Las ART alertaron por el riesgo de quiebra del sistema

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Mara Bettiol, titular de la UART, denunció que el descontrol pericial en las provincias genera fuertes distorsiones y agrava la presión financiera sobre un sistema que, según indicó, ya enfrenta niveles alarmantes de juicios

Mara Bettiol, presidenta de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) habló en Infobae TV y advirtió que el sistema argentino de riesgos del trabajo enfrenta una situación crítica por la elevada litigiosidad judicial. La directiva explicó que si bien la cobertura y la siniestralidad son comparables con la de países como España o Chile, la cantidad de demandas supera en hasta veinte veces la de esas naciones.

La representante del sector empresarial sostuvo que el sistema funciona correctamente en los aspectos clave como la prevención, la atención médica y la compensación por accidentes laborales. Sin embargo, denunció que el problema radica en una “litigiosidad artificial”, completamente desconectada de las variables del mercado de trabajo y de los estándares internacionales.

“El sistema responde, los derechos están resguardados. Pero lo que falla es el funcionamiento judicial, que no aplica lo que está previsto en la ley”, afirmó. Según Bettiol, muchas provincias no cumplieron con la conformación de cuerpos médicos forenses judiciales, lo que permite que los peritos designados sin control ni concursos actúen con total discrecionalidad.

“La ley es clara: los peritos deben ser seleccionados por concurso, remunerados por trabajo realizado y no por el porcentaje de incapacidad que estimen. Además, tienen que usar los baremos y el listado de enfermedades para objetivar el daño”, detalló. En cambio, explicó que en muchas jurisdicciones se paga en función del porcentaje peritado, lo que genera un incentivo económico perverso.

Bettiol explicó que esta falta de control fomenta una industria del juicio en la que incluso personas que recibieron el alta médica sin secuelas terminan iniciando demandas judiciales. “¿Por qué la justicia abre una vía paralela cuando la persona ya fue tratada y no tiene secuelas? Eso genera una distorsión enorme”, cuestionó.

Cuando se le preguntó si el aumento de los juicios está vinculado con un incremento en los accidentes, Bettiol fue enfática: “No, para nada”. Indicó que los fallecimientos bajaron un 81% y los accidentes laborales un 55% desde el inicio del sistema. A pesar de esa mejora, el volumen de demandas creció de forma exponencial.

“El país tiene por primera vez indicadores de siniestralidad comparables con los del mundo desarrollado, pero con una litigiosidad 15 o 20 veces superior. No hay ningún elemento del sistema que lo justifique”, aseguró.

Juicios esperados para el 2025

En 2025, según las proyecciones de la UART, se esperan 132.000 juicios contra las ART. Si Argentina tuviera la tasa de litigiosidad de España, esa cifra se reduciría a 8.000. “Esas son las proporciones con las que estamos lidiando”, enfatizó.

Bettiol también criticó que este exceso de juicios genera un sobrecosto que recae sobre el conjunto de la economía. “Los precios, los costos, finalmente los pagamos todos en el supermercado”, dijo. Añadió que si se intentara financiar esta situación con un ajuste de alícuotas, habría que duplicarlas, algo que consideró inviable.

Algunas provincias presentan indicadores especialmente preocupantes. Bettiol mencionó el caso de Entre Ríos, donde las tasas de interés judiciales carecen de correlato con las variables económicas. También señaló que en la provincia de Buenos Aires se observan distorsiones similares. “Los gobernadores están preocupados por la competitividad laboral de sus provincias, que se ve afectada por las decisiones de sus poderes judiciales”, explicó.

La titular de la UART subrayó que el sistema administrativo responde con celeridad ante los accidentes reales. “Cuando hay una incapacidad o un fallecimiento, el sistema paga en 15 días. No hay problemas con eso”, aclaró. En cambio, advirtió sobre los casos en los que la persona se recupera completamente, no presenta secuelas, y sin embargo presenta una demanda.

Según Bettiol, muchas veces estas personas son mal asesoradas. “Les dicen que no es contra su empleador, que es contra la ART. Pero la verdad es que eso también afecta al empleador porque le impacta en la alícuota”, remarcó. Añadió que si esta situación se sigue expandiendo, se pone en peligro la sostenibilidad del sistema.

Consultada respecto de la existencia de una “cultura del juicio” en la sociedad argentina, Bettiol coincidió: “Sí, lo cierto es que los juicios deberían ser la excepción, como en otros países. Pero acá están naturalizados”.

Reiteró que no hace falta nueva legislación para resolver el problema. “Las reglas están, las normas están. No hace falta más burocracia. Simplemente hay que cumplir con lo que ya se aprobó”, insistió.

