El BCRA creo sistema que bloquea compras arriba de US$ 10.000

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Luego de la lista que se difundió la semana pasada con los nombres y apellidos de quienes compraron más de US$ 10.000, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó este jueves 03/10 la creación de una base de datos sistémica sobre la compra de dólares con el fin de bloquear a quienes hayan alcanzado el cupo máximo permitido de 10.000 por mes. El sistema además sancionará a quienes salten el cepo.

Para evitar que las personas salten el cepo y además, ocurran sorpresivos escraches como el de la semana pasada, cuando se difundió la lista con nombres y apellidos de quienes habían comprado más de US$ 10.000 mil, ahora el Banco Central de la República Argentina aprobó hoy la creación de un sistema para que bancos y entidades financieras que venden dólares pueden corroborar online y en tiempo real si una persona compró o no lo permitido por mes.

“Es una base de datos privada a la que accederán sólo los bancos y entidades, y funcionará independientemente de los sumarios que ya se iniciaron”, dijeron desde el BCRA.

El Banco Central decidió junto a un grupo de bancos, implementar un mecanismo para monitorear la compra de divisas, con “información actualizada de forma periódica”: Será para las personas que ya compraron más de US$ 10.000 en los primeros días del mes, o para aquellos que lo hagan de ahora en adelante. Quienes incumplan con el cepo, no podrán comprar ni un dólar el mes siguiente como parte de la sanción.

Sobre este nuevo sistema trascendió que las entidades financieras, las casas de cambio y agencias de cambios, podrán suspender el CUIT, CUIL, o DNI de las personas que pretendan adquirir más de US$ 10.000 mensuales. “Si alguien compró 10 mil en un banco e intenta comprar por ejemplo 4 mil en otra entidad, se verá imposibilitado de hacerlo”, explicaron desde el Banco Central.

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“Periódicamente el Banco Central informará a las entidades autorizadas a operar en cambios el número de clave de identificación tributaria de las personas humanas que ya han alcanzado en ese mes calendario los límites previstos en la normativa vigente para la compra de moneda extranjera en el punto 6 de la Comunicación “A” 6770 o que los hayan excedido en el mes calendario anterior”, detalla la comunicación “A” 6804 de esta tarde.

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