Blockchain Argentina

La revolución silenciosa del mercado: cómo la tokenización de activos redefine las finanzas argentinas

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Un informe elaborado por la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR) sostiene que la tokenización representa una de las convergencias más disruptivas de las últimas décadas entre el sistema financiero tradicional y las tecnologías de registro distribuido. El concepto es simple en su definición, pero profundo en sus implicancias: convertir derechos económicos sobre activos reales —como inmuebles, commodities, infraestructura o deuda corporativa— en tokens digitales negociables sobre redes blockchain.

La tokenización de activos reales en Argentina representa la convergencia más disruptiva en las últimas décadas entre el mercado de capitales y la tecnología.

Convertir derechos económicos sobre activos tangibles —inmuebles, commodities, infraestructura, deuda corporativa— en tokens digitales emitidos sobre redes blockchain, logra fraccionar inversiones que históricamente estuvieron reservadas a grandes patrimonios, reducir drásticamente los costos y tiempos de transacción, y dotar de liquidez a mercados estructuralmente ilíquidos. 

La trazabilidad inherente a la tecnología de registro distribuido garantiza la identificación del beneficiario final en tiempo real, fortaleciendo los estándares de transparencia. A ello se le suma la garantía para el inversor del acceso al arbitraje como mecanismo de resolución de conflictos, lo cual constituye una garantía de celeridad, especialización y ejecutoriedad que dotan del dinamismo necesario para esta modalidad de financiamiento.

La tokenización no es una moda tecnológica: es una reingeniería profunda de la infraestructura financiera global que democratiza el acceso al capital, amplía el universo de inversores y activos, y posiciona a quienes adopten este paradigma —emisores, mercados y reguladores—de las nuevas finanzas.

Comienzos

Hasta mediados de 2025, el mercado de capitales argentino carecía de un marco regulatorio específico para la representación digital de valores negociables mediante tecnologías de registro distribuido (TRD). Por este motivo, la práctica de tokenización de activos inmobiliarios y financieros quedaba sujeta a una incertidumbre jurídica tanto para emisores como para inversores, limitando el potencial transformador de esta tecnología dentro de los canales regulados.

El punto de inflexión se produjo con la sanción de la Ley N° 27.739 en 2024, que otorgó a la CNV facultades de supervisión, regulación y sanción sobre los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), consolidando la arquitectura institucional necesaria para avanzar en la integración entre el mercado tradicional de capitales y el ecosistema de activos digitales.

Sobre esa base, la CNV inició un proceso normativo escalonado que se desarrolló en cuatro etapas:

Etapa I — RG N° 1069/2025 (13/06/2025): incorporación del Título XXII al régimen de Normas N.T. 2013, habilitando la tokenización de valores representativos de deuda y certificados de participación de fideicomisos financieros con oferta pública, y cuotapartes de FCI cerrados, respaldados por activos del mundo real.

Etapa II — RG N° 1081/2025 (20/08/2025): ampliación del universo tokenizable a acciones, obligaciones negociables y CEDEARs; designación de los PSAV inscriptos en todas las categorías del registro CNV como depositarios elegibles.

Etapa III — RG N° 1087/2025 (22/10/2025): habilitación de tokenizaciones bajo regímenes de oferta pública automática de mediano impacto, emisores y emisiones frecuentes de fideicomisos financieros. Extensión del Sandbox Regulatorio hasta el 21/08/2026.

Etapa IV — RG N° 1137/2026 (30/04/2026): apertura de proceso de Elaboración Participativa de Normas donde se propone la posibilidad de tokenizar aquellos valores negociables que encuadren bajo los distintos Regímenes de Autorización Automática, con excepción de Fondos Comunes de Inversión Abierta. Esta norma tiene como objetivo ubicar a Argentina como hub regional de finanzas digitales.

¿Cómo se tokeniza un activo?

