GASOIL

El Gobierno reglamentó la libre exportación de hidrocarburos: elimina trabas, crea un registro único y acelera las ventas al exterior

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El Gobierno nacional dio un nuevo paso en su agenda de desregulación económica al reglamentar el régimen de libre exportación de hidrocarburos y crear un procedimiento simplificado que reemplaza buena parte de los controles administrativos vigentes desde hace casi una década. La medida, oficializada mediante la Resolución 166/2026 de la Secretaría de Energía, busca acelerar las operaciones de exportación de petróleo, combustibles y gas licuado, reduciendo la intervención estatal a situaciones vinculadas exclusivamente con la seguridad del abastecimiento interno.

La decisión se inscribe dentro del proceso de reformas impulsado por la administración de Javier Milei tras la aprobación de la Ley Bases y la modificación del régimen hidrocarburífero. El nuevo esquema reconoce que los productores tienen el dominio sobre los hidrocarburos que extraen y, por lo tanto, pueden comercializarlos y exportarlos libremente, salvo que existan razones técnicas o económicas que justifiquen una objeción por parte del Estado.

Uno de los cambios centrales es la creación del Registro de Operaciones de Exportación, que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Hidrocarburos. Allí quedarán asentadas todas las notificaciones de exportación, las eventuales objeciones oficiales y las Constancias de Libre Exportación, documento que garantizará la estabilidad jurídica de cada operación durante todo el programa de embarques.

La resolución alcanza a las exportaciones de aceites crudos de petróleo, aceites de mineral bituminoso, gasolinas —excepto las de aviación—, gasoil, propano, butano y Gas Licuado de Petróleo (GLP). Además, faculta a la Secretaría de Energía a incorporar o excluir productos del régimen según las necesidades del mercado interno.

Fin de un trámite que el Gobierno consideró burocrático

La normativa elimina uno de los requisitos más cuestionados por las empresas del sector: la obligación de demostrar previamente que el producto había sido ofrecido al mercado interno antes de obtener la autorización para exportar.

Ese mecanismo, establecido por la Resolución 241/2017, obligaba a publicar ofertas de venta para potenciales compradores locales antes de habilitar cualquier operación internacional. Según el Gobierno, la experiencia demostró que ese procedimiento no garantizaba el abastecimiento nacional y terminaba generando distorsiones incompatibles con el nuevo marco de libertad económica.

En consecuencia, también fueron derogadas las resoluciones 303/1994, 241/2017 y 175/2023, consolidando un único procedimiento para todas las exportaciones de hidrocarburos líquidos y sus derivados.

Un sistema basado en la “no objeción”

El nuevo régimen no requiere una autorización previa tradicional. En cambio, las empresas deberán notificar la operación a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), mientras que la Secretaría de Energía dispondrá de un plazo determinado para formular objeciones si considera que la exportación puede afectar el abastecimiento interno o incumple alguno de los requisitos técnicos establecidos.

Para las exportaciones de petróleo crudo, gasolinas y gasoil el plazo máximo de análisis será de 30 días hábiles administrativos, mientras que para propano, butano y GLP será de 7 días hábiles.

Si transcurridos esos plazos la autoridad no se pronuncia, operará el silencio administrativo positivo. En ese caso, la empresa podrá exigir la emisión de la Constancia de Libre Exportación, documento que asegura que el derecho a exportar no podrá ser interrumpido durante toda la vigencia del programa autorizado.

Cuándo podrá intervenir el Estado

Aunque el nuevo régimen amplía significativamente la libertad comercial, la Secretaría de Energía conserva la facultad de objetar una exportación cuando existan fundamentos técnicos o económicos.

Entre las principales causales figuran la insuficiente disponibilidad de hidrocarburos para abastecer el mercado interno en condiciones razonables, la falta de acreditación de reservas o capacidad de producción para contratos de largo plazo, la presentación de información falsa o incompleta, la inexistencia de infraestructura suficiente para concretar la operación, prácticas anticompetitivas o variaciones imprevistas y significativas de los precios internos.

En caso de objeción, las empresas dispondrán de cinco días hábiles para presentar descargos o proponer alternativas, como reemplazar el volumen objetado mediante importaciones equivalentes o reducir parcialmente la exportación comprometida.

La reglamentación también incorpora un tratamiento específico para los contratos de exportación que superen los doce meses de duración. En esos casos, las empresas deberán acreditar la disponibilidad futura de producción, reservas o contratos firmes de abastecimiento que respalden los volúmenes comprometidos.