Los cuerpos médicos forenses previstos por la ley de 2017 todavía no funcionan en muchas provincias que adhirieron a esa normativa. Esto deja la pericia judicial sin controles efectivos, sin peritos de parte y sin regulación de honorarios.

Bettiol advirtió que esa falla del sistema judicial introduce una presión insostenible sobre el sistema de ART. Y agregó que los incentivos actuales llevan a los peritos a sobreestimar el daño, ya que eso incrementa sus honorarios. “Todos los estímulos están dados para que la pericia sea mayor. Es una lógica contraria al funcionamiento adecuado del sistema”, afirmó.

Fuente Infobae

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El Gobierno iguala exigencias para empresas en el mercado de las ART

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La medida implica una actualización normativa crucial en el sector de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

El Gobierno nacional implementó una actualización normativa crucial en el sector de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación, informaron fuentes oficiales.  

Esta medida busca establecer un terreno equitativo para las nuevas empresas que desean incorporarse al mercado, promoviendo la competencia leal y asegurando la capacidad de estas compañías para enfrentar posibles litigios. La esencia de esta modificación reside en la actualización del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA), específicamente en los criterios que definen cómo se deben conformar las reservas destinadas a juicios futuros.  

Dichas reservas constituyen fondos adicionales que las aseguradoras deben acumular para cubrir posibles reclamaciones judiciales, garantizando así la continuidad de sus operaciones y la protección de los asegurados. La reforma, oficializada mediante su publicación en el Boletín Oficial, recalca el compromiso de la Superintendencia por mantener la solidez financiera de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, en beneficio de todos los participantes del mercado.  

La Resolución 127/2024 introduce la obligación para las entidades que ofrecen cobertura de riesgos laborales de constituir, al final de cada ejercicio fiscal, una “Reserva por Juicios Futuros Total”. Esta medida será exigible hasta completar un período de cinco años desde el inicio de sus operaciones. Sin embargo, el aspecto más significativo de la reforma es la introducción de una nueva fórmula para calcular el monto de estas reservas, basada en un porcentaje específico de las primas, lo que asegura una distribución más equitativa de los recursos destinados a este fin.  

Esta actualización representa un ajuste de las políticas previamente implementadas durante la administración de Alberto Fernández, que habían resultado insuficientes para proteger a las aseguradoras de menor tamaño o a las recién ingresadas al mercado. Al establecer una base de cálculo “más real” para las reservas, se espera no solo reforzar la solidez financiera de las compañías de seguros, sino también estimular una competencia saludable que podría traducirse en beneficios para los clientes, incluyendo potenciales reducciones en el costo de las pólizas de seguro.  

Esta medida es un paso adelante hacia la creación de un entorno más justo y competitivo en el mercado de las ART, asegurando que todas las compañías, independientemente de su tamaño o antigüedad, tengan la capacidad de responder eficazmente ante las demandas judiciales, mientras protegen los intereses de sus asegurados. 

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Las ART cubrirán accidentes en la casa a quienes trabajen en régimen de home office

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Dictan una norma de emergencia en materia de accidentes laborales para que las ART cubran a los empleados que trabajen en su casa mientras dure la pandemia

La Superintendencia de Riesgos de Trabajo dictó una norma por la que los empleadores deberán avisar a las ART qué empleados trabajan en régimen de home office, para que estén cubiertos ante un virtual accidente.

La Resolución 21/2020, publicada el martes 17 en el Boletín Oficial, dictaminó que “los empleadores que habiliten a sus trabajadores a realizar su prestación laboral desde su domicilio particular en el marco de la emergencia sanitaria deberán denunciar a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) a la que estuvieran afiliados” ese hecho.

En la comunicación a la ART, la empresa deberá detallar la nómina de trabajadores afectados, con apellido, nombre y CUIL).
También el domicilio donde se desempeñara la tarea y frecuencia de la misma (cantidad de días y horas por semana).

La Resolución firmada por el superintendente Gustavo Morón indica que “el domicilio denunciado será considerado como ámbito laboral a todos los efectos de la Ley sobre Riesgos del Trabajo.

Expertos indicaron que los accidentes que puede llegar a cubrir son muy limitados, tal vez una caída doméstica que implique una luxación o fractura, pero poco más, ya que las ART suelen rechazar otras patologías que podrían presentarse como las lumbalgias por estar sentados frente a la computadora.

En los fundamentos, la Resolución asegura que “los empleadores, los trabajadores y las ART comprendidos en el ámbito de la Ley sobre Riesgos del Trabajo están obligados a adoptar las medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo”.