1-    Arquitectura Regulatoria de la Tokenización

En primer lugar, debemos saber que el régimen de tokenización establecido por la CNV descansa sobre cuatro pilares jurídico-técnicos:

a)    Tecnología de Registro Distribuido (TRD): la representación digital del valor negociable debe garantizar la inmutabilidad del registro, la trazabilidad de las transacciones, la nominatividad del instrumento y la identificación indubitable del emisor. La blockchain —como especie del género TRD— es la tecnología de elección en los casos concretos bajo análisis.

b)    PSAV como operadores habilitados: únicamente los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales inscriptos en el Registro CNV en todas las categorías pueden actuar como depositarios de los valores representados digitalmente y como responsables de su comercialización en plataformas digitales.

c)    Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN): los valores tokenizados deben depositarse en un ADCVN habilitado. Los titulares registrales pueden ser PSAV, Agentes de Custodia o ALyC actuando por cuenta de los inversores, asegurando la integridad del sistema de anotaciones en cuenta.


d)    Entidad especializada en TRD: responsable de generar la representación digital bajo estándares de seguridad, inmutabilidad, fungibilidad y trazabilidad, operando como eslabón técnico entre el emisor y el mercado.

2-    El Proceso Paso a Paso

Si se analiza el caso concreto de la tokenización inmobiliaria, ésta no implica la digitalización directa del bien registral, sino la representación digital de los derechos económicos emergentes de un vehículo jurídico que tiene al inmueble como activo subyacente. El proceso opera de la siguiente manera:

a)    Constitución del vehículo jurídico: el activo inmobiliario se transfiere a un fideicomiso financiero (en el caso de oferta pública) o a un fideicomiso privado inmobiliario (en el caso de mercado privado). El fiduciario administra el patrimonio de afectación, separándolo del patrimonio del fiduciante y del propio fiduciario.

b)    Emisión de valores negociables o derechos económicos: el fideicomiso emite Certificados de Participación (CP) o Valores Representativos de Deuda (VRD) que representan derechos proporcionales sobre los flujos de fondos generados por el activo (rentas de alquiler, plusvalía por venta, etc.)

c)    Tokenización del instrumento: una entidad especializada en TRD —articulada con el PSAV habilitado por CNV— genera un smart contract en la blockchain elegida (, emitiendo tokens que representan cada unidad del CP o del derecho económico. Cada token es único, fungible dentro de su clase y trazable desde su origen.

d)    Plataforma de distribución: el inversor accede a través de una plataforma digital (web o mobile) con validación de identidad por DNI y biometría. Selecciona la unidad o fracción a adquirir, firma electrónicamente el contrato y acredita el pago. El token se acredita en su wallet digital en minutos.

e)    Operatoria secundaria: para fideicomisos con oferta pública CNV, los CPs tokenizados pueden negociarse en mercados secundarios autorizados a través de ALyC habilitados, generando liquidez adicional. El fondo de liquidez del emisor complementa este mecanismo.

f)    Identificación del beneficiario final: la tecnología blockchain garantiza la trazabilidad integral desde la emisión hasta el beneficiario final, cumplimentando las exigencias de la Unidad de Información Financiera (UIF) en materia de prevención del lavado de activos.

3-    Garantía Jurídica del Inversor: El Arbitraje.

Una de las ventajas competitivas del mercado de capitales argentino en materia de resolución de conflictos es la obligatoriedad del arbitraje para los fideicomisos financieros con oferta pública, consagrada en el artículo 46 de la Ley N° 26.831 (Ley de Mercado de Capitales). Esta norma establece que las entidades que participen en la oferta pública de valores negociables deben someterse a la jurisdicción arbitral, constituyendo una garantía estructural para el inversor.

El arbitraje ofrece ventajas decisivas frente a la jurisdicción ordinaria, especialmente relevantes en un universo de inversores masificado y fraccionado como el que genera la tokenización:

a)    Especialización técnica: los árbitros son expertos en Derecho del Mercado de Capitales, Derecho Financiero y análisis de instrumentos complejos, lo que garantiza decisiones técnicamente fundadas y precisas.

b)    Celeridad procesal: los procedimientos arbitrales se resuelven en plazos sustancialmente menores a los de la justicia ordinaria —típicamente entre 6 y 18 meses—, sin los retrasos estructurales del sistema judicial.

c)    Confidencialidad y ejecutoriedad: los laudos arbitrales son confidenciales y tienen eficacia equivalente a las sentencias judiciales, siendo ejecutables por la vía judicial ordinaria en caso de incumplimiento.

d)    Voluntad de las partes: el arbitraje preserva la autonomía de la voluntad, permitiendo a las partes diseñar el procedimiento, elegir el derecho aplicable y determinar el número de árbitros.

