AUSENTISMO LABORAL

Reforma Laboral: claves para entender afecciones vinculantes vs no vinculantes

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En medio del dinámico debate sobre la reforma laboral en Argentina, uno de los temas que genera mayor interés y, a menudo, confusión, es el tratamiento de las enfermedades que afectan a los trabajadores. Comprender la distinción fundamental entre enfermedades vinculantes (o profesionales) y no vinculantes (o inculpables) es crucial no solo para los empleados que buscan proteger sus derechos, sino también para las empresas que aspiran a gestionar su capital humano de manera responsable y eficiente. Este artículo se propone educar sobre estas categorías, su marco legal y las mejores prácticas para su abordaje, en el contexto de las transformaciones legislativas actuales.

La principal distinción entre un tipo de enfermedad y otra radica en su origen. Mientras que una es consecuencia directa de las tareas desempeñadas, la otra surge por factores ajenos al entorno laboral.

Enfermedades vinculantes o profesionales

Una enfermedad profesional o vinculante es aquella que se origina como resultado directo de la exposición a factores de riesgo presentes en el lugar de trabajo. Estas patologías están contempladas en la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) N° 24.557, que busca prevenir los riesgos laborales y reparar los daños ocasionados.

La cobertura de estas enfermedades corre por cuenta de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), a las que las empresas deben estar afiliadas. Existe un listado oficial, aprobado por el Decreto 658/96 y sus modificatorias, que detalla las enfermedades reconocidas para distintas actividades, los agentes de riesgo asociados y el tiempo de exposición necesario para su reconocimiento.

CaracterísticaDescripción
OrigenCausa directa e inmediata de la ejecución del trabajo.
Marco LegalLey de Riesgos del Trabajo (N° 24.557).
CoberturaA cargo de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o empleador auto asegurado
Ejemplos ComunesHernias de disco, síndrome del túnel carpiano, hipoacusia (pérdida de audición por ruido o trauma acústico), enfermedades respiratorias por exposición a polvos.

Un desafío particular lo presentan las enfermedades “no listadas”. Estas son dolencias que, si bien no figuran en el listado oficial, pueden ser reconocidas como profesionales si el trabajador demuestra ante una Comisión Médica que la patología fue provocada por “causa directa e inmediata de la ejecución del trabajo”. Este procedimiento, introducido por el Decreto 1278/2000, abrió una vía para el reconocimiento de enfermedades que el sistema originalmente no contemplaba.

“La reforma laboral, más allá de los artículos que finalmente se aprueben, instala una conversación necesaria sobre la sostenibilidad del sistema de salud laboral en Argentina”, afirma Federico Martín, director médico (Matrícula nacional 105.536 y médico del trabajo inscripción N 6674) de Praevida, empresa especializada en medicina laboral. “El debate sobre las licencias por enfermedad no debe ser visto como un enfrentamiento entre derechos del trabajador y costos empresariales, sino como una oportunidad para fortalecer la prevención y optimizar los mecanismos de control”.

Enfermedades no vinculantes o inculpables

Por otro lado, las enfermedades no vinculantes o inculpables son aquellas que no guardan relación causal con las tareas laborales. Un resfriado común, una enfermedad preexistente que se manifiesta durante la relación laboral o una lesión sufrida fuera del horario de trabajo son ejemplos claros. Estas situaciones están reguladas por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) N° 20.744, que en su artículo 208 establece que estos padecimientos “no afectarán el derecho del trabajador a percibir su remuneración” durante los períodos de licencia correspondientes, que varían según su antigüedad.

Recientemente, este punto ha estado en el centro de la escena política debido a la reforma laboral. Una propuesta inicial buscaba modificar el esquema de pago durante estas licencias, pero fue retirada del proyecto de ley, manteniendo, por ahora, el esquema de protección actual.

Según el experto: “Una empresa que invierte en identificar y mitigar riesgos no solo reduce el ausentismo y los costos asociados a las licencias, sino que también construye una cultura organizacional sólida, donde el empleado se siente cuidado y valorado. Esto, a largo plazo, se traduce en mayor productividad y retención de talento”.

Martín también destaca la importancia de un sistema de juntas médicas eficiente y transparente. “La reforma propone reforzar el derecho del empleador al control médico, lo cual es positivo para evitar abusos. Sin embargo, es fundamental que estos controles se realicen con rigor científico y ético, garantizando un diagnóstico justo y evitando la estigmatización del trabajador”.