Asimismo, cuando las exportaciones requieran nuevas obras de infraestructura, los proyectos podrán articularse con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Si la empresa ya inició el trámite de adhesión al régimen, bastará con presentar la constancia correspondiente sin necesidad de duplicar la documentación técnica.

Un nuevo marco para atraer inversiones

La Resolución 166/2026 completa la reglamentación del nuevo esquema hidrocarburífero surgido tras las modificaciones introducidas por la Ley Bases. Para el Gobierno, el objetivo es reducir cargas burocráticas, brindar mayor previsibilidad a las exportaciones y alinear el funcionamiento del sector con principios de libre competencia, precios de mercado e integración al comercio internacional.

En términos económicos, la medida apunta a ofrecer mayor seguridad regulatoria para proyectos de largo plazo, especialmente en desarrollos vinculados con Vaca Muerta y futuras inversiones en infraestructura energética, manteniendo al mismo tiempo la posibilidad de intervención estatal únicamente cuando exista riesgo comprobado para el abastecimiento interno.

Anexo 1 Resolución 166/2026 by CristianMilciades

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Combustibles en rojo: con una caída de 12,1%, Misiones tuvo la peor caída en 17 meses

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Según la Secretaría de Energía de la Nación, en mayo la venta de combustibles al público en Misiones alcanzó los 33.772 metros cúbicos, con una baja en la comparación interanual del 12,1%, la octava caída consecutiva y la más fuerte desde diciembre de 2024. A su vez, contra el mes anterior, las ventas cayeron 1,7%. 

En mayo, el 57% de las ventas misioneras correspondió a naftas, que presentaron una  merma del 11,9% interanual explicada por bajas tanto de la súper (-11,2%) como en la premium (-15,6%). 

El gasoil, por su parte, concentró el 43% de las ventas y registró una baja del 12,7% interanual, traccionada por el descenso en el gasoil común (-13,5%) y del premium (-10,5%). 

En el plano regional, si bien Misiones sigue exhibiendo el mayor volumen de consumo del  NEA, tuvo una importante baja en sus niveles (del 35% del total regional en abril al 32% en mayo). En ese marco, la provincia tuvo el peor resultado relativo de la región: Chaco creció 12,1%; Formosa cayó -2,3% y Corrientes -3,6%, por lo que la caída misionera fue la más abrupta en la región, pero también del país. 

En el plano nacional, el total país presentó una baja del 0,2% interanual en mayo. En ese marco, sólo ocho provincias mostraron un incremento, encabezadas por Chaco (12,1%) al tiempo que, como se dijo, Misiones exhibió la caída más fuerte del país. 

A nivel acumulado, Misiones muestra en los primeros cinco meses del año una caída del  8,4% en las ventas de combustibles, siendo la segunda más fuerte del país solo por encima de Corrientes (-10,2%). El total país, por su lado, también mostró una merma de -1,0%.

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Biodiésel: el Gobierno volvió a subir el precio regulado y suma presión sobre los costos logísticos

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El Gobierno nacional actualizó el precio del biodiésel destinado al corte obligatorio con gasoil y fijó un nuevo valor de $1.858.424 por tonelada para junio, una decisión que, aunque técnica y poco visible para el consumidor final, tiene implicancias directas sobre la estructura de costos del transporte, la logística y buena parte de las economías regionales que dependen del gasoil para movilizar producción y mercaderías.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 123/2026 de la Secretaría de Energía, que estableció además que las petroleras deberán cancelar las compras de biodiésel en un plazo máximo de siete días corridos. El nuevo precio regirá durante junio y permanecerá vigente hasta que sea reemplazado por una nueva actualización.

Detrás de la decisión aparece un equilibrio complejo: garantizar rentabilidad a las plantas elaboradoras de biodiésel y sostener el esquema de mezcla obligatoria con combustibles fósiles, sin generar una escalada de costos que termine trasladándose al surtidor

La cadena productiva mira el costo del flete

El sector forestal es probablemente uno de los más expuestos. La industria maderera y de la celulosa moviliza millones de toneladas al año mediante transporte carretero. Un incremento sostenido en los costos del combustible impacta sobre toda la cadena: desde el traslado de rollizos hasta la exportación de productos con valor agregado.