La norma de la Superintencia agrega que, con ese objetivo, “deberán asumir el cumplimiento de las normas sobre higiene y seguridad en el trabajo”.

Vale preguntarse qué puede hacer el empleador para velar por la higiene y seguridad en forma remota en el domicilio del trabajador.

La Resolución cita una vieja ley, muy anterior al home office, que estableció “las normas técnicas, las medidas sanitarias, precautorias, de tutela y de cualquier otra índole que tengan por objeto prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos puestos de trabajo”.

La cobertura de las ART en el domicilio particular sólo regiría “para las excepcionales circunstancias imperantes, y a fin de mitigar la propagación del Coronavirus COVID-19 y su eventual impacto en la salud ocupacional de los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que desempeñan su relación laboral en todo el territorio nacional”.

Ya que, añade, “resulta esencial para evitar la propagación del Coronavirus limitar la concentración de personas y la utilización del transporte público mientras dure el estado de emergencia”.

La vigencia de la norma es desde su publicación en el Boletín Oficial.

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En diez provincias ya rige la nueva Ley de ART

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Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) celebramos la adhesión de las provincias de Corrientes y Jujuy a la Ley Nacional N° 27.348, más conocida como Ley ART, sumándose así a las que ya implementan el régimen tales como Mendoza, Córdoba y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Río Negro, Entre Ríos, San Juan, Buenos Aires y Tierra del Fuego.
Tras las últimas adhesiones, la reforma del sistema de riesgos del trabajo (ART), sancionada en febrero pasado por el Congreso, ya abarca a 10 de las 24 jurisdicciones argentinas. Las provincias que adhirieron a la norma concentran la mayor cantidad de juicios de índole laboral del país, superando un nivel del 90 %, según las estimaciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).
Cabe destacar que el nuevo régimen disminuye la grave judicialización de los reclamos por enfermedades profesionales y accidentes, reduce el costo laboral y permite la creación de puestos de trabajo de calidad ayudando así a minimizar los riesgos y contingencias que en la actualidad tienen que afrontar las Pymes en nuestro país.
Entre algunos de sus beneficios concretos se encuentran: celeridad y sencillez en la resolución de los casos, honorarios y gastos producidos durante el proceso a cargo de las respectivas aseguradoras de riesgos de trabajo, y obligatoriedad de la intervención de las Comisiones Médicas como instancia administrativa previa.
Es por ello que desde CAME continuamos alentando la adhesión a esta importante normativa entendiéndola como una herramienta clave para terminar con la industria del juicio que pone en jaque la supervivencia de las pequeñas y medianas empresas.
 

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CAME pidió que la provincia de Buenos Aires adhiera a la Ley de ART

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Conjuntamente con la Federación Económica de Buenos Aires (FEBA), la CAME reclamó que el Senado bonaerense no obstaculice la adhesión de la provincia a la Ley Nacional N° 27.348 de ART, ya que la misma es una herramienta clave para frenar la litigiosidad laboral. “Los juicios laborales ponen en jaque la supervivencia de las pymes. Por ejemplo, un litigio por 500 mil pesos termina en una cifra millonaria y una empresa pequeña o mediana no puede asumir ese costo y eso determina su defunción”, afirmó Fabián Tarrío, el presidente de CAME.

La semana pasada, el proyecto de ley de adhesión enviado al Senado provincial por la Gobernación obtuvo dictamen favorable, pero la oposición vació el plenario de comisiones de Presupuesto y Trabajo y no pudo tener el tratamiento necesario para llegar al recinto.

Mañana habrá otro intento de avanzar en la iniciativa. En Diputados, se le dio media sanción en el mes de mayo, por lo cual, de aprobarse ahora sólo restaría la promulgación del Ejecutivo bonaerense para convertirse en norma.

Hasta el momento, sólo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias de Córdoba y Mendoza adhirieron a la mencionada Ley. En los tres casos, la cantidad de demandas iniciadas se ha reducido notablemente. Según un relevamiento realizado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, en la CABA, donde está vigente la ley, entre marzo y octubre el 84% de los reclamos iniciados por accidentes y enfermedades de trabajo culminó en acuerdos homologados en el marco de las comisiones médicas jurisdiccionales y sin llegar a la instancia judicial.

Por eso, la adhesión de la Provincia de Buenos Aires a la Ley de ART es vital para las pymes, ya que reducirá el costo laboral y permitirá la creación de puestos de trabajo de calidad, reduciendo la informalidad del sistema.

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