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Nuevos requisitos y condiciones de la AFIP para solicitar facturas A

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Mediante la Resolución General 4627, la AFIP modificó el procedimiento y estableció nuevos requisitos y condiciones para solicitar facturas A

La AFIP modificó el procedimiento y estableció nuevos requisitos y condiciones para solicitar facturas A.

Mediante la Resolución General 4627, publicada en el Boletín Oficial este jueves (07/11), se modifica casi íntegramente la Resolución General 1575.

Marcos felice, consultor tributario, destaca los principales puntos que establecen el nuevo procedimiento para la solicitud de autorización de comprobantes clase A y las nuevas condiciones y requisitos exigidos por el fisco para su habilitación.

Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que soliciten por primera vez -desde su inscripción vigente en el gravamen- la autorización para emitir comprobantes clase Adeberán generar mediante el servicio “Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)” opción “Habilitación de Comprobantes”, disponible en el sitio web de la AFIP, el formulario de declaración jurada que, según el sujeto de que se trate, se indica a continuación:

a) Personas humanas y sucesiones indivisas: F. 855.

b) Demás responsables: F. 856.

Dicha obligación deberá cumplirse con anterioridad a la solicitud de autorización de emisión, impresión y/o importación de comprobantes.

A los efectos de acceder al mencionado servicio se deberá disponer de Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 como mínimo.

A efectos de obtener la autorización para emitir comprobantes clase A, los contribuyentes y/o responsables deberán:

a) No encontrarse entre las causales de habilitación de emisión de comprobantes clase M, de conformidad con el análisis integral.

b) No haber incurrido en irregularidades o incumplimientos formales vinculados a sus obligaciones fiscales (inconvenientes con el domicilio fiscal, falta de presentación de declaraciones juradas determinativas de impuestos, omisión de presentación de regímenes de información, etc.).

Los requisitos previstos en los apartados a) y b) deberán ser cumplidos por las personas humanas y demás responsables que solicitan la habilitación de emisión de comprobantes en nombre propio y por todos los componentes o integrantes que acrediten los requisitos patrimoniales.

c) Reunir los requisitos patrimoniales detallados seguidamente:

1. Personas humanas y sucesiones indivisas:

1.1. Acreditar la presentación de las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales correspondientes a los últimos 2 períodos fiscales vencidos al momento de interposición de la solicitud, con las siguientes condiciones:

1.1.1. Haber efectuado la presentación de las mismas dentro de los 30 días corridos contados desde el vencimiento fijado para su presentación.

1.1.2. Exteriorizar bienes gravados por un importe superior al mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales por cada período fiscal de que se trate.

1.1.3. Declarar bienes situados en el país -neto de dinero en efectivo y artículos del hogar- por valores superiores al 80% del mínimo no imponible correspondiente al período fiscal de que se trate:

; o

1.2. acreditar la titularidad o participación en la titularidad, de bienes inmuebles y/o automotores -situados en el país-, con las siguientes consideraciones:

1.2.1. Los inmuebles serán valuados de conformidad con lo dispuesto en el Impuesto sobre los Bienes Personales.

No serán computables los inmuebles sobre los que se haya constituido derecho real de garantía hipotecaria, ni aquellos que se declaren en carácter de usufructuarios, en los casos de cesión de la nuda propiedad.

1.2.2. Los automotores se valuarán de acuerdo al último valor publicado por la AFIP, de conformidad con lo dispuesto en el Impuesto sobre los Bienes Personales, o en su defecto considerando el valor que hubiera sido asignado a la unidad en el contrato de seguro vigente al momento de la solicitud.

En caso de no disponer de las citadas valuaciones, se deberá observar lo establecido en el primer párrafo del inciso b) del aludido artículo.

Para aquellos sujetos que se hayan acogido a los beneficios para contribuyentes cumplidores, se considerará la presentación -en término- de las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales, por un importe igual o superior al mínimo no imponible establecido para dicho impuesto, para los períodos fiscales de que se trate, debiendo cumplir con los mismos requisitos y condiciones establecidos en la nueva resolución.

Cuando se trate de titularidad parcial de dominio, corresponderá considerar el valor proporcional del bien.

En los casos en que se haya constituido derecho real de garantía prendaria, deberá deducirse el valor atribuible a la misma.