La yerba mate tampoco queda al margen. El movimiento de hoja verde, yerba canchada y producto terminado depende casi exclusivamente de camiones. Lo mismo ocurre con el té, una de las actividades exportadoras más importantes de la provincia.

En un contexto donde los márgenes de rentabilidad siguen siendo ajustados, cualquier modificación en la estructura de costos logísticos se convierte en una variable observada de cerca por cooperativas, secaderos e industrias.

Para el comercio misionero el efecto también existe, aunque de manera indirecta. Los costos de distribución de alimentos, bebidas, materiales de construcción y bienes de consumo masivo están estrechamente vinculados al precio del combustible utilizado por la logística nacional.

Por qué Energía sigue ajustando el biodiésel

La actualización responde al mecanismo previsto en la Ley 27.640, que regula el mercado de biocombustibles y otorga a la Secretaría de Energía la facultad de establecer periódicamente los precios de referencia.

El esquema busca garantizar que los productores de biodiésel puedan operar con una rentabilidad considerada razonable, contemplando: costos de elaboración. Transporte. Materias primas. Costos financieros. Operación industrial.

El biodiésel forma parte del porcentaje obligatorio que las refinadoras deben incorporar al gasoil comercializado en el país, por lo que su valor termina integrando la estructura de costos del combustible.

La Secretaría de Energía argumentó que las condiciones actuales del mercado justificaban una nueva adecuación de precios para junio.

La incógnita para el sector productivo es cuánto de esta actualización terminará trasladándose al precio final del gasoil durante los próximos meses.

La respuesta dependerá de múltiples factores: evolución del petróleo internacional, tipo de cambio, impuestos, costos de refinación y decisiones regulatorias futuras.

Para Misiones, donde el costo logístico es una de las principales barreras para la competitividad, la variable energética sigue siendo tan importante como el tipo de cambio o la presión tributaria.

Una diferencia de pocos puntos porcentuales en el combustible puede terminar reflejándose en el costo de exportar madera, transportar yerba mate o abastecer comercios en el interior provincial.

La actualización del biodiésel confirma que el Gobierno mantiene una política de ajustes periódicos dentro del esquema regulado de biocombustibles. Para las empresas misioneras, el dato relevante no es únicamente el nuevo valor de junio, sino la tendencia que pueda consolidarse durante el segundo semestre.

Si los incrementos continúan y terminan impactando sobre el gasoil, la logística volverá a ocupar un lugar central en la discusión sobre competitividad regional, especialmente en una provincia que compite diariamente con economías fronterizas y que depende del transporte para sostener su perfil exportador.

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Combustibles: ventas en Misiones moderaron su caída pero igual bajaron 3,2% interanual

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Según la Secretaría de Energía de la Nación, en abril la venta de combustibles al público en Misiones totalizó 34.368 metros cúbicos, registrando una baja en la comparación interanual del 3,2%, la séptima caída consecutiva. Sin embargo, se destaca una fuerte moderación de la caída, ya que en los dos  meses anteriores la baja había sido de doble dígito. 

En abril, el 58% de las ventas misioneras correspondió a naftas, que presentaron una  merma del 2,1% interanual explicado por bajas tanto de la súper (-1,8%) como en la premium (-3,8%). 

El gasoil, por su parte, concentró el 42% de las ventas y registró una baja del 4,8% interanual, traccionada por un descenso en el gasoil común (-7,0%) mientras que el premium tuvo un alza menor (0,5%). 

En el plano regional y pese a la caída observada, Misiones sigue exhibiendo el mayor volumen de consumo del NEA (35,1% del total regional) y en el marco de caídas en las cuatro provincias de la región, la misionera fue la más leve, ya que tanto  Chaco (-5,3%), Formosa (-9,8%) y Corrientes (-10,0%) tuvieron peores resultados relativos. 

En el plano nacional, el total país presentó una baja del 2,4% interanual en abril. Sólo cuatro provincias mostraron un incremento, encabezadas por San Juan (4,1%)  al tiempo que Corrientes exhibió la caída más fuerte del país (-10,0%). 

A nivel acumulado, Misiones cerró el primer cuatrimestre con una caída del 7,5%  en las ventas de combustibles, la segunda más fuerte del país solo por encima de Corrientes (-11,6%); el total país, por su lado, mostró una merma de 1,2%.

