Entra en vigencia el DNU de Javier Milei.

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Centro de Excombatientes de Malvinas apeló fallo que dejó firme la derogación de la Ley de Tierras

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El Centro de Excombatientes de Malvinas de La Plata (Cecim) apeló hoy la decisión de la Justicia de dejar firme el apartado del DNU 70/2023 que deroga la Ley de Tierras, decisión que la entidad calificó como riesgosa para “la integridad territorial y la soberanía nacional”.

“La Argentina está en venta. ¿Quién será responsable si compran las tierras aledañas a Vaca Muerta? ¿A los yacimientos de litio? ¿El encadenamiento de fundos aledaños a un río? ¿A un lago? ¿A una laguna? ¿Quién se hará cargo de los efectos jurídicos que, seguramente, están sucediendo?”, indicó el Cecim en un documento judicial firmado por su representante legal Jerónimo Guerrero Iraola y su presidente, Rodolfo Carrizo.

El organismo cuestionó la decisión que tomó el lunes el juez federal Alberto Recondo, quien anuló la medida cautelar que suspendió la derogación de la Ley de Tierras establecida en el decreto a raíz de un pedido del Cecim, ya que el magistrado no le dio a esa entidad “legitimación” para solicitar la inhabilitación de ese tramo de la medida del Gobierno de Javier Milei.

“Los excombatientes nucleados en el Cecim, una organización que promueve la investigación, el desarrollo y activismo por la defensa de la soberanía es la entidad legitimada por antonomasia”, reza la resolución, en la que la organización remarcó tener legitimación para “promover una acción que, de no prosperar, o frente a la demora en su trámite, pone en riesgo la integridad territorial y la soberanía nacional”.

En el texto al que tuvo acceso Télam, el organismo se preguntó “cuál sería el supuesto de persona, física o jurídica” que sí está “habilitada para litigar” frente a una decisión que consideraron como parte del “desguace del Estado”, “la desintegración de la soberanía territorial” y “el condicionamiento geopolítico argentino”.

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“Los ex combatientes conscriptos del Cecim no somos una pieza de museo, somos una fuerza viva de nuestra Patria con las vivencias necesarias, el recorrido justo y la trayectoria intachable que nos permite anunciar lo que sucederá si el Poder Judicial de la Nación no pone freno al desatino: enajenarán la Nación”, agregaron.

Recondo, a cargo del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal 4 resolvió “rechazar la acción intentada” por el Cecim y dejó “sin efecto la medida cautelar” con la que su par de La Plata, Ernesto Kreplak, suspendió días atrás el artículo 154 del DNU que derogaba la Ley de Tierras.

“La calidad alegada es insuficiente para constituir al Centro peticionante en la condición de parte legitimada, por lo que corresponde el rechazo de la presente acción”, indicó Recondo en su texto.

“Me veo obligado a señalar que no surge que el Centro actor se encuentre facultado para actuar en juicio en representación de la comunidad toda; tampoco ello surge de las atribuciones otorgadas a la Comisión Directiva, Presidente y Vicepresidente del mismo”, argumentó Recondo.

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