IMPUESTO AL CHEQUE

La UIA reclama un pacto fiscal federal para bajar impuestos y recuperar competitividad

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La Unión Industrial Argentina (UIA) volvió a poner el foco sobre uno de los principales reclamos históricos del sector productivo: la reducción de la carga tributaria. El presidente de la entidad, Martín Rappallini, propuso avanzar en un “pacto fiscal federal industrial” que involucre a la Nación, las provincias y los municipios con el objetivo de reducir impuestos en los tres niveles del Estado y aliviar el denominado “costo argentino”.

La propuesta llega en un momento en el que el Gobierno nacional impulsa desregulaciones y apertura económica, mientras buena parte de la industria advierte que enfrenta una competencia cada vez más intensa sin una reducción equivalente de los costos internos. Para la UIA, la presión fiscal sigue siendo el principal factor que explica los elevados precios domésticos y la pérdida de competitividad frente a otros países.

“Seguimos liderando la presión fiscal a nivel global, somos los Messi de la presión fiscal”, afirmó Rappallini al exponer un informe de la entidad que compara la carga tributaria argentina con la de las 30 economías más importantes del mundo. Según el dirigente, el problema no se limita a los impuestos nacionales, sino que se agrava por la superposición de tributos provinciales y tasas municipales que terminan impactando sobre toda la estructura de costos.

La industria apunta contra el “costo argentino”

El diagnóstico de la UIA sostiene que durante las últimas tres décadas la política económica se apoyó más en aumentar impuestos que en expandir la economía formal. El resultado, según la entidad, fue un menor crecimiento del Producto Interno Bruto y una expansión de la informalidad, que hoy rondaría el 40% de la actividad.

Rappallini advirtió que la elevada presión tributaria genera un sistema “perverso” en el que cada vez más actores encuentran incentivos para operar fuera del circuito formal. En ese marco, la UIA plantea revisar tributos como el impuesto al cheque, Bienes Personales, Ingresos Brutos, sellos y los derechos de exportación.

La entidad reconoce, sin embargo, que las provincias enfrentan dificultades para resignar recaudación en un contexto de desaceleración del consumo y caída de ingresos fiscales. Por eso propone avanzar gradualmente, comenzando por los sectores con mayor carga impositiva y mayor exposición a la competencia internacional.

RIGI sí, pero también para la industria tradicional

Otro de los ejes del planteo industrial apunta al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). La UIA comparte la idea de ofrecer condiciones tributarias competitivas para atraer capitales, pero reclama que esos beneficios no se limiten únicamente a nuevos proyectos de gran escala.

“La industria tradicional también necesita reglas similares”, sostuvo Rappallini, al mencionar sectores como acero, automotriz, aluminio, plásticos y manufacturas que compiten directamente con productos importados.

El planteo refleja una preocupación creciente dentro del entramado fabril: mientras algunos sectores vinculados a energía, minería o infraestructura pueden acceder a regímenes especiales, gran parte de la industria manufacturera continúa operando con una estructura tributaria y financiera que considera más pesada que la de sus competidores externos.

Competencia china, plataformas digitales y consumo en baja

La UIA también alertó sobre la competencia desleal proveniente del exterior, particularmente desde China. Según Rappallini, ese país concentra alrededor del 55% del mercado global de acero, aluminio y plásticos y posee una capacidad productiva que podría derivar en posiciones dominantes si no hay respuestas coordinadas.

Además, denunció problemas de contrabando, subfacturación y dumping en rubros como calzado, celulares y cerveza, junto con la expansión de plataformas digitales que venden productos sin afrontar la misma carga impositiva que las empresas radicadas en el país.

En paralelo, el dirigente reconoció que el mercado interno sigue mostrando señales de debilidad, especialmente en construcción, textil y calzado. El objetivo de mínima para la industria, señaló, es recuperar los niveles de actividad de 2022 y evitar que la transición económica derive en cierres de empresas y pérdida de capacidades productivas.

El planteo de la UIA reabre un debate central para la economía argentina: cómo reducir impuestos sin desfinanciar a provincias y municipios que dependen en gran medida de tributos como Ingresos Brutos y tasas locales.

En la práctica, un eventual “pacto fiscal federal” implicaría una negociación política compleja entre la Casa Rosada, los gobernadores y los intendentes, en un contexto donde la prioridad oficial sigue siendo el equilibrio fiscal. La industria, sin embargo, sostiene que sin una reducción significativa del costo tributario será difícil consolidar inversiones, generar empleo y competir en igualdad de condiciones con el resto del mundo.