Para los fideicomisos privados la tendencia internacional y local apunta también a la jurisdicción privada como mecanismo preferido, dado que la especificidad técnica de los conflictos emergentes de contratos de compraventa tokenizados excede la competencia habitual de los tribunales ordinarios.

En el ámbito local, el Tribunal de Arbitraje de la Bolsa de Comercio de Rosario (TRIAR) – www.bcr.com.ar/es/servicios/tribunal-de-arbitraje – constituye un referente regional de primer orden, con árbitros especializados, reglamento propio y reconocida trayectoria en la resolución ágil de controversias comerciales y financieras. 

Impacto real

1)    Para el Inversor:

•    Democratización del acceso: tickets mínimos eliminan las barreras de entrada históricas del real estate, habilitando a inversores de clase media a participar en activos de alta calidad.

•    Liquidez potenciada: la negociabilidad en mercado secundario (BYMA) y el fondo de liquidez del fideicomiso ofrecen salidas que el ladrillo tradicional no contempla.

•    Trazabilidad y transparencia: el inversor puede verificar en tiempo real el estado de su posición, la trazabilidad de sus tokens y el desempeño del activo subyacente.

•    Renta en dólares: en el caso Espacio Añelo, la renta se cobra en moneda dura a partir del día 30, constituyendo un vehículo de dolarización de ahorro dentro de un entorno regulado.

2)    Para el Mercado de capitales en general

•    Ampliación del universo de activos: la RG N° 1087/2025 habilita la tokenización de acciones, ONs, CEDEARs y cuotapartes de FCI cerrados, abriendo el mecanismo a toda la cadena de valor del mercado de capitales.

•    Posicionamiento regional: Argentina avanza como referente latinoamericano en finanzas digitales, atrayendo inversión extranjera interesada en acceder a activos reales argentinos a través de instrumentos digitales regulados.

•    Extensión a otros sectores: el modelo es replicable a activos agropecuarios (certificados de depósito de granos tokenizados), mineros, de infraestructura energética y de deuda corporativa, configurando un ecosistema en expansión.

3)    Para el Mercado Inmobiliario

•    Financiamiento alternativo: la tokenización habilita a desarrolladores a captar capital de un universo ampliado de inversores, reduciendo la dependencia del crédito bancario y del financiamiento tradicional.

•    Revitalización urbana: la tokenización puede ser un catalizador de inversión en zonas urbanas con potencial subutilizado, como el microcentro rosarino.

•    Nuevos modelos de negocio: la gestión integral (construcción + administración + tokenización) emerge como modelo de negocio diferenciado y replicable a escala.

La tokenización de activos reales en Argentina ha superado la fase experimental para consolidarse como una innovación financiera y jurídica de impacto sistémico. Los casos ya activos y los que se están gestando, evidencian que los marcos regulatorio, tecnológico, jurídicos y de negocio están maduros para escalar esta práctica, con beneficios concretos para los inversores, emisores potenciando nuestro mercado de capitales de aquí en más. Ya no es posible hablar de tokenización como moda tecnológica, sino de una innovación tecnológica que está revolucionando de manera profunda el modo de mirar la infraestructura financiera global.

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Un documento en el celular de Novelli menciona US$5 millones por el respaldo de Milei al criptoactivo $LIBRA

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Según registros recuperados por peritos judiciales, el memo detallaba pagos escalonados vinculados a anuncios públicos del Presidente y a un eventual contrato de asesoría en blockchain. La causa investiga el rol de intermediarios y comunicaciones previas al lanzamiento del token.

