Establecen nuevo corte de 7,5% en biocombustibles para gasoil y un adicional de 5% por 60 días

El Gobierno nacional dispuso el aumento del corte de biodiesel del 7,5% en el gasoil y un adicional de 5 puntos porcentuales más de manera excepcional por 60 días, a los efectos de asegurar el normal abastecimiento de combustibles en el país.

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El Gobierno nacional dispuso el aumento del corte de biodiesel del 7,5% en el gasoil y un adicional de 5 puntos porcentuales más de manera excepcional por 60 días, a los efectos de asegurar el normal abastecimiento de combustibles en el país.

Las medidas se tomaron respectivamente a través de la resolución 438/2022 de la Secretaría de Energía y el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 330/2022, que modifica aspectos de la ley de Biocombustibles 27.640, sancionada en 2021.

La resolución de Energía establece que “todo combustible líquido clasificado como gasoil o diésel oil que se comercialice dentro del territorio nacional deberá contener un porcentaje obligatorio de biodiésel de 7,5%, en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final”.

Ese nuevo porcentaje implica un aumento del 50% sobre el 5% vigente, tal como fuera adelantado ayer por el presidente Alberto Fernández y el jefe de Gabinete, Juan Manzur, además del Ministerio de Economía mediante un comunicado.

El DNU, por su parte, determina que de manera adicional y por el término de 60 días corridos estará en vigencia el “Régimen de Corte Obligatorio Transitorio Adicional de Biodiésel” (Cotab) destinado a incrementar la capacidad de abastecimiento de gasoil grado 2 y grado 3″.

Con este régimen se fija “en forma excepcional y transitoria” un corte obligatorio adicional y temporario de biodiésel de 5%, respecto al corte obligatorio vigente.

En los considerandos del DNU se indica que “frente a este escenario de escasez y altos precios del gasoil, junto con un creciente aumento de la demanda interna e inconvenientes en la logística de importaciones de dicho combustible que dificulta un adecuado y completo abastecimiento de los volúmenes que requiere el mercado argentino, resulta imprescindible asegurar el abastecimiento del mercado interno de gasoil”.

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“Ante ello, se torna indispensable adoptar medidas transitorias y paliativas con la finalidad de otorgar previsibilidad y certeza a la disponibilidad de este combustible imprescindible para múltiples usos, entre ellos y principalmente, el transporte”, agrega.

En la norma también se señala que “la escasez de combustible impide, entre otras actividades productivas, que los productores de la industria agropecuaria puedan levantar en forma oportuna la cosecha, generándose sobreprecios ante la escasez de dicho producto, lo que torna indispensable adoptar medidas con la mayor celeridad posible con el fin de revertir la situación que se vive actualmente, especialmente en algunas provincias de nuestro país”.

“Todo ello torna imposible seguir los trámites ordinarios para la sanción de las leyes”, agrega, para fundamentar las razones de necesidad y urgencia para decretar la medida.

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