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La Anmat autorizó el uso de cuatro test de autoevaluación de Covid-19

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Según señaló la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, la aprobación corresponde  los productos desarrollados por cuatro laboratorios y sólo podrán adquirirse exclusivamente en farmacias. El resultado debe ser reportado dentro de las 24 horas de realizado el test.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) aprobó el uso individual de cuatro test de autoevaluación en base a la detección del virus SARS-CoV-2, de los laboratorios Abbott, Roche, Vyam Group y Wiener, de venta exclusiva en farmacias.

El resultado de la prueba de orientación diagnóstica debe ser reportado de forma individualizada dentro de las 24 horas de realizado el test, informó el Ministerio de Salud en un comunicado.

Los productos aprobados son Panbio COVID-19 Antigen Self-Test, SARS-CoV-2 Antigen Self Test Nasal, SARS-CoV-2 Antigen Rapid Test (COVID-19 Ag), y WL Check SARS-CoV-2 Ag Self Testing, que son de “orientación diagnóstica” y los usuarios deben recoger la muestra por sí mismos en base a las instrucciones de los fabricantes.

La decisión se tomó en base a la documentación presentada y a partir del consenso surgido en las reuniones del Consejo Federal de Salud (Cofesa) y de la solicitud del sector privado de poder sumar herramientas de autocuidado en el contexto de la pandemia de coronavirus.

Cómo adquirir el test

Los test de autoevaluación para la detección de SARS-CoV-2 (COVID-19) podrán adquirirse de modo individual, por instituciones públicas o privadas, o jurisdicciones “siempre que se garantice el adecuado reporte de resultados”, se informó.

La Anmat aclaró que estas pruebas “proporcionan resultados orientativos, sin valor diagnóstico concluyente, a excepción de que las jurisdicciones, en acuerdo con el Ministerio de Salud de la Nación y en base a la situación epidemiológica, consideren el resultado como positivo”.

En el comunicado se explicó que en estos autotest la muestra se realiza “a nivel nasal o bien por saliva”, según lo especifique el fabricante, a diferencia de los test de uso profesional donde la toma de muestra es a nivel nasofaríngeo.

Por eso se reforzó que la muestra se debe tomar “en forma correcta y que de inmediato se realice la prueba para evitar resultados erróneos”.

Qué hacer con el resultado

También se aclaró que un resultado negativo de estas pruebas no descarta la infección ya que “si la persona no tiene síntomas o si la carga viral es baja (lo que puede ocurrir durante los días iniciales o finales de la infección) el SARS-CoV-2 puede ser no detectado por el test”.

“Para tener un seguimiento, los resultados deberán ser reportados de forma inmediata (en base al código de barra de cada empaque) una vez realizado el test, y se dispondrá de un plazo mayor cuando no hubiera sido utilizado, ya sea por el usuario individual o por un responsable de reporte en caso de gran volumen de test”, precisó la cartera de Salud.

Los datos reportados se alojarán en la base informática farmacéutica y serán informados al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) por las agrupaciones farmacéuticas habilitadas, en el caso de reporte de test de usuarios individuales o por instituciones públicas o privadas.

Por otro lado, los casos positivos serán integrados a la notificación de casos de COVID-19, mientras que los negativos serán clasificados como “negativo, sin clasificar”.

Por último, los casos de test inválido deberán repetirse para definir el resultado.

Si el farmacéutico no recibe el reporte del usuario una vez realizado el test, deberá informar de esa situación a la autoridad sanitaria jurisdiccional.

La Anmat destacó que esta herramienta fue implementada como test de autoevaluación desde el año pasado por países como Portugal, Francia, Países Bajos, Bélgica, Reino Unido, Italia, Alemania, España, Austria, Bulgaria y Estados Unidos.

Por último, se aclaró que a partir de la autorización dispuesta “comenzará la importación, por lo cual se requerirá de un lapso de tiempo para que estén disponibles en farmacia para su venta”.

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La Anmat aprobó un test rápido que detecta anticuerpos en la fase temprana del virus

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La prueba Farmacov IgM “contribuye en las estrategias sanitarias de las instituciones permitiendo realizar estudios poblacionales a gran escala, mapeo y segregación de áreas”, explicaron desde el Ministerio de  Ciencia y Tecnología.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) aprobó el test serológico Farmacov IgM, desarrollado por científicos del Conicet, que permite saber en segundos si hay presencia de anticuerpos en la fase temprana de la infección causada por el virus SARS-CoV-2, informó este jueves el Ministerio de Ciencia y Tecnología.

A partir de una punción en la yema de un dedo, el test evalúa en la sangre la presencia de inmunoglobulina M, indicador de la fase aguda de la infección e inmunoglobulina G, anticuerpo de memoria, explicó la cartera.