Un documento recuperado del teléfono celular del lobista Mauricio Novelli —quien facilitó el contacto entre la Casa Rosada y el empresario estadounidense Mark Hayden Davis— detalla un presunto acuerdo por cinco millones de dólares vinculado al apoyo del presidente Javier Milei al lanzamiento del criptoactivo $LIBRA.

El contenido forma parte del material que analiza la Justicia en la causa sobre la creación y promoción de ese token. El texto fue hallado entre las notas redactadas por Novelli en su celular y posteriormente eliminadas, pero recuperadas por peritos de la Dirección de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) del Ministerio Público Fiscal.

La información fue revelada por los periodistas Hugo Alconada Mon e Ignacio Grimaldi, del diario La Nación, quienes accedieron a copias del documento incorporado a la investigación.

Un memo con pagos escalonados

El texto recuperado tiene formato de memorando y estaba dirigido a Davis y a su entorno cercano. Según los registros analizados por los investigadores, habría sido redactado entre octubre y noviembre de 2024, poco antes del viaje del empresario a la Argentina para reunirse con Milei en la Casa Rosada.

El documento detalla tres pagos que, en conjunto, suman US$5 millones.

Según el contenido del memo, el esquema previsto contemplaba:

  • US$1,5 millones en tokens o dinero en efectivo como adelanto.
  • US$1,5 millones adicionales cuando el Presidente anunciara en redes sociales que Davis o su equipo lo asesoraban en temas vinculados a blockchain.
  • US$2 millones más tras la firma presencial de un contrato de asesoría tecnológica en blockchain o inteligencia artificial para el Gobierno argentino o para Milei.

El mensaje, redactado en inglés informal, comenzaba con la frase: “Hola amigos, este es el acuerdo final discutido con H.”, en aparente referencia a Hayden Davis.

Hasta el momento no existen pruebas judiciales de que ese supuesto acuerdo haya sido validado por funcionarios del Gobierno, ni de que el memo haya sido efectivamente enviado.

Coincidencias con hechos posteriores

El contenido del documento coincide con algunos acontecimientos que ocurrieron meses después.

El 30 de enero de 2025, Milei recibió a Davis en la Casa Rosada. Tras ese encuentro, el Presidente publicó en su cuenta oficial en la red social X una fotografía junto al empresario estadounidense y afirmó que lo estaba asesorando en temas de blockchain y criptoactivos.

Ese mismo día, según reveló el diario Clarín, ambas partes firmaron un entendimiento vinculado a cooperación tecnológica.

Los registros de ingresos a la Casa Rosada muestran que Davis entró al edificio gubernamental a las 13:56, apenas un minuto después que Novelli y su socio Manuel Terrones Godoy. Los tres se retiraron a las 14:31.

Comunicaciones previas al lanzamiento

Los datos recuperados del teléfono de Novelli también muestran un intenso intercambio de comunicaciones en torno al lanzamiento del token.

De acuerdo con el análisis pericial, Javier Milei y la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, mantuvieron más de veinte llamadas telefónicas y mensajes con el lobista durante las horas previas y posteriores al debut de $LIBRA, el 14 de febrero de 2025.

Los registros también incluyen:

  • 14 comunicaciones con el asesor presidencial Santiago Caputo, considerado entonces parte del llamado “triángulo de hierro”.
  • Tres contactos con Demian Reidel, quien en ese momento era jefe de asesores económicos.

La primera llamada entre Caputo y Novelli aparece registrada a las 23:37 del mismo día del lanzamiento, cuando el escándalo por el desplome del criptoactivo ya se había desatado.

El mensaje que Novelli sugería publicar

Entre los archivos del celular también aparece un borrador de mensaje que Novelli redactó tras una conversación telefónica con Caputo el 16 de febrero de 2025.

En ese texto proponía el contenido de un eventual mensaje presidencial en la red social X. “Esto es lo único que nos salva a él, a mí y a nosotros”, escribió antes de redactar el tuit sugerido.

Finalmente, ese texto no fue publicado. Sin embargo, el Presidente difundió un mensaje de tono similar en el que afirmó que había apoyado un “supuesto emprendimiento privado” sin tener participación en el proyecto y que decidió eliminar el tuit una vez que se interiorizó sobre los detalles.

