Cristina Kirchner, sobreseída en tramo de la causa Cuadernos
Sobre esa falta de mérito debía expedirse el juez Ercolini y resolvió firmar el sobreseimiento en “los hechos que vinculan los pagos ilícitos que habrían sido efectuados en nombre de las firmas Perales Aguiar SA, IECSA SA, Esuco SA, Vialco SA, CPC SA, Helport SA, Pitón SA y Néstor Julio Guerechet SA”.
El juez Julián Ercolini sobreseyó a Cristina Kirchner y unos 120 empresarios, en un tramo de la causa ‘Cuadernos’ que se enfocaba en la obra pública vial.
El juez Julián Ercolini sobreseyó a la vicepresidenta Cristina Kirchner y a casi 120 empresarios, entre los que se encuentran Cristóbal López, Eduardo y Hugo Eurnekian, y Ángelo Calcaterra, entre otros, en un tramo de la causa ‘Cuadernos’ que se enfocaba en la obra pública vial.
Cabe recordar que Cristina Kirchner aún debe afrontar el juicio oral por la presunta cartelización de la obra pública, en otro tramo vinculado a los ‘Cuadernos de las coimas’.
La parte por la que Ercolini acaba de sobreseer a Cristina Kirchner tiene que ver con movimientos de dinero revelados por el financista arrepentido Ernesto Clarens relacionados con la adjudicación de obras por la Dirección Nacional de Vialidad a decenas de empresas.
En este tramo del expediente -que había quedado un tramo en la etapa de instrucción- se reconstruyeron los circuitos de pagos ilegales que empresarios de la construcción pagaban a ex funcionarios del extinto ministerio de Planificación Federal.
Para determinar cómo funcionó la cartelización de la obra pública, se trazó una serie de responsabilidades, que alcanzó a Julio De Vido, José López, Carlos Wagner, Ernesto Clarens y a las autoridades de Vialidad Nacional .
Además, se procesó a más de un centenar de empresarios que “participaban de este sistema, al igual que sus directivos o accionistas, junto a las personas que concurrían a efectuar los pagos por las mismas” a ex funcionarios kirchneristas.
Sin embargo, luego la Cámara limitó la responsabilidad de las constructoras involucradas en el expediente, porque solo tuvo en cuenta para la acusación contra los empresarios un listado aportado por el financista Clarens. El fallecido juez Claudio Bonadio había acusado a más empresas, y sobre ese conjunto de responsabilidades tuvo que resolver Ercolini, heredero de aquellos expedientes.
Por varios de esos hechos puntuales, que no afectan a la causa principal sobre la cartelización de la obra pública que está elevada a juicio oral, Ercolini firmó una resolución en la que entendió que no había pruebas suficientes para sostener las imputaciones en un conjunto de acusaciones que se atribuían a empresarios y a Cristina Kirchner.
Después de la ejecución de diversas medidas de prueba, Ercolini concluyó que “no fue posible, a pesar de la profusa investigación llevada a cabo, establecer la responsabilidad de los imputados en los hechos referidos en este resolutorio”. Y agregó: “La solución aquí adoptada se centra exclusivamente en los reproches cursados a partir de las obras adjudicadas por la Dirección Nacional de Vialidad, y no así, respecto de las obras otorgadas en el marco de la Secretaría de Energía que también fueran materia de imputación en este legajo”.
Por esta causa habían sido citados más de cien empresarios que recibieron obra pública durante el kirchnerismo y que habían aparecido en los listados aportados del financista Ernesto Clarens. El juez Bonadio había dictado sus procesamientos por asociación ilícita y cohecho, y luego la Cámara Federal acreditó la existencia de los delitos pero marcó una diferencia entre los empresarios implicados, al considerar que no todos los que recibieron obras debían estar procesados.
Con este fallo, tanto Cristina Kirchner como casi 120 empresarios fueron sobreseídos por el delito de asociación ilícita y por algunos hechos de cohecho -pago y recepción de coimas-, aunque la mayoría de ellos ya habían sido enviados a juicio por el delito de cohech o.
Si bien la decisión del juez en esta ocasión fue sobreseer a la mayoría de los imputados, se encargó de aclarar en el fallo que la corrupción existió y que los “sucesos fueron concretados en el marco de una organización delictiva, integrada por funcionarios del, por aquel entonces, Poder Ejecutivo de la Nación, en relación a los cuales oportunamente se ordenó el procesamiento y se dispuso su elevación a juicio oral”. Esta resolución judicial estuvo abocada solamente a investigar la responsabilidad de los empresarios en relación a algunas entregas de dinero al financista Ernesto Clarens y a José López.
“En la causa surge que las obras públicas civiles que fueron asignadas por intermedio del sistema por el cual se digitaban las adjudicaciones de obras, debiendo las empresas beneficiarias hacer entregas de sumas de dinero como contrapartida”, indicó el juez en la resolución de 98 páginas a la que accedió el diario Clarín.
Resta mencio nar, continuó el magistrado, “que estos sucesos fueron concretados en el marco de una organización delictiva, integrada por funcionarios del, por aquél entonces, Poder Ejecutivo de la Nación, en relación a los cuales oportunamente se ordenó el procesamiento de los mismos, y se dispuso su elevación a juicio oral”.
Al momento de referirse a la maniobra global, Ercolini recordó que “se les asignó responsabilidad a los funcionarios públicos que recibieron esas sumas dinerarias (José López, Julio De Vido y Cristina Kirchner), en la medida en que ejercían la decisión sobre las acciones propias de la función pública que debían ser realizadas, a consecuencias de las coimas entregadas por los empresarios”.
También, recordó el magistrado, se le adjudicó responsabilidad a Ernesto Clarens como partícipe necesario de la maniobra, “toda vez que brindó una colaboración esencial para la concreción de cada uno de los sucesos”.
El financista K “procedía a recibir el dinero y, a pesar de no ser funcionario público, actuaba en nombre y representación de los funcionarios que participaron de estas maniobras, es decir, como persona interpuesta, supuesto especialmente previsto en el artículo bajo análisis”.
Sucede que al momento de analizar los hechos puntuales que habían quedado en instrucción sin resolver, vinculados a 120 empresas que no todas contaban con obra pública vial, el juez consideró que no había elementos suficientes para atribuirles el grado de responsabilidad que había en los otros expedientes ya elevados a juicio oral.
La Cámara Federal porteña se había pronunciado sobre esta situación, al decir que “resultaban ajenos al plexo probatorio reunido” la acusación a los 120 empresarios. Ello, sustancialmente “debido a que aquellos fueron vinculados como propietarios, autoridades o empleados de determinadas empresas cuyo único lazo con la causa es su mención en algunos de los listados emitidos por los organismos oficiales (de Vialidad o la Secretaría de Energía), mas las empresas no fueron mencionadas en listados, ni anexos; ni por testigos, ni arrepentidos”.
Este criterio fue retomado por el juez Ercolini, y por eso concluyó que no había elementos de prueba para acusarlos. Con respecto a Cristina Kirchner, Julio De Vido, José López y Ernesto Clarens, “cabe señalar que fueron imputados y procesados por ser la contracara de aquellos pagos ilícitos atribuidos a los empresarios y empleados arriba indicados” y por ello se les dictó la falta de mérito.
Sobre esa falta de mérito debía expedirse el juez Ercolini y resolvió firmar el sobreseimiento en “los hechos que vinculan los pagos ilícitos que habrían sido efectuados en nombre de las firmas Perales Aguiar SA, IECSA SA, Esuco SA, Vialco SA, CPC SA, Helport SA, Pitón SA y Néstor Julio Guerechet SA”.