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El Gobierno aplica una nueva suba de impuestos a los combustibles

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El Gobierno nacional activó un nuevo movimiento en su estrategia fiscal sobre los combustibles: mediante el Decreto 302/2026, firmado el 29 de abril, dispuso aplicar solo una parte de los incrementos pendientes en los impuestos a la nafta y el gasoil durante mayo, mientras difiere el resto hasta el 1° de junio.

La decisión introduce un ajuste acotado —con montos específicos por litro— y vuelve a patear hacia adelante el impacto completo de actualizaciones acumuladas de 2024 y 2025. En un contexto de tensión entre inflación, recaudación y actividad económica, la medida abre una pregunta central: ¿se trata de una señal de prudencia macroeconómica o de una administración política de los precios sensibles?

Un esquema legal que acumula atrasos y parches

El impuesto a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono se rige por la Ley 23.966, que fija montos en pesos actualizables trimestralmente según el IPC del INDEC. Ese mecanismo, reglamentado por el Decreto 501/2018, establece ajustes automáticos en enero, abril, julio y octubre, con impacto diferido en el tiempo.

Sin embargo, desde 2024 en adelante, el Poder Ejecutivo optó por intervenir esa dinámica: una serie de decretos —entre ellos el 617/2025 y sus sucesivas modificaciones— fueron postergando la aplicación plena de esos incrementos. El resultado es un “stock” de subas acumuladas que no se trasladaron completamente al precio final.

El nuevo decreto se inscribe en esa lógica. Por un lado, fija incrementos parciales para mayo de 2026: en naftas, $10,398 por litro en el impuesto a los combustibles líquidos y $0,637 en el tributo al dióxido de carbono; en gasoil, $9,269 y $1,056 respectivamente, más un adicional diferencial de $5,019 en determinadas regiones. Por otro, desplaza al 1° de junio la entrada en vigencia del resto de los aumentos pendientes.

En términos técnicos, no se altera el esquema legal, pero sí su timing efectivo. La actualización automática sigue existiendo en la norma, pero su aplicación real queda sujeta a decisiones discrecionales del Ejecutivo.

Equilibrio fiscal versus ancla inflacionaria

La medida impacta en dos planos simultáneos. Por un lado, sostiene parcialmente la recaudación tributaria en un rubro clave, en línea con el objetivo de consolidación fiscal. Por otro, modera el traslado inmediato a precios en un insumo altamente sensible para la inflación y la estructura de costos de la economía.

El Gobierno explicita ese equilibrio en los considerandos: “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”. La fórmula sintetiza una tensión conocida: aumentar impuestos mejora ingresos, pero presiona sobre precios; diferirlos alivia la inflación de corto plazo, pero posterga recursos fiscales.

En ese marco, la decisión de fragmentar los aumentos sugiere una administración fina del calendario económico. Mayo aparece como un mes de transición, con subas parciales que evitan un salto brusco, mientras junio queda marcado como el punto en el que podría materializarse el ajuste completo.

Aunque se trata de una norma técnica, el trasfondo es político. El manejo de los impuestos a los combustibles incide directamente en variables sensibles: inflación, tarifas implícitas y costos logísticos. Por eso, cada postergación o aplicación parcial redefine equilibrios entre el Ministerio de Economía, la política energética y la estrategia general del Gobierno.

El esquema adoptado evita un shock inmediato que podría tensionar expectativas inflacionarias o generar costos políticos en el corto plazo. Al mismo tiempo, mantiene la señal de que los aumentos no se eliminan, sino que se administran.

En términos de correlación de fuerzas, el Ejecutivo retiene control pleno sobre el ritmo de actualización, desplazando en la práctica la automaticidad prevista por la ley. No hay intervención del Congreso en esta dinámica, lo que refuerza el carácter centralizado de la decisión.

Un calendario abierto y sin resolución definitiva

El decreto no cierra el problema de fondo: solo reprograma su impacto. El traslado de los incrementos pendientes a junio deja abierta la incógnita sobre si ese plazo será definitivo o volverá a modificarse.

En las próximas semanas, el foco estará puesto en dos variables: la evolución de la inflación y la necesidad fiscal. Si la presión sobre los precios se mantiene, el Gobierno podría verse tentado a extender nuevamente los diferimientos. Si, en cambio, prioriza la recaudación, junio podría marcar un ajuste más pleno.

En esa tensión se juega algo más que un impuesto: la consistencia entre el discurso de disciplina fiscal y la gestión política de precios clave. Por ahora, la decisión no resuelve esa disyuntiva. La posterga.

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