Estas muestras son para saber si la persona está cursando la enfermedad en forma temprana (IgM positivo), tardía (IgM – IgG positivos) o si se cursó (IgG positivo)

El test, desarrollado por el Centro de Investigación y Desarrollo en Fermentaciones Industriales Rodolfo Ertola de la Facultad de Exactas de la Universidad Nacional de La Plata, complementa una presentación anterior aprobada por la Anmat en enero pasado que detectaba anticuerpos en una fase más temprana de la infección.

La cartera de Ciencia explicó que como todos los test de diagnóstico de Covid-19, “su uso es profesional por lo que es utilizado, mayormente por universidades nacionales y organismos y centros de salud públicos y privados”.

La prueba, que rondará los $ 400, “contribuye en las estrategias sanitarias de las instituciones permitiendo realizar estudios poblacionales a gran escala, mapeo y segregación de áreas como plazas, colectivos y escuelas”.

También permite “separar rápidamente a los positivos, a quienes luego se les podrá realizar un hisopado para aislar a los que están cursando actualmente la enfermedad”.

El Centro de Investigaciones platense anunció además que está desarrollando un test rápido de antígenos utilizando la misma plataforma tecnológica.

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ANMAT volvió a detectar productos de Hierbital con escherichia coli y salmonella

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Prohibieron la venta de unos alfajores, yerba, un choclo en lata y hasta un termo. La ANMAT prohibió a través de distintas disposiciones publicadas hoy en el ‘Boletín Oficial’, un alfajor de chocolate, un choclo en granos, una yerba mate con hierba serrana y hasta un termo de acero inoxidable.

La ANMAT prohibió el consumo, la comercialización y la distribución de la marca Hierbital, mezcla de poleo, yerba mate, peperina, menta y cedrón. El organismo aseguró que “se detectó la presencia de salmonella spp y valores de recuento de escherichia coli y esporas de bacillus cereus”.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió a través de distintas disposiciones publicadas hoy en el Boletín Oficial, un alfajor de chocolate, un choclo en granos, una yerba mate con hierba serrana y un termo de acero inoxidable.

En la disposición 1386/2020 se ordena la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de internet del producto rotulado como “Alfajor de chocolate negro relleno de crema de avellanas” y el “Alfajor de chocolate negro relleno de mousse de chocolate” de la marca Piache RNPA N° Expte N° 2019-10438548 para Piache. Según se afirma, en los envoltorios se consigna el símbolo de alimento libre de gluten “sin TACC”.

Entre los considerandos, se fija que son “alimentos falsificados que utilizan los registros sanitarios de otro titular” y que “existe una probabilidad razonable de consecuencias adversas temporarias y/o reversibles en la salud de los consumidores celíacos por lo que deberá extenderse la prohibición hasta el nivel de distribución minorista.

Asimismo señala que “carecen de la debida autorización sanitaria” por lo que la Administración “recomendó a los consumidores, en especial a la población celíaca, que hayan comprado o tengan en su poder el producto, que se abstengan de consumirlo y a quienes expendan los productos mencionados que cesen su comercialización”.


Además explica que “en su base de datos no existe la razón social PIACHE y existen evidencias de que la marca señalada utiliza un RNE debidamente autorizado pero perteneciente a otro establecimiento” y que “se hallan en infracción a la normativa vigente por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado y no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República” y “por estar falsamente rotulado, por no consignar en su rótulo la declaración de alérgenos, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.


En tanto, la disposición 1337/2020 estable la prohibición de la “comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, del producto rotulado como “Choclo amarillo en granos, marca San Remo, lote NSOCOI, vto 23/10/22, RNPA Nº 027-00-005874, RNE Nº00000467”.

Entre los considerandos remarca que “el producto no es apto para consumo ya que se observó el envase y su tapa hinchado y óxido en su punto de cierre, al abrirlo se evidenció liberación de gas, líquido espeso con alta densidad y abundante sólidos con poca cantidad de granos de choclo y olor ácido intenso putrefacto. Se detectó la presencia de Bacilluys Cereus y Anaerobios Sulfitos Reductores” y que por eso “se trata de productos alimenticios que carecen de condiciones de elaboración con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente.

La disposición 1336/2020 determina la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional del producto “Termos Acero Inoxidable – Nombre de fantasía: Romania, Termo mate, marca: Romania, Inox Termo Mate MAT – 45, Nuevo Diseño, Made in RPC”, porque “contenía 1,6% de impurezas constituidas por cobre, no cumpliendo con las especificaciones de la normativa vigente, que el acero inoxidable no se encontraba incluido en la lista de metales que se pueden utilizar, siendo no apta para su uso”.

Y añade que “el producto en cuestión carece de la autorización de producto importado y por contener en su composición material que no se encuentra en la lista de metales autorizados, resultando ser en consecuencia ilegal”.