En ninguno de los dos casos indicados precedentemente se considerará la amortización correspondiente.

El importe total de los bienes inmuebles y automotores, valuados de la manera antes indicada, deberá superar el 50% del mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales, para el último período fiscal vencido al momento de la interposición de la solicitud.

Los inmuebles y/o automotores que se encuentren afectados por embargos preventivos, no serán considerados a fin de acreditar la solvencia patrimonial a la que se refiere el presente punto 1.2.

2. Demás responsables:

2.1. El 33% -como mínimo- de los componentes que otorguen la voluntad social o, cada uno de los integrantes de los sujetos comprendidos en el segundo párrafo del Artículo 4° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, deberá cumplir con las siguientes condiciones, en función del tipo de sujeto de que se trate:

2.1.1. Personas humanas o sucesiones indivisas: requisitos establecidos en el punto 1. antes mencionado.

2.1.2. Otros componentes o integrantes: acreditar la titularidad o participación en la titularidad de bienes inmuebles y/o automotores, conforme a lo dispuesto en el punto 1.2. antes mencionado; o

2.2. por parte de la entidad: la titularidad o participación en la titularidad de bienes inmuebles y/o automotores, conforme a lo expuesto en el punto 1.2.

2.1 – Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)

Las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), quedarán habilitadas a emitir comprobantes clase “A”, en la medida que superen los controles previstos en los incisos a) y b) mencionados, encontrándose exceptuados de observar los requisitos, condiciones y formalidades establecidos en el inciso c) del mismo.

No obstante, deberán cumplir con el régimen de información cuatrimestral establecido en el Título V de la Resolución General 1575.

Aquellos sujetos que formen parte del capital social de más de una empresa, podrán acreditar solvencia sólo para una de ellas, excepto que se trate de una sociedad anónima unipersonal, en cuyo caso la acreditación podrá hacerse extensiva a otra sociedad que no revista tal carácter.

No se considerarán válidas las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales presentadas por los contribuyentes en su carácter de responsables sustitutos del gravamen.

No podrán acreditar titularidad de bienes aquellos sujetos sobre los que se haya dispuesto la inhibición general de bienes.

No serán habilitados a emitir comprobantes clase “A” ni podrán optar por los comprobantes clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” aquellos contribuyentes que hayan solicitado una o más bajas en el impuesto al valor agregado, dentro de los 12 meses inmediatos anteriores a la fecha de interposición de la solicitud, y que al momento de la última baja registrada se encontraren habilitados a emitir comprobantes clase “M” o estuvieren inhabilitados para la emisión de comprobantes, siempre que dichas circunstancias se hubiesen originado en el referido lapso.

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Lula pretende recorrer el país y luchar por anular su sentencia

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El ex presidente pretende posicionarse políticamente y recorrer Brasil luego de ser beneficiado con una nueva jurisprudencia para detenidos sin sentencia firme.

El ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva, en caso de ser liberado hoy de su celda en la ciudad de Curitiba, pretende posicionarse políticamente y recorrer el país luego de haber estado 580 días preso por corrupción y ser beneficiado, desde anoche, con una nueva jurisprudencia para detenidos sin sentencia firme.

Los abogados de Lula presentan hoy ante la Superintendencia de la Policía Federal un pedido para ejecutar el fallo de la Corte que permite la liberación del líder opositor.

“Lula pretende preparar un mensaje a la Nación cuando salga de esta prisión política”, dijo Joao Paulo Rodrigues, coordinador del Movimiento de trabajadores Sin Tierra, que lo visitó este jueves en la sede del a Policía Federal en Curitiba.

Según contó el propio Lula en recientes entrevistas, su intención es recorrer el país y luchar ante la Corte para anular su sentencia, sobre todo en un proceso en el cual acusa al juez que lo condenó, Sergio Moro, hoy ministro de Justicia de Bolsonaro.

La decisión depende de la jueza Carolina Lebbos, de Ejecución Penal, alineada con los fiscales de Lava Jato y quien quiso enviar a Lula en agosto a una cárcel con presos comunes, decisión que fue frenada por la corte.