Desde Praevida,ofrecen las siguientes recomendaciones prácticas para que las empresas naveguen el escenario actual y futuro de la salud laboral:

1.Auditoría integral de riesgos: “No se puede gestionar lo que no se mide”. Recomiendan realizar una auditoría completa de riesgos laborales, incluyendo no solo los factores físicos evidentes, sino también los riesgos psicosociales como el estrés, el burnout y el acoso laboral, que son causas crecientes de ausentismo.

2.Inversión en programas de bienestar: Ir más allá del cumplimiento legal. Implementar programas de bienestar que promuevan la salud física y mental, como pausas activas, talleres de manejo del estrés, nutrición y actividad física. “Un empleado sano y motivado es el activo más valioso de una compañía”.

3.Protocolos de actuación claros y comunicados: Desarrollar y comunicar protocolos claros para la denuncia de accidentes y enfermedades, así como para el procedimiento de licencias y reincorporación. Esto brinda seguridad jurídica tanto al empleado como al empleador.

4.Asesoramiento especializado y personalizado: Contar con un servicio de medicina laboral que no se limite a realizar exámenes de rutina, sino que ofrezca un asesoramiento estratégico y personalizado. “Un buen socio en salud laboral ayuda a la empresa a anticiparse a los problemas, a gestionar los casos complejos y a diseñar un plan de prevención a medida”,

En definitiva, el contexto de la reforma laboral invita a las empresas a adoptar un rol protagónico en la salud de sus trabajadores. La clave, según los expertos, no está en reducir derechos, sino en invertir inteligentemente en prevención, gestión y bienestar, transformando un desafío en una oportunidad de crecimiento y sostenibilidad.

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Ausentismo laboral: cómo la tecnología ayuda a minimizar su impacto

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Desde hace unas semanas a causa de los efectos de la tercera ola del Covid, en Argentina aumentó el ausentismo de trabajadores lo que se convierte no solo en un problema para las empresas, sino para la economía del país en general. Según cálculos de la Cámara Argentina de Comercio, el ausentismo de los trabajadores por contagios y aislamientos de contactos estrechos promedia el 35% en todo el país. La falta de personal está generando un efecto negativo en la reactivación económica, por lo que hay recurrentes suspensiones, que impactan en la productividad y la prestación de servicios.

Este escenario está dejando a la luz que muchas empresas no están preparadas para enfrentar una situación tan extrema. Sin embargo, existen medidas y decisiones que se pueden tomar en una compañía para poder sobrellevar la falta de recursos. Una de ellas es la implementación de tecnologías pensadas para contrarrestar este tipo de problemas. Y en este sentido la automatización de procesos es lo que permite asegurar la continuidad de la productividad aun con ausencia de empleados. En una empresa, en promedio, un 53% de las actividades realizadas son de índole administrativo, del cual un 30% se puede automatizar. Todas las industrias pueden verse beneficiadas con la automatización, debido a que todas cuentan con actividades administrativas o tareas burocráticas, que si bien se concentran en el departamento de administración, contable y financiero, son transversales a todas las áreas. Por ejemplo, el área comercial muchas veces se encuentra haciendo reportes de venta, conciliando información, completando formularios, lo que los aleja de su verdadero objetivo, la venta y la atención al cliente.

Desde TheEyela única plataforma argentina de automatización de procesos con inteligencia artificial, se recomienda comenzar automatizando tareas repetitivas, monótonas, o de gran coste de error, para que se pueda alcanzar el retorno de inversión, inclusive antes de los 6 meses. Es así que la compañía destaca los siguientes beneficios de la automatización en un escenario de ausentismo:

●        Permite satisfacer la demanda del servicio, independientemente de la gente que esté trabajando, evitando cuellos de botella.

●        Disminuir errores. En caso de ausentismo la carga de trabajo se distribuye en el resto del equipo, haciendo que deban operar con mayor velocidad, lo que aumenta la probabilidad de que cometan más equivocaciones.

●        Poder crear procesos de aprobaciones. Si la persona que se ausenta, es responsable de brindar aprobaciones, se puede copiar la lógica para que gran parte se haga de forma automática y solo una pequeña parte deba ser derivada a un tercero.

“Hoy en día esta tecnología está al alcance para la mayoría de las empresas, ya que existen soluciones en las cuales solo se debe hacer una pequeña configuración final para que comiencen a funcionar”, comenta Javier Ailbirt, CEO de TheEye. “Con la automatización no se busca desplazar a los recursos, por el contrario, permite a la empresa seguir operando normalmente, aún cuanto los empleados se ausenten por diferentes motivos y que aquellos que estén trabajando no tomen tareas que no le corresponden. La evolución digital es vital para que los colaboradores y la empresa crezcan; y la automatización con robots de software son los aliados”, finaliza el ejecutivo.