La secuencia del día del lanzamiento

El análisis de los registros telefónicos permite reconstruir los minutos previos al anuncio público del token.

El 14 de febrero de 2025, Novelli intentó contactar primero a Karina Milei desde Dallas a las 17:53, sin éxito.

Posteriormente:

  • A las 18:44 intentó comunicarse con el Presidente.
  • Diez minutos después logró una llamada con Milei que duró 1 minuto y 25 segundos.
  • A las 18:56 volvió a comunicarse con el mandatario durante 13 segundos.

Un minuto después se activó el sitio Viva La Libertad Project, la plataforma asociada al lanzamiento del token.

A las 19:01, Milei publicó el tuit en el que difundía $LIBRA, incluyendo el código necesario para acceder al contrato del token.

Según el análisis de expertos informáticos citado en la investigación, 22 segundos antes de ese mensaje ya se habían registrado 87 transacciones desde 74 billeteras virtuales, que compraron activos por 13,5 millones de dólares.

La causa judicial continúa en etapa de investigación para determinar responsabilidades y la eventual existencia de vínculos financieros o contractuales detrás del lanzamiento del criptoactivo.

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Presentan el Foro Blockchain & Universidades

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La Fundación Blockchain Argentina, con el apoyo de la Universidad del Salvador, llevará adelante el Foro Blockchain & Universidades el próximo jueves 16 de octubre a las 10 hs en Córdoba 1601, Ciudad de Buenos Aires. Se trata del segundo encuentro del ciclo universitario organizado por la Fundación, un espacio que busca acercar la tecnología blockchain y sus aplicaciones a la vida cotidiana, conectando a la comunidad académica con referentes del ecosistema.

En esta ocasión, el foro contará con la participación de Candela Fazzano, quien compartirá un anticipo de lo que se vivirá en Devconnect 2025, la conferencia internacional que se realizará en noviembre en La RuralPedro Alessandri, que expondrá sobre la implementación de QuarkID en el Gobierno de la Ciudad de Buenos AiresSol Siete, quien presentará las herramientas que blockchain ofrece a los artistas; y Ariel Scaliter, que relatará su recorrido tanto en la educación como en la creación de empresas innovadoras, entre ellas Agrotoken.

La entrada es gratuita con inscripción previa a través del siguiente enlace: https://luma.com/545vy60k

Con la organización de estos encuentros, la Fundación Blockchain Argentina busca consolidar un espacio de diálogo y formación que permita fortalecer la vinculación entre la academia y la innovación tecnológica, promoviendo una comprensión más profunda del impacto de blockchain en distintos ámbitos de la sociedad.

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La Fundación Blockchain Argentina propone soluciones tecnológicas tras la crisis del fentanilo contaminado

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Ante la grave crisis sanitaria provocada por el fentanilo clínico contaminado, que dejó al menos 87 muertos y decenas de pacientes afectados en todo el país, la Fundación Blockchain Argentina (FBA) reafirma la necesidad de incorporar tecnologías de trazabilidad basadas en blockchain para garantizar la seguridad en la cadena de suministro farmacéutica.

El caso, que involucra a los laboratorios HLB Pharma Group y Laboratorios Ramallo, expuso fallas estructurales en los procesos de control y transparencia. Más de 300.000 ampollas fueron distribuidas a 118 centros médicos, y al menos 45.000 se aplicaron antes de que se emitiera la alerta. Pasaron meses hasta que se completó el retiro de los lotes contaminados, lo que demuestra la falta de sistemas que permitan actuar con rapidez y eficacia.

Este caso no es solo un error puntual, es el reflejo de un sistema fragmentado y opaco. Con blockchain, la trazabilidad no es una promesa: es una garantía”, señaló Guido Zatloukal, presidente de Fundación Blockchain Argentina.

