Se dictó la segunda jornada higiénico sanitaria para tatuadores y piercers

La Secretaría de Salud y Desarrollo Humano de Posadas realizó la segunda jornada de formación destinada para quienes se desempeñan como tatuadores y colocadores de piercing en la capital provincial con el objetivo de garantizar procedimientos de actuación que respeten la higiene, seguridad y el uso de materiales adecuados al momento de desarrollar la actividad.

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La Secretaría de Salud y Desarrollo Humano de Posadas realizó la segunda jornada de formación destinada para quienes se desempeñan como tatuadores y colocadores de piercing en la capital provincial con el objetivo de garantizar procedimientos de actuación que respeten la higiene, seguridad y el uso de materiales adecuados al momento de desarrollar la actividad.

Durante la tarde del viernes, alrededor de 30 personas participaron del taller dictado por el Dr. Luis Esquivel, que tuvo lugar en el Salón de Usos Múltiples de la sede central ubicada sobre calle San Martín 1579. El mismo fue gratuito y obligatorio para todos aquellos que quieran habilitar un local. Allí, se trataron temas como: normas sanitarias, esterilización, higiene y bioseguridad, anatomía de la dermis, materiales hipoalergénicos, consideraciones legales, técnicas de primeros auxilios y RCP, entre otros tópicos.

“La realización de tatuajes o piercings, es una práctica cada vez más extendida en nuestra ciudad, y por desde la Municipalidad organizamos estos talleres, para garantizar los normas y los procedimientos de actuación que respeten la higiene, la seguridad, el uso de materiales adecuados, tanto para quienes llevan adelante su trabajo como para quienes depositan su confianza en estas personas”, explicó la Directora General de Control Alimentario y Fiscalización Urbana, Ana María Paredes, en la apertura del encuentro.

Aprobando el examen, el Municipio hará entrega de la certificación correspondiente que consta el cumplimiento de la capacitación, a fin de poder ser exhibida en el local habilitado. Esta actividad se realiza en el marco de la Ordenanza XII – Nº 39 (antes Ordenanza 2934/11) que establece las condiciones sanitarias requeridas por el Municipio para el desarrollo de la actividad, como así también el procedimiento y mecanismos de prevención al momento de llevar a cabo la realización de tatuajes y colocación de punciones.

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Qué dice la legislación

La ordenanza XII – Nº 39 (antes Ordenanza 2934/11) establece las normas para la práctica del tatuaje y piercing en el ámbito de la ciudad capital: Las personas que realizan este tipo de actividad deberán ser mayores de 21 años y tendrán la licencia que los habilite para tales fines. Asimismo, deben participar de los cursos de capacitación para los tatuadores y piercers sobre normas sanitarias, esterilización, higiene y bioseguridad, anatomía de la dermis, primeros auxilios, entre otros.

Mientras que, las personas que soliciten alguna de estas prácticas, deberán ser mayores de 18 años y se les exigirá la presentación de cualquier documento que acredite su identidad (original o copia), o en el caso de ser menores de edad, deberán presentar una autorización expresa de los padres, tutores o encargados.

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