la defensa de Lázaro Báez, que cuestionaba la competencia del Tribunal Oral Federal 2 para llevar adelante esa etapa del proceso.

El Tribunal Oral Federal N° 2 había fijado en la sentencia condenatoria un decomiso de $84.835.227.378,04 por el perjuicio ocasionado al Estado, con la disposición de que esa suma fuera ajustada cuando el fallo adquiriera firmeza.

El 6 de diciembre de 2022, el Tribunal Oral Federal N° 2 condenó a Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en el marco de 51 licitaciones de obra pública en Santa Cruz y la absolvió por el delito de asociación ilícita. También fueron condenados Lázaro Báez, el ex secretario de Obras Públicas José López, el ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti y otros ex funcionarios, mientras que la ex mandataria recibió además la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia el 13 de noviembre de 2024 y, el 10 de junio de 2025, la Corte Suprema rechazó los recursos extraordinarios contra las condenas, que quedaron firmes.

Tras esa decisión, el Tribunal Oral ordenó la detención de los condenados y dispuso la actualización del monto del decomiso. En ese trámite intervino el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema, junto con peritos de las defensas y del Ministerio Público, y la cifra fue actualizada a $684.990.350.139,86 sobre la base del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC entre noviembre de 2022 y mayo de 2025.

La defensa de Cristina Fernández de Kirchner, encabezada por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, sostuvo que el monto inicial era provisorio y cuestionó la utilización del IPC para su actualización. Por su parte, la defensa de Lázaro Báez planteó que el decomiso debía tramitar ante el Tribunal Oral Federal 4, debido a la condena que pesa sobre el empresario en la causa conocida como “la ruta del dinero”.

Con la resolución de este jueves, la Corte Suprema dejó firmes los fallos de las instancias anteriores y quedó confirmado el monto actualizado del decomiso que deberán afrontar solidariamente los condenados en la causa Vialidad.

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Rechazan la prisión domiciliaria para Germán Kiczka y seguirá detenido en Cerro Azul

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El Tribunal Penal N.º 1 de la Primera Circunscripción Judicial resolvió rechazar el pedido de prisión domiciliaria solicitado por la defensa del exdiputado provincial Germán Kiczka, condenado a 14 años de prisión por delitos relacionados con la tenencia, facilitación y distribución de material de abuso sexual infantil (MASI).

De esta manera, el exlegislador del partido Activar continuará detenido en la Unidad Penal VIII de Cerro Azul, donde cumple condena desde que fue sentenciado junto a su hermano, Sebastián Kiczka, quien recibió una pena de 12 años de prisión.

La defensa había solicitado que Germán Kiczka cumpliera la condena en su domicilio de Apóstoles, bajo monitoreo electrónico, argumentando que debía asistir a su esposa por problemas de salud.

Sin embargo, los jueces Gustavo Arnaldo Bernie y César Antonio Yaya votaron por rechazar el beneficio. La jueza Viviana Gladis Cukla emitió un voto en disidencia y se pronunció a favor de conceder la morigeración de la medida.

El tribunal descartó circunstancias excepcionales

En su resolución, los magistrados consideraron que el caso no encuadra en las situaciones excepcionales previstas por el artículo 10 del Código Penal, que habilita la prisión domiciliaria en supuestos específicos, como enfermedades terminales, discapacidades graves, edad avanzada o determinadas situaciones vinculadas con la maternidad.

A esa conclusión se sumaron el fiscal Vladimir Glinka, quien dictaminó en contra del pedido al entender que la prisión domiciliaria no eliminaba el riesgo de fuga, y el informe elaborado por el Instituto de Clasificación del Servicio Penitenciario Provincial, que también desaconsejó conceder el beneficio por no advertir circunstancias que lo justificaran.

Germán y Sebastián Kiczka fueron condenados en abril de 2025 por delitos vinculados al material de abuso sexual infantil. El exdiputado recibió una pena de 14 años de prisión, mientras que su hermano fue sentenciado a 12 años.

Aunque ambos permanecen alojados en la Unidad Penal VIII de Cerro Azul, la condena aún no quedó firme, ya que actualmente se encuentra bajo revisión del Superior Tribunal de Justicia de Misiones.

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