Con la nueva ley de Alquileres, la AFIP agilizará el trámite para deducirlo del impuesto a las Ganancias
Fuentes de la AFIP participaron de conversaciones previas al proyecto de ley, con el objetivo de lograr que se blanquee todos los contratos de alquiler.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) agilizará el proceso para deducir el contrato de locación del impuesto a las Ganancias, en paralelo con el tratamiento de la nueva ley de Alquileres que se debate en el Congreso.
Fuentes de la AFIP señalaron a TN que participaron de conversaciones previas al proyecto de ley que se discute en Diputados, con el objetivo de lograr que se blanquee todos los contratos de alquiler.
Por eso, indicaron, el texto original que presentó el diputado de Pro Daniel Lipovetzky contenía una postura extrema: obligaba al locador a registrar el contrato ante la AFIP y aclaraba que solo los que cumplieran con ese requisito podrían exigirse judicialmente.
“Sólo los contratos de locación registrados serán oponibles a terceros, contarán con fecha cierta y podrán ser utilizados como instrumentos válidos para el inicio de acciones judiciales”, se lee en el artículo 15 del borrador original.
Sin embargo, el reclamo de organizaciones inmobiliarias y advertencias de abogados hicieron al Ejecutivo cambiar la redacción del artículo, ya que el texto tal como estaba escrito podía ser declarado inconstitucional, al restringir un derecho del propietario.
El último borrador, obliga al locador a declarar el contrato ante la AFIP dentro de los treinta días corridos. Y agrega: “En los casos que el locador omita esta obligación será pasible de las sanciones que determine la AFIP, teniendo en cuenta la gravedad del incumplimiento”.
Pero el texto no restringe las eventuales acciones judiciales por desalojo que pudiera llevar adelante el locador. Si el contrato no hubiera sido declarado ante la AFIP, se lee ahora en el proyecto de ley, “el juez deberá de manera inmediata informar a dicho Organismo la existencia del contrato, a los fines de que tome la intervención que le compete”.
El proyecto también faculta al locatario a declarar el contrato. “No obstante la obligación del locador, cualquiera de las partes podrá informar la existencia del contrato” a la AFIP, dispone.
Según fuentes del organismo tributario que dirige Leandro Cuccioli, este “plan B” -una opción más laxa para exigir el blanqueo del contrato- será acompañado por facilidades para incentivar a los inquilinos a registrar el vínculo. La principal es la deducción del impuesto a las Ganancias.
Desde 2017, el trabajador en relación de dependencia que paga Ganancias puede deducir el 40% del contrato de alquiler del impuesto, con un límite que en la actualidad es de $66 917,91 por año.
Pero para hacerlo, el fisco requiere cargar en la web el contrato y las facturas o recibos que acrediten los pagos mensuales del alquiler. Esto último fue un problema, por la resistencia -en muchos casos- de los propietarios a entregar el comprobante fiscal. “Hicimos el esfuerzo para blanquear el alquiler, no funcionó”, admitieron en la AFIP.
Por eso, la AFIP permitirá ahora deducir el alquiler con la sola presentación del contrato, sin reclamarle al inquilino la carga de los comprobantes mensuales de pago en el aplicativo del impuesto a las Ganancias.