La FBA destaca que la implementación de blockchain permitiría registrar de manera inmutable y en tiempo real cada etapa del ciclo de vida de un medicamento, desde su producción hasta su administración, asegurando que la información sea accesible para todos los actores autorizados y evitando manipulaciones. De esta manera, ante la detección de un lote defectuoso, sería posible emitir alertas automáticas y bloquear la distribución en cuestión de minutos, reduciendo drásticamente el impacto sanitario. La clave de la tecnología blockchain es la descentralización. Esto significa que los datos no pueden ser modificados y, al mismo tiempo, pueden ser monitoreados por terceros, garantizando así un sistema inmutable y transparente.

La crisis del fentanilo debe ser un punto de inflexión. Argentina necesita avanzar hacia un sistema sanitario más seguro, basado en transparencia e innovación tecnológica”, agregaron desde la fundación.

La Fundación Blockchain Argentina se pone a disposición de las autoridades sanitarias, instituciones médicas y empresas del sector para trabajar en conjunto en el diseño e implementación de soluciones basadas en blockchain que prevengan tragedias como la ocurrida.

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La Fundación Blockchain Argentina advierte sobre estafas en la plataforma JGYFBC y ofrece asesoramiento jurídico gratuito

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La Fundación Blockchain Argentina, a través de su área legal y del Programa de Asesoría a Víctimas de Estafas en Blockchain, informa que ha detectado maniobras fraudulentas sistemáticas vinculadas a la plataforma JGYFBC, que opera sobre las redes Tron Ethereum.

La app simulaba contratos inteligentes con supuestas auditorías y ofrecía “rendimientos garantizados”, desviando en realidad los fondos de los usuarios hacia billeteras externas bajo control de los estafadores. Ante esta situación, la Fundación brinda asesoramiento legal gratuito para damnificados, incluyendo acompañamiento en la presentación de denuncias penales digitales ante la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) y la Policía Federal Argentina.

Las investigaciones revelan que JGYFBC desplegaba una fachada de DApp de trading algorítmico, utilizando tokens USDT encapsulados y contratos inteligentes “dummy”. Internamente, las transferencias eran redirigidas a wallets privadas, y los saldos de los usuarios quedaban bloqueados al intentar retiros. El esquema de captación se desarrollaba principalmente en grupos de WhatsApp, conducidos por supuestos influencers y asesores que guiaban los depósitos paso a paso.

Según datos recabados por la Fundación, más de 100 personas en Argentina resultaron afectadas, con pérdidas que oscilan entre los USD 90 y los USD 30.000. Se identificaron comunidades de damnificados con relatos coincidentes: pruebas iniciales con pequeños rendimientos, exigencias de nuevas inversiones y bloqueos definitivos. Las víctimas incluyen tanto a ahorristas de clase media como a profesionales que habían recibido indemnizaciones laborales, muchos de los cuales experimentaron consecuencias como endeudamiento compulsivo, estrés post-estafa y daño reputacional al compartir datos personales.

Como parte de su esquema de respuesta, la Fundación Blockchain Argentina articula:

  • asesoría jurídica gratuita para validar la estafa y definir los pasos a seguir;
  • presentación de denuncias ante UFECI;
  • impulso de reclamos ante la Comisión Nacional de Valores (por oferta engañosa de productos financieros no autorizados), la Unidad de Información Financiera (por operaciones sospechosas de lavado de activos) y Defensa del Consumidor (por prácticas abusivas);
  • publicación de informes técnicos con recomendaciones para identificar y prevenir este tipo de fraudes.

En el marco de estas acciones, la Fundación ha notificado formalmente los hechos a la Comisión Nacional de Valores bajo el Código de Presentación Nro: 2771a390-0aca-44f4-9747-ee85bd20947a.

La Fundación Blockchain Argentina hace un llamado a medios de comunicación, periodistas y autoridades regulatorias a prestar atención urgente a este caso y a reforzar los controles sobre aplicaciones de inversión en repositorios como Play Store y sobre contratos inteligentes desplegados en redes públicas. Asimismo, exhorta a la comunidad a verificar siempre la existencia de auditorías externas de seguridad (como CertiK o Certora) y a denunciar cualquier operación sospechosa.

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