Y la disposición 1385/2020 establece la prohibición “de consumo, la comercialización y la distribución todo el territorio nacional del producto Hierbas Serranas con Yerba Mate, marca Hierbital, Mezcla de Poleo, Yerba mate, peperina, menta y cedrón, Cont. neto 500 g, RNPA Nº 04-045124, RNE N°04-001868, elaborada y fraccionada por: Avaro Hnos. SRL Av. Presidente Perón N° 2936 Villa María, Córdoba”.

Entre los considerandos se marca que ante “un análisis microbiológico y físicoquímico se detectó la presencia de Salmonella Spp y valores de recuento de Escherichia Coli y esporas de Bacillus Cereus

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La ANMAT regulará la venta de anteojos de sol

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Como todos los años los lentes de sol truchos se venden indiscriminadamente. En la calle, en las ferias, en las plazas y sobre todo en la playa. Lo que muchos no saben es el peligro que la compra de estos lentes (tentadores por ser mucho más baratos que los originales) pueden traer a la vista. Tal es el caso que a partir de ahora es la ANMAT quien se encargará de la regulación de los mismos.
Por medio de una disposición publicada en el Boletín Oficial el 22/01/19 ahora la fabricación e importación de los anteojos de sol será regulada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT).
Esta decisión implica que de ahora en más los anteojos de sol que no cuenten con la debida inscripción en la ANMAT deberán ser retirados de circulación y comercialización.
Lo que el organismo debe revisar es si los anteojos registrados cumplen con la verdadera protección contra los rayos UV que deben tener los anteojos de sol ya que muchos de los lentes truchos tienen el sticker de “FILTRO UV” aunque no sea verdad que cuenten con esa protección.
Los peligros para la salud que trae la compra de estos lentes pueden variar desde la irritación, picazón, conjuntivitis y hasta tumores malignos en los ojos.
¿Por qué hay que tener tanto cuidado?
Los anteojos de sol sirven para que uno pueda ver bien a pesar de los rayos fulminantes que provoca un sol como es el del verano. El problema es que si no tiene los filtros necesarios son sólo vidrios negros que no hacen más que exponer la sensibilidad del ojo abierto hacia el sol.
El espectro visible está entre 400 nm y 700 nm, estando por debajo de 400 nm los temidos rayos ultra violeta: UVA, UVB y UVC. Son los rayos más peligrosos para la piel y los ojos. Algunos lentes de sol solo protegen hasta los 380 nm sin embargo la última generación de lentes aseguran la protección hasta los 400 nm.
Sin lentes uno tiende a cerrar los ojos y los párpados funcionan de capa protectora. Con lentes sin protección el ojo está a disposición de los rayos UV para que puedan entrar a dañarlos sin restricción.
Por eso es que, a pesar de que el precio sea mayor, desde la Cámara Argentina de Industrias Ópticas y Afines (CADIOA) y la Cámara Argentina de ópticas (CADEO) buscan concientizar a la población de la importancia de no acceder a la compra callejera de lentes de sol.
En este marco, la ex presidente de la Cámara Argentina de ópticas (CADEO), empresaria y secretaria de Producción de Ituzaingó, Sandra Rey, afirmó que “se venden anualmente 5 millones de anteojos truchos, provenientes del contrabando, que se consiguen al por mayor a un precio promedio de $ 30 y se comercializan en la calle a precios que rondan desde los $ 100 a los $ 200”.
La funcionaria alertó sobre la peligrosidad de comprarlas sin ningún tipo de filtro solar.
“Usar anteojos de sol que tengan una protección de 400 contra los rayos UV es equivalente a llevar protector solar para la piel filtro 50”.
La disposición emitida en el Boletín Oficial comunica que el sector de venta de lentes de sol cuenta con un plazo de 180 días para adecuarse a la medida que, en línea con las que ya rigen en países de Europa, Estados Unidos y Uruguay, entre otros, viene a poner reglas de juego en un mercado en el que hasta ahora todo era válido.

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Llegará a las farmacias un medicamento para la interrupción legal del embarazo