Por qué Lula podría quedar libre en Brasil

La Corte Suprema de Brasil resolvió el jueves por seis votos contra cinco, que la prisión de un condenado en segunda instancia es inconstitucional, fallando en contrario de una jurisprudencia de 2016 y dejando así la puerta abierta para la liberación del ex presidente Lula Da Silva.

La decisión, que llegó tras un complejo juicio, se contrapone con lo establecido en 2016, que determinaba que un condenado en segunda instancia ya podía ser encarcelado, aún cuando hubieran apelaciones a tribunales superiores.

Ahora la Corte resolvió que una pena de prisión sólo podrá ejecutarse cuando acabe todo el proceso de apelaciones y en el caso de Lula, que está condenado a ocho años, tiene pendiente la apelación presentada ante la misma Corte Suprema.

La votación había quedado empatada 5 a 5, con lo cual la responsabilidad del desempate recayó en el presidente del tribunal, José Antonio Dias Toffoli, que se decidió por lo que finalmente se resolvió.

Lo que viene a continuación es el examen de 4.895 casos, entre los cuales hay 38 condenados de la investigación Lava Jato, que descubrió una trama de corrupción en Petrobras.


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Crisis tabacalera: Bárbaro propone cápita única para los servicios de salud

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En el marco de la dura protesta que protagonizan productores tabacaleros en distintos puntos de la provincia, el dirigente tabacalero y presidente de la Asociación de Campesinos Tabacaleros Independientes de Misiones (ACTIM) Héctor Cacho Bárbaro, propuso una fuerte reforma del sistema de servicios de salud que brindan las tres asociaciones que los nuclean.

Acompañando el reclamo ayer en los distintos puntos de corte de ruta, les adelantó a los productores que impulsará que para el año 2020 las tres entidades (ACTIM, Cámara del Tabaco y APTM) unifiquen el gasto per cápita por cada tabacalero afiliado, con un promedio que asegure buena cobertura de salud pero que a la vez sea un tope que limite los gastos administrativos. “ACTIM tiene un buen modelo de gestión austera con una cápita baja y la mejor cobertura, lo que quiere decir que lo que proponemos es perfectamente posible. El tema es achicar gastos administrativos sin bajar la calidad de la cobertura de salud, controlar los déficit”, explicó.

En la misma línea, propone que se saquen los gastos por cobertura de granizo del 80 % de la recaudación del Fondo Especial del Tabaco, que es el porcentaje del que también sale la caja verde. Espera que ese resarcimiento se pague con el 20% restante destinado a planes productivos para aumentar los montos que van directo al bolsillo del productor. La alternativa ya fue adelantada a los productores, a los demás gremios y al gobierno provincial. 

Recordó que “hace un año que vengo diciéndoles a los demás gremios que hay que cuidar la plata del colono, porque cuanto más gastan las asociaciones, menos caja verde hay para repartir. Si no transparentamos los números de las obras sociales vamos camino al desastre, si no bajamos los gastos, el colono el año que viene va a cobrar nueve pesos. El reclamo es justo y está bueno que haya explotado porque obliga a todos a poner sobre la mesa los números” explicó.

“Hay una operación de Cambiemos”

Para Bárbaro, “poner los números sobre la mesa, blanquear todo, también va a despejar las operaciones que se gestaron desde el gobierno de Cambiemos para culpabilizar a los gremios por la falta de transferencia de la plata de los colonos. Hicieron una operación para decir que nosotros tenemos la plata de la gente, que la Caja Verde vino a los gremios y esa es una mentira total, y eso es clarito. Hay un expediente de pago de Caja Verde en Buenos Aires y el propio ministro y el funcionario nacional Calzada ya dijeron que se va a pagar el 22 de noviembre. Son una vergüenza, así se manejan cuando tocás sus intereses”.

Paralelamente, “al blanquear todos los números, la cooperativa tabacalera va a tener que probar dónde invirtió los 460 millones de pesos que se llevó anticipadamente en un año, cuando el desembolso era en siete años”. “El funcionario nacional del área FET, Marcelo Calzada, va a tener que explicar porqué vino en persona a gestionar esos pagos, porqué amenazó a los dirigentes y porqué un plan para la compra de chapas de galpones tarda casi un año y el plan de la Cooperativa salió en un mes”, disparó.

