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Secreto fiscal: ARCA impide que entidades financieras exijan DDJJ como requisito para operar

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ARCA prohíbe que bancos y entidades financieras exijan declaraciones juradas impositivas a sus clientes

Mediante la Resolución General 5696/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero restableció la vigencia plena del secreto fiscal y considerará irregular la solicitud de DDJJ de impuestos nacionales por parte de los sujetos obligados.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó este jueves, a través de la Resolución General 5696/2025, una decisión clave para reforzar la protección del secreto fiscal: prohíbe a bancos, aseguradoras, fintech y otras entidades obligadas por la Ley 25.246 exigir declaraciones juradas impositivas a sus clientes como condición para operar.

El nuevo marco normativo, que abroga la Resolución General N.º 5125, busca garantizar la confidencialidad de la información tributaria de las personas físicas y jurídicas, en línea con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 11.683. La medida se alinea con el Decreto 353/2025 recientemente publicado por el Poder Ejecutivo, en el que se estableció un esquema general de simplificación tributaria y financiera, junto a la creación del Sistema de Finanzas Abiertas.

Secreto fiscal: un derecho personal, no una exigencia contractual

El artículo 101 de la Ley 11.683 establece que las declaraciones juradas impositivas presentadas por los contribuyentes ante la autoridad tributaria son confidenciales, y su divulgación no autorizada puede constituir delito penal, conforme los artículos 156 y 157 del Código Penal.

En este contexto, ARCA advierte que el pedido de declaraciones juradas por parte de sujetos obligados —como bancos, entidades financieras, sociedades de bolsa, entre otros— constituye una práctica abusiva, ya que desvirtúa la naturaleza voluntaria del derecho al secreto fiscal y genera una asimetría en la relación jurídica entre prestadores de servicios y usuarios.

“La posibilidad de renunciar al secreto fiscal, en tanto derecho conferido al contribuyente, se reduce a una formalidad sin contenido efectivo cuando el acceso al servicio queda supeditado a la entrega de DDJJ”, señala la resolución.

Con la entrada en vigencia de la nueva resolución, ningún sujeto obligado por el artículo 20 de la Ley 25.246 podrá exigir la presentación de declaraciones juradas de impuestos nacionales. En caso de incumplimiento, las entidades podrán ser sancionadas por las autoridades competentes, e incluso se abrirá la vía para denuncias por parte de los consumidores a través de los mecanismos previstos en la Ley de Defensa del Consumidor N.º 24.240.

Al mismo tiempo, ARCA aclara que los sujetos obligados seguirán cumpliendo con los estándares internacionales de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT). La normativa de la Unidad de Información Financiera (UIF) no exige expresamente declaraciones juradas para estimar el perfil de riesgo del cliente, sino que adopta un enfoque basado en riesgo, acorde con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Sistema de Finanzas Abiertas: una alternativa segura y voluntaria

En sintonía con el nuevo régimen, el Decreto 353/2025 establece la creación del Sistema de Finanzas Abiertas, bajo la autoridad del Banco Central de la República Argentina (BCRA). Este esquema permitirá que personas físicas y jurídicas compartan de forma voluntaria y segura su información financiera con las entidades registradas, siempre y cuando otorguen su consentimiento expreso.

La intención oficial es avanzar hacia una digitalización inteligente del perfil económico de los ciudadanos, sin vulnerar derechos constitucionales ni exigir documentación desproporcionada. “La implementación del sistema torna innecesario el requerimiento de DDJJ como mecanismo de validación”, afirma el texto de ARCA.

La decisión de ARCA marca un cambio de paradigma en las relaciones entre el Estado, los contribuyentes y el sistema financiero, ya que pone un freno a prácticas contractuales extendidas que, bajo el pretexto de control de riesgos, afectaban derechos fundamentales como la privacidad y el secreto fiscal.

