Condenaron a prisión perpetua a Miguel Etchecolatz, en una causa en la que fue clave Jorge Julio López

El exrepresor ya purga otras ocho penas iguales; la declaración del testigo desaparecido fue determinante; hubo cantos y gritos de queja porque uno de los sentenciados continuará con prisión domiciliaria

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El exrepresor ya purga otras ocho penas iguales; la declaración del testigo desaparecido fue determinante; hubo cantos y gritos de queja porque uno de los sentenciados continuará con prisión domiciliaria

La causa por los crímenes en el denominado Pozo Arana, en la que fue crucial la declaración del testigo desaparecido Jorge Julio López, tuvo finalmente veredicto.

El Tribunal Oral Federal N°1 de La Plata condenó hoy a prisión perpetua al exrepresor Miguel Etchecolatz, quien ya purga otras ocho perpetuas, y al expolicía Julio César Garachico por homicidio agravado en dos y tres oportunidades, respectivamente.

Garachico fue condenado, además, por los secuestros y torturas de siete personas en el excentro clandestino, incluido López. Entre las victimas de este caso está Francisco López Muntaner, uno de los estudiantes secuestrados en el episodio conocido como La Noche de los Lápices.

”Se condena a Miguel Osvaldo Etchecolatz a la pena de prisión perpetua como coautor del homicidio calificado por alevosía, por el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Norberto Rodas y Alejandro Sánchez agravado por violencia o amenazas en dos o más oportunidades con agravante en cuanto a que la aplicación de tormentos a un perseguido político”, expresó el presidente del Tribunal, Andrés Basso, al leer esta tarde el veredicto para el multicondenado Etchecolatz.

“Los hechos fueron crímenes de lesa humanidad y así deben ser calificados”, dijo el Tribunal Federal N°1 de esta capital al declarar imprescriptibles los crímenes considerados de guerra. El Tribunal rechazó también un pedido de la defensa para no juzgar a Etchecolatz en razón de tener un condena previa por genocidio.

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El 13 de julio se conocerán los detalles del fallo, que no conformó totalmente a los querellantes de Justicia Ya.

Los imputados no estuvieron presentes en la sala de los Tribunales Federales de La Plata: Etchecolatz siguió la lectura del fallo desde el penal de Ezeiza y Garachico, en su casa, done cumple prisión domiciliaria.

Los jueces Basso, José Michilini y Alejandro Esmoris analizaron lo que sucedió con siete personas que estuvieron en el Pozo de Arana. Solo dos de ellas sobrevivieron, pero fue el empeño de López el que permitió saber qué pasó con cada uno de sus compañeros. Su testimonio –incorporado al comienzo del debate– fue la prueba fundamental.

López está desaparecido desde el 18 de septiembre de 2006 después de declarar y querellar contra Etchecolatz en el primer juicio que se hacía en La Plata tras la reapertura de las causas.

Escándalo

Los militantes de derechos humanos presentes en la sala irrumpieron con gritos de enojo una vez leída la sentencia dado que el tribunal dispuso que Garachico continuara con prisión domiciliaria.

“Justicia, basura, vos sos la dictadura”, expresaron los militantes. “Bueno, entonces sigue de vacaciones”, se quejaron algunos de los manifestantes, que chiflaron en señal de reprobación a los magistrados. “Que vergüenza”, gritaron familiares y amigos de víctimas presentes.

“Cárcel común, perpetua y efectiva, ni un solo genocida por las calles de Argentina”, reclamaron los manifestantes que por momentos impidieron la lectura del fallo.

En concreto tanto Etchecolatz fue condenado por prisión perpetua como coautor de delitos de homicidio calificado por alevosía en dos o más oportunidades, en perjuicio de Norberto Rodas y Alejandro Emilio Sánchez. También fue condenado por privación ilegal de la libertad agravado por violencia y amenazas, más aplicación de tormentos a perseguidos políticos.

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Este homicida expresó su voluntad de no recurrir la condena.

En tanto Garachico fue condenado a prisión perpetua como coautor de delito de homicidio calificado en tres o más oportunidades en perjuicio de Norberto Rodas, Ambrosio de Marco y Patricia del Orto. Privación ilegal de la libertad, violencia y amenazas en siete oportunidades, en perjuicio de Norberto Rodas, Ambrosio de Marco, Patricia del Orto, Francisco López Montaner, Guillermo Efrain Cano y Jorge Julio López.

El Tribunal recordó que son los hechos que motivaron el proceso son crímenes de lesa humanidad. Y así deben ser calificados y recordó la imprescriptibilidad de crímenes de guerra y de lesa humanidad. Antes de concluir la lectura del acta, el Tribunal dispuso además que el Poder Ejecutivo de la provincia deberá desafectar a la comisaria de Arana para realizar allí un espacio para la Memoria.

El cierre de la audiencia fue convulsionado: “Ole ole, ole olá. Como a los nazis les va a pasar. Adonde vayan los iremos a buscar”, cantaron en el público.

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