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Suba de las ART y “costos ocultos”, el combo que preocupa al sector empresario y frena la generación de empleo

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Empresarios alertan por el aumento del costo laboral y advierten un freno a la generación de empleo formal.

La Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (CADAM) manifestó su preocupación por el incremento sostenido del costo laboral en Argentina, impulsado por la suba de las tarifas de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y los denominados “costos ocultos” de las paritarias.
El sector advierte que esta combinación de factores está afectando la competitividad y limitando la creación de empleo formal, en un contexto donde la informalidad laboral supera el 43% de la fuerza de trabajo.

La eliminación de topes a las ART encareció el costo empresario

La preocupación del sector empresario se intensificó tras la Resolución Nº 18/2025 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, que eliminó los pisos y techos que regulaban las tarifas de las ART, calculadas como un porcentaje de las nóminas salariales.
La medida, vigente desde enero, derivó en aumentos directos en las primas que deben pagar las empresas, generando un impacto inmediato sobre el costo laboral total.

Desde CADAM señalaron que esta decisión se suma a una serie de cargas y contribuciones que afectan la estructura de costos y reducen los márgenes de rentabilidad, particularmente en sectores intensivos en mano de obra como el comercio y la distribución.

En paralelo, un informe del Área de Empleo, Distribución e Instituciones Laborales (EDIL) —dependiente del IIEP (UBA-CONICET)— reveló que la tasa de informalidad laboral alcanzó el 43,2% en el segundo trimestre de 2025, equivalente a cuatro de cada diez trabajadores.
El estudio también subraya que más del 65% de los jóvenes se desempeñan en la informalidad, reflejando el impacto de los altos costos y la rigidez normativa sobre la empleabilidad.

Los “costos ocultos” de las paritarias: aportes y contribuciones que persisten

A la suba de las ART se agregan los llamados “costos ocultos” de las paritarias, que trascienden los incrementos salariales y comprenden una red de aportes obligatorios, contribuciones solidarias y seguros complementarios que los empleadores deben afrontar.
Entre los casos más relevantes en el convenio de Comercio, que agrupa a 1,2 millones de trabajadores, CADAM destacó tres ítems que presionan las estructuras de costos:

  1. Contribución Solidaria por COVID-19 (OSECAC): implementada en 2021 durante la pandemia, continúa vigente y se cobra por cada empleado, incluso si no está afiliado a esa obra social.
  2. Instituto Argentino de Capacitación Profesional (INACAP): exige un aporte equivalente al 0,5% del salario de la categoría Maestranza A por cada trabajador, que se destina a un fondo que recauda más de $30.000 millones anuales, según declaraciones judiciales de la institución.
  3. Seguro complementario de retiro La Estrella: implica una contribución del 1,6% del salario, sin posibilidad de elección de otro sistema. El 50% se acredita a cuentas individuales, mientras que el otro 50% se dirige al fondo solidario de retiro. Para acceder al beneficio, el trabajador debe haber aportado al menos 20 años.

“Muchos trabajadores nunca llegan a percibir el beneficio porque cambian de actividad, y quienes solicitan el rescate sólo reciben el 50% de lo depositado”, advirtieron desde el sector.
Además, el ajuste del capital invertido por La Estrella generó controversias por su dependencia de los rendimientos financieros de la aseguradora.

Impacto sobre la competitividad y el empleo formal

CADAM subrayó que estas erogaciones adicionales —junto con las cargas sociales y tributarias— elevan significativamente el costo laboral argentino, reducen la capacidad de inversión de las pymes y desalientan la creación de empleo formal.

“El sector privado es el motor del crecimiento, pero con este nivel de presión es muy difícil sostener nuevas incorporaciones”, expresaron empresarios nucleados en la cámara.

La preocupación empresarial se alinea con los diagnósticos de los institutos de investigación laboral, que advierten que la estructura de costos y la superposición de cargas fomentan la informalidad y restringen la competitividad, en especial entre las pequeñas y medianas empresas.

La expectativa del sector está puesta en que el gobierno nacional revise el esquema de contribuciones obligatorias y restablezca mecanismos de control sobre las ART, para equilibrar la protección del trabajador con la viabilidad económica de las empresas.

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Seguridad laboral: autorizan a Experta ART a usar notificaciones digitales con validación biométrica y blockchain

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La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) oficializó la validación de la plataforma de notificaciones electrónicas presentada por Experta ART, que permitirá a trabajadores y empleadores acceder a comunicaciones formales mediante canales digitales, con estándares de seguridad basados en blockchain y encriptación avanzada. La medida, plasmada en la Disposición Conjunta 1/2025, marca un hito en la modernización del sistema y en la reducción de los tiempos y costos administrativos.

