Fintech, criptomonedas y tarjetas no pagarán impuesto al cheque

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El Gobierno nacional avanzó con una nueva flexibilización del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, conocido popularmente como impuesto al cheque, mediante la publicación del Decreto 475/2026 en el Boletín Oficial.

La norma, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo, amplía el universo de actividades alcanzadas por exenciones tributarias y adapta la regulación a la creciente digitalización del sistema financiero.

Según los fundamentos del decreto, los cambios responden a los avances tecnológicos registrados en los últimos años y buscan equiparar el tratamiento impositivo entre empresas que desarrollan actividades similares, pero que hasta ahora enfrentaban marcos regulatorios diferentes.

Uno de los cambios más relevantes es la incorporación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), es decir, las plataformas vinculadas a la compraventa y administración de criptomonedas.

Las cuentas bancarias utilizadas exclusivamente para estas actividades quedarán exentas del impuesto al cheque, siempre que las empresas estén inscriptas en el registro correspondiente de la Comisión Nacional de Valores (CNV) y cumplan con los requisitos de registración establecidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

La decisión implica un reconocimiento formal de un sector que viene creciendo en volumen de operaciones y que hasta ahora no contaba con un tratamiento específico dentro de este tributo.

Alcance para billeteras y cobranzas digitales

La normativa también actualiza el régimen aplicable a las empresas que prestan servicios electrónicos de pagos y cobranzas por cuenta y orden de terceros.

La exención alcanza ahora a los movimientos vinculados con la recepción y depósito de efectivo en cuentas bancarias o cuentas de pago. Además, el beneficio se extiende a los agentes oficiales que operan para estas firmas, siempre que utilicen cuentas exclusivas para dichas actividades.

El objetivo es reducir costos operativos en un segmento que se consolidó como uno de los principales canales de pago de servicios e impuestos en todo el país.

El decreto incorpora además nuevos beneficios para sectores considerados estratégicos dentro del sistema financiero.

En el caso de las empresas emisoras de tarjetas de crédito, compra y débito, quedarán exentos los débitos originados en préstamos bancarios destinados a financiar su actividad, así como los movimientos vinculados con la emisión y cancelación de obligaciones negociables.

Por otra parte, las empresas transportadoras de caudales también accederán a exenciones sobre las cuentas utilizadas exclusivamente para rendir el efectivo recaudado a sus titulares. Para ello deberán estar registradas ante el Banco Central de la República Argentina.

La medida se inscribe dentro de la estrategia del Gobierno de reducir costos regulatorios y tributarios en determinados segmentos de la economía, especialmente aquellos vinculados con la intermediación financiera, los pagos digitales y la economía cripto. En contraste, el impuesto al cheque continúa vigente y sigue siendo una de las principales fuentes de recaudación nacional.

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