Nación quiere regular el uso de la semilla de yerba mate
El INASE dispuso en el día de hoy, la creación de dos registros para que los investigadores y desarrolladores de especies vegetales autóctonas puedan preservar sus derechos y certificar el origen de diversas plantas nativas, así como por ejemplo, el nuevo material reproductivo de la yerba mate.
El Ministerio de Agroindustria, a través del Instituto Nacional de Semillas (INASE), avanza en una mayor regulación y control de la producción y el comercio del material reproductivo de Yerba Mate y determinar que la procedencia de las semillas tengan un origen conocido y mejorado en algún grado.
La Resolución 62/2018 publicada hoy en el Boletín Oficial establece la creación del Registro de Fuentes Semilleras de Yerba Mate, define las distintas Categorías de la Fuentes Semilleras, especifica la utilización y confección del rótulo según lo establecido la Ley de Semillas, 20.247 que deberá exhibir el material reproductivo de esta especie en sus diferentes estadios, habilitación de laboratorios de análisis de semillas que operen con este material reproductivo, entre otros aspectos.
Asimismo, especifica las condiciones para la producción y comercio de semillas y plantines de Yerba Mate, entre las cuales se instaura la inscripción de los viveros productores de semillas y plantines de esta especie en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas (RNCyFS) del INASE.
El Instituto Nacional de Semillas (INASE) y el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), realizan un trabajo conjunto desde hace varios años y es a partir de esta interacción y de ciertas situaciones detectadas que eran importantes encausar, entre ellas controlar y mejorar el abastecimiento de plantines de yerba mate en cuanto a su mejora genética, como así también el registro de las fuentes de abastecimiento de semillas desde donde se proveen los viveristas.
Por otro lado, la Resolución 61/2018 creó el Registro de Áreas Productoras de Semillas de Especies Nativas (Rapsen), a las que se definió como el espacio físico delimitado o fuente semillera donde los Operadores de Especies Nativas podrán colectar semillas, plantas o partes de plantas de las que se obtenga material reproductivo para su investigación, mejoramiento y multiplicación.
Desde el INASE aseguran que “resulta necesario reglamentar la producción y comercialización de plantas de especies nativas, estableciendo mecanismos de control”.
Añadió que “a tal fin resulta conveniente registrar los sitios o áreas de producción de semilla donde se genere material básico” para que luego sea posible el seguimiento de cada área y la emisión de Certificación de Procedencia.
La nueva normativa también establece el mecanismo mediante el que los mejoradores podrán registrar esas especies en el registro Nacional de Cultivares, así como nuevas reglas para el comercio de variedades nativas.