Con esta resolución, el Gobierno refuerza su discurso de desburocratización y simplificación administrativa, al tiempo que se alinea con estándares internacionales de protección de datos y derechos del consumidor.

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Arca: ya no será necesario informar movimientos bancarios, compras o ahorros

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En el marco de las medidas económicas dispuestas por el Gobierno nacional, el director ejecutivo de la Agencia de Control y Recaudación Aduanera (ARCA), Juan Pazo anunció una serie de medidas que tienen como objetivo proteger la privacidad de los ciudadanos, simplificar el cumplimiento impositivo  y fortalecer la formalización económica. 

El organismo derogará regímenes de información y ampliará el umbral de otros con el objeto de consolidar un cambio en materia de fiscalización tributaria, enfocando los recursos del Estado en grandes contribuyentes y estructuras de evasión sofisticadas, en lugar de controlar el consumo cotidiano de los argentinos. 

Además, Pazo anunció también la implementación de un nuevo régimen simplificado de Ganancias. Se trata de un nuevo paso en la búsqueda de la optimización de recursos en materia de fiscalización y la baja de costos de cumplimiento tanto para los ciudadanos como para el Estado. ARCA ya no requerirá información sobre los consumos ni el patrimonio de los ciudadanos, protegiendo el anonimato de los gastos personales a través de este régimen. 

Detalle de cada una las medidas:

  • Régimen informativo para compras con tarjeta de débito, crédito y billeteras virtuales para consumos personales. Hasta hoy las administradoras de tarjetas de crédito le informan a ARCA todas las compras que hace una persona usando ese medio de pago. Desde ahora no se van a informar más, por lo que el monto de los consumos personales va a estar resguardado como toda información privada.
  • El CITI Escribanos (Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes), un sistema de información implementado por la ex (AFIP), a través del cual los escribanos debían reportar mensualmente determinadas operaciones notariales (A partir de $10 M). Desde ahora, los escribanos ya no deberán reportar ninguna operación a ARCA.
  • El régimen informativo de compra-venta de vehículos usados (rodados). Desde ahora, los concesionarios no deberán reportar ninguna operación a ARCA. 
  • El régimen informativo de pago de expensas (hoy informaba a partir de 32 mil pesos). A partir de ahora, las administradoras de consorcios no deberán reportar más el pago de expensas a ARCA.
  • Código Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI). A partir de ahora, el vendedor de una propiedad o el agente inmobiliario no deberá reportar más a ARCA cuando ponga la propiedad a la venta.
  • El régimen de consumos relevantes de electricidad, agua, gas y telefonía. A partir de ahora, los proveedores de servicios públicos y telefonía, no deberán reportar más a ARCA dichos consumos.

Además, se prohíbe a los bancos solicitar DDJJ de impuestos nacionales, pudiendo las personas negarse y acudir a Defensa del Consumidor si fuera necesario.

Actualización de umbrales de información:

Información bancaria
Antes

Ahora
Transferencias y acreditaciones bancarias.
$ 1 millón
$ 50 millones de pesos para personas físicas.

$ 30 millones para personas jurídicas.


Extracciones en efectivo


Se informaba desde cualquier monto.
$ 10 millones para personas físicas
$ 10 millones para personas jurídicas

Saldos al último día del mes

Entre $ 700 mil y $ 1 millón (dependiendo el tipo de cuenta)
$ 50 millones para personas físicas

$ 30 millones para personas jurídicas


Plazos Fijos


$ 1 millón
$ 100 millones para personas físicas

$30 millones para personas jurídicas

Transferencias y acreditaciones en Billeteras Virtuales


$ 2 millones
$ 50 millones para personas físicas

$30 millones para personas jurídicas


Tenencias en AlyCs


Se informaban todos los montos.
$ 100 millones para personas físicas

$ 30 millones para personas jurídicas.
Información comercial  AntesAhora


Compras de consumidor final

$ 250 mil en efectivo

$ 10 millones

$ 400 mil en otro medio de pago

$ 10 millones

Nueva declaración simplificada de ganancias

A partir del 1 de junio, los ciudadanos que quieran podrán adherir al nuevo régimen simplificado de ganancias. Y en el próximo vencimiento, en mayo 2026, el ciudadano va a entrar en su perfil en la web de ARCA, mirar el monto que le presenta el organismo, aceptar ese monto y pagarlo, o revisar el monto en función de los datos presentados. 

