BIOETANOL

La producción de energía cayó 0,2% interanual en el tercer trimestre, con retrocesos en biodiésel y cogeneración

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La producción de energía en la Argentina registró una caída interanual del 0,2% durante el tercer trimestre de 2025, según informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). El dato refleja un desempeño dispar dentro del sector energético, con fuertes retrocesos en algunos segmentos vinculados a los biocombustibles, contrastados con avances en la autogeneración y en la producción de bioetanol.

El informe oficial da cuenta de un escenario de heterogeneidad productiva, que combina señales de estancamiento en el nivel agregado con comportamientos divergentes entre las distintas fuentes de generación y transformación energética.

Caídas en biodiésel y cogeneración eléctrica

Dentro del desagregado sectorial, el biodiésel fue uno de los rubros más afectados, con una contracción interanual del 9,6% en el período analizado. El retroceso posiciona a este segmento como el de peor desempeño relativo dentro del conjunto energético relevado por el organismo estadístico.

También mostró una evolución negativa la cogeneración eléctrica, cuya producción se redujo 2,9% interanual durante el tercer trimestre. Este comportamiento contribuyó a explicar la leve caída del nivel general de producción de energía, al tratarse de un componente relevante dentro de la matriz de generación.

En conjunto, estos descensos evidencian las dificultades que atraviesan algunos eslabones de la producción energética, en particular aquellos asociados a procesos industriales específicos y a la transformación de insumos energéticos.

Avances en autogeneración y bioetanol

En contraste con los retrocesos mencionados, el informe del INDEC destacó el crecimiento de otros segmentos. La autogeneración de energía registró un incremento interanual del 7,9%, consolidándose como uno de los principales motores de expansión dentro del sector durante el trimestre.

Por su parte, la producción de bioetanol mostró una suba del 5,3% interanual, aportando una señal positiva en el marco de un contexto general marcado por la desaceleración. Estos avances amortiguaron parcialmente el impacto de las caídas observadas en otros rubros y explican que la contracción total del sector haya sido limitada.

Lectura sectorial y posibles implicancias

El desempeño del tercer trimestre de 2025 expone una dinámica fragmentada en la producción energética, con segmentos en expansión que conviven con caídas significativas en otros. La baja del 0,2% interanual en el nivel agregado sugiere un escenario de estancamiento, más que una contracción generalizada, aunque con implicancias diferenciadas según el tipo de producción.

Para los sectores vinculados al biodiésel y a la cogeneración, el retroceso podría traducirse en tensiones productivas y operativas, mientras que el crecimiento de la autogeneración y del bioetanol refuerza el peso de estos segmentos dentro del entramado energético. La evolución futura de estas tendencias será clave para evaluar la sostenibilidad del abastecimiento y el perfil productivo del sector.

Indicadores Energeticos INDEC by CristianMilciades

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Biocombustibles: Energía oficializó valores para biodiesel y bioetanol en medio de presión de costos

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Energía oficializó nuevos precios para biodiesel y bioetanol, impacto inmediato en costos industriales y en la política de biocombustibles

El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Energía, estableció los nuevos precios oficiales del biodiesel y del bioetanol para mezcla obligatoria con gasoil y naftas, mediante las Resoluciones 485/2025 y 486/2025. La actualización rige desde su publicación en el Boletín Oficial y redefine el esquema de costos para refinerías, petroleras, ingenios y pymes aceitera–alcoholeras, en un contexto de presión por recomponer ingresos del sector y contener el impacto en surtidores.

Un paquete regulatorio clave: cómo quedan los precios y quiénes son los actores involucrados

Las Resoluciones 485/2025 y 486/2025 de la Secretaría de Energía —publicadas en el Boletín Oficial— fijaron nuevos valores para los biocombustibles destinados a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles, en cumplimiento de los mandatos establecidos por la Ley 27.640 de Biocombustibles y su régimen de abastecimiento regulado.

Resolución 485/2025 – Biodiesel. Establece un nuevo precio de adquisición del biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con gasoil. El artículo 1° fija el valor oficial aplicable para las operaciones entre las plantas habilitadas y las empresas refinadoras o comercializadoras. La resolución se dicta en el marco de la potestad regulatoria de la Secretaría de Energía para actualizar precios según variaciones de costos productivos, insumos y condiciones del mercado.