El reclamo  

Los productores recrudecieron la protesta en distintos puntos de la provincia en reclamo del cobro de la tercera vuelta de retorno, de la caja verde, del aporte por menor productividad de los años 2017/2018 y de los seis pesos de ajuste de precio de 2019.

Bárbaro explicó que el año pasado, el productor cobró 21 pesos de Caja Verde, mas 10 pesos para insumos. Este año la Caja Verde (que se integra con el excedente de la recaudación del FET) es de 19 pesos, y los productores reclaman 31. Bárbaro recordó que “a principios de año cuando cerramos el precio del tabaco, el dólar estaba en 38 pesos y la proyección de caja verde daba 30 pesos por kilo, mientras que el retorno daba 21. El dólar subió, los costos de los servicios de salud se dispararon, bajó la Caja Verde pero subió el retorno, que ahora es de 31 pesos por kilo en promedio. Al productor entonces le queda un promedio de 35 pesos por kilo para cobrar, compuestos por los $10,44 de la tercera vuelta de retorno, más los 6 pesos por ajuste, más los 19 pesos de caja verde”.

“Lo que lamentamos es que el productor haya quedado de rehén en una interna entre Nación y provincia, porque evidentemente hay una venganza porque no le autorizamos a Calzada a transferir los últimos cien millones de pesos para la cooperativa tabacalera”, finalizó.

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Encuesta plantea que “la clase empresarial no está a la altura del desafío competitivo y de liderazgo social que requiere el país”

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Así lo revela la encuesta a empresarios de la Universidad Austral. “El 76% de los empresarios considera que la clase empresarial no está a la altura del desafío competitivo y de liderazgo social que requiere el país”

Iniciado el período de transición política y en el marco del IAE Alumni Day 2019, 606 empresarios y ejecutivos participaron de una encuestra sobre el actual contexto económico y político del país. Las Reformas Tributaria y Laboral, aparecen como aspectos claves que deben impulsarse a criterio de los empresarios.

El pasado viernes 1° de noviembre tuvo lugar en el Campus del IAE Business School la edición 2019 del IAE Alumni Day, un evento organizado por el IAE Business School y su comunidad Alumni con el objetivo de compartir un espacio de intercmabio a través de diferentes paneles temáticos. Durante el encuentro, todos los asistentes tuvieron la oportunidad de participar de una encuesta sobre la situación política – económica del país.

Uno de los datos que se destaca en este sondeo es una señal de autocrítica: el 76% de los empresarios encuestados considera que la clase empresarial argentina no está a la altura del desafío competitivo y de liderazgo social que el país necesita.

En lo que hace al futuro de la Argentina, el 43% de las personas que respondieron considera que el país estará peor en el próximo año, mientras que el 37% considera que la situación será igual y el 20% cree que estará mejor en los próximos doce meses.

Respecto a cuáles son las políticas públicas que representan un estímulo clave para el arranque del gobierno de Alberto Fernández, el 55% cree que dará mayor importancia al consumo, frente a un 24% que señaló la inversión y un 21% que indicó la exportación. También se preguntó sobre el escenario de precios 2020-2021. Ante esta cuestión, el 57% cree que la inflación oscilará entre el 30% y el 50%, mientras que el 31% señaló que estima estará entre 50% y 70% y solo un 7% prevé un escenario hiperinflacionario.

En relación a cuál es la reforma clave que debería impulsar el gobierno de Alberto Fernández, el 59% considera que se trata de la reforma tributaria, frente a un 33% que cree debería ser la reforma laboral y un 8% señaló la reforma previsional. Sin embargo, el 87% de los encuestados afirmó que una reforma laboral es necesaria para bajar la informalidad laboral y aumentar el empleo, frente a un 10% que consideró que no es necesaria.

Por último, al ser consultados sobre el Mercosur, el 83% cree que no hay que terminar con el Mercosur, frente a un 9% que considera lo contrario.