ARCA va a poner el foco en la facturación y los gastos deducibles, no así en los consumos personales efectuados por consumidores finales ni en la variación patrimonial. 

Las medidas se reglamentarán mediante resoluciones generales que se publicarán en las últimas horas en el Boletín Oficial.

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Subastan vinos premium en Iguazú por disposición de ARCA

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció la realización de una subasta pública de vinos de alta gama decomisados en el marco del Sumario Administrativo N° 310/2023 –C–. La venta se llevará a cabo el próximo 23 de mayo a las 12 horas en Uruguay 420, ciudad de Puerto Iguazú, Misiones.

El remate estará a cargo del Martillero Público Claudio Horacio Cadena, matrícula N° 341 CFAP – 383 STJM, y se ofrecerán al mejor postor 36 botellas de reconocidas marcas premium, entre ellas Rutini y Trumpeter Reserva.

Detalles del lote

El único lote a subastar está compuesto por:

  • 7 botellas de Rutini Traminer
  • 3 botellas de Rutini Merlot
  • 4 botellas de Rutini Pinot Noir
  • 11 botellas de Rutini Encuentro Malbec
  • 11 botellas de Trumpeter Reserva Malbec

La base inicial para el conjunto es de $418.872,30, y los bienes se venderán al contado y en el estado en que se encuentran. En caso de no haber oferentes en la primera media hora, la base se reducirá automáticamente a la mitad.

Condiciones de compra

El comprador deberá abonar el monto adjudicado dentro de las 24 horas hábiles, mediante transferencia o depósito bancario en la cuenta asignada por ARCA. La aprobación final de la subasta quedará sujeta al pago íntegro del valor en un plazo máximo de 72 horas hábiles tras la presentación de los comprobantes.

La comisión del martillero será del 10% sobre el valor subastado, también pagadero en el acto y a cargo del comprador, quien deberá además constituir domicilio legal dentro del radio urbano de la ciudad de Eldorado.

Exhibición previa

Los interesados podrán ver la mercadería en exposición los días previos, en el depósito ubicado en Av. Brasil 250, Puerto Iguazú, de 10 a 12 horas.

Para mayor información, los interesados pueden comunicarse con el martillero Claudio Cadena al teléfono celular 0376–154517079.

La subasta representa una oportunidad única para coleccionistas, comerciantes y amantes del vino, y se enmarca en las acciones de control y disposición de bienes decomisados impulsadas por ARCA en la provincia.

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La Dirección Regional Posadas de la Arca actualizó el régimen de reemplazos internos en sus agencias y divisiones

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, a través de su Dirección Regional Posadas, oficializó mediante la Disposición 28/2025 una profunda actualización en el régimen de reemplazos internos para sus agencias y divisiones operativas. La medida, publicada este jueves en el Boletín Oficial, tiene como objetivo garantizar el normal funcionamiento institucional ante eventuales ausencias o impedimentos de jefaturas, y se enmarca en una serie de disposiciones previas que regulan la estructura organizacional de la región.

Firmada por Roberto Ariel Rostan, jefe interino de la División de Investigación, la disposición establece en detalle los reemplazantes directos de las jefaturas en áreas clave como Recaudación, Servicios, Jurídica, Fiscalización, Logística y Atención al Contribuyente, tanto en la sede Posadas como en los distritos Eldorado y Curuzú Cuatiá.