Resolución 486/2025 – Bioetanol. Determina los precios oficiales del bioetanol elaborado a partir de caña de azúcar y de maíz, en línea con el régimen de cortes obligatorios de naftas. El artículo 1° fija el precio para el bioetanol de caña, mientras que el artículo 2° define el valor para el bioetanol derivado de maíz, ambos con vigencia inmediata.

Ambas normativas reafirman que los nuevos precios serán de cumplimiento obligatorio para toda operación comercial vinculada a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles, y su aplicación queda sujeta a la fiscalización de la Secretaría de Energía.

Presión de costos, señales regulatorias y un mercado en transición

La actualización de precios ocurre en un contexto de tensiones entre la necesidad de sostener la viabilidad económica de las plantas de biocombustibles y la presión por contener aumentos en combustibles líquidos.

Los productores de biodiesel y bioetanol habían advertido durante los últimos meses sobre: incrementos en insumos claves (aceite de soja, maíz, caña y logística); variaciones del tipo de cambio; atraso acumulado en precios regulados respecto de los costos reales de producción.

La Secretaría de Energía fundamenta que las actualizaciones responden a la dinámica del mercado y a la obligación de sostener el abastecimiento, tal como prevé la Ley 27.640, que ordena asegurar “volúmenes y precios que permitan el normal funcionamiento del régimen de biocombustibles”.

A su vez, la medida se alinea con la política de recomposición progresiva del Precio de Paridad de Importación (PPI), que afecta directamente la estructura de costos de las petroleras y la forma en que éstas trasladan costos a los surtidores.

Impacto para petroleras, ingenios, pymes y provincias productoras

La fijación de nuevos precios tendrá efectos inmediatos en toda la cadena energética.

Para las petroleras. Aumentan los costos de adquisición de biodiesel y bioetanol para mezcla obligatoria. La señal de precios podría presionar al alza la estructura de costos de gasoil y naftas, aunque el Gobierno busca administrar el impacto final en surtidores.

Para el sector agroindustrial (soja, maíz y caña). La actualización de precios mejora el ingreso de plantas industriales en un año marcado por márgenes ajustados. Permite cierta previsibilidad a corto plazo, fundamental para la planificación financiera de pymes y cooperativas vinculadas a biocombustibles.

Para las provincias bioenergéticas. Las economías regionales de Tucumán, Salta y Jujuy (bioetanol caña) y las provincias cerealeras de la región centro (bioetanol maíz), además de Santa Fe (biodiesel), ven en estas actualizaciones un respiro frente a costos crecientes.

Para el mercado energético en general. El ajuste sostiene el cumplimiento del régimen de cortes obligatorios y evita desabastecimientos, un riesgo presente cuando los precios regulados quedan por debajo de los costos de producción.

Normalización gradual y un debate de fondo pendiente

Las Resoluciones 485/2025 y 486/2025 se inscriben en un proceso de “normalización regulatoria” que la Secretaría de Energía viene impulsando desde fines de 2024, con revisiones periódicas para recomponer precios y garantizar el abastecimiento interno.

Sin embargo, el debate estratégico continúa abierto: ¿Argentina avanzará hacia un esquema de precios más libre o sostendrá la regulación? ¿Se ampliarán los cortes obligatorios como plantea parte de la industria para aumentar inversiones? ¿Cómo impactará la evolución macroeconómica en los costos de producción durante 2026?

Por ahora, el Gobierno refuerza la señal de mantener un régimen regulado, pero con mayor periodicidad en las revisiones, buscando equilibrio entre sostenibilidad productiva y estabilidad de precios.

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El Gobierno baja el corte de biodiésel y actualiza precios de biocombustibles para contener el costo del gasoil

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El Gobierno ajusta los precios de los biocombustibles y reduce el corte de biodiésel, buscan contener el impacto en el precio del gasoil

La Secretaría de Energía actualizó los valores del bioetanol y biodiésel para noviembre y redujo transitoriamente el porcentaje de mezcla obligatoria en gasoil. Las resoluciones 443/2025 y 445/2025 establecen nuevos precios de referencia y apuntan a morigerar los efectos del aumento del aceite de soja.

Ajuste en los precios y control de costos en el surtidor

El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Energía, dispuso mediante las Resoluciones 443/2025 y 445/2025 un nuevo esquema de precios para los biocombustibles que integran la mezcla obligatoria con naftas y gasoil, de acuerdo con la Ley N° 27.640 de Marco Regulatorio de Biocombustibles.