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Se trata del Misop 200, aprobado por la ANMAT. Cuenta con una droga específicamente para interrumpir la gestación. Oposición de grupos anti aborto.
Clarín – La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) autorizó a través de la disposición 946-12-10-2018 la venta en farmacias, bajo receta archivada, de una droga que por primera vez servirá para la interrupción del embarazo en los casos que contempla la ley. La información fue confirmada a Clarín desde la Secretaría de Salud de la Nación. El laboratorio que fabrica el medicamento prevé que “estará disponible en los comercios antes de fin de año”.
Hasta ahora esta droga se distribuía sólo en hospitales, pero ahora los ginecólogos la podrán recetar a sus pacientes en el consultorio cuando consideren que la mujer está bajo alguna de las circunstancias que prevé la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
“Que la ANMAT haya aprobado un medicamento con una sola droga para interrumpir el embarazo es una noticia enorme que hay que celebrar porque, de alguna manera, la mujer recupera su dignidad”, afirmó Mario Sebastiani, ginecólogo del Hospital Italiano y docente, sobre la llegada a los hospitales del Misop 200. El producto del Laboratorio Domínguez se podrá utilizar entre otras cosas para poner fin a los abortos permitidos.
La interrupción del embarazo está autorizada sólo cuando representa un peligro para la vida de la mujer y este peligro no puede ser evitado por otros medios; si el embarazo representa un peligro para la salud de la mujer (entendida la salud como el bienestar físico, mental-emocional y social) y si el embarazo proviene de una violación.
Hay dos aspectos fundamentales en torno al flamante medicamento. Por un lado, el lanzamiento del Misop 200, “que cuenta con la dosis justa para producir la interrupción, con comprimidos específicamente ranurados para ingresarlos por la vagina. Por otro, será un producto que “se venderá dentro de una figura legal, con la receta de un médico que expondrá los motivos por los cuales el paciente debe recurrir a esa medicación”, expresa Sebastiani.
Hasta hoy el misoprostol se conseguía en las farmacias a través de un medicamento llamado comercialmente Oxaprost (Laboratorios Beta), que venía combinado con otra droga, diclofenac, que no estaba autorizado con fines ginecológicos.
La novedad se conoce casi tres meses después de que el Senado de la Nación rechazara la ley de interrupción voluntaria del embarazo. “En el fondo, la sociedad no se quedó cruzada de brazos. Desde distintos grupos de la política, algunas asociaciones médicas y otros colectivos de mujeres se le estaba pidiendo a la ANMAT que autorizara esta medicación a fin de que las mujeres no tuvieran que acudir a un mercado negro”, agregó Sebastiani.
Estamos a las puertas de una medicación segura para producir la interrupción del embarazo y de forma domiciliaria. “Esta seguridad del Misop 200 fue ratificada nada menos que por Naciones Unidas y por la Organización Mundial de la Salud”, aclara el también profesor del Instituto del Hospital Italiano.
Acerca del producto Misop 200, la ANMAT aclara que dicha especialidad medicinal se encuentra autorizada y señala que “el misoprostol, al igual que otras prostaglandinas, produce maduración cervical, dilatación y reblandecimiento del cuello uterino, disminuyendo la cantidad de fibra de colágeno y permitiendo que se intercale entre ellas una mayor cantidad de agua. Además, y de forma consecutiva, el misoprostol aumenta la frecuencia y la intensidad de las contracciones del músculo liso uterino, de forma que las fibras se orientan en el sentido de la tensión ejercida sobre ellas, facilitando así la expulsión del contenido del útero”.
Y concluye el comunicado de ANMAT: “Estas propiedades permiten su utilización en la maduración cervical previa a una histeroscopía, o en otros procedimientos ginecológicos que requieran acceder a la cavidad uterina en la inducción del parto, en la prevención o tratamiento de la hemorragia posparto, o en la interrupción del embarazo en las condiciones establecidas por la legislación vigente en nuestro país”.
Respecto del valor que tendrá el Misop 200 en las farmacias, adonde desembarcarían antes de fin de año, se estima que se cree que será menor al Oxaprost, que hoy oscila los $4.500. “Es una suerte de legalización y un guiño cómplice desde la política a partir del convencimiento de la Secretaría de Salud, las sociedades médicas y de buena parte del partido gobernante y de la sociedad”, agregó Sebastiani.
Raúl Magnasco, presidente de la Fundación Más Vida, dice que la noticia lo tomó por sorpresa: “Estamos intentando coordinar una reunión con el director de la agencia a fin de interiorizarnos sobre la supuesta medida, la que de ser tal como se publicó implica un riesgo muy alto para nuestro país en cuanto a la Salud Pública, como así también en cuanto a la Legalidad y respeto a la Democracia vigente”.
Magnasco dijo que “el uso de misoprostol vaginal se encuentra prohibido en los Estados Unidos por el riesgo inherente que acarrea la droga, y por los efectos secundarios y alertas de seguridad, razones por las cuales la Agencia Nacional de Seguridad del Medicamento y de los Productos de Salud de Francia directamente prohibió la comercialización del medicamento en todo el país en marzo de este año”.
Y concluyó: “Genera igual preocupación la falta de legalidad que esta medida acarrea, considerada nula de nulidad absoluta toda vez que una agencia nacional no puede autorizar una droga abortiva siendo el aborto un delito penal, mucho menos para venta al público, vulnerando la tutela constitucional del valor absoluto de la vida”.

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