En condiciones normales de trabajo, donde se encuentra el equipo completo, la automatización permite liberar tiempo para que puedan enfocarse en las tareas que mayor valor aportan al negocio. Además, aumenta la productividad, evita errores, mejora el ambiente de trabajo, disminuye los costes, permitiéndoles superar sus objetivos. 

Javier Ailbirt, CEO de TheEye
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Coronavirus, ausentismo laboral y vacíos legales

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Las Pymes y la caída en la recuperación de la actividad económica y del empleo privado por los cambios en el protocolo de aislamiento por Covid-19.

Nueva ola de Covid-19: las entidades que agrupan a las Pymes (FECOBA, CAME y organizaciones provinciales) solicitan un Comité de Crisis para dar una pronta respuesta al gran número de ausentismos en las empresas, locales, comercios y establecimientos, circunstancia que está ocasionando otra caída de la actividad económica laboral, estancamiento de la producción y pérdida de puestos de trabajo.

No hay ninguna legislación actualmente que defina la problemática que está generando un nuevo conflicto entre empleadores y trabajadores cuando estos últimos toman la decisión de no vacunarse, debido a que la aplicación de la vacuna contra el Covid-19 todavía es de carácter opcional, por consecuencia, no obligatoria.

Ahora bien, en el ámbito del Derecho Laboral existe un vacío legal, lo cua l genera incertidumbre en los empleadores e inseguridad jurídica al momento de tomar una decisión.

Tras la reunión del martes 11/01, de expertos de la sociedad científica y el Ministerio de Salud, recomendaron un nuevo tipo de aislamiento:

Contacto estrecho de caso positivo, sin síntomas, con dos dosis de la vacuna: sin aislamiento tomando medidas preventivas y realizar test obligatorio al 3 día.
Contacto estrecho sin vacunas o una dosis: 10 días de aislamiento
Caso positivo: 7 días de aislamiento con dos dosis y 10 días con una o sin vacuna.
Las empresas deben cumplir con las recomendaciones vigentes y podrán, sancionar con apercibimiento y/o suspensiones a los dependientes que no las cumplan.

Ahora bien, hasta el 31/12/2021 este costo que sufren las empresas lo cubrían las ART, puesto que, el COVID-19 estaba incluido como enfermeda d no listada y ahora no lo está. Se presumía que era una “enfermedad laboral” y la ART lo cubría descomprimiendo a los empleadores, situación que no sucede en la actualidad y preocupa al empleo y al mundo Pyme que es el motor de la economía argentina.

Tener en cuenta
Diferentes supuestos que deben llevar a cabo los empleadores:

Contacto estrecho con un caso sospechoso externo a la empresa o ajeno a ella

Son casos de que el trabajador tuvo contacto estrecho, directo, con una persona que no es un compañero de trabajo (familiar, conviviente, etc). En este caso, es ajeno al empleador y el trabajador debe dar aviso y depende el cuadro de vacunación que tenga son los días que no prestará tareas y se le descontarán los días de trabajo. La empresa no tiene por qué asumir ese costo.

Caso sospechoso de un trabajador

La empresa debe disponer el aislamiento, acorde las recomendaciones vigentes, y solicitar al trabajad or y/o trabajadores las constancias médicas y resultados de análisis correspondientes . El trabajador deberá someterse a un hisopado las veces que el empleador lo requiera por la seguridad de sus compañeros de trabajo.

Caso confirmado de un trabajador

Deberá cumplir con las recomendaciones vigentes de los expertos en salud para su aislamiento, teniendo en cuenta que, si no cuenta con las dos dosis de vacuna, el empleador podrá o no, descontar los días de ausentismo. Es discrecional a cargo del empleador en uso de las facultades de ‘Ius variandi’ que le otorga la Ley de Contrato de Trabajo N°20.744.

En el caso de contar con 2 dosis aplicadas y dar positivo de Covid-19, el empleador le abonara el 70% por cada día de ausentismo, reteniendo el 30% por ser una causa ajena al empleador, sin encontrarse obligado a asumir el 100% del costo de un infortunio que carece de plataforma legal.

No autotest

La Administración Nacional de Medicamentos , Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) aprobó el uso individual de test de autoevaluación en base a la detección del virus SARS-CoV-2.

Este autotest no tiene validez a nivel laboral pero el trabajador deberá informar del resultado positivo a su empleador para que le determine los pasos a seguir.

Las empresas deberán cumplir con los protocolos vigentes y podrán sancionar a los empleados que no los cumplan, tornando previsible el desenlace de una relación laboral ante la negativa de completar el esquema de vacunación.

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