La iniciativa se enmarca en la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, que otorga a la SRT la potestad de supervisar y fiscalizar el funcionamiento de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART). Desde la Resolución SRT N° 82/20, el organismo viene impulsando la digitalización de las notificaciones en las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y en las interacciones entre ART, empleadores y trabajadores, priorizando celeridad, economía y eficacia en los trámites.

Experta ART había presentado en 2021 una primera propuesta tecnológica, pero su implementación fue postergada. Recién en abril de 2025 la compañía informó que estaba en condiciones de poner en marcha una nueva plataforma ajustada a los estándares exigidos por la normativa. Tras un proceso de revisión técnica y de control prestacional, la SRT confirmó que la solución cumple con los requisitos de seguridad, integridad de datos e identificación de usuarios, exigidos por la Resolución 82/20.

Blockchain, biometría y encriptación

El anexo técnico (DI-2025-92952723-APN-GT#SRT) detalla las condiciones de la plataforma aprobada:

  • Voluntariedad: la adhesión es opcional para los trabajadores, quienes pueden darse de baja en cualquier momento.
  • Validación de identidad: combina verificación de DNI, captura biométrica (foto y video) y reconocimiento facial con prueba de vida.
  • Certeza de recepción: utiliza la Blockchain Federal Argentina para registrar emisión, recepción y lectura de notificaciones, garantizando inalterabilidad de los datos.
  • Seguridad e infraestructura:
    • Hosting en AWS o Google Cloud Platform.
    • Cifrado AES-256 en reposo y TLS en tránsito.
    • Segmentación “Zero Trust” y backups diarios replicados durante al menos 10 años.
  • Plan de contingencia: si un usuario no completa el alta digital, la notificación se envía por carta documento en soporte papel.

Con estas características, la SRT destacó que la plataforma reúne “niveles de seguridad adecuados a la finalidad perseguida y acordes a las exigencias establecidas en el art. 10 de la Resolución SRT 82/20”.

El proceso fue analizado por la Gerencia Técnica y la Gerencia de Control Prestacional de la SRT, que emitieron dictámenes técnicos favorables. Además, la Gerencia de Asuntos Legales intervino para validar la conformidad regulatoria.

Los gerentes firmantes de la disposición, Iván Luis Lorenzo y Leandro Manuel Punte, subrayaron que la aprobación se limita al marco normativo vigente y que la SRT se reserva la facultad de auditar el funcionamiento de la plataforma en el futuro, pudiendo requerir modificaciones.

La medida tiene efectos directos en la eficiencia del sistema de riesgos del trabajo:

  • Para los trabajadores, facilita el acceso rápido y seguro a comunicaciones clave sobre reclamos, prestaciones médicas o dictámenes de comisiones médicas.
  • Para las ART, reduce costos operativos asociados a envíos postales y tiempos de gestión.
  • Para el sistema judicial y administrativo, fortalece la trazabilidad de las notificaciones, disminuyendo riesgos de nulidad o controversias por falta de comunicación fehaciente.

El uso de blockchain y validaciones biométricas coloca a la SRT en línea con estándares internacionales en materia de gobierno digital y ciberseguridad, consolidando una tendencia hacia la despapelización y la eficiencia administrativa en organismos públicos y privados.

Si bien la plataforma de Experta ART es la primera en recibir aprobación formal bajo esta modalidad, se espera que otras aseguradoras sigan el mismo camino, impulsando un efecto multiplicador en la digitalización del sistema de riesgos del trabajo.

La SRT anticipó que continuará con auditorías periódicas y exigirá que cualquier cambio en la infraestructura tecnológica sea previamente comunicado y validado. La adopción de estos mecanismos podría, en el mediano plazo, convertirse en un estándar obligatorio en el sector.

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Las ART alertaron por el riesgo de quiebra del sistema

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Mara Bettiol, titular de la UART, denunció que el descontrol pericial en las provincias genera fuertes distorsiones y agrava la presión financiera sobre un sistema que, según indicó, ya enfrenta niveles alarmantes de juicios

Mara Bettiol, presidenta de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) habló en Infobae TV y advirtió que el sistema argentino de riesgos del trabajo enfrenta una situación crítica por la elevada litigiosidad judicial. La directiva explicó que si bien la cobertura y la siniestralidad son comparables con la de países como España o Chile, la cantidad de demandas supera en hasta veinte veces la de esas naciones.

La representante del sector empresarial sostuvo que el sistema funciona correctamente en los aspectos clave como la prevención, la atención médica y la compensación por accidentes laborales. Sin embargo, denunció que el problema radica en una “litigiosidad artificial”, completamente desconectada de las variables del mercado de trabajo y de los estándares internacionales.