“No estamos pidiendo protección, sino igualdad de condiciones”, resumió Rappallini, dejando en claro que el reclamo industrial ya no pasa solo por aranceles o barreras comerciales, sino por una reforma integral del esquema impositivo argentino.

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ARCA reglamentó las nuevas exenciones al impuesto al cheque

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero adecuó la reglamentación del impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios para incorporar las exenciones creadas por el Decreto 475/2026. La medida impacta sobre empresas de activos virtuales registradas ante la CNV, administradoras de medios de pago y transportadoras de caudales, que deberán inscribir sus cuentas para acceder a los beneficios.

ARCA oficializó la reglamentación operativa de las nuevas exenciones al denominado “impuesto al cheque”, incorporadas días atrás por el Decreto 475/2026. La Resolución General 5869 modifica el régimen vigente para que determinados operadores financieros puedan acceder al beneficio tributario mediante el Registro de Beneficios Fiscales del organismo.

Aunque el cambio tiene carácter administrativo, resulta clave para la aplicación efectiva de las exenciones. Sin esta adecuación, las empresas alcanzadas no contaban con el mecanismo formal para registrar las cuentas bancarias y cuentas de pago sobre las cuales corresponde aplicar la reducción o exención del tributo.

El universo beneficiado comprende tres actividades que ganaron peso dentro del ecosistema financiero argentino: los Prestadores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) inscriptos ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), las empresas administradoras de sistemas de tarjetas de crédito, débito y compra, y las transportadoras de caudales autorizadas por el Banco Central.

La resolución también actualiza el funcionamiento del Registro de Beneficios Fiscales, creado por ARCA en 2015, que concentra las cuentas bancarias alcanzadas por tratamientos impositivos diferenciales. A partir de ahora, los nuevos sujetos incorporados por el Decreto 475/2026 deberán registrar allí las cuentas sobre las cuales pretenden aplicar la exención.

El impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios grava los movimientos realizados en cuentas bancarias y determinadas operatorias financieras. En sectores con elevado volumen transaccional, su incidencia puede representar un costo operativo significativo, especialmente cuando existen múltiples movimientos diarios entre cuentas.

La reglamentación aprobada por ARCA no modifica las condiciones materiales de las exenciones, que ya habían sido establecidas por el Poder Ejecutivo. Su función consiste en integrar esos nuevos beneficios al sistema de administración tributaria para que puedan aplicarse de manera efectiva y ser controlados por el organismo recaudador.

Para las empresas alcanzadas, el beneficio dependerá del correcto cumplimiento del procedimiento registral. La inscripción de las cuentas constituye un requisito indispensable para que las entidades financieras apliquen el tratamiento tributario correspondiente.

Señal para la economía digital

Uno de los aspectos más relevantes de la medida es la incorporación expresa de los Prestadores de Servicios de Activos Virtuales inscriptos ante la CNV, una categoría regulatoria creada recientemente para ordenar la actividad de los exchanges y otras plataformas vinculadas con criptomonedas.

Desde la perspectiva productiva, la decisión reduce costos transaccionales para un segmento que procesa un alto volumen de operaciones electrónicas y que hasta ahora enfrentaba una carga tributaria diseñada para un sistema financiero tradicional.

También favorece a operadores vinculados con la infraestructura de pagos y logística financiera, dos eslabones cuya eficiencia impacta sobre el funcionamiento cotidiano del comercio, la bancarización y los medios electrónicos de pago.

Alcance para las empresas

Las modificaciones introducidas por ARCA implican que los nuevos sujetos exentos deberán inscribir sus cuentas bancarias y cuentas de pago en el Registro de Beneficios Fiscales. Las exenciones alcanzan a Prestadores de Servicios de Activos Virtuales registrados ante la CNV, empresas de tarjetas y transportadoras de caudales habilitadas por el BCRA. La resolución tiene efectos para hechos imponibles ocurridos desde el 18 de junio de 2026. ARCA mantiene las facultades de fiscalización para verificar que las condiciones del beneficio continúen vigentes.

La medida confirma una tendencia de la política tributaria reciente: adaptar normas históricas a nuevas actividades vinculadas con la digitalización financiera. Si bien el impuesto al cheque continúa vigente, el Gobierno amplía gradualmente el listado de operaciones exentas para evitar que determinados sectores estratégicos soporten una carga tributaria que encarece su operatoria cotidiana.

Para empresas tecnológicas, entidades financieras, procesadoras de pagos y proveedores de infraestructura financiera, el foco pasará ahora por la correcta implementación administrativa del beneficio. La inscripción oportuna en el registro de ARCA será determinante para que la exención se traduzca efectivamente en una reducción del costo tributario.