Observaciones Eduardo Fracchia sobre el sondeo

Eduardo Luis Fracchia, Director de Economía del IAE Business School, reflexionó que la percepción de esta muestra sondeada es de un difícil año por delante -tal como ya lo señalaban otras encuestas de opinión recientes- y destacó entre sus principales observaciones:

-“Se ve muy necesaria la reforma tributaria, esto es un comentario clásico en las discusiones de coyuntura entre empresarios.
-“En línea con la tradición del kirchnerismo se asume que Alberto Fernandez dará prioridad al consumo.
-“La inflación esperada es menor a la de 2019 pero sigue pronoosticándose elevada para el próximo bienio.
-“El Mercosur, a pesar de todos los retrocesos, es apoyado en este sondeo a ejecutivos. En la actualidad, como sabemos, está siendo cuestionado por Jair Bolsonaro en Brasil.
-“Hay una visión pesimista sobre el rol del empresariado en su protagonismo como líder de la sociedad.
-“La reforma laboral es un clamor empresarial para normalizar el mercado de trabajo y para generar empleo.”

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Diputados acordó un dictamen sobre la ley de alquileres: cuáles son los principales puntos del proyecto

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Este consenso alcanzado entre legisladores de Cambiemos, del Frente para la Victoria y otras bancadas provinciales permite debatirla en la próxima sesión

Este consenso alcanzado entre legisladores de Cambiemos, del Frente para la Victoria y otras bancadas provinciales permite debatir esta iniciativa en la próxima sesión que se realizará el 20 o 27 de noviembre, previo a la finalización del período ordinario.

El acuerdo fue plasmado en la comisión de Legislación General, que conduce el macrista Daniel Lipovetzky, en una reunión plenaria que contó con la participación de representantes de la Cámara Inmobiliaria Argentina y de asociaciones de inquilinos, y el secretario de Vivienda, Ivan Kerr.

El proyecto fue redactado en base a las iniciativas impulsadas por Lipovetzky, el jefe de la bancada del Frente para la Victoria, Agustín Rossi, el titular del interbloque Red por Argentina, Felipe Solá; Lipovetzky y el diputado del Movimiento Evita Leonardo Grosso.

El diputado Daniel Di Stefano expresó que “este dictamen es el resultado de meses de trabajo y de la negociación entre inquilinos y propietarios. Hemos escuchado todas las voces y logramos alzarnos con este dictamen que más allá de la ley denota un problema estructural que tenemos en el país y que ya no puede seguir esperando más: el déficit habitacional”.

Indicó que “Misiones es un ejemplo de desarrollo habitacional pero en los últimos 4 años el estado nacional se retrajo del tema por lo cual al déficit que crece todos los años hay que agregar la desinversión que hubo.
Desde el bloque del frente renovador escuchamos todas las voces y aportamos a la solución, como integrante de la comisión de legislación general, participe de todas las reuniones en el Congreso y en Misiones”.

Cuáles son los aspectos centrales de la reforma del Código Civil y Comercial referido a la ley de alquileres:

– Lleva el plazo mínimo de los alquileres de dos a tres años.

– Dispone una actualización anual (y no semestral) del precio de todos los contratos (independientemente de su valor), sobre la base de una fórmula de indexación mixta que combina en partes iguales la evolución de la inflación (IPC) y de los salarios (RIPTE).

– Se fija que el depósito de entrada sea de sólo un mes y con un monto no mayor al valor al primer mes de alquiler.

– Se amplía la gama de opciones que los inquilinos pueden presentar al propietario en concepto de garantía: ya no sólo se admitirán inmuebles de terceros sino también recibos de sueldos, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios. De ese menú de opciones, el inquilino deberá ofrecer dos alternativas, de las cuales el propietario aceptará una para formalizar el contrato.

– Se fija que los gastos de expensas extraordinarios quedan a cargo del propietario y no del inquilino. Incluso si hubiera algún gasto extraordinario incluido en las expensas ordinarias, también correrían por cuenta del propietario, de acuerdo con la iniciativa.

– Los inquilinos podrán interrumpir el contrato y abandonar la vivienda en forma anticipada sin pagar indemnización, si cumplen con un mínimo tres meses de aviso previo.

– El proyecto obliga a que la totalidad de los contratos sean inscriptos ante la AFIP, para evitar la evasión impositiva y posibles abusos por fuera de la formalidad legal.

– Se agregó un artículo que establece que en caso de que un tercero medie en la relación contractual de alquiler, los únicos agentes reconocidos legalmente por sus incumbencias profesionales sean los corredores matriculados.

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