“El sistema responde, los derechos están resguardados. Pero lo que falla es el funcionamiento judicial, que no aplica lo que está previsto en la ley”, afirmó. Según Bettiol, muchas provincias no cumplieron con la conformación de cuerpos médicos forenses judiciales, lo que permite que los peritos designados sin control ni concursos actúen con total discrecionalidad.

“La ley es clara: los peritos deben ser seleccionados por concurso, remunerados por trabajo realizado y no por el porcentaje de incapacidad que estimen. Además, tienen que usar los baremos y el listado de enfermedades para objetivar el daño”, detalló. En cambio, explicó que en muchas jurisdicciones se paga en función del porcentaje peritado, lo que genera un incentivo económico perverso.

Bettiol explicó que esta falta de control fomenta una industria del juicio en la que incluso personas que recibieron el alta médica sin secuelas terminan iniciando demandas judiciales. “¿Por qué la justicia abre una vía paralela cuando la persona ya fue tratada y no tiene secuelas? Eso genera una distorsión enorme”, cuestionó.

Cuando se le preguntó si el aumento de los juicios está vinculado con un incremento en los accidentes, Bettiol fue enfática: “No, para nada”. Indicó que los fallecimientos bajaron un 81% y los accidentes laborales un 55% desde el inicio del sistema. A pesar de esa mejora, el volumen de demandas creció de forma exponencial.

“El país tiene por primera vez indicadores de siniestralidad comparables con los del mundo desarrollado, pero con una litigiosidad 15 o 20 veces superior. No hay ningún elemento del sistema que lo justifique”, aseguró.

Juicios esperados para el 2025

En 2025, según las proyecciones de la UART, se esperan 132.000 juicios contra las ART. Si Argentina tuviera la tasa de litigiosidad de España, esa cifra se reduciría a 8.000. “Esas son las proporciones con las que estamos lidiando”, enfatizó.

Bettiol también criticó que este exceso de juicios genera un sobrecosto que recae sobre el conjunto de la economía. “Los precios, los costos, finalmente los pagamos todos en el supermercado”, dijo. Añadió que si se intentara financiar esta situación con un ajuste de alícuotas, habría que duplicarlas, algo que consideró inviable.

Algunas provincias presentan indicadores especialmente preocupantes. Bettiol mencionó el caso de Entre Ríos, donde las tasas de interés judiciales carecen de correlato con las variables económicas. También señaló que en la provincia de Buenos Aires se observan distorsiones similares. “Los gobernadores están preocupados por la competitividad laboral de sus provincias, que se ve afectada por las decisiones de sus poderes judiciales”, explicó.

La titular de la UART subrayó que el sistema administrativo responde con celeridad ante los accidentes reales. “Cuando hay una incapacidad o un fallecimiento, el sistema paga en 15 días. No hay problemas con eso”, aclaró. En cambio, advirtió sobre los casos en los que la persona se recupera completamente, no presenta secuelas, y sin embargo presenta una demanda.

Según Bettiol, muchas veces estas personas son mal asesoradas. “Les dicen que no es contra su empleador, que es contra la ART. Pero la verdad es que eso también afecta al empleador porque le impacta en la alícuota”, remarcó. Añadió que si esta situación se sigue expandiendo, se pone en peligro la sostenibilidad del sistema.

Consultada respecto de la existencia de una “cultura del juicio” en la sociedad argentina, Bettiol coincidió: “Sí, lo cierto es que los juicios deberían ser la excepción, como en otros países. Pero acá están naturalizados”.

Reiteró que no hace falta nueva legislación para resolver el problema. “Las reglas están, las normas están. No hace falta más burocracia. Simplemente hay que cumplir con lo que ya se aprobó”, insistió.

Los cuerpos médicos forenses previstos por la ley de 2017 todavía no funcionan en muchas provincias que adhirieron a esa normativa. Esto deja la pericia judicial sin controles efectivos, sin peritos de parte y sin regulación de honorarios.

Bettiol advirtió que esa falla del sistema judicial introduce una presión insostenible sobre el sistema de ART. Y agregó que los incentivos actuales llevan a los peritos a sobreestimar el daño, ya que eso incrementa sus honorarios. “Todos los estímulos están dados para que la pericia sea mayor. Es una lógica contraria al funcionamiento adecuado del sistema”, afirmó.

Fuente Infobae

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El Gobierno iguala exigencias para empresas en el mercado de las ART

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La medida implica una actualización normativa crucial en el sector de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

El Gobierno nacional implementó una actualización normativa crucial en el sector de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación, informaron fuentes oficiales.  