Reemplazos jerárquicos en áreas críticas

Entre las modificaciones más relevantes, se destacan las nuevas designaciones para cubrir la jefatura de la Agencia Sede Posadas. En caso de ausencia de su titular, asumirán en este orden: el responsable de la Sección Recaudación, seguido por el de la Sección Servicios, y luego la Oficina de Trámites y Verificaciones.

Asimismo, se establece un régimen escalonado para cada una de las oficinas y secciones internas. Por ejemplo, la Oficina Jurídica será cubierta por Mara Griselda López Penna y, en segunda instancia, por Franco Aníbal Romero. La Oficina de Control y Cobranzas tendrá como reemplazantes a Andrea Victoria Riera y Lorena Gladys Acuña. El detalle se extiende a más de 30 estructuras operativas de toda la jurisdicción.

Alcance regional

La disposición también abarca a los distritos Eldorado y Curuzú Cuatiá. En Eldorado, la responsable de la oficina de Recaudación y Verificaciones será reemplazada por Sonia Carolina Jara y Lesli Noelia Cristaldo. En Curuzú Cuatiá, los reemplazos serán asumidos por Cristian Gustavo Yardin y Natalia Soledad Girotto, respectivamente.

En paralelo, se definen sustituciones en áreas especializadas como la División Jurídica, Fiscalización de Seguridad Social, Fiscalización Agropecuaria y los equipos técnicos asociados, garantizando la cobertura operativa de todos los frentes de fiscalización y atención al contribuyente.

Base normativa

La medida se apoya en una larga serie de disposiciones internas —al menos diez entre 2019 y 2024— y en la reciente reorganización de estructuras establecida por la Dirección General Impositiva mediante la DI-2025-36-E-AFIP-ARCA, además de las facultades conferidas por el Decreto 618/97 y el Decreto 953/24.

El nuevo régimen entra en vigencia de inmediato y deberá ser registrado en el sistema SARHA, utilizado para la gestión de personal de la AFIP.

Con esta disposición, la Dirección Regional Posadas busca fortalecer su capacidad de respuesta, garantizar continuidad administrativa y minimizar riesgos operativos ante vacancias transitorias, en un contexto de creciente demanda sobre el sistema tributario nacional.

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Arca actualiza el régimen de anticipos del impuesto a las Ganancias para facilitar el cumplimiento fiscal

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó el régimen de anticipos del impuesto a las ganancias, previendo una reducción del número de anticipos para empresas a nueve pagos anuales; una actualización de las bases de cálculo mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC), una modificación a 11,11% de los porcentajes aplicables a cada anticipo y la implementación de un procedimiento excepcional para calcularlos en el período fiscal 2025 tanto a personas humanas como a sucesiones indivisas.

La medida se implementó a través de la Resolución General Nº 5685/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial.

¿Cómo es el nuevo esquema de anticipos para sociedades?

Las empresas y entidades comprendidas en el artículo 73 de la Ley de Impuesto a las Ganancias deberán ingresar nueve anticipos anuales, calculados sobre la base de un porcentaje fijo del impuesto determinado, equivalente a 11,11% cada uno.

¿Cómo se calculan las bases de cálculo de las personas humanas y sucesiones indivisas?

Para calcular los anticipos, se deberá considerar el resultado neto del período fiscal anterior, antes de deducciones personales, actualizado por el IPC entre julio y diciembre del año previo. También se actualizarán las deducciones personales, los tramos de la escala de impuesto y los computables aplicando el mismo índice.


Excepcionalmente en el 2025 la actualización por IPC será entre los meses de septiembre y diciembre del año anterior.

¿Cómo se aplica la vigencia?

Con respecto a las sociedades, las modificaciones serán aplicables para ejercicios comerciales que cierren a partir de diciembre 2025. En tanto, para las personas humanas se deberá tener en cuenta el período fiscal 2026 (aplicándose excepcionalmente el nuevo procedimiento para el período fiscal 2025).

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