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Fintech, criptomonedas y tarjetas no pagarán impuesto al cheque

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El Gobierno nacional avanzó con una nueva flexibilización del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, conocido popularmente como impuesto al cheque, mediante la publicación del Decreto 475/2026 en el Boletín Oficial.

La norma, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo, amplía el universo de actividades alcanzadas por exenciones tributarias y adapta la regulación a la creciente digitalización del sistema financiero.

Según los fundamentos del decreto, los cambios responden a los avances tecnológicos registrados en los últimos años y buscan equiparar el tratamiento impositivo entre empresas que desarrollan actividades similares, pero que hasta ahora enfrentaban marcos regulatorios diferentes.

Uno de los cambios más relevantes es la incorporación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), es decir, las plataformas vinculadas a la compraventa y administración de criptomonedas.

Las cuentas bancarias utilizadas exclusivamente para estas actividades quedarán exentas del impuesto al cheque, siempre que las empresas estén inscriptas en el registro correspondiente de la Comisión Nacional de Valores (CNV) y cumplan con los requisitos de registración establecidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

La decisión implica un reconocimiento formal de un sector que viene creciendo en volumen de operaciones y que hasta ahora no contaba con un tratamiento específico dentro de este tributo.

Alcance para billeteras y cobranzas digitales

La normativa también actualiza el régimen aplicable a las empresas que prestan servicios electrónicos de pagos y cobranzas por cuenta y orden de terceros.

La exención alcanza ahora a los movimientos vinculados con la recepción y depósito de efectivo en cuentas bancarias o cuentas de pago. Además, el beneficio se extiende a los agentes oficiales que operan para estas firmas, siempre que utilicen cuentas exclusivas para dichas actividades.

El objetivo es reducir costos operativos en un segmento que se consolidó como uno de los principales canales de pago de servicios e impuestos en todo el país.

El decreto incorpora además nuevos beneficios para sectores considerados estratégicos dentro del sistema financiero.

En el caso de las empresas emisoras de tarjetas de crédito, compra y débito, quedarán exentos los débitos originados en préstamos bancarios destinados a financiar su actividad, así como los movimientos vinculados con la emisión y cancelación de obligaciones negociables.

Por otra parte, las empresas transportadoras de caudales también accederán a exenciones sobre las cuentas utilizadas exclusivamente para rendir el efectivo recaudado a sus titulares. Para ello deberán estar registradas ante el Banco Central de la República Argentina.

La medida se inscribe dentro de la estrategia del Gobierno de reducir costos regulatorios y tributarios en determinados segmentos de la economía, especialmente aquellos vinculados con la intermediación financiera, los pagos digitales y la economía cripto. En contraste, el impuesto al cheque continúa vigente y sigue siendo una de las principales fuentes de recaudación nacional.

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Fintech, criptomonedas y tarjetas no pagarán impuesto al cheque

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Un decreto publicado este jueves amplió el alcance de las exenciones del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios para empresas de servicios de pago, proveedores de activos virtuales, operadores de tarjetas y transportadoras de caudales. La medida busca equiparar tratamientos tributarios entre actores que realizan funciones similares y reducir costos de transacción en sectores vinculados a la economía digital.

La decisión oficial, formalizada mediante el Decreto 475/2026, modifica el régimen de exenciones del denominado “impuesto al cheque”, uno de los tributos que más inciden sobre la intermediación financiera y los movimientos bancarios. El cambio incorpora nuevos beneficiarios y actualiza criterios que habían quedado rezagados frente a la evolución tecnológica del sistema de pagos.

Para el sector privado, la señal es clara: el Gobierno busca eliminar distorsiones tributarias que afectaban a empresas fintech, plataformas de pagos y operadores de activos virtuales, actividades que ganaron peso en la economía argentina durante los últimos años, pero que mantenían diferencias regulatorias respecto de otros participantes del sistema financiero.

Menos costo transaccional para la economía digital

La principal novedad es la incorporación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV) al listado de actividades alcanzadas por la exención.

Las cuentas bancarias utilizadas exclusivamente para operaciones vinculadas a la actividad de estos operadores quedarán exceptuadas del gravamen, siempre que estén debidamente registradas ante los organismos competentes.

La medida alcanza a empresas vinculadas al ecosistema cripto que operan legalmente en Argentina y que hasta ahora enfrentaban una carga tributaria adicional sobre movimientos operativos que no implicaban generación de valor agregado, sino mera circulación de fondos.