Esta medida busca establecer un terreno equitativo para las nuevas empresas que desean incorporarse al mercado, promoviendo la competencia leal y asegurando la capacidad de estas compañías para enfrentar posibles litigios. La esencia de esta modificación reside en la actualización del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA), específicamente en los criterios que definen cómo se deben conformar las reservas destinadas a juicios futuros.  

Dichas reservas constituyen fondos adicionales que las aseguradoras deben acumular para cubrir posibles reclamaciones judiciales, garantizando así la continuidad de sus operaciones y la protección de los asegurados. La reforma, oficializada mediante su publicación en el Boletín Oficial, recalca el compromiso de la Superintendencia por mantener la solidez financiera de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, en beneficio de todos los participantes del mercado.  

La Resolución 127/2024 introduce la obligación para las entidades que ofrecen cobertura de riesgos laborales de constituir, al final de cada ejercicio fiscal, una “Reserva por Juicios Futuros Total”. Esta medida será exigible hasta completar un período de cinco años desde el inicio de sus operaciones. Sin embargo, el aspecto más significativo de la reforma es la introducción de una nueva fórmula para calcular el monto de estas reservas, basada en un porcentaje específico de las primas, lo que asegura una distribución más equitativa de los recursos destinados a este fin.  

Esta actualización representa un ajuste de las políticas previamente implementadas durante la administración de Alberto Fernández, que habían resultado insuficientes para proteger a las aseguradoras de menor tamaño o a las recién ingresadas al mercado. Al establecer una base de cálculo “más real” para las reservas, se espera no solo reforzar la solidez financiera de las compañías de seguros, sino también estimular una competencia saludable que podría traducirse en beneficios para los clientes, incluyendo potenciales reducciones en el costo de las pólizas de seguro.  

Esta medida es un paso adelante hacia la creación de un entorno más justo y competitivo en el mercado de las ART, asegurando que todas las compañías, independientemente de su tamaño o antigüedad, tengan la capacidad de responder eficazmente ante las demandas judiciales, mientras protegen los intereses de sus asegurados. 

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Las ART cubrirán accidentes en la casa a quienes trabajen en régimen de home office

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Dictan una norma de emergencia en materia de accidentes laborales para que las ART cubran a los empleados que trabajen en su casa mientras dure la pandemia

La Superintendencia de Riesgos de Trabajo dictó una norma por la que los empleadores deberán avisar a las ART qué empleados trabajan en régimen de home office, para que estén cubiertos ante un virtual accidente.

La Resolución 21/2020, publicada el martes 17 en el Boletín Oficial, dictaminó que “los empleadores que habiliten a sus trabajadores a realizar su prestación laboral desde su domicilio particular en el marco de la emergencia sanitaria deberán denunciar a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) a la que estuvieran afiliados” ese hecho.

En la comunicación a la ART, la empresa deberá detallar la nómina de trabajadores afectados, con apellido, nombre y CUIL).
También el domicilio donde se desempeñara la tarea y frecuencia de la misma (cantidad de días y horas por semana).

La Resolución firmada por el superintendente Gustavo Morón indica que “el domicilio denunciado será considerado como ámbito laboral a todos los efectos de la Ley sobre Riesgos del Trabajo.

Expertos indicaron que los accidentes que puede llegar a cubrir son muy limitados, tal vez una caída doméstica que implique una luxación o fractura, pero poco más, ya que las ART suelen rechazar otras patologías que podrían presentarse como las lumbalgias por estar sentados frente a la computadora.

En los fundamentos, la Resolución asegura que “los empleadores, los trabajadores y las ART comprendidos en el ámbito de la Ley sobre Riesgos del Trabajo están obligados a adoptar las medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo”.

La norma de la Superintencia agrega que, con ese objetivo, “deberán asumir el cumplimiento de las normas sobre higiene y seguridad en el trabajo”.

Vale preguntarse qué puede hacer el empleador para velar por la higiene y seguridad en forma remota en el domicilio del trabajador.

La Resolución cita una vieja ley, muy anterior al home office, que estableció “las normas técnicas, las medidas sanitarias, precautorias, de tutela y de cualquier otra índole que tengan por objeto prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos puestos de trabajo”.

La cobertura de las ART en el domicilio particular sólo regiría “para las excepcionales circunstancias imperantes, y a fin de mitigar la propagación del Coronavirus COVID-19 y su eventual impacto en la salud ocupacional de los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que desempeñan su relación laboral en todo el territorio nacional”.

Ya que, añade, “resulta esencial para evitar la propagación del Coronavirus limitar la concentración de personas y la utilización del transporte público mientras dure el estado de emergencia”.

La vigencia de la norma es desde su publicación en el Boletín Oficial.

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