El bioetanol elaborado a base de caña de azúcar se fijó en $918,025 por litro, mientras que el bioetanol elaborado a base de maíz quedó en $841,394 por litro, valores que regirán para las operaciones correspondientes al mes de noviembre de 2025 y hasta que se publique una nueva actualización. El plazo máximo de pago se mantuvo en 30 días corridos desde la emisión de factura.

En paralelo, la Resolución 445/2025 estableció un nuevo precio del biodiésel destinado a su mezcla con gasoil, fijado en $1.688.961 por tonelada, y dispuso un plazo de pago máximo de siete días corridos. Además, la medida redujo de manera transitoria el corte obligatorio de biodiésel del 7,5% al 7% sobre el volumen total del gasoil comercializado en el país.

Según la normativa, el ajuste responde a un incremento sostenido del precio del aceite de soja —principal insumo del biodiésel— que elevó los costos de producción y amenazaba con trasladarse al precio final del gasoil.

“A fin de morigerar el impacto de dicho incremento en el precio del gasoil en boca de surtidor y en el costo logístico de la actividad económica en general, se considera necesario establecer transitoriamente una reducción del porcentaje de mezcla obligatoria”, señala el texto oficial.

Contexto normativo y fundamentos técnicos

Ambas resoluciones se dictan en el marco de la Ley 27.640, que desde 2021 regula las actividades de elaboración, comercialización y mezcla de biocombustibles, y faculta a la Secretaría de Energía a fijar los precios de adquisición y los porcentajes de corte obligatorios.

El precio del biodiésel se actualiza conforme al procedimiento establecido en la Resolución 963/2023, que define la metodología de cálculo considerando los costos de producción, transporte y rentabilidad del sector. La última actualización había sido dispuesta por la Resolución 422/2025, vigente desde el 23 de octubre.

En cuanto al bioetanol, los valores se determinan de acuerdo con los procedimientos aprobados en la Resolución 373/2023 y su modificatoria, la 709/2023, que permiten realizar ajustes excepcionales cuando los precios de los biocombustibles generan “distorsiones” en el precio de los combustibles fósiles en surtidor.

La Secretaría recordó además que las medidas se adoptan bajo el paraguas del Decreto 70/2023, que declaró la emergencia pública económica, energética y fiscal hasta diciembre de 2025, y de la Ley 27.742, que prorrogó la emergencia por un año más.

“Resulta necesario atender las posibles distorsiones en el mercado y garantizar la estabilidad de precios en un contexto de emergencia energética y económica”, fundamenta el organismo.

Impacto económico y proyección del mercado energético

El ajuste en los precios del bioetanol y biodiésel tiene impacto directo sobre las refinerías, empresas mezcladoras y productores agroindustriales que integran el esquema de biocombustibles. La actualización busca equilibrar la rentabilidad de los elaboradores frente al encarecimiento de los insumos —especialmente el aceite de soja— sin afectar la competitividad del gasoil y la nafta en el mercado interno.

La reducción temporal del corte de biodiésel también apunta a contener el costo logístico y evitar presiones adicionales sobre los precios del transporte y de los productos básicos, sectores sensibles a las variaciones del combustible.

En el plano institucional, las medidas reafirman el rol de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación del marco regulatorio, consolidando un esquema de revisión mensual que permite ajustar las variables de acuerdo con la evolución de los mercados agrícolas y energéticos.

De acuerdo con fuentes del sector, el desafío será sostener un equilibrio entre la viabilidad económica de los biocombustibles —clave para las economías regionales productoras de maíz, caña y soja— y la necesidad de mantener precios estables en los combustibles fósiles durante un contexto de transición energética y restricción macroeconómica.

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El Gobierno actualizó los precios del biodiésel y bioetanol para octubre de 2025

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La Secretaría de Energía actualizó los precios de biodiésel y bioetanol para octubre. El Gobierno fijó nuevos valores mínimos para los biocombustibles utilizados en la mezcla con naftas y gasoil. Las resoluciones buscan corregir desfasajes de costos en el marco de la Ley 27.640.

A través de las Resoluciones 385/2025 y 386/2025, publicadas este lunes 6 de octubre en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía estableció los precios mínimos de adquisición del biodiésel y del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz, que regirán durante el mes de octubre.

Según la Resolución 385/2025, el precio del biodiésel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil se fijó en $1.508.704 por tonelada, con un plazo máximo de pago de siete días corridos desde la fecha de la factura correspondienteaviso_332427.