Desde una perspectiva económica, la eliminación de ese costo mejora la competitividad de plataformas locales frente a competidores internacionales y reduce el costo operativo de servicios vinculados a pagos digitales, tokenización y activos virtuales.

Fintech y cobranzas: equiparación tributaria

El decreto también amplía beneficios para las empresas dedicadas al cobro electrónico de servicios, impuestos y otras obligaciones por cuenta y orden de terceros.

La modificación incluye expresamente las cuentas utilizadas para depósitos de efectivo en cuentas bancarias o de pago y las empleadas por agentes oficiales que actúan dentro de esas redes.

La actualización normativa busca reconocer la transformación del sistema de cobranzas argentino, donde los canales digitales y las redes de proximidad cumplen funciones que históricamente realizaban entidades bancarias tradicionales.

Para miles de comercios que funcionan como puntos de cobranza o recepción de pagos, la medida puede traducirse en menores costos administrativos y financieros, favoreciendo la expansión de servicios en localidades alejadas de los grandes centros urbanos.

Tarjetas y transporte de caudales también quedan alcanzados

Otra modificación relevante incorpora beneficios para las empresas que operan sistemas de tarjetas de crédito, compra y débito.

Las cuentas utilizadas para gestionar préstamos bancarios destinados a financiar su actividad y las operaciones vinculadas a la emisión o cancelación de obligaciones negociables quedarán exentas del impuesto.

La decisión apunta a reducir el costo financiero asociado al funcionamiento de la infraestructura de pagos electrónicos, un componente central para el comercio formal.

Además, se suman las empresas transportadoras de caudales registradas ante el Banco Central. Las cuentas utilizadas exclusivamente para rendir fondos en efectivo a sus clientes también quedarán alcanzadas por el beneficio.

Aunque el avance de los pagos digitales reduce gradualmente el uso de efectivo, la logística de valores continúa siendo un eslabón clave para actividades comerciales, supermercados, estaciones de servicio y cadenas de distribución en gran parte del interior del país.

Qué cambia para el sector productivo

Entre los principales efectos de la medida aparecen menor carga tributaria sobre movimientos operativos de empresas fintech y plataformas digitales. Reducción de costos de intermediación financiera para actores vinculados a pagos electrónicos. Mayor competitividad para operadores de activos virtuales regulados. Incentivos para ampliar servicios financieros en localidades del interior. Equiparación tributaria entre empresas que desarrollan actividades similares. Menores costos de infraestructura para redes de cobranza y medios de pago.

La ampliación de exenciones no modifica la estructura general del impuesto al cheque, pero sí profundiza una tendencia regulatoria orientada a favorecer la digitalización financiera y reducir cargas sobre actividades consideradas estratégicas para la modernización del sistema de pagos.

El desafío estará en medir si la reducción de costos regulatorios logra traducirse en una mayor expansión de servicios financieros, especialmente en regiones donde la inclusión financiera todavía representa una barrera para el crecimiento de las pymes y las economías regionales.

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La recaudación récord de Ganancias en mayo esconde una fuerte erosión del IVA y las retenciones

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reportó que los recursos fiscales de mayo de 2026 treparon a $21.513.588 millones, lo que representa una expansión nominal del 33,6% interanual. No obstante, el marcado salto del 67,9% observado en el Impuesto a las Ganancias distorsiona el balance consolidado, ocultando una desaceleración real en los tributos vinculados al consumo interno y al comercio exterior, variables de las que depende de forma directa el flujo de caja del Noreste Argentino (NEA).

Los Recursos Tributarios llegaron a $ 21,5 billones, con una variación interanual de 35,6%, por lo que habría marcado una mejora por arriba de la inflación esperada para mayo (33,3% interanual según CyT Asesores).

La dinámica fiscal de mayo estuvo motorizada de forma casi exclusiva por el vencimiento del saldo de declaración jurada de Ganancias para las sociedades con cierre de balance en diciembre de 2025. El gravamen aportó $8.023.477 millones, beneficiado por una baja base de comparación respecto del año previo y por los incentivos procedimentales de la Ley 27.799, que redujo los plazos de prescripción para contribuyentes cumplidores. Sin embargo, el dato crítico se localiza en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que con una recaudación neta de $5.380.374 millones y una suba del 22,6% interanual, se ubica sustancialmente por debajo del promedio inflacionario, desnudando el enfriamiento de la actividad comercial minorista.