En tanto, la Resolución 386/2025 estableció en $891,286 por litro el precio mínimo del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar, y en $816,887 por litro el del bioetanol elaborado a base de maíz, ambos con plazo de pago de 30 días corridosaviso_332428. Los nuevos valores se aplicarán a las operaciones de octubre y se mantendrán hasta la publicación de una nueva actualización.

Contexto normativo y marco legal

Las medidas se dictan en el marco de la Ley N.º 27.640, que regula la elaboración, comercialización y mezcla de biocombustibles, y designa a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación. Esta norma reemplazó a las leyes 23.287, 26.093 y 26.334, estableciendo un nuevo esquema de determinación de precios y control del sector.

En sus considerandos, ambas resoluciones mencionan la vigencia del Decreto 70/2023, que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta diciembre de 2025, y la Ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, que amplió la emergencia a los ámbitos administrativo, económico, financiero y energético.

En ese contexto, la cartera energética señaló la necesidad de revisar posibles distorsiones en los precios de los biocombustibles, tanto por desfasajes con los costos reales de producción como por su impacto en los precios finales de los combustibles fósiles.

Impacto en el sector energético y productivo

La actualización de precios responde a los procedimientos vigentes establecidos por las resoluciones previas (N° 963/23 para el biodiésel y N° 373/23 para el bioetanol, ambas modificadas en 2023). Estos mecanismos permiten realizar ajustes cuando se detectan variaciones en los costos o efectos distorsivos en el mercado.

El Gobierno busca así mantener el equilibrio entre productores y refinadoras, garantizando la continuidad del programa de mezcla obligatoria y evitando impactos abruptos en los surtidores.

La decisión tiene relevancia económica para las provincias productoras de caña de azúcar y maíz, como Tucumán, Salta, Jujuy, Santa Fe y Córdoba, donde los biocombustibles representan una fuente clave de empleo e inversión industrial.

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Energía fija nuevos precios del bioetanol y biodiesel para agosto

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Energía actualiza precios del bioetanol y biodiesel para agosto: impacto en la cadena de combustibles

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía fijó nuevos precios mínimos para el bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz, así como para el biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles, que regirán durante agosto de 2025. La medida, publicada en el Boletín Oficial a través de las Resoluciones 341/2025 y 342/2025, busca garantizar previsibilidad a productores y operadores en un contexto de emergencia económica y energética.

El marco regulatorio vigente surge de la Ley 27.640, que unificó y reemplazó las anteriores leyes de biocombustibles (23.287, 26.093 y 26.334) y otorgó a la Secretaría de Energía la potestad de fijar precios y condiciones para la mezcla obligatoria de bioetanol con nafta y biodiesel con gasoil.

La normativa vigente busca equilibrar los costos reales de producción con la incidencia final en el precio en surtidor, contemplando posibles distorsiones que afecten la competitividad del mercado. Este ajuste se enmarca en la emergencia pública declarada por el Decreto 70/2023 y la Ley 27.742, que habilitan la revisión periódica de precios para asegurar abastecimiento y estabilidad.

Según la Resolución 341/2025, el precio mínimo de adquisición del bioetanol de caña de azúcar se fijó en $824,044 por litro, mientras que el bioetanol de maíz quedó en $755,258 por litro. En ambos casos, el plazo máximo de pago será de 30 días corridos desde la facturación.

Por su parte, la Resolución 342/2025 estableció en $1.354.507 por tonelada el precio mínimo del biodiesel para mezcla obligatoria con gasoil, con un plazo de pago reducido a 7 días corridos. Estos valores serán válidos para las operaciones de agosto y hasta que se disponga una nueva actualización.

Energía justificó la actualización en base al artículo 3º de la Resolución 373/2023 (bioetanol) y el artículo 5º de la Resolución 963/2023 (biodiesel), que habilitan modificaciones cuando existen desfasajes entre costos y precios o riesgo de distorsión en el valor de los combustibles fósiles.

El objetivo, según la cartera, es evitar “impactos desmedidos en el pico del surtidor” y, a la vez, sostener la rentabilidad mínima necesaria para los productores de biocombustibles.

El ajuste de precios tendrá incidencia directa en refinerías, estaciones de servicio y en la cadena agrícola-industrial que abastece las plantas de bioetanol y biodiesel, particularmente en provincias productoras como Tucumán, Córdoba y Santa Fe.

En un escenario de costos crecientes por inflación y tipo de cambio, la fijación de precios mínimos busca evitar operaciones por debajo de valores de referencia que comprometan el abastecimiento.

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