El impuesto a las Ganancias por sí solo aportó $ 8 billones a las arcas públicas en el mes, lo que implicó una suba de 64% interanual. La explicación estuvo centrada en el segmento impositivo, ya que el segmento aduanero representó $ 214.000 millones. Además de los factores ya mencionados, como la liquidación de sociedades y el aumento de las multas que incentivó la registración, ayudaron el cambio en las alícuotas de los anticipos al 11,11% en un régimen de 9 ingresos, pero atenuó la variación la liquidación anual de la relación de dependencia y jubilados con los parámetros de 2025.

El IVA registró ingresos por $ 5,3 billones. Marcó un aumento del 22,6% interanual, por debajo de la inflación esperada para el mismo período. En este impuesto también incidió mayoritariamente el segmento impositivo (29,5% de suba anual) mientras que el aduanero tuvo un pobre desempeño (8,5% de aumento).

En el IVA impositivo indició en contra el mayor acogimiento de deuda corriente a planes de pago, las mayores devoluciones a exportadores y del régimen de comercialización de granos y los mayores pagos con saldos a favor de contribuyentes. El reclamo por las devoluciones cobraba cada vez más fuerza por parte de los exportadores, que plantearon que registraban hasta siete meses de demora. En el IVA aduanero impactó la desaceleración de las importaciones respecto de mayo del año pasado y un día hábil menos.

El desempeño de estos impuestos es lo que explicó que mejorara la coparticipación y distribución vía leyes especiales y compensaciones a las provincias, que vieron en mayo un aumento del 8,3% real interanual, según estimó Politikon Chaco.

Desglose de la recaudación y el comportamiento sectorial

La distribución de los recursos fiscales evidencia las disparidades operativas entre los diferentes bloques impositivos de la economía:

Ganancias Corporativas ($8.023.477 millones): Registró un avance interanual del 67,9%. La variación estuvo favorecida por la RG 5.685/2025, que reconfiguró las alícuotas de los anticipos societarios a un esquema de 9 ingresos obligatorios del 11,11%.

IVA Neto y Consumo ($5.380.374 millones): El bloque impositivo general creció un 22,6%. La suba del 29,3% en el IVA impositivo se vio atenuada por un mayor acogimiento de deuda corriente a planes de facilidades de pago y devoluciones extraordinarias al sector agroindustrial.

Seguridad Social ($4.613.376 millones): Los aportes y contribuciones patronales avanzaron un 27,3%, impulsados por la actualización de la remuneración bruta promedio, en vísperas del impacto del nuevo Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL).

Créditos y Débitos ($1.447.457 millones): El denominado impuesto al cheque subió un 28,5% interanual, traccionado de forma positiva por la adición de una jornada hábil de liquidación bancaria en comparación con mayo del año anterior.

La asimetría aduanera en los Derechos de Exportación e Importación

El comportamiento de los tributos de frontera expone el sesgo centralista de la política económica nacional frente a los requerimientos de la periferia. Los Derechos de Exportación (retenciones) sufrieron un desplome interanual del -18,3%, recaudando apenas $567.117 millones. ARCA atribuye este retroceso a la reducción de alícuotas aplicada sobre los porotos de soja (que pasaron del 33% al 24%) y el maíz (del 12% al 8,5%). Para Misiones, esta caída en la recaudación granaria nacional impacta negativamente de forma indirecta, dado que reduce la masa de recursos redistribuibles que financian obras de infraestructura vial a nivel federal.

Asimismo, los Derechos de Importación avanzaron un tenue 5,2% interanual, totalizando $489.413 millones. Esta debilidad operativa responde a la desaceleración del ingreso de bienes intermedios y al impacto de la alícuota 0% fijada para la importación extrazona de componentes de telefonía celular. Mientras que en Buenos Aires la apertura comercial se traduce en un mayor stock de tecnología de consumo, en Misiones las PyMEs forestales y yerbateras se ven marginadas de este alivio arancelario, debiendo absorber fletes internos elevados y lidiar con las asimetrías fronterizas cambiarias con Brasil y Paraguay para mantener operativas sus cadenas de suministros sin el beneficio de compensaciones aduaneras geográficas.

Superado el vencimiento estacional de Ganancias Sociedades, la atención de los tomadores de decisiones corporativas en Misiones debe centrarse en la evolución del IVA Impositivo durante el próximo trimestre. Será fundamental seguir de cerca el impacto real del beneficio establecido en el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), cuya reducción de contribuciones patronales para nuevos puestos de trabajo comenzará a reflejarse en la recaudación a partir de junio. Si la devaluación real del consumo interno persiste, la mayor liquidez obtenida por la vía de Ganancias en mayo se diluirá rápidamente, forzando un escenario de mayor rigidez crediticia para las PyMEs del interior provincial.

Informe Recaudación Mayo 2026